LA EDUCACIÓN JURÍDICA AMBIENTAL EN LA EDUCACIÓN AMBIENTAL PARA EL MIZC. 
PROPUESTAS Y CONSIDERACIONES GENERALES

LA EDUCACI?N JUR?DICA AMBIENTAL EN LA EDUCACI?N AMBIENTAL PARA EL MIZC. PROPUESTAS Y CONSIDERACIONES GENERALES

Aylí Díaz Bacallao

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3.5 Marco Teórico Referencial.

Se considera el criterio esgrimido por la ENEA de que las definiciones reducen el universo de las ideas y que son insuficientes para capturar la realidad y las riquezas de pensamiento y que por lo tanto nunca abarcan todo el contenido necesario.(ENA,1997) Sin embargo, en el contexto de los documentos de la política ambiental vigente y el que se propone debe crearse a los efectos particulares del MIZC, no deben dejar de considerarse en la orientación para la acción, ideas o conceptos claves que tributan a la concepción del manejo en sí y a la dimensión jurídica de la educación ambiental.

Toda estrategia se sustenta en un fundamento teórico. Aún cuando no establecemos definiciones conceptuales en este acápite, por estar muchos de ellos ya definidos en el Capítulo 1 de esta investigación, se sugieren como conceptos básicos para la estrategia de EJA los siguientes:

1. Medio ambiente.

2. Dimensión ambiental.

3. Educación ambiental orientada hacia el desarrollo sostenible.

4. Educación formal.

5. Educación informal.

6. Educación no formal.

7. Dimensión jurídica de la educación ambiental. (haciendo énfasis en los conceptos de Derecho, Legislación, entre otros afines a las ciencias jurídicas)

8. Multidisciplinariedad.

9. Transdiciplinariedad.

10. Interdisciplinariedad

11. Actores sociales básicos.

En el caso en que la estrategia se elabore para fines puntuales de manejo de recursos costeros, la definición del MIZC debe explicitarse al abordar el medio ambiente y la dimensión ambiental orientada hacia el desarrollo sostenible. Se propone sea introducida la definición conceptualizada en el Capítulo 1 de esta investigación.