COSMOVISIÓN MAYA Y SU RELACIÓN CON EL ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL

COSMOVISI?N MAYA Y SU RELACI?N CON EL ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL

Edwin Alberto Castillo Lepe

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1.4 FASE DE IMPLEMENTACIÓN:

En esta fase corresponde generar las acciones necesarias para la puesta en marcha del plan de ordenamiento territorial; por lo que se tendría que haber superado ya los siguientes elementos:

Dimensión temporal: Cuándo se realizará y con qué prioridad.

Dimensión espacial: Dónde se realizará

Dimensión Económica: Cuánto cuesta.

Dimensión social: A quién beneficia

Dimensión administrativa: Quién la realiza

Dimensión ambiental: Qué impacto ambiental causa.

Esta fase se logra mediante la implementación de dos etapas:


1.4.1 Instrumentación:

En esta etapa se hace la articulación con otros planes, programas y proyectos de desarrollo, la discusión y aprobación, adopción de normativa del plan.

1.4.1.1 Articulación:

El plan de acondicionamiento territorial tendrá que tener una interrelación con los planes globales y regionales de desarrollo de la nación, el cual deberá de tener un señalamiento en cuanto a los proyectos prioritarios, la programación de actividades, las entidades responsables y los recursos respectivos.

1.4.2 EJECUCIÓN:

En esta etapa se hace la operativización del plan, su seguimiento y control, evaluación y ajustes necesarios.

Operativización:

La operativización del plan de acondicionamiento territorial se realiza mediante el programa de ejecución.

1.4.3 SEGUIMIENTO Y CONTROL:

Para lograr el control y los ajustes necesario preventivos a alguna desviación que se pueda estar dando, se necesitan tener los instrumentos necesarios para lograrlo y que en este caso pueden ser:

Control administrativo:

Este lo deberá de realizar principalmente el órgano administrativo que haya sido designado para ello por parte del sector público.

Control político:

Este podría ser realizado por coordinación entre los diferentes sectores políticos de la región, en los cuales se tendría que dar participación a la mayor parte de los grupos políticos que estén en el territorio.

Control fiscal:

La inversión pública debe adelantar las acciones estratégicas del desarrollo territorial, por los sistemas y órganos de control fiscal del Estado, en este caso la Contraloría General de Cuentas de la Nación, tomando como base el programa operativo de ejecución del plan.

Control social:

Este control debería ser realizado por los principales sectores sociales organizados del territorio, que busquen la forma concertada en que puedan participar en el mismo.

También se puede ejercer este control social mediante los instrumentos de participación ciudadana, como la consulta popular, cabildo abierto, iniciativa popular, que pueden ser impulsadas por las instituciones públicas y gobiernos del territorio.

1.4.4 AJUSTE:

Los cambios significativos en el desarrollo territorial que representen variaciones al modelo territorial planteado y los escenarios concertados, deberán de estarse ajustando constantemente a las nuevas condiciones que, apunten a alcanzar el modelo territorial deseado.

1.4.5 VIGENCIA:

Para el contenido estructural, 9 años largo plazo; para el urbano a mediano y corto plazo 6 y 3 años; y los programas de ejecución se basarán en función del plan operativo anual.

1.4.6 EVALUACIÓN:

Se deberá realizar de manera constante a lo largo de la vigencia del plan.

Tiene como objetivo medir en qué grado los objetivos se han alcanzado en función de lo planificado.