Por Sara L. Feldstein de Cárdenas, Mónica S. Rodríguez, Flavia A. Medina y Luciana B. Scotti
I. INTRODUCCIÓN
El comercio internacional genera numerosos riesgos que los operadores cubren con diferentes tipos de seguros. Así, el contrato de seguros está siempre presente en la operatoria normal y habitual del comercio exterior.
En esta materia, el arbitraje aparece como la forma principal de resolución de disputas entre las partes intervinientes. Sus innumerables beneficios (celeridad, profesionalidad de los árbitros, confidencialidad, neutralidad, etcétera) lo convierten en el medio preferido de los operadores de los negocios internacionales para solucionar sus posibles controversias.
La aparición de Internet ha incrementado exponencialmente el número de contratos internacionales. La web logra saltar las distancias, acercando a las partes de manera rápida, dinámica y a un muy bajo costo. De esta forma, los mercados se amplían y las relaciones que cruzan las fronteras se multiplican.
Los nuevos medios de contratación electrónica, en efecto, han modificado sustancialmente las negociaciones, en especial, en el área internacional. Los contratos de seguros no son la excepción y tanto las estipulaciones entre las partes del contrato principal (que origina el riesgo asegurado) como las de las propias pólizas se encuentran alcanzadas por la influencia avasallante de Internet.