INSPECCIÓN AMBIENTAL

INSPECCI?N AMBIENTAL

Gonzalo Hernán Amusquibar

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2.4 CONDICIONES QUE DEBERÍA REUNIR UN INSPECTOR:

- Actuar siempre conforme a derecho y a las pautas establecidas por sus superiores y a la institución a la que representa.

- Manejarse con respeto y educación para lograr relacionarse con los inspeccionados de manera de inspirar confianza

- Demostrar honestidad y transparencia al relatar las constataciones de la inspección.

- Mantener la calma y la tranquilidad durante todo el proceso que lleve la inspección

- Demostrar seguridad en los procedimientos, procesos y técnicas de inspección, pero también la posibilidad de adaptarse ante determinadas situaciones imprevistas o contextos que requieran tomar decisiones “in situ”,

- Manifestar conocimientos profesionales de las acciones que se produzcan en la inspección.

- Manejarse según lo planificado y el método establecido pero con la capacidad de tomar decisiones en el momento.

- Utilizar todos los sentidos para captar la mayor cantidad de información y datos

- Ser intuitivo al interpretar las observaciones efectuadas durante la inspección, para identificar y reaccionar ante cualquier problema que pueda surgir.

- Conocer las obligaciones legales que deben cumplir los administrados frente a las normas sujetas a la inspección.

- Demostrar un amplio conocimiento de normas de notable importancia como la Ley de Procedimientos administrativos nacional (Ley Nº 19549), la Constitución Nacional o normas específicas de las que el organismo resulte autoridad de aplicación ( Verbigracia: La SAyDS es autoridad de aplicación, entre otras normas, de la Ley Nacional de residuos peligrosos N° 24.051, Decretos PEN N° 674/89 y 776/92 sobre control de la contaminación hídrica)

- Poder brindar información de las preguntas o inquietudes de los regulados sobre la normativa legal ambiental.

Por otro lado el inspector ambiental debe tener en claro algunos principios básicos del derecho ambiental como pueden ser:

Universalidad: el cual está referido a que con el propósito de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo nacional y no debe ser considerado en forma aislada, en este orden de ideas, los sectores público y privado, por igual, deben incorporar a sus actividades la variable ambiental.

Responsabilidad: el cual está basado en el criterio de que quien contamina y/o genera daños al ambiente debe, en principio, cargar con los costos de la contaminación o responder por las reparaciones, teniendo debidamente en cuenta el interés público y sin que ello represente distorsiones para el comercio ni las inversiones internacionales.

Prevención: el cual está relacionado al fin fundamental de las reglas de conducta establecidas por la legislación ambiental que es la de impedir a toda costa que el daño se produzca, preceptuando obligaciones y diseñando mecanismos y procedimientos dirigidos a eliminar o mitigar los efectos potencialmente nocivos de las actividades humanas o industriales. Enfatiza la eficiencia en la anticipación al daño ambiental antes que en su reparación.

“El mandato de prevención supone que la acción preventiva es mas eficiente que la acción remediadora, y que la protección ambiental no se limita a la restauración de daños existentes ni la defensa contra peligros inminentes, sino a la eliminación de posibles daños ambientales. Para ello, se impone al estado y a los particulares, efectuar las acciones de control de la contaminación ambiental, debiendo ser realizadas, principalmente, en las fuentes emisoras, teniendo en cuenta que los costos de la prevención, vigilancia, recuperación y compensación del deterioro ambiental corren a cargo del causante del perjuicio. El principio del deber de prevención del daño ambiental reconoce la obligación de los Estados de prevenir, reducir y controlar el impacto negativo de las actividades humanas en el ambiente.

Principio Precautorio: Cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente.”

“Nuestra calidad de vida disminuye día a día. La contaminación ambiental creció a niveles inigualables, se agotan los recursos, el ruido y el smog hacen insoportable la vida en las grandes ciudades, encontramos basura por doquier, miles de especies animales y vegetales en extinción, el augero en la capa de ozono es cada vez mayor, contaminamos el agua, etc.

Mas allá de la magnitud del conflicto, hay algo que esta claro: los hombres hemos degradado el medio ambiente debido a nuestra ignorancia, dejadez o ambiciones materiales y somos los hombres quienes debemos encontrar la solución del problema. Es necesaria una actitud positiva por parte de todos los que habitamos este mundo, una actitud de respeto por la casa en que vivimos, la única que tenemos.”