EL PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN AMBIENTAL
LA PRÁCTICA ARGENTINA

EL PRINCIPIO DE PRECAUCI?N AMBIENTAL LA PR?CTICA ARGENTINA

Mirta Liliana Bellotti y otros

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2. La Problemática turística actual

Como se manifestara ut supra, la preocupación que la actividadproduce hizo que se realizaran diversos estudios paraevaluar el posible impacto sobre la flora y la fauna antárticas.

La República Argentina través del Instituto Antártico Argentino(IAA) desarrolló un proyecto junto al Scott Polar ResearchInstitute de Gran Bretaña, que se llevó a cabo en las islas MediaLuna y Cuverville. Otros países realizaron investigaciones similares, trabajos todos que concluyeron que el turismo noproduciría un impacto significativo evidente, y que cualquierafuera éste, sería de carácter acumulativo por visitas reiteradasa los sitios durante varios años. También las Partes mostraronpreocupación ante la posibilidad de un accidente de unbuque o aeronave de un operador turístico, ya que en veranola cantidad de buques turísticos es sensiblemente mayor a lade buques de operadores nacionales.

Durante la XXVI Reunión Consultiva del Tratado Antártico,desarrollada en Madrid (2003), la representación de NuevaZelanda expresó que “aunque las naciones del Tratado de laAntártida, conjuntamente con la IAATO y sus miembros, habíanhecho un gran trabajo en la promoción de normas másrígidas, se necesita de una regulación más estricta. Expresóque el turismo se está convirtiendo en la principal actividadhumana en la Antártida y los países del tratado deben asumirsu responsabilidad con una administración y regulación másefectiva y activa” 318. Nueva Zelanda es uno de los que buscamás activamente reducir la actividad turística en la Antártida.

Francia presentó ante ante la XXVI Reunión Consultivadel Tratado Antártico el Documento de Información referido alTema 10 del programa, “Turismo y Actividades No Gubernamentalesen la Zona del Tratado”319, uno de cuyos ejes era lautilidad y pertinencia de un reglamento sobre las actividadesturísticas. Consideraba que sin perjuicio de que todas las actividadesdesarrolladas en la Antártida están sujetas a unareglamentación desarrollada en el marco del sistema del TratadoAntártico, desde la aprobación del Protocolo de Madrid elturismo se ha desarrollado y diversificado considerablemente.

Entendía que debe protegerse el medio ambiente de una actividadhumana en expansión y que puede ser fuente de impactosacumulativos no siempre previstos por los operadores turísticos.

Entendía que la reacción debe venir sobre la base delprincipio de precaución ya que si no ser reglamenta suficientementeen su debido momento, esta actividad seguiría desarrollándose,con el consiguiente impacto ambiental graveantes de ser controlada.

De conformidad con la Decisión 5 de la XXVI RCTA secelebró la Reunión de Expertos del Tratado Antártico (RETA)sobre Turismo y Actividades No Gubernamentales en laAntártida, celebrada en Tromsø (Noruega-2004), oportunidaden la que Nueva Zelanda planteó su preocupación con relaciónal Turismo Terrestre en la Antártida. Este Estado Partepresentó el documento 7 planteando la posibilidad de que seproduzcan problemas de jurisdicción suscitados por la actividadturística, e incluso la posibilidad de que haya reclamospor parte de intereses privados de derechos de propiedad yusufructo, poniendo en riesgo el Sistema del Tratado Antártico(STA).

También hubo en la RETA 2004 otros motivos de preocupación,particularmente los referidos a la construcción de estructuraspermanentes o semipermanentes para promover ofacilitar el turismo. En la reunión consideraron algunos EstadosPartes que sólo debieran permitirse las actividades no científicasque no tengan más que un impacto mínimo y transitorio,lo que descarta la posibilidad de que se realicen este tipode construcciones. Sin embargo, esto sería factible si partiésemosde la base de que para todos los Estados Partes estasconstrucciones producen un efecto mayor, lo que no necesariamentees así.

Una Parte planteó que los permisos que emite cuentancon un período de validez limitado por lo que considera queexiste una incompatibilidad entre este tipo de construccionesy su legislación, pero tampoco es un argumento que descartede plano la posibilidad de las construcciones.

Todas las disquisiciones muestran que el principioprecautorio aún no logrado impregnar el espíritu de los EstadosPartes. La resistencia a la prohibición de realizar construccionessemipermanentes o permanentes con fines turísticoses una muestra acabada de esto.

Hubo una continuidad en el debate en el Grupo de Trabajosobre Turismo de la XXVII RCTA en Ciudad del Cabo, endonde se consideró especialmente relevante establecer disposicionesgenerales antes que el turismo terrestre se conviertaen un problema importante. Cabe destacar que la IAATO modificósus estatutos a fin de que sus miembros se adhirieran alprincipio de que sus actividades no provoquen más que unimpacto mínimo o transitorio en el medio ambiente antártico.

Si bien se consideró importante la labor cumplida por laIAATO se destacó que la actividad turística no está bajo elcontrol directo de los gobiernos por lo que es necesario el establecimientode una base normativa para el sector.

Se determinó que el establecimiento de infraestructura(permanente o semipermanente) probablemente cause un impactomás que mínimo o transitorio en el medio ambiente antártico,por lo que debe ser objeto de una evaluaciónmedioambiental global.

En este orden de cosas cabe recordar que al considerarsea la Antártida como “reserva natural” los Estados deseabanque el continente se mantenga en lo posible como área silvestredeshabitada. El establecimiento de infraestructura turísticainfringiría esos valores, por ello en la RETA llevada acabo en Tromsø Nueva Zelanda se planteó, con acierto, lanecesidad de adoptar un documento adicional que garanticela veda total al desarrollo en la Antártida de infraestructuraturística.

La XXVIII RCTA que se llevó a cabo en Estocolmo (Suecia2005)tuvo como tema principal de su agenda el Anexo de Responsabilidad.

Este viejo anhelo se remonta al Protocolo deMadrid que ya en su artículo 16 planteaba la necesidad deelaborar “normas y procedimientos relacionados con la responsabilidad”resultantes de actividades antárticas, que se incorporaríana través de anexos. Finalmente, tras arduas negociaciones,se adoptó un Anexo sobre Responsabilidad320 queestablece que un operador que falle en dar “una respuestarápida y efectiva” en los casos de emergencia que puedan surgirde sus actividades será responsable por el costo de acciónde respuesta llevada a cabo por otra parte. Este anexo es elque se conoce como Medida 1 (2005) y aún está sujeta a laaprobación por parte de las 28 Partes Consultivas.

También en Estocolmo -a propuesta de Gran Bretaña,Australia y EE.UU.- se adoptaron los Lineamientos para SitiosVisitados. Estos lineamientos o directrices tienen por finproveer pautas específicas de gestión para ese tipo de sitios.

Incluyen guías prácticas para los operadores y pautas acercade cómo las visitas deberían ser llevadas a cabo teniendo encuenta la sensibilidad ambiental de los sitios321.

Todas estas disquisiciones ya nos muestran como el principioprecautorio aún no logrado impregnar el espíritu de losEstados Partes. La resistencia a la prohibición de realizar construccionessemipermanentes o permanentes con fines turísticoses una muestra acabada de esto.

Algunos datos estadísticos servirán para poner en evidenciala trascendencia que la actividad turística ha ido adquiriendojustificando la preocupación generada como consecuenciade esa actividad: durante el período 2003-2004 viajaron ala Antártida alrededor de 27.500 de los cuales un poco más de400 correspondían a la categoría de turismo terrestre322. Sibien no cabe considerar a esta cifra como importante, cabeaclarar que el turismo ha experimentado un rápido incremento:en 1999 llegaron casi 10.000 turistas en buques, pero en2004 la cifra fue superior a 24.000.

Este rápido desarrollo podría significar, en corto plazo, lapresentación de propuestas para la instalación de infraestructurapara el servicio de aeronaves y alojamiento de pasajerosen la Zona del Tratado Antártico lo que podría significar unserio traspié para el sistema antártico como ya lo expresaranalgunas partes consultivas en distintos foros323.