IMPLICACIONES CONSTITUCIONALES Y SOCIO-JURÍDICAS DE LA PROHIBICIÓN Y DESTRUCCIÓN DE LOS CULTIVOS DE CÁÑAMO EN COLOMBIA

IMPLICACIONES CONSTITUCIONALES Y SOCIO-JUR?DICAS DE LA PROHIBICI?N Y DESTRUCCI?N DE LOS CULTIVOS DE C??AMO EN COLOMBIA

Juan Carlos Sánchez Gómez

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AÑOS 50

En los años 50 en España, el hecho de que el cannabismo estuviera fuertemente arraigado entre los militares, soldados destacados en las posesiones españolas norteafricanas, los cuales contribuyeron decisivamente a la difusión del hábito en la península, determinó que las autoridades franquistas hicieran la vista gorda, durante muchos años, ante el consumo de esta droga.

1951: "U.N. bulletin of Narcotics Drugs" calcula la existencia de unos 200 millones de usuarios de cannabis en todo el mundo.

1952: Se hace la primera redada a consumidores de cannabis en Reino Unido, en el “Club Soho”. La alarma social respecto a la marihuana había despertado cuando los inmigrantes de color empezaron a ser considerados como un problema social.

1953: —Anslinger— publica sus mentiras con una descripción de un estado sicótico acelerado, el sujeto, además de desequilibrado parece que no está acostumbrado a consumir el cannabis " En una tarde de verano, —Moses M– Compró sus dos primeros cigarrillos de marihuana por 25 centavos cada uno. Al terminar de fumarlos dijo: "me siento como si estuviera volando." —Moses—, enloquecido por la marihuana salió por la ventana de su hotel, cayó cinco metros y medio hasta el tejado del garaje de la casa vecina con los pies descalzos, y se metió entonces por la ventana de la habitación de K. Gritando: "Dios me dijo que matara a este hombre." Agarrando a K. por la garganta, le golpeó con los puños hasta matarlo, después de lo cual rompió una silla en la cabeza de la víctima. Gritando que Hitler le perseguía, Moses salió de la ventana y dejó caer su corpachón de noventa kilos sobre un callejón que estaba nueve metros más abajo. Durante el juicio, Moses no recordaba nada del asesinato y afirmó:"No quería hacerle daño." "Veinte años", decidió el tribunal".

Este año en Inglaterra un abogado publicó un trabajo realizado concienzudamente, Indian Hemp, a social Menace ("El cáñamo indio, amenaza social"), donde se citan como pruebas abrumadoras contra el cannabis y sus consumidores una serie de artículos del “Sunday graphic” periódico ya extinguido en ellos se podía leer:"...El cáñamo, la marihuana y el hachís representan un trafico realmente hediondo...Estamos tratando con hombres más depravados que jamás hayan participado en el comercio del vicio...las víctimas son jovencitas inglesas... los traficantes son en un 90% gentes de color procedentes de las Antillas y de las costas oeste de África...existe un peligro enorme de que esta locura llegue a convertirse en la amenaza social más grande que ha conocido este país ...los traficantes negros y las jovencitas descuidadas y semidementes". En otro escrito: "llegará el día en que en este país estará todo mezclado si no lo vigilamos " en este mismo libro opina su autor que el cannabis puede ser el instrumento para un delito perfecto.

1954: Se introduce una legislación anti-cannabis en Italia. Ese año en el protectorado se aprobó un reglamento para la represión del contrabando de tabaco y de kif en la zona del protectorado español en Marruecos.

1956: Los fiscales de Cádiz y Tenerife hacían constar la gran disminución que había habido en el tráfico de “grifa”, gracias a la "eficaz persecución y ejemplar represión"

1957: En España, el código penal de 1941 recogía en su artículo 344 la agravación de los delitos contra la salud pública cuando "se trate de droga tóxica o estupefaciente", sirviendo como ejemplo la sentencia del Tribunal supremo que este año (el 28 de mayo de 1957) se aplica esta especial agravación a la venta de “grifa”