La Administración Menem-Di Tella (Seducción, Pesca y Petróleo, y el Paraguas)
BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

 

ISLAS MALVINAS, SU HISTORIA, LA GUERRA Y LA ECONOMÍA, Y LOS ASPECTOS JURÍDICOS SU VINCULACIÓN CON EL DERECHO HUMANITARIO

Bruno Tondini

 

 

Esta página muestra parte del texto pero sin formato.

Puede bajarse el libro completo en PDF comprimido ZIP (154 páginas, 838 kb) pulsando aquí

 

 

 

 

III.15.2- La Administración Menem-Di Tella (Seducción, Pesca y Petróleo, y el Paraguas).

El 1° de febrero de 1991 asume como Canciller el Ingeniero Guido Di Tella y aunque continúa con la estrategia diplomática de su antecesor, se caracterizó por la concentración en la agenda bilateral que adoptó dos vertientes: la negociación bilateral con el gobierno del Reino Unido y la negociación bilateral con los habitantes de las islas, conocida por la forma en que se instrumentó, como estrategia de seducción.

La estrategia de la seducción o charme politics; entendida como un conjunto de propuestas realizadas por el Gobierno Argentino directamente a los habitantes de las islas, respetando sus deseos; con el objetivo de aumentar el grado de confianza y contribuir en última instancia a la recuperación de la soberanía.

Es interesante remarcar la opinión del por entonces Secretario General de la Cancillería, Andrés Cisneros , quien consideraba que la única solución es la negociación , dado que son tres los caminos para recurarlas: el derecho, la guerra o la negociación. Cree que esta es la única opción y la define así. “ negociar supone ofrecer al otro una situación futura tan diferente y mejor que la de ahora, como para decidirlo a cambiar su status actual”. Este postura fue oportunamente criticada por Federico Ruiz Guiñazu, quien mencionada faltaría agregar a la definición : “ sin que ello redunde en una franca desventaja para el ofertante ”. Puntualiza además los avances logrados por el gobierno inglés en torno a : decidir establecer zonas económicas exclusivas en torno a las Georgias y a las Sandwich, islas en litigio, o hacer prospecciones de los fondos marínos sin dar intervención a la Argentina; Obtener el acrecentamiento con beneplácito argentino de su cupo de pesca y finalmente el mas importante que había sido lograr que la controversia entre Buenos Aires y Londres , baje de nivel y nuestra Cancillería discuta mano a mano con los isleños en vez de hacerlo con el Foreing Office. Finalmente Cisneros pone fin a la cuestión en el articulo llamado “En Malvinas, con tener razón no alcanza” ,el cual señalamos como de interesante lectura.

La política de seducción de los kelpers, fue llevada adelante constantemente por el Canciller Di Tella , bregando siempre por incentivar en ellos un sentimiento de acercamiento con los Argentinos, pues consideraba que su opinión era básica en la reanudación de las relaciones bipartitas.

Dentro de esta política Di Tella, lucho por que se diera a los kelpers y a las Islas un status especial, mejorándose su calidad de vida.

Esta es una posición insostenible, condenada al fracaso y de una peligrosidad manifiesta, que además, valida el papel de los kelpers como tercer actor en la disputa . Posteriormente, se sugirió la propuesta de indemnización a los isleños .

La cuestión de la pesca se transformó en un tema muy conflictivo y puso a prueba la continuidad de las relaciones amistosas. En la reunión del grupo de trabajo bilateral abocado al tema, en noviembre de 1990 en Madrid, los británicos presentaron una iniciativa para extender su Zona Interina de Conservación y Administración de las Islas Malvinas (FICZ) –establecida en 1986- más allá de las 150 millas que fue rechazada por el gobierno argentino. Al mismo tiempo, el gobierno británico rechazó una propuesta argentina de coadministrar una franja de 50 millas a crearse alrededor de la zona anterior, dando a entender además que, en caso de no llegarse a un acuerdo, ampliaría unilateralmente su control de las 150 a las 200 millas. Finalmente se llegó a un acuerdo preliminar firmado en Buenos Aires el 28 de noviembre de 1990 como Declaración Conjunta sobre Conservación de Recursos Pesqueros, por la cual, bajo la fórmula de salvaguardia de soberanía, la Argentina y el Reino Unido disponían la prohibición de la pesca comercial en un área marítima denominada Zona de Conservación Exterior (FOCZ) con forma de semianillo ubicada al este de la FICZ, disposición que sería evaluada todos los años. Cada gobierno tomaría las medidas correspondientes para el cumplimiento de la prohibición dispuesta, pues no pudo acordarse el patrullaje conjunto. También se estableció la Comisión de Pesca del Atlántico Sur.

Dadas las dificultades en las negociaciones Argentinas con Gran Bretaña, el Comité de Descolonización de NU, aprobó el 29 de julio de 1992, la Resolución A/AC 109/ 1132 por la cual reiteraba la exhortación a Gran Bretaña y Argentina de procurar “una solución pacífica y negociada sobre la soberanía” de las Islas y lamentaba que “a pesar del amplio respaldo internacional (...) aún no se (hubiesen) comenzado a aplicar las Resoluciones de la AG de NU” . A continuación de esta fecha se sucedieron cada año, en similar tono, resoluciones del Comité Especial .

El 20 de agosto de 1992 el gobierno argentino decidió establecer un registro de buques extranjeros y autorizar la concesión de permisos de pesca a buques extranjeros arrendados o fletados por un tiempo determinado, logrando la inscripción de un número importante de países. La resolución provocó malestar en el gobierno británico porque perjudicaba a los isleños, que perdían millones de dólares por la competencia argentina. En diciembre de 1992 se acordó que la Argentina estableciera un cupo de 45 permisos y una cantidad de 220.000 toneladas de calamar por partes iguales. En realidad, la Argentina había autolimitado su caudal de pesca

El gobierno británico quería llegar a un acuerdo de largo plazo que limitara la actividad, aunque sin otorgar a la Argentina el acceso a las áreas disputadas. La Cancillería argentina lo condicionaba a que los malvinenses aceptaran reanudar primero las comunicaciones y el comercio con el continente argentino interrumpidos desde la guerra de 1982. Cabe señalar que gracias a la explotación pesquera los isleños lograron su autosuficiencia económica a partir de 1992, exceptuando los gastos de defensa.

El canciller británico Hurd llegó a la Argentina en enero de 1993. Previamente sostuvo que en virtud de la disposición de agosto de 1992, la Argentina otorgaba licencias a buques extranjeros en la zona económica exclusiva por siete meses, más del doble que en la zona de conservación, lo cual ponía en peligro la política conservacionista en el Atlántico Sur. Manifestó además que el calamar illex era un recurso compartido y agotarlo por obtener una ganancia efímera perjudicaría a ambas partes. En Buenos Aires, Hurd fue terminante, señalando que la visita que el presidente Menem deseaba realizar al Reino Unido –deseo expresado a partir de diciembre de 1990 - estaba condicionada al logro de un acuerdo permanente sobre pesca en el Atlántico Sur.

El 1° de noviembre de 1993 los cancilleres Di Tella y Hurd firmaron en Londres otro acuerdo provisorio. Para asegurar la conservación de la especie illex durante la temporada 1994, la delegación argentina manifestó que su gobierno autorizaría al sur de los 45° de latitud sur un nivel tope de captura de 220.000 toneladas y un máximo de 80 buques de bandera extranjera para pescar illex. Por su parte, la delegación británica expresó que su gobierno autorizaría un nivel de pesca durante la temporada 1994 igual al de la temporada 1993, de manera que la captura esperada de illex se limitaría a 150.000 toneladas. Este comunicado conjunto (en realidad) de ambas cancillerías indica que los kelpers en el año 1994 solo podían pescar unas 150 mil toneladas de calamar tanto en la zona de conservación pesquera británica como en la zona de prohibición conjunta de pesca llamada semicorona. Sin embargo se debe destacar que el que autoriza a pescar en la zona de prohibición conjunta, donde durante dos años estuvo prohibido todo tipo de captura es únicamente Londres y no es una decisión conjunta. Esta prohibición de pesca, databa del año 1990 en que el entonces canciller Domingo Cavallo, había dado a conocer un anterior comunicado conjunto en el que ambos países prohibían la pesca en la región.

Por cierto, el gobierno británico tomó resoluciones unilaterales que provocaron la protesta del gobierno argentino y su amenaza de romper los acuerdos pesqueros. Entre las mismas se encontraban: extender la zona de su jurisdicción en aguas de las islas Georgias y Sandwich del Sur (abril de 1992); excluir de la consideración bilateral áreas de pesca al norte y al este de las Malvinas (agosto de 1994), y exigir licencia británica a los buques –incluidos los argentinos- que desearan pescar en aguas de las islas Georgias y Sandwich del Sur (febrero de 1996).

La importancia de la cuestión de la exploración y explotación de los recursos hicrocarburíferos radica en el hecho de que, al igual que en el caso de la pesca, constituye una manifestación concreta del ejercicio de la soberanía; y a diferencia de ésta, una fuente potencial de ingresos mucho mayor. Las rápidas y enérgicas reacciones de una y otra parte con respecto al tema, aún cuando se desconoce a ciencia cierta la existencia de reservas de petróleo y/o gas en volúmenes rentables, hablan a las claras de los intereses involucrados.

En 1991 Gran Bretaña autorizó una ley del Consejo de Malvinas para llamar a la prospección petrolera: era el primer paso en la búsqueda de hidrocarburos. Como réplica el gobierno argentino promulgó la ley 23.968 de líneas de base que fija los espacios marítimos argentinos y que incluye a las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur. Además lanzó en 1992 el plan petrolero denominado “Plan Argentina” (decreto 2178/92), que incluía seis zonas que se encuentran en lo que se denomina área gris, dónde se superpone las 200 millas medidas desde el continente argentino con las 200 millas tomadas desde las Malvinas. Ante una solicitud del gobierno británico, el Canciller Guido Di Tella hizo retirar esas seis zonas de la licitación.

Grupo EUMEDNET de la Universidad de Málaga Mensajes cristianos

Venta, Reparación y Liberación de Teléfonos Móviles
Enciclopedia Virtual
Biblioteca Virtual
Servicios