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CÓDIGO DE LA COMUNIDAD ANDINA

Galo Pico Mantilla

 

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ÍNDICE ALFABÉTICO DEL TRATADO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA

(Los números del índice corresponden a los artículos del Tratado)

A

Abogado general, creación: Art. 6

Acción de Incumplimiento, Sección Segunda Capítulo III

- indemnización de daños y perjuicios: Art. 30

- observaciones escritas Secretaría General: Art. 23

- Secretaría: Art. 27, 29

Acción de Nulidad: Sección Primera, Capítulo III

- cuando no se hubiere aprobado con voto afirmativo del reclamante: Art. 18

- no afecta eficacia o vigencia de la norma: Art. 21

- plazo, dos años: Art. 20

- personas naturales y jurídicas: Art. 19

Acción directa

- ante el Tribunal por gravamen o restricción: Art. 26

- ante los tribunales nacionales competentes: Art. 31

- ante la Secretaría General, excluye acudir tribunales - nacionales: Art. 25

- de las personas naturales o jurídicas, incumplimiento: Art. 25

- del país reclamante: Art. 24

- prescripciones del derecho interno: Art. 31

Acción simultánea ante el Tribunal y jueces nacionales, no existe:

Art. 25

Acción sumaria, incumplimiento sentencia: Art. 27

Acuerdo de Cartagena, parte del ordenamiento jurídico: Art. 1

Acuerdo para someterse al arbitraje del Tribunal: Art. 38

Adhesión a la acción de la Secretaría General: Art. 23

Alcance y contenido

- del derecho nacional, prohibición Tribunal: Art. 34

- del ordenamiento jurídico andino, limitación: Art. 34

Aplicación directa de las Decisiones y Resoluciones: Art. 3

Aplicación o controversia del ordenamiento jurídico: Art. 33

Aplicación uniforme de la interpretación prejudicial: Art. 32

Arbitraje

- administrativo, competencia de la Secretaría General: Art. 39

- de controversias sobre contratos privados: Art. 38

Ausencia definitiva o temporal: Art. 9

Autoridades judiciales de los Países Miembros, coordinación:

Art. 45

C

Codificación del Tratado, autorización, Disposición Transitoria

Comisión de la Comunidad, presupuesto: Art. 16

Competencias del Tribunal

- absolver la consulta del Juez nacional sobre la inaplicabilidad de una Norma: Art. 20

- conocer las competencias laborales: Art. 40

- declarar la nulidad de las decisiones y resoluciones: Art. 17

- dirimir las controversias mediante arbitraje: Art. 38

- interpretar por vía prejudicial las normas del ordenamiento jurídico de la comunidad: Art. 32

- pronunciarse sobre el dictamen de incumplimiento: Art. 24

- pronunciarse sobre un dictamen motivado: Art. 26

- resolver los recursos por omisión o inactividad: Art. Competencias laborales en el sistema, Tribunal: Art. 40

Compromiso de los Países Miembros

- para cumplir el Tratado: Art. 36

- para no obstaculizar aplicación de normas: Art. 4

Comunicación directa del Tribunal con los Países Miembros: Art. 44

Condiciones y límites de medidas complementarias, Estatuto: Art. 27

Consulta del juez nacional sobre la legalidad de la norma: Art. 20

Contenido y alcance

- del derecho nacional, prohibición tribunal: Art. 34

- del ordenamiento jurídico andino, limitación: Art. 34

Continuación en el ejercicio del cargo: Art. 11

Contratos, convenios, acuerdos entre órganos del sistema: Art. 38

Contratos de carácter privado

- arbitraje administrativo: Art. 39

- regidos por el ordenamiento andino: Art. 38

Controversias

- entre órganos e instituciones del Sistema Andino: Art. 38

- laborales dentro del sistema: Art. 40

Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas: Art. 12

Convocatoria a Plenipotenciarios de los Países Miembros: Art. 7

Criterios de equidad y procedencia técnica, laudo Secretaría: Art. 39

Cumplimiento de la sentencia dentro del plazo establecido: Art. 20

D

Decisión para la codificación del Tratado: Disposición Transitoria

Decisiones obligatorias para los Países Miembros: Art. 2

Decisiones del Consejo Andino de Ministros, CAMRE:

- directamente aplicables a los países Miembros: Art. 3

- incorporación al derecho interno cuando así se disponga: Art. 3

- obligan a los Países Miembros desde la fecha de aprobación: Art. 2

- son parte del ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina: Art. 1

Decisiones de la Comisión

- directamente aplicables a los países Miembros: Art. 3

- incorporación al derecho interno cuando así se disponga: Art. 3

- obligan a los países Miembros desde la fecha de aprobación: Art. 2

- son parte del ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina: Art. 1

Demanda de revisión de sentencia de incumplimiento: Art. 29

Denuncia de incumplimiento por parte de otro País Miembro: Art. 24

Derecho Comunitario, difusión y perfeccionamiento, Tribunal: Art. 45

Derecho interno, prescripciones para acción directa: Art. 31

Derechos subjetivos o intereses legítimos: Art. 19

Designación de magistrados: Art. 7

Desviación de poder, aprobación ordenamiento: Art. 17

Dictamen

- de incumplimiento, persistencia: Art. 23, 24

- motivado de la Secretaría General: Art. 26

- sobre el estado de cumplimiento de las obligaciones: Art. 23

Difusión y perfeccionamiento del derecho comunitario: Art. 45

Disposiciones Generales: Capítulo IV

Dos años para intentar acción de nulidad: Art. 20

E

Efectos de la sentencia de nulidad en el tiempo: Art. 22

Eficacia o vigencia de la norma, acción de nulidad: Art. 21

Equidad y procedencia técnica, laudo, Secretaría: Art. 39

Estatuto del Tribunal

- modificaciones: Art. 13

- reemplazo magistrados: Art. 9

F

Falta de cumplimiento por parte de los órganos del Acuerdo: Art. 37

Falta grave prevista en el Estatuto: Art. 10

Función arbitral: Sección Quinta, Capítulo III

- arbitraje administrativo, competencia de la Secretaría General: Art. 39

- competencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad: Art. 38

- controversias entre órganos e instituciones del Sistema: Art. 38

- controversias entre órganos del Sistema y terceros, previo acuerdo: Art. 38

- controversias en contratos privados regidos por el ordenamiento jurídico de la Comunidad: Art. 38

- laudo en derecho o equidad: Art. 38

Funcionarios internacionales del Tribunal: Art. 12

G

Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, edición: Art. 43

Gravamen o restricción

- Resolución de verificación: Art. 26

H

Hecho desconocido a la fecha de la sentencia: Art. 29

Homologación o exequátur, innecesario: Art. 41

I

Impugnación contra las Decisiones, Resoluciones y Convenios: Art. 17

Inaplicabilidad de la Decisión o Resolución al caso concreto: Art. 20

Incorporación al derecho interno, Decisiones: Art. 3

Incumplimiento

- acción de: Sección Segunda, Capítulo III

- del artículo 4 del Tratado: Art. 31

- de un País Miembro, denuncia de otro: Art. 24

- pronunciamiento del Tribunal: Art. 23, 24

- sentencia, adopción de medidas: Art. 27

Indemnización de daños y perjuicios: Art. 30

Independencia de los magistrados en sus funciones: Art. 6

Informes anuales, Consejo Presidencial y Consejo de Ministros: Art. 15

Inmunidades reconocidas por la Convención de Viena

- para el Tribunal y sus Magistrados: Art. 12

- para funcionarios internacionales: Art. 12

Integración del Tribunal de Justicia: Art. 6

Interpretación prejudicial del ordenamiento jurídico

- a solicitud de los jueces nacionales: Art. 33

- en caso de aplicación o controversia: Art. 33

- facultad del Tribunal de Justicia: Art. 32

- finalidad, aplicación uniforme: Art. 32

- límite, contenido y alcance de la norma Andina: Art. 34

- normas: Sección Tercera, Capítulo III

- obligación de los Países Miembros, velar por su cumplimiento: Art. 36

- obligatoria para los jueces nacionales: Art. 35

Intereses legítimos de personas naturales o jurídicas: Art. 19

Inviolabilidad de locales y bienes del Tribunal: Art. 12

J

Jefes de Misión, categoría equivalente de los magistrados: Art. 12

Jueces nacionales

- conocer acciones conforme al derecho interno: Art. 31

- consultar la legalidad de una norma por solicitud de inaplicabilidad: Art. 20

- consultar Tribunal de Justicia: Art. 20

- facultad para solicitar interpretación: Art. 33

- obligación de adoptar interpretación del Tribunal: Art. 35

- solicitud de interpretación prejudicial, facultativa u Obligatoria: Art. 33

- suspender pronunciamiento y solicitar interpretación: Art. 33

Jueces o tribunales nacionales

- aplicación obligatoria de lo resuelto por el Tribunal: Art. 20

- consulta sobre la legalidad de la Decisión, resolución o convenio: Art. 20

- inaplicabilidad de la decisión o resolución: Art. 20

Jurisdicción Laboral, Sección Sexta Capítulo III

L

Laudo

- de la Secretaría General, obligatorio e inapelable: Art. 39

- del Tribunal en derecho o equidad, obligatorio: Art. 38

Límites para restringir o suspender las ventajas del Acuerdo: Art. 27

M

Magistrados

- continuación en el cargo: Art. 11

- designación de ternas de cada país Miembro: Art. 7

- inmunidades, convención de Viena: Art. 12

- Jefes de misión: Art. 12

- modificación del número: Art. 6

- período de seis años: Art. 8

- primero y segundo suplentes: Art. 9

- remoción: Art. 10

- requisitos y condiciones: Art. 6

Medidas complementarias a la restricción o suspensión: Art. 27

Modificación del número de magistrados: Art. 6

Modificaciones al Estatuto del Tribunal, Consejo de Ministros: Art. 13

N

Noventa días para presentar demanda de revisión: Art. 29

Nulidad de las Decisiones, Resoluciones y Convenios, Tribunal: Art. 17

Nulidad total o parcial, declaratoria del Tribunal: Art. 22

O

Obligación de los Países Miembros

- cumplimiento del ordenamiento jurídico: Art. 4

- facilidades para el funcionamiento del Tribunal: Art. 12

- velar por el cumplimiento del Tratado y la observancia de jueces nacionales: Art. 36

Obligatoriedad

- de las Decisiones: Art. 2

- de los laudos: Art. 38

Observaciones de la Secretaría General, incumplimiento: Art. 23

Omisión o inactividad, recurso: Art. 37

Opinión de la Secretaría General, cumplimiento sentencia: Art. 27

Ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina, composición: Art. 1

P

Países Miembros

- acción de nulidad: Art. 18

- acción directa: Art. 26

- excepción: Art. 18

- obligación de dictar medidas de puntos por el Tribunal:

Art. 27

- prohibición de someter controversias a otros tribunales:

Art. 42

- velar por cumplimiento del Tratado: Art. 36

Particulares, arbitraje por controversias: Art. 38

Período de los magistrados: Art. 8

Personas naturales o jurídicas

- acción ante tribunales nacionales: Art. 31

- acción de incumplimiento: Art. 25

- acción de nulidad: Art. 19

- intereses legítimos, derechos subjetivos: Art. 19

- requerimiento por omisión o inactividad: Art. 37

Plazos

- noventa días, cumplimiento sentencia: Art. 27

- quince días, dictamen sobre estado de incumplimiento: Art. 24

- para pronunciarse sobre omisión o inactividad, Tribunal: Art. 37

- para requerir el cumplimiento de obligaciones: Art. 37

- dos años, acción de nulidad: Art. 20

- noventa días, descubrimiento del hecho, recurso de revisión

Art. 29

- sesenta días, contestación de observaciones: Art. 23

- sesenta y cinco días, dictamen por incumplimiento: Art. 24

- treinta días, atención solicitud por omisión o inactividad:

Art. 37

- treinta días, providencia del Tribunal, omisión o inactividad: Art. 37

- un año, demanda de revisión: Art. 29

Plenipotenciarios de los Países Miembros, convocatoria: Art. 7

Presupuesto del Tribunal, aprobación: Art. 16

Primer y segundo suplentes, reemplazo: Art. 9

Procedimientos en trámite: Disposición Transitoria, Cuarta

Proceso, aplicación o controversia del ordenamiento jurídico: Art. 33

Prohibición de los Países Miembros

- someter una controversia a otros Tribunales o Sistemas: Art. 42

Prohibición del Tribunal

- interpretar el contenido y alcance del Derecho Nacional: Art. 34

Pronunciamiento del Tribunal, persistencia incumplimiento:

Art. 23, 24

Propuesta de la Comisión, modificaciones Estatuto: Art. 13

Protocolo de Cochabamba, modificatorio, 28 de mayo de 1996.

Publicación Decisiones, Resoluciones, dictámenes y otros: Art. 43

R

Reclamo por el incumplimiento de Órganos de la Comunidad: Art. 37

Recurso por Omisión o Inactividad: Sección Cuarta, Capítulo III

- plazo para pronunciamiento del Tribunal: Art. 37

- requerimiento de Países Miembros o personas naturales o jurídicas: Art. 37

- treinta días para atender la solicitud o, caso contrario, acudir al Tribunal de Justicia: Art. 37

Recursos en derecho interno, interpretación: Art. 33

Reglamento interno del Tribunal: Art. 13

Relaciones con terceros países o grupos: Art. 42

Remoción de los magistrados: Art. 10

Renovación parcial magistrados cada tres años: Art. 8

Renuncia expresa del Tribunal sobre inviolabilidad: Art. 12

Requerimiento sobre obligaciones: Art. 37

Resolución de verificación sobre gravamen o restricción: Art. 26

Resoluciones de la Secretaría General, parte del ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina: Art. 1

Revisión de sentencia de incumplimiento: Art. 29

S

Secretaría General, arbitraje administrativo: Art. 39

Secretario del Tribunal, nombramiento: Art. 14

Sede del Tribunal de Justicia, Quito: Art. 5

Sentencia de incumplimiento

- obligación de medidas: Art. 27

- título legal: Art. 30

Sentencias revisables en acción de incumplimiento: Art. 29

Sesenta días plazo para contestar observaciones: Art. 23

Sesenta y cinco días plazo para dictamen incumplimiento: Art. 24

Solicitud de inaplicabilidad al juez nacional: Art. 20

Solicitud de interpretación prejudicial

- facultativa: Art. 33

- obligatoria: Art. 33

Suspensión del procedimiento nacional, interpretación: Art. 33

Suspensión provisional

- de la ejecución de la Decisión, Resolución o convenio: Art. 21

- de medida presuntamente infractora: Art. 28

T

Terceros países o grupos de países, Tratado del Tribunal: Art. 42

Ternas presentadas por cada país miembro: Art. 7

Título legal y suficiente

- daños y perjuicios: Art. 30

- laudo del Tribunal: Art. 38

Tratado del Tribunal

- codificación, autorización: Disposición Transitoria

- parte del ordenamiento jurídico: Art. 1

- protocolo modificatorio, Cochabamba, 28 de mayo de 1996

Treinta días

- para pronunciamiento sobre omisión o inactividad: Art. 37

- plazo para requerir cumplimiento de obligaciones: Art. 37

Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina

- acción sumaria por incumplimiento de sentencia: Art. 27

- atribuciones: Art. 17

- comunicación directa, autoridades, Países Miembros: Art. 44

- creación: Art. 5

- informes anuales: Art. 15

- inmunidad: Art. 5

- integración: Art. 6

- órgano jurisdiccional de la comunidad: Art. 5

- otras medidas en caso de incumplimiento: Art. 27

- personas naturales y jurídicas, acción directa: Art. 25

- presupuesto: Art. 16

- pronunciamiento en caso de dictamen incumplimiento:

Art. 23, 24

- reglamento interno: Art. 13

- secretario: Art. 14

- sede: Art. 5

- trámite sumario para límites de restricción o suspensión: Art. 28

Tribunal o sistema de arbitraje distintos, no es admisible: Art. 42


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