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LA POLÍTICA SOCIAL EN MÉXICO 1988– 1994: EL PROGRAMA NACIONAL DE SOLIDARIDAD
Guillermo Ontiveros Ruíz

 

PRONASOL - Anexos

 

Anexo 1: Los catorce puntos para la planificación del movimiento agrario

 

1.        La necesidad de que se establezca la cooperación entre el gobierno y los factores que intervienen en la producción, para resolver permanentemente los problemas que son propios de las relaciones obrero-patronales, dentro de nuestro régimen económico de derecho.

2.        Conveniencia nacional de proveer lo necesario para crear la Central Única de Trabajadores Industriales, para que dé fin a las pugnas intergremiales nocivas por igual a obreros, patrones y  gobierno.

3.        Definición del gobierno como árbitro y regulador de la vida social.

4.        Seguridad de que las demandas de los trabajadores serán siempre consideradas dentro del marco que ofrezcan las posibilidades económicas de las empresas.

5.        confirmación del propósito de no acordar ayuda preferente a una determinada organización proletaria, sino al conjunto del movimiento obrero representado por la Central Unitaria.

6.        Negación rotunda de toda facultad a la clase patronal para intervenir en las organizaciones de los obreros, pues no asiste a los empresarios derecho alguno para invadir el campo de acción del proletariado.

7.        Las clases patronales tienen el mismo derecho que los obreros para vincular  sus organizaciones en una estructura nacional.

8.        El gobierno está interesado en no agotar las industrias del país, sino acrecentarlas, pues aún para su sostenimiento material  la administración pública reposa en el rendimiento de los impuestos.

9.        La causa de las agitaciones sociales no radica en la existencia de núcleos comunistas. Estos forman minorías sin influencia determinada en los destinos del país. Las agitaciones provienen de la existencia de aspiraciones y necesidades justas de las masas trabajadoras que no se satisfacen, y de la falta de cumplimiento de las leyes del trabajo, lo que da material de agitación.

10.      La presencia de pequeños grupos comunistas no es un fenómeno nuevo ni exclusivo de nuestro país.  Existen estas pequeñas minorías en Europa, en Estados Unidos y, en general, en todos los países del orbe. Su acción en México no  compromete la estabilidad de nuestras instituciones, ni alarma al gobierno ni debe alarmar a los empresarios.

11.      Más daño que los comunistas han hecho a la nación los fanáticos que asesinan profesores, fanáticos que se oponen al cumplimiento de las leyes y al programa revolucionario, y que sin embargo tenemos que tolerarlos.

12.      La reciente situación patronal no se circunscribe a Monterrey, sino que tuvo ramificaciones en otros centros importantes de le República, como en Laguna, León, Distrito Federal, Puebla y Yucatán.

13.      Debe cuidarse mucho a la clase patronal de que sus agitaciones se conviertan en banderilla política, porque esto nos llevaría a la  lucha armada.

14.      Los empresarios que se sientan fatigados por la lucha social pueden entregar  sus industrias a los obreros o al gobierno. Eso sería patriótico, el paro no.

 

Fuente: FUENTES, Mario Luis, La asistencia social en México. Historia y perspectivas, México, 1999.

 

 

Anexo 2: Clasificación de la Secretaría de la Asistencia Pública de los principales puntos de debilidad social

 

1.        Los niños menores de once años, carentes de padres o abandonados; niños que en caso de poseer bienes o derechos hubieran sido despojados o hubieran sido objeto de una mala administración; y en los casos en los que las madres, por encontrase en estado de abandono no puedan desempeñar un trabajo remunerado por no tener en donde depositar a sus hijos mientras trabajan; casos en que los padres no obtengan un salario suficiente para satisfacer las necesidades de su familia o de sus dependientes y otros casos especiales. 

2.        Respecto a la población adolescente, la secretaría actuaría en los casos en los que sufra de alguna deficiencia somática o que por su condición ético-social o educacional, necesiten de centros especiales para su adaptación.

3.        En los casos de los adultos, la secretaría actuaría cuando las causas de debilidad social fueran las siguientes: a) disfunciones somáticas; b) padecimiento de enfermedades agudas o crónicas, o traumatismos que originen la imposibilidad de trabajar, temporal o definitivamente; c) por no haber recibido la preparación escolar  necesaria para desempeñar labores remuneradas; d) sufrir desocupación debida a los efectos del régimen social; e) percibir salarios cortos o insuficientes por la razón mencionada en el punto anterior, por sequías o trastornos meteorológicos, por siniestros etc. f) por existir desvalorización de los salarios; g) por la mala distribución de los hogares de los ingresos por ignorancia, por vicios o por malos hábitos; g) en los casos de embarazos y maternidad se proporcionaría a la madre “débil social” apoyo para alimentación, higiene, etc.

4.        En el grupo de los ancianos se intervendría en los casos de la debilidad propia de la edad o por enfermedades crónicas o agudas por alguna otra causa.

5.        En los casos especiales de debilidad ético-social, derivados del desconocimiento de los derechos de los individuos o de la debilidad para obtener su satisfacción (en este caso debía darse una asistencia de tipo jurídico que corrija las causas de la debilidad que existan).

 

Fuente: FUENTES, Mario Luis, La asistencia social en México. Historia y perspectivas, México, 1999.
 

 

 

Anexos 3, 4, 5 y 6: Fundamento legal del acuerdo para elevar productivamente el nivel de vida de la población y el Pronasol.

 

Legislación Federal

Artículos

Resumen del Artículo

CPEUM

30

El Estado impartirá educación preescolar, primaria y secundaria… La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional… Toda la educación que el Estado imparta será gratuita.

40

La Nación mexicana tiene una composición pluricultural, sustentada originalmente en sus pueblos indígenas. La ley protegerá y promoverá…, y garantizará a sus integrantes el efectivo acceso a la jurisdicción del Estado… Toda persona tiene derecho a la protección de la salud… Toda familia tiene derecho a disfrutar  de vivienda digna y decorosa.

25

Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional… y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y dignidad de los individuos y clases asociales… Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la Nación.

26

El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional… Mediante la participación de los diversos sectores sociales recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlos al plan y los programas de desarrollo. Habrá un plan nacional de desarrollo al que se sujetaran obligatoriamente los programas de la administración pública federal.

27

La Nación tendrá en todo tiempo imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana… La ley protegerá la integridad de las tierras de los grupos indígenas… considerando el respeto y fortalecimiento de la vida comunitaria de los ejidos y comunidades, protegerá la tierra para el asentamiento humano…

28

No constituyen monopolios las asociaciones de trabajadores formadas para proteger sus propios intereses y las asociaciones o sociedades cooperativas de productores para que, en defensa de sus intereses o del interés general vendan directamente en los mercados extranjeros los productos nacionales o industriales que sean la principal fuente de riqueza de la región en que se produzcan o que no sean artículos de primera necesidad, siempre que dichas asociaciones estén bajo la vigilancia o amparo del Gobierno Federal o de los Estados…

123

Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la Ley.

 

Fuente: Propia con base en los artículos de la CPEUM.

 

Legislación Federal

Artículos

Resumen del Artículo

LP83

20

La planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del estado sobre el desarrollo integral del país y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la CPEUM… La igualdad de derechos, la atención de las necesidades básicas de la población y la mejoría, en todos los aspectos, de la calidad de la vida, para lograr una sociedad más igualitaria.

 

19

El presidente de la República podrá establecer comisiones intersecretariales para la atención de actividades de la planeación nacional que deban desarrollar conjuntamente varias secretarías de Estado o departamentos administrativos.

25

Los programas regionales se referirán a las regiones que se consideren prioritarias o estratégicas, en función de los objetivos nacionales fijados en el Plan, y cuya extensión territorial rebase el ámbito jurisdiccional de una entidad federativa.

26

Los programas especiales se referirán a las prioridades del desarrollo integral del país fijados…

27

Para la ejecución del plan y los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales, las dependencias y entidades elaborarán programas anuales, que incluirán los aspectos administrativos y de política económica y social correspondientes.

28

El plan y los programas a que se refieren los artículos anteriores especificarán las acciones que serán objeto de coordinación con los gobiernos de los estados y de inducción o concertación con los grupos sociales interesados.

29

El plan y los programas regionales y especiales, deberán ser sometidos por la SPP a la consideración y aprobación del Presidente de la República.

 

Fuente: Propia con base en los artículos de la LP83.

 

Legislación Federal

Artículos

Resumen del Artículo

LPCGP

40

La programación del gasto público federal se basará en las directrices y planes nacionales de desarrollo económico y social que formule el ejecutivo federal por conducto de la SPP.

13

El gasto público federal se basará en presupuestos que se formularán con apoyo en programas que señalen objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución. Los presupuestos se elaborarán cada año calendario y se fundarán en costos.

14

La SPP al examinar los presupuestos cuidará que simultáneamente se defina el tipo y fuente de recursos para su financiamiento.

15

El presupuesto de egresos de la Federación será el que contenga el decreto que apruebe la cámara de diputados, a iniciativa del ejecutivo, para expensar, durante el período de un año a partir del 1o de enero, las actividades, las obras y los servicios públicos previstos en los programas a cargo de las entidades que en el propio presupuesto señalen.

16

El presupuesto de egresos de la Federación comprenderá las previsiones de gasto público que habrán de realizar las entidades a las que se refieren las fracciones I a IV del artículo 2o de esta ley.

El presupuesto de egresos de la Federación comprenderá también, en capítulo especial, las previsiones del gasto público que habrán de realizar las entidades relacionadas en las fracciones VI a VIII del propio artículo 2o de esta ley, que se determine incluir en dicho presupuesto.

19

 El proyecto de presupuesto de egresos de la Federación se integrará con los documentos que se refieran a:

I. Descripción clara de los programas que sean la base del proyecto, en los que se señalen objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución, así como su valuación estimada por programa.

II. Explicación y comentarios de los principales programas y en espacial de aquellos que abarquen dos o más ejercicios fiscales.

 III. Estimación de ingresos y proposición de gastos del ejercicio fiscal para el que propone, incluyendo el monto y clasificación correspondiente a las percepciones que se cubren a favor de los servidores públicos.

Dichas percepciones incluyen lo relativo a sueldos, prestaciones y estímulos por cumplimiento de metas, recompensas, incentivos o conceptos equivalentes a éstos;

IV. Ingresos y gastos reales del último ejercicio fiscal.

V. Estimación de los ingresos y gastos del ejercicio fiscal en curso.

VI. Situación de la deuda pública al fin del ultimo ejercicio fiscal y estimación de la que se tendrá al fin de los ejercicios fiscales en curso e inmediato siguiente.

VII. Situación de la Tesorería al fin de último ejercicio fiscal y estimación de la que se tendrá al fin de los ejercicios fiscales en curso e inmediato siguiente.

VIII. Comentarios sobre las condiciones económicas, financieras y hacendarias actuales y las que se prevén para el futuro.

IX. En general, toda  información que se considere útil para mostrar la proposición en forma clara y completa.

 

Fuente: Propia con base en los artículos de la LPCGP..


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