GLOSARIO JURÍDICO LATINO

 

Letra "D"

 

Damnum non facit qui jure suo utitur: Quien usa de su derecho no hace daño a nadie. Regla del derecho romano que se usa en sentido recto.

Damnum infectum: Daño no realizado.

Dare manus: Tender las manos, rendirse; vías de hecho.

Date frenos: Aflojad las riendas.

Dat veniam corvis, vexat censura columbas: La critica es indulgente con los cuervos, y severa con las palomas. Verso de Decio Junio Juvenal (58-138) que indica que la crítica ataca sólo a los débiles, pero respeta a los que saben defenderse.

De aliquo, de aliqua re: Sobre algo, sobre alguna cosa; tomar una resolución, o medidas (sobre todo funestas, crueles, etc.)

Debellato: Terminada la guerra.

Debere: Deber. Término formado con la preposición latina "de" y el verbo "habere" que significa "tener". Estar obligado a algo por el derecho, la moral, la religión.

Debitum: Deuda.

Debitum conjugale: Débito conyugal. Es la obligación que en el matrimonio tiene cada uno de los cónyuges de realizar la cúpula con el otro cuando éste lo exija o pida. Es obligación jurídica; pero las leyes civiles positivas no la sancionan atendiendo a que no puede penetrarse en lo sagrado de la familia y a que del empleo de la coacción pudieran derivarse mayores males.

Decem primi: Los diez primeros decuriones de una ciudad municipal. Se dio antiguamente este nombre a los diez senadores que ocupaban, respectivamente, el primer puesto al frente de su "decuria senatus". Estos representaban las diez curias de la primitiva tribu de los Ramnes. En tiempo de la República se dio el mismo nombre a los personajes consulares y a los senadores de las familias más antiguas. En las ciudades del antiguo Lacio y después de las colonias latinas que tuvieron un derecho análogo (jus latii) el senado municipal tenía al frente diez miembros llamados también decem primi o primores latinorum coloniarum, y cuando la ley Julia del 709 de Roma organiza sobre las bases uniformes las ciudades de Italia, cada una tenía su senado u ordo decurionum con los decem primi, que formaban una especie de comisión encargada principalmente de todos los asuntos de Roma.

Decet imperatorem stantem mori: Un emperador debe morir de pie. Palabras de Tito Flavio Sabino Vespasiano.

Declaratio: Declaración. Manifestación que hace una persona acerca de hechos determinados en forma verbal, escrita, judicial, extrajudicial o administrativa; manifestación oficial y pública de una cosa.

De consilii sententia: Conforme al parecer del consejo.

De ejus adventu nondum eram edoctus: De su llegada aún no estaba informado.

Deferre nomen alicuis: Presentar una acusación contra uno.

Defici: Ser abandonado (faltarle a uno el aliento)

De finibus bonorum et motorum: Acerca de los fines de los bienes y de los movimientos. Nombre de una obra filosófica de Cicerón.

De finibus suis exierunt: salieron de su territorio.

De hac re inter nos (o mihi tecum) convenit: Estamos acordes con esto.

De integro: De nuevo.

Delectatione adfici: Experimentar un placer.

Delinquentia: Delincuencia. Calidad de delincuente.

Delictum: Delito. Infracción quebrantamiento de la ley.

Demens: Demente

De meridie: Después del medio día.

Deminuere: Recortar de (separar o alejar entre sí).

De montibus umbrae: Las sombras de los montes.

Demostratio: Parte de la fórmula que contenía la exposición de los hechos que provocaban el litigio.

Densus vimine: densamente cubierto de mimbres.

Dente lupus, cornu taurus petit: El lobo ataca con el diente y el toro con el cuerno. Da a entender que como la defensa natural, cada cual se defiende como puede y se vale de las armas que la naturaleza le ha dado.

Deo, non fortuna: Significa que se debe confiar en los designios de Dios y no en los de la suerte o fortuna.

De pace colloqui: conferenciar acerca de la paz.

De populo barbaro: Acerca de un pueblo bárbaro. Palabras con que termina un salmo de David, y que se usa para indicar que se va a cometer un acto violento. Generalmente van precedidas esas palabras del verbo hacer: Hacer una de pueblo bárbaro.

De prole augenda: Sobre la necesidad de procrear hijos. Discurso de Quinto Cecilio Metelo llamado el Numídico (¨ - 91 a.n.e.) que Augusto hizo repartir entre la sociedad romana después de haber publicado las leyes Julia y Popea contra el celibato y sobre las familias numerosas. De los pocos fragmentos que nos han llegado de este discurso, parece desprenderse que su autor empleó el tono irónico, y presentaba el matrimonio, no como un ideal, sino como un mal necesario, y a las mujeres como un azote del cual la naturaleza nos impide librarnos.

Derelictio: Derelicción, desamparo, abandono. Recibe este nombre la cosa abandonada por un propietario. Se hace nullius, porque se pierde la posesión.

Desiderium crebris epistulis: Endulzar la nostalgia con correspondencia frecuente.

Desilire de equo: Apearse de su caballo.

Desperare sibi: Darse por perdido.

Desperatis rebus: En situación desesperada

Deum colem, regem serva: Adora a Dios y guarda la ley.

De veneficiis: De envenenamiento.

De vita et moribus: Sobre la vida y la costumbre.

Devota arbos: Árbol maldito

Diabolus metalorum: Diablo de los metales. Nombre que los alquimistas daban al estaño, a causa de su propiedad peculiar de ofrecerse como metaloide.

Dicam tuis ut librum describant: Encargar‚ a los tuyos que copien el libro.

Dico dolorem non esse summum malum: Afirmo que el dolor no es el mayor mal.

Dic quaeso, quid velis: Hazme el favor de decir qué quieres.

Dicta testium: Declaración de los testigos.

Dicto anno: En dicho año.

Dictum: Dicho, sentencia, apotegma.

Dictum clasicum: Lugar clásico.

Dictum dicere: Decir un chiste.

Diem dicere alicui: Señalar a alguien el día de comparecencia

Diem ex (o) de die: Día tras día.

Diem ex die te exspecto: Te aguardo día tras día.

Diem ex mense: Un día del mes.

Dies constituta: Plazo prefijado.

Dies festus ludorum: Día de fiesta con juegos.

Dies nefasti: Días nefastos

Dies pecuniae: Día de pago.

Digestus: Ordenado, distribuido, Digesto o Pandectas. Del latín digera: poner en orden y del griego pandectas: que lo contiene todo. Colección de las decisiones del derecho romano unificando los escritos de los antiguos jurisconsultos por la constitución Deo Auctore de 15 de diciembre de 530. Justiniano, después de haber recopilado las leyes en el Codex Justinianeus (528-529), acometió la ardua empresa de recopilar, extractándolo, sistematizándolo y modernizándolo.

Dignus vindice nodus: Nudo que no puede ser desatado, sino por un Dios protector. Expresión de Horacio referente al desenlace de ciertos dramas. Se usa en sentido figurado para significar que determinado grave asunto no puede ser resuelto favorablemente sino mediante la recomendación o intervención de una persona influyente.

Dimidius patrum, dimidius plebis: Medio patricio, medio plebeyo.

Directus: Derecho. Dirigirse, enderezar, alinear.

Discrepat (de, inter): Hay discrepancia (acerca de, entre).

Dis genitus: Hijo de los dioses.

Dirunus cibus: Ración de un día.

Diversis itineribus: Por caminos separados entre sí.

Divitiae certae: Riquezas seguras.

Divortium: Divorcio. Derivado de divertere, apartarse, disentir; ya que los cónyuges marchan como en distintas direcciones (in diversas partes eunt, caminan hacia diversas partes).

Divortium aquarum: Punto desde el cual las aguas corrientes marchan con direcciones opuestas.

Divortium cum uxore: Divorciarse.

Docere aliquem equo, fidibus: enseñar a uno a ir a caballo.

Doctus cum libro: sabio con libro. Se aplica a las personas que, siendo incapaces de crear ni aún de juzgar nada por sí mismas, andan siempre recitando lo que han leído en los libros.

Doctus litteris latinis: Versado en latín.

Dolis capiebantur: Eran ganados por estos engaños.

Dolor, vulneribus: Por dolor, las heridas.

Dolus malus abest: Sin fraude, lealmente. Las iniciales se ven con frecuencia en las actas de venta, contratos, etc. de los romanos.

Domesticum bellum: Guerra intestina.

Domi militiaeque: En paz y en guerra.

Dominica potestas: Poder del pater familia sobre los esclavos de la misma.

Domus mea tibi patet: Mi casa está siempre abierta para ti.

Domus tanti veniit quanti empta erat: La casa fue vendida al precio de compra; lograr por corrupción, soborno.

Donec eris felix, multos numerabis amicos; tempora si fuerint nubilia, solus eris: Mientras seas feliz, tendrás muchos amigos; pero si el tiempo se nubla, o si la fortuna te es adversa, te quedarás solo. Máxima de Ovidio que no necesita explicación. El rico tiene numerosos amigos, en tanto que del pobre todos huyen.

Do operam alicui rei: Trabajo en algo.

Dotis (genitivo de dos): Dote. Derivado de dar. Caudal que lleva la mujer cuando toma estado. Entre los pueblos antiguos fue costumbre que los varones diesen a las mujeres con quienes contraían matrimonio una cantidad en bienes o en dinero; igual sucedió entre los germanos, entre los que el marido daba las arras a la mujer por razón de matrimonio. La dote como aportación que la mujer entrega al marido para sostener las cargas matrimoniales tuvo su origen en el derecho romano, fundándose en la necesidad de que las hijas recibiesen anticipadamente la herencia paterna, ya que no tenían derecho a ella desde que entraban en la familia del marido.

Dubitationem expellere: Disipar las dudas.

Dubito an, Duco si: Quizá sin, es verosímil.

Dubitationem: Disipar toda indecisión.

Dubium est an. Quizás, es verosímil; situación critica, incierta.

Ducere aliquam in matrimonio: Tomar a una por esposa.

Ducere aliquem in carcerem: Encarcelar a alguno.

Ducere uxorem: Tomar esposa.

Dum angent, clamant: Mientras callan, hablan. Con esta locución se da a entender que hay silencios muy elocuentes.

Dummodo ne: Con tal que no.

Dum ne: Con tal que no.

Dum spiro, spero: Mientras vivo, espero. Se usa esta locución para recomendar que no debe perderse la esperanza sino con la vida.

Duodecim scripta (ludus duodecim scriptorum): Juego de los antiguos romanos para el cual se servían de una tabla o casillero (alveus tabula), donde había trazadas doce líneas (scripta), divididas por una perpendicular, de modo que formaban 24 casillas. El juego se hacía echando los dados (mittere, jacere) por medio de un cubilete (pyrgus, fritillus), y colocando en las casillas unas damas o peones que cada jugador ponía en el tablero o hacía avanzar según el número de puntos que marcaban los dados.

Dupli damnabitur: Ser condenado a pagar doble.


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