Observatorio Economía Latinoamericana. ISSN: 1696-8352


CONTABILIZACIÓN DE LOS GASTOS DEDUCIBLES Y SU EFECTO EN EL PAGO DEL IMPUESTO A LA RENTA DE LA COMPAÑÍA BHAMA S.A. POR EL AÑO TERMINADO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2016.

Autores e infomación del artículo

María Verónica Hurel Bowen *

Brigitte Lizbeth Martillo Campuzano **

Universidad Laica Vicente Rocafuerte, Guayaquil, Ecuador

brisbetg233@live.com

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RESUMEN

La contabilización de las cuentas de gastos que manejan las empresas y como esto puede llegar a influir en el pago de impuesto a la renta, aplicando el análisis de cada uno de estas cuentas de gastos en relación a lo que dicta la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento de aplicación, se requiere analizar los gastos antes de ser considerados como deducibles y el impacto que puede ocasionar al ser registrados de manera incorrecta.
Lo cual son importantes para identificar cada uno de estos gastos junto con la deducibilidad que le da la ley y reglamento tributario, con el objetivo que se presente adecuadamente el pago del impuesto a la renta según los valores reflejados en las cuentas.
Esta contabilización de los gastos demuestra mucha importancia al ser analizados y comprobados si se están procesando correctamente en el Estado de Resultado Integral con valores razonables.


Para citar este artículo puede uitlizar el siguiente formato:

María Verónica Hurel Bowen y Brigitte Lizbeth Martillo Campuzano (2018): "Contabilización de los gastos deducibles y su efecto en el pago del Impuesto a la Renta de la compañía Bhama S.A. por el año terminado al 31 de diciembre del 2016", Revista Observatorio de la Economía Latinoamericana, (febrero 2018). En línea:
//www.eumed.net/2/rev/oel/2018/02/gastos-deducibles-bhamasa.html
//hdl.handle.net/20.500.11763/oel1802gastos-deducibles-bhamasa


 INTRODUCCIÓN

Indicando en la problemática actual muchas de las empresas hoy en día tienden realizar registros contables de manera equivocada los cuales se llegó a la conclusión de las causas y las consecuencias de aquellos como se puede observar en la siguiente tabla.

Las entidades reguladoras como la Superintendencia de Compañías y servicio de rentas internas (Entidades Reguladoras de la Presentación de los Estados Financieros y los Impuestos en Ecuador) tienen diferentes puntos de vista al momento de considerar un gasto ya sea deducible y no deducible los cuales van a generar un efecto el pago del impuesto a la renta según la contabilización tributaria y financiera.

El trabajo de investigación realizado por Brigitte Martillo y Maria Veronica Hurel estudiado para el correcto pago del impuesto a la renta y presentar los valores razonables en el Estado de Ressltado Integral, establece ejemplos de contingencia para verificar la diferencia de la contabilización financiera y tributaria.

La evasión de pago de impuesto a la renta que se puede percibir en la actualidad, incentivo a la investigación de este proyecto a estudiar la contabilización de cada una de las cuentas de gastos operacionales y su comportamiento y regirse según lo que se establece en la ley de régimen tributario interno, ya que existen empresas donde hacen algún tipo de maniobras o registros incorrectos con intención para pagar menos impuestos a la renta o no pagar ningún valor.

De esta manera se busca el correcto pago de impuesto a la renta según lo que estable la ley de régimen tributario interno y su reglamento de aplicación.

Según el Servicio de rentas internas indicó que: “en general, con el propósito de determinar la base imponible sujeta a este impuesto se deducirán los gastos que se efectúen con el propósito de obtener, mantener y mejorar los ingresos de fuente ecuatoriana que no estén exentos”

Antecedentes del trabajo de investigación

La finalidad de esta investigación, es analizar los gastos desde el punto tributario de la empresa Bhama S.A. para comprobar las causas que puedan afectar, según reglamentos de entidades reguladoras tributarias y el análisis horizontal del estado de resultado integral.

Gastos Operacionales

Se llama gastos operacionales al dinero que una empresa o una organización debe desembolsar en concepto del desarrollo de las diferentes actividades que despliega. Entre las más comunes podemos citar los siguientes: pago por el alquiler del local o la oficina en la cual está asentada, pago de salarios a sus empleados y compra de suministros.

Los gastos operacionales como su palabra lo dice son los egresos que se realizan según las operaciones que ejecutan las compañías para que se mantenga en marcha y conservara su posición en el mercado. Los gastos operacionales están conformados por los gastos administrativos y gastos de marketing.

Clasificación de los gastos

En las empresas se pueden clasificar los gastos contablemente según su función y naturaleza, así mismo podemos indicar que los gastos tributariamente pueden ser considerados como deducibles y no deducibles según lo estipulado en la Ley de Régimen Tributario Interno y su Reglamento de aplicación.

Según (Diomedes et al., 2014 p. 107) “la agrupación en el estado de resultado integral incluye por ejemplo la depreciación, compras de materiales, costo de transporte, beneficios a empleados, entre otros, y no se retribuirán entre las diferentes funciones dentro de la entidad”

Los gastos que se efectúa por función “se clasifican y agrupan de acuerdo con su función como parte del costo de las ventas, costos por actividades de distribución o administración. Como mínimo una entidad revelara, su costo de ventas de forma separada de los otros gastos” (Diomedes et al., 2014 p. 107) señaló.

Desde el punto de vista la contabilidad tributaria también se puede clasificar los gastos como deducibles y no deducibles siempre y cuando estos gastos estén justificados según la que establece la ley de régimen tributario interno y su reglamento.

Uno de los documentos que pueden aplicar para ser considerados como sustentos al momento de considerar un gasto deducible son facturas, notas de ventas, liquidación de compra, retenciones, guía de remisión, notas de débitos y notas de crédito, al no cumplir este requisito los egresos serán no deducibles.

Gastos y sus contingencias

El Servicio de Rentas Internas junto con la Ley de Régimen Tributario Interno y su Reglamento de aplicación establecen excepciones al considerar un gasto como deducible lo cual va generar un valor según los cálculos que se realice respetando las leyes tributarias, y consecuencia de eso obtener un impuesto a la renta por pagar o un saldo a favor.
Podemos citar un de las cuentas donde se puede apreciar las excepciones al considerar dicho gasto deducible y no deducible, tal como se muestra en la siguiente figura.

La cuenta de impuesto, tasas y contribuciones es una de las cuentas que hay excepciones ya que indica si las compañías tienen multas e intereses fiscales y municipales, al momento de ser registrado deberá ser considerado dichos impuestos e intereses como no deducibles.

Otras de las cuentas donde se aplican ciertas excepciones podemos nombrar a:

SUELDOS
Los sueldos, horas extras, bonificaciones entre otros pagos al trabajador siempre y cuando el valor cancelado sea aportable dichos valores serán considerados como deducible caso contrario será un gasto no deducible y va generar un efecto en el impuesto a la renta.

DEPRECIACIONES 
Las depreciaciones de activos fijos se basaran en la naturaleza del activo, su duración de vida útil sin embargo para que los activos al momento de su depreciación sean considerados como deducible no deben pasar el límite de los siguientes porcentajes.

GASTOS DE PUBLICIDAD
Dichos gastos serán considerados como deducibles siempre y cuando el valor de los gastos de publicidad no exceda el 4 % del total de los ingresos grabados, caso contrario la diferencia será considerado como no deducible.

GASTOS DE GESTION
De acuerdo a lo estipulado en la Ley de Régimen tributario los gastos de gestión que sobrepasen el 2% del total de gastos generales será direccionado a los gastos no deducibles.

METODOLOGIA 

De acuerdo a la investigación se llevó acabo la metodológica la cual se basa en una comparación en la aplicación de las leyes tributarias en los gastos para estipular si son o no deducibles, consecuencia de eso poder observar el impacto de impuesto a la renta por pagar, ya que es de suma importancia tanto para el proyecto como para la sociedad que se involucren más con la cultura tributaria y de esta forma puedan ver desde otra perspectiva los gastos, presentar los valores de los egresos de forma razonable en el estado de resultado integral, sus posibles contingencias y consecuencia de eso darse cuenta cual es el impacto que este puede ocasionar en la conciliación tributario formulario 101.

Contingencia

Al revisar la conciliación tributaria, se pudo ver que existen valores considerables poco razonables según la pérdida y otros valores del  estado de resultado integral respectivo al año analizado a continuación los cuales no coinciden y ocasiona un impuesto por pagar a continuación la conciliación tributaria:

Según la tabla anterior se pudo obtener una diferencia con lo investigado de   $ 292381,08  los cuales son considerados como no deducibles, consecuencia de esto aumenta el impuesto a la renta independiente de otra cuenta ya que se puede deducir que el impuesto a la renta aumenta según los gastos que son considerados como no deducibles.
Cabe recalcar que al momento de referirnos del Formulario 101 es lo que la empresa Bhama S.A. presento en su pago de impuesto,  y según lo investigado se encontró una diferencia al pagar los impuestos.

Conclusiones

  • Se determinó el tratamiento y registro de todas las cuentas correspondiente a los gastos deducibles con el objetivo de revisar la distribución que se le asigna a cada una de las cuentas y estas estén correctamente direccionadas según su naturaleza y función en el estado de resultado integral.
  • Se pudo detectar que en el formulario 101 cambian ciertos valores y consecuencia de esto se observó que existe un impuesto pendiente de pago.
  • Los gastos operacionales de Bhama S.A. los cuales fueron parte de la investigación que se realizó se pudo determinar que a pesar del correcto tratamiento tributario y financiero existe un incremento en los gastos generales y otros que al parecer no se compensan con los ingresos dados a su resultado económico.

Recomendaciones

  • Se recomienda realizar una sustitutiva para el pago del impuesto a la renta que está pendiente por ser cancelado, seguido de eso calcular los intereses y multas a la fecha que se realice la sustitutiva.
  • Se recomienda analizar más detalladamente ciertas cuentas de valores realmente poco significativos para obtener un plan de cuentas más concreto y eficiente al momento de contabilizar gastos con valores irrelevantes.
  • Se sugiere analizar las estrategias que tiene el personal del área de marketing para mejorar el crecimiento de las ventas y ejecutar un seguimiento para que se puedan alcanzar las metas deseadas, ya que la utilidad de la compañía no depende el 100% del ahorro o disminución de los gastos sino de la producción que tiene la entidad.

REFERENCIAS

Ley de Régimen Tributario Interno (2016) Art. 10 (Ley Ecuatoriana)
Reglamento de la Ley de Régimen Tributario Interno Art. 28 (Ley Ecuatoriana)
Norma Internacional de Contabilidad (NIC 1)
Diomedes (2014) Finanzas Corporativas

*Contabilidad y Auditoría, Facultad de Administración, Universidad Laica Vicente Rocafuerte de Guayaquil brisbetg233@live.com
**Ingenieras en Contabilidad y Auditoría graduadas en la Universidad Laica Vicente Rocafuerte de Guayaquil

Recibido: 10/01/2018 Aceptado: 13/02/2018 Publicado: Febrero de 2018



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