2.3. REORDENACIÓN TERRITORIAL Y PACTO LOCAL
Consideramos que no se puede separar la reforma territorial del proceso de
fortalecimiento de los poderes locales, o sea, lo que se ha dado en denominar
“Pacto Local”. Esta reforma ha de incrementar la capacidad económico-financiera
y legal de los poderes locales como condición previa para su viabilidad.
En este sentido, el Pacto Local Catalán ha de lograr la aproximación de los
servicios públicos a los ciudadanos -descentralización administrativa de la
Generalitat- y la desconcentración del poder autonómico en favor de los poderes
locales (la denominada “segunda descentralización”); este proceso debe llevarse
a efecto con cuatro condiciones: a) ha de garantizar la equidad territorial y
social de los servicios públicos; b) ha de evitar un incremento de costes o una
reducción en la calidad de los servicios; c) ha de evitar duplicidades y
simplificar las estructuras administrativas, y d) no ha de producir un
incremento injustificado de la presión fiscal para los ciudadanos y las
empresas.
La concreción de las particularidades del Pacto Local Catalán exige un análisis
detallado y exhaustivo, que no es pertinente realizar en este epílogo de nuestra
tesis, por lo que se plantea la elaboración de un estudio monográfico sobre esta
cuestión.