ROLE OF THE COMPTROLLER GENERAL (GENERAL ACCOUNTING OFFICE) OF PERÚ

ROLE OF THE COMPTROLLER GENERAL (GENERAL ACCOUNTING OFFICE) OF PERÚ

Federico Holgado Abarca
Atlantic International University, Estados Unidos

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  • DISCUSIÓN
  • Sobre el cumplimiento de las funciones encomendadas a la Contraloría General, por el estado peruano.

Se ha determinado que en opinión de los funcionarios públicos entrevistados, que laboran en la región del Cusco, la Contraloría cumple sus funciones de manera parcial, pese a contar con la debida independencia, tal como lo señala la “Declaración de México sobre independencia de las Entidades Fiscalizadoras Superiores”1 aprobado por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras – INTOSAI- , en la que se reconocen ocho principios básicos, para el ejercicio independiente de las Entidades Fiscalizadores Superiores, que están referidos a:
- La existencia de un marco constitucional que establezca la independencia del órgano superior de fiscalización.
-  Independencia y seguridad para los encargados de la actividad de fiscalización.
- Facultades discrecionales para el cumplimiento de la función de fiscalización.
- Acceso a la información de manera irrestricta.
- Derecho a informar sobre la labor desarrollada.
- Libertad para determinar el contenido de los informes sobre las acciones de fiscalización desarrolladas.
- Divulgación de los informes.
- Desarrollo de mecanismos sobre la implementación de las recomendaciones efectuadas por el ente fiscalizador.
- Autonomía administrativa y financiera del ente fiscalizador.
Los mismos que han sido recogidos en la Constitución política del Perú y la Ley orgánica del Sistema nacional de control y de la Contraloría General de la República.

  • Sobre el incumplimiento de las funciones encomendadas a la Contraloría General, por el estado peruano.

En opinión de las personas entrevistadas la contraloría Genera también incumple en parte con las funciones encomendadas por el estado peruano, es así que al indicar que no se ha recibido información sobre las compras para la Dirección Nacional de Inteligencia, ni haber normado sobre la auditoria a la compras secretas, nos indica que los hechos acaecidos durante la década de 1990 – 2000 “la década de la corrupción”  no han sido superados.
Esta percepción de incumplimiento generalmente se origina por la aplicación parcial de la legislación, directivas y normas emitidas por la propia contraloría, las mismas que están referidas a la participación de la ciudadanía, la recepción de sugerencias y la difusión de las acciones de control llevadas a cabo sobre todo los referidos al medio ambiente y recursos naturales; así como al exceso de centralización de sus labores en la ciudad de Lima, dejando de lado las oficinas de las distintas regiones. En otros casos por el exceso en su aplicación sobre todo en lo referido a la implantación de los órganos de auditoria interna, en el que se aprecia un copa miento e incremento de personal, que lo viene presentando ante la colectividad peruana como un ente muy burocratizado y nada operativo, debido a que los actos de corrupción son detectados por los periodistas y no por el personal de la contraloría general y de los órganos de Control institucional.
Situación que contraviene la   “Declaración de Lima sobre las Líneas Básicas de la Fiscalización”2 , artículo 3º Control interno y externo, numeral 2 que establece “los órganos de control interno dependen necesariamente del director del departamento en cuya organización se crearon. No obstante, deben gozar de independencia funcional y organizativa en cuanto sea posible a tenor de la estructura constitucional correspondiente” y en el numeral 3 establece “incumbe a la entidad fiscalizadora superior, como órgano de control externo, controlar la eficacia de los órganos de control interno. Asegurada la eficacia del órgano de control interno, ha de aspirarse a la delimitación de las respectivas funciones, a la delegación de funciones oportunas y a la cooperación entre la entidad fiscalizadora superior y el órgano de control interno. Independientemente del derecho de la entidad fiscalizadora superior a un control total”.
Lo que puede llevar a que algunos directivos y funcionarios del estado, planteen la implementación de otras oficinas de control que les ayuden en las actividades de operación y control de la administración; manifestando que necesitan un asesor  en materia de control interno, llevando a un sobredimensionamiento de la función de  control.
El congreso debe solicitar una auditoria de las labores y funciones que lleva a cabo la Contraloría general, por lo menos cada dos años lo cual contribuiría a mejorar el desempeño de esta institución.  

CONCLUSIONES
Para los funcionarios públicos entrevistados que laboran en la ciudad del Cusco, la Contraloría General cumple solamente en parte con el rol encomendado por el estado peruano, debido a la aplicación parcial de su propia legislación, directivas y normas y en otros casos por el exceso en su aplicación.

 
RECOMENDACIONES
Al Congreso de la República, como parte de sus funciones de fiscalización de la contraloría general, debe solicitar que se lleva a cabo una auditoria que permita evaluar sus labores y funciones, lo que contribuiría a mejorar el desempeño de esta institución.
Al Contralor General, disponer a su personal la estricta aplicación de su legislación, normas y directivas; asimismo activar las funciones de sus oficinas regionales.

BIBLIOGRAFIA

  • ARENS Alvin, ELDER Randal, BEASLEY Mark. (2007) Auditoría un enfoque integral. México: Pearson Prentice Hall.
  • ALVAREZ Juan Francisco. (2014) Manual de Normas Generales de Control Gubernamental. Perú: Instituto Pacifico.
  • Santillana J. Ramón. (2013) Auditoría Interna 3ª edición. México DF. Pearson.
  • Constitución política del Perú. (1993) Diario oficial “el peruano”.
  • Ley Nº 27785 Ley orgánica del Sistema Nacional de control y de la contraloría general de la república. (2002) Diario oficial “el peruano”
  • Contraloría General de la República del Perú. www.contraloria.gob.pe
  • Organización Internacional de Entidades Fiscalizadora Superiores. www.intosai.org
  • Contraloría General de la República de Chile. www.contraloria.cl

1 www.contraloria.gob.pe/ declaración intosai mexico.

2 www.contraloria.gob.pe/declaracion intosai lima