ESTRATEGIA DE SUPERACIÓN INTERDISCIPLINARIA PARA LOS RECURSOS HUMANOS ASOCIADOS CON LA APLICACIÓN DE LAS TÉCNICAS NUCLEARES

ESTRATEGIA DE SUPERACIÓN INTERDISCIPLINARIA PARA LOS RECURSOS HUMANOS ASOCIADOS CON LA APLICACIÓN DE LAS TÉCNICAS NUCLEARES

José Antonio Tamayo García
Universidad de Ciencias Pedagógica “Enrique José Varona”

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CAPÍTULO I: El desempeño profesional y la superación interdisciplinaria sobre la seguridad y protección radiológica


En este capítulo se aborda el desarrollo histórico de la disciplina de protección radiológica en el contexto internacional y en Cuba, así como los fundamentos pedagógicos relacionados con la superación de los recursos humanos asociado a las aplicaciones de las técnicas nucleares desde la Educación Avanzada, su marco legal. Además se sistematizan las obras dentro de la Educación Avanzada relacionadas con el desempeño profesional pedagógico de los instructores, culminando con el enfoque interdisciplinario en la superación y el desempeño profesional pedagógico.


1.1 Acercamiento al surgimiento y desarrollo histórico de la disciplina de protección radiológica en el contexto internacional y en Cuba


Hace más de un siglo, el hombre descubrió la existencia de las radiaciones ionizantes, desde entonces, ha sido continuo el esfuerzo para utilizarlas en su beneficio. Poco tiempo después de su descubrimiento, comprendió que su utilización sin las debidas precauciones podía producir efectos dañinos a la salud, por lo que la protección radiológica del hombre, constituía una preocupación importante en ese contexto, la cual se desarrolló como disciplina al unísono de la Física Nuclear, es decir, el estudio de esta ciencia, conduce al desarrollo histórico de la protección radiológica.
A pesar de que la Física Nuclear es una ciencia joven, ella ha tenido un desarrollo vertiginoso, que puede dividirse convencionalmente en tres etapas fundamentales:
La primera de las etapas se puede enmarcar en el período (1896-1931), es importante destacar la sucesión de varios hechos históricos ocurridos: en 1895, el físico inglés Wilhem Roentgen descubre los rayos X (3). El fenómeno de la radiactividad por Henry Becquerel en el año 1896, en 1898 los esposos Curie habían observado este fenómeno en el torio, polonio y el radio, el electrón en 1897 por Thompson (modelo del pudín de pasas) y a otros fenómenos observados como la emisión termoiónica y el efecto fotoeléctrico, el modelo atómico planetario de Rutherford 1910 y el cuántico de Bohr 1913. En 1919 Rutherford descubre el protón, mediante la transformación artificial de los núcleos atómicos bajo la acción de las partículas α. También se descubren isótopos de distintos elementos y se comienza el estudio de la radiación cósmica y sus interacciones con la sustancia, se desarrollan los primeros métodos experimentales de la Física Nuclear tales como la cámara de Wilson, los espectrógrafos de masa y se construyeron los primeros aceleradores de partículas cargadas.
La segunda etapa, enmarcada en el período (1932-1953) se inicia con la era de los aceleradores de partículas, se construye el primer ciclotrón en 1932. En este mismo año James Chadwick descubre el neutrón, este posibilitó el desarrollo del modelo nuclear basado en los neutrones y los protones, que sustituyó al inconsistente modelo fundamentado en los electrones nucleares (3). En 1939 se descubre la fisión nuclear provocada por los neutrones, en 1940 la fisión espontánea de nucleidos muy pesados y en el año 1942 se realiza el arranque del primer reactor nuclear bajo la dirección del físico italiano Enrico Fermi. En esta etapa se produjo el desenlace de la construcción y lanzamiento de la bomba atómica en el año 1945 en las ciudades japonesas de Hiroshima y Nagasaki (3). A partir de 1946 los betatrones, fasotrones, sincrofasotrones y aceleradores lineales modernos.
La tercera etapa a partir del año 1954, comienza con el arranque de la primera central electronuclear en Obninsk, en la desaparecida Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, así se inicia la producción de energía eléctrica a partir de la energía nuclear (3). Desde ese instante la energética nuclear ha tenido un amplio desarrollo en Europa del este, del norte, Asia y América. El 14.03 % de la electricidad que se genera en el mundo actual, es con tecnología nuclear. (2).
La sucesión de hechos anteriormente mencionados en este análisis histórico y en especial desde los primeros estudios sobre los rayos X y los minerales radiactivos; se observó que la exposición a niveles elevados de radiación puede causar daños clínicamente identificables a los tejidos del cuerpo humano. Los sucesos de Hiroshima y Nagasaki ocurridos en Japón en 1945, confirmaron que la exposición a la radiación puede también en forma diferida generar enfermedades malignas. (5).
Las radiaciones ionizantes están asociadas a un grupo de fenómenos y propiedades que han posibilitado su amplia utilización en la vida moderna. Entre estos fenómenos y propiedades se destacan los siguientes: la producción de calor, la penetración de objetos opacos a la luz, el poder de Ionización del medio y la facilidad de detección, en estas propiedades se sintetizan múltiples aplicaciones. (5).
El esfuerzo humano para conocer mejor los beneficios y riesgos de la utilización de las radiaciones ionizantes por la sociedad no ha cesado. Por la presencia en la naturaleza, su permanencia y continua acción sobre el ser humano y el medio ambiente, es necesaria su convivencia porque forman parte intrínseca de la vida humana. El conocimiento científico acumulado durante muchos años ha ido configurando una disciplina técnica y científica que se conoce como “Protección Radiológica” que ha permitido establecer un conjunto de normas y métodos para su aplicación. (1).
La protección radiológica tiene como objetivo básico el uso justificado y beneficioso de las radiaciones ionizantes, siempre que los riesgos asociados se hayan reducidos todo lo razonablemente posible. La Comisión Internacional de Protección Radiológica (ICRP) fundada en 1928 es el ente científico, cuyas recomendaciones son seguidas por los organismos internacionales más relevantes en la materia (Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), Organización Mundial de la Salud (OMS), Organización Internacional del Trabajo (OIT), etc.) y por diversos países (6). Aunque desde el descubrimiento de los rayos X el hombre se preocupó por el daño que estos producían al interactuar con el cuerpo humano, la Protección Radiológica surge como disciplina científica cuando se funda la ICRP.
El OIEA al frente de este grupo de patrocinadores ha desarrollado las normas de seguridad para proteger la salud y reducir al mínimo el peligro para la vida, en consulta con las Naciones Unidas y con los organismos especializados interesados (6). Las primeras medidas de protección y seguridad radiológicas se aprobaron en marzo de 1960, a partir de las recomendaciones de la Comisión Internacional de Protección Radiológica (CIPR) (7). La junta aprobó las primeras normas básicas de seguridad en junio de 1962; el OIEA la publicó como Vol. No 9 de la colección de Seguridad (8). En 1967 apareció una versión revisada (9). El OIEA publicó una tercera revisión como Vol. No 9 de la colección seguridad, edición de 1982 (10); esta edición fue patrocinada conjuntamente por la el OIEA, la OIT, la OMS y otros participantes.
En 1990 se constituyó el Comité Internacional de Seguridad Radiológica (IACRS) como foro de consulta y colaboración en cuestiones de seguridad radiológica entre organizaciones internacionales (11), con el objetivo de promover la coherencia y la coordinación de las normativas en campos de interés común.
La Secretaría Mixta fue la encargada de preparar las Normas básicas internacionales de seguridad para la protección contra la radiación ionizante y para la seguridad de las fuentes de radiación, estas sustituyen a las anteriores y reflejan los conocimientos adquiridos con posteridad y la evolución registrada en el campo de la protección y seguridad radiológicas así como en esferas conexas, después le sucedieron las recomendaciones de ICRP de 1991 y posteriormente la Colección de Seguridad No 115. En marzo de 2007 fueron aprobadas las nuevas Recomendaciones de la Comisión Internacional de Protección Radiológica (ICRP).
El objetivo fundamental de las Recomendaciones de la Comisión es contribuir al nivel adecuado de protección de las personas y del medio ambiente, de los efectos perjudiciales de la exposición a la radiación sin limitar indebidamente las acciones humanas beneficiosas que pueden estar asociadas a tal exposición. (11).
Las organizaciones internacionales y las autoridades nacionales responsables de la protección radiológica, así como los usuarios, han tomado las recomendaciones y los principios dados por la Comisión como una base para las acciones protectoras. Actualmente, la mayoría de las regulaciones nacionales están basadas en las Recomendaciones de 1990 de la Publicación 60.
Las Recomendaciones del año 2007 evolucionan desde el enfoque anterior basado en procesos de prácticas e intervenciones, a una aproximación basada en las características de la situación de la exposición.
Es importante señalar que se mantienen los principios básicos de justificación, optimización y limitación de dosis, pero con matices en su aplicación. Tal es el caso de las situaciones de exposición, ahora definidas como planificada, existente y de emergencia, en las que se aplica un criterio único referido a la definición de restricciones de dosis o niveles de referencia, potenciando el proceso de optimización. Se dedicó un capítulo a la protección del medio ambiente como novedad.
Las Normas no suponen ninguna obligación, su objetivo es servir de guía práctica a las autoridades y servicios públicos, los empleadores y los trabajadores, los organismos especializados de protección radiológica, las empresas y los comités encargados de la seguridad y protección de la salud, es decir, a los usuarios. (6).
En Cuba la protección radiológica es una materia regulada dentro de la jerarquía normativa del ordenamiento jurídico, esta garantiza la seguridad y protección radiológica de los trabajadores expuestos y de la población en general, de acuerdo con los principios de justificación, optimización y limitación de dosis para las prácticas, y tiene en cuenta los aspectos relativos a la protección radiológica del paciente en exposiciones médicas, exigiendo la implantación de programas de garantía de calidad y la formación adecuada del especialista médico para decidir la procedencia o no de una exposición de acuerdo con el criterio, riesgo – beneficio.
El uso de la energía nuclear con fines pacíficos reporta considerables beneficios a la sociedad, tanto en la generación de electricidad, como en sus aplicaciones en la medicina, la agricultura, la industria, la protección del medio ambiente y en la defensa, desde hace varias décadas en Cuba se viene aprovechando de manera creciente, debiendo en el futuro seguir cumpliendo un importante papel en el desarrollo socioeconómico. (12).
A partir del año 1979 en que se creó la Comisión de Energía Atómica de Cuba y la Secretaría Ejecutiva para Asuntos Nucleares mediante el Decreto No. 52 de 24 de octubre de 1979, se han dictado normas jurídicas como el Decreto-Ley No. 56 de 25 de mayo de 1982 “Para la Regulación del Uso Pacífico de la Energía Nuclear” y el Decreto - Ley No. 98 de 10 de diciembre de 1987 “Sobre la Supervisión Estatal de la Seguridad de las Instalaciones Nucleares”, dirigidos a conformar una legislación nuclear cubana que la experiencia nacional acumulada en esta esfera y la práctica internacional hacen recomendable actualizar y regular en un cuerpo legal único que permita el desarrollo creciente y multifacético de las diversas aplicaciones sin implicaciones de riesgos para la vida, la salud, los bienes, y el medio ambiente. (12).
En virtud del Decreto-Ley No. 147 de 21 de abril de 1994 "Sobre la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado", se creó el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y se adscribió a este la Comisión de Energía Atómica de Cuba y la Secretaría Ejecutiva para Asuntos Nucleares. (12).
Es deber del Estado velar porque la energía nuclear se use previendo las condiciones de seguridad necesarias con el propósito de elevar el bienestar de la sociedad cubana. Por lo que El Consejo de Estado en el artículo 90, inciso c) de la Constitución de la República de Cuba, adopta el siguiente: establecer los preceptos generales que regulan el uso de la energía nuclear en el territorio nacional, promover el uso de la energía nuclear con el fin de elevar el bienestar socioeconómico del país, proteger la vida, la salud, los bienes y el medio ambiente de los posibles efectos nocivos del uso de la energía nuclear y garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el Estado cubano en el campo de la energía nuclear. El Decreto-Ley 207 se aplica a todas las entidades estatales que desarrollen actividades relacionadas con el uso de la energía nuclear. (12).
El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA) es el organismo encargado de dirigir, ejecutar y controlar la política del Estado y del Gobierno en relación con el uso de la energía nuclear y ejecuta la regulación y el control de la seguridad de su utilización y la contabilidad y control de los materiales nucleares a través del Centro Nacional de Seguridad Nuclear. (12).
Las actividades de regulación y control que ejecuta el Centro Nacional de Seguridad Nuclear tienen una efectiva autonomía e independencia de aquellas relacionadas con la promoción y desarrollo de la energía nuclear y cuenta con los recursos económicos y humanos propios suficientes para el ejercicio de sus funciones. Este centro en sus estatutos declara que para la ejecución de actividades relacionadas con la utilización de la energía nuclear se precisará de una autorización oficial que será expedida por el Centro Nacional de Seguridad Nuclear. (12).
De las autorizaciones al personal el decreto declara que el personal que realice tareas que repercutan directamente en la seguridad durante la ejecución de actividades relacionadas con el uso de la energía nuclear requerirá de una autorización como reconocimiento de que posee la aptitud psicofísica, el nivel de educación, la experiencia, los conocimientos prácticos y habilidades, requeridos para el cumplimiento con calidad de las responsabilidades y funciones inherentes a su puesto de trabajo. (12).
El Centro de Protección e Higiene de las Radiaciones tiene como objeto social, la elaboración de políticas y estrategias encaminadas a la seguridad y protección radiológica de todos los trabajadores ocupacionalmente expuestos (TOE) del país; a la vez, tiene como misión, realizar proyectos y servicios competitivos en el campo de la seguridad radiológica, así como otros vinculados a la protección de las personas y el medio ambiente, es el responsable de la formación, capacitación, superación y actualización en materia de seguridad y protección radiológica de todos recursos humanos del país donde se apliquen las técnicas nucleares con el propósito de crear una cultura de seguridad y protección radiológica. Los referentes antes expuestos, constituyen parte de las motivaciones que han llevado al autor a investigar el proceso de desempeño profesional pedagógico de los instructores que constituye el objeto de esta investigación.