ESTUDIO ECONÓMICO SOBRE EL TRATADO DE IBN ABDÚN

ESTUDIO ECONÓMICO SOBRE EL TRATADO DE IBN ABDÚN

Eduardo Escartín González (CV)
Universidad de Sevilla

Judicatura

El soberano de los Estados islámicos tenía el atributo de imām, o sea, jefe de la comunidad de los musulmanes, y, por lo tanto, estaba investido de la potestad de impartir justicia. No obstante, el emir o el califa no solían ejercer tal derecho personalmente, salvo los primeros califas y algunos emires hispano-omeyas, sino que delegaba sus prerrogativas en el jefe del gobierno y las judiciales en el cadí de la capital. También había cadíes locales en las capitales de las coras (o provincias) y en las principales ciudades de las marcas (o regiones fronterizas), según Lévi-Provençal (1957, p. 69).