“LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO RECAUDATORIO DE LOS IMPUESTOS EN SINALOA. EL CASO DE CEAIPES.”

Jesús Octavio Quiñónez Gastélum

2.2. Transparencia


Esta segunda dimensión de investigación tiene un papel importante en el desarrollo de este trabajo de investigación, debido a que es en esta parte precisamente, en donde se señalan a los principales autores de la transparencia, y en la parte final se describe la situación actual de los mecanismos de difusión institucional, de la información pública, utilizados en Sinaloa.

2.2.1. Antecedentes


A continuación se enumeran siete acontecimientos que han marcado la trayectoria que ha seguido la cultura de transparencia, desde 1789 hasta 2006, en América y Europa.

1. La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, signada el 26 de agosto de 1789, establecía que “la sociedad tiene derecho a pedir cuentas a todo agente público por su administración” Artículo 15 (Jellinek, 2000: 169).

2. La Declaración Universal de Derechos Humanos del 10 de diciembre de 1948, señala que todo individuo tiene derecho a investigar y recibir informaciones y opiniones, según lo señala su artículo 19.

3. La Convención Europea para la Protección de los Derechos Humanos y de la Libertades Fundamentales de 1950, consagran en forma por demás clara y precisa el derecho a recibir informaciones o ideas, sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas y sin consideración de fronteras, en su artículo 10, inciso 1º.

4. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos del 16 de diciembre de 1966, signa que “toda persona tiene el derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir, y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”, en su artículo 19, inciso 2º.

5. La Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969 ó Pacto de San José, en su artículo 13, inciso 1º, consagran el derecho a la información: La libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole sin consideración de fronteras. (Carpizo, Jorge, 2000: 43-47).

6. La Declaración de Principios de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información, llevada a cabo en Ginebra, Suiza, del 10 al 12 de diciembre de 2003, establece “el deseo y compromiso comunes de construir una Sociedad de la Información centrada en la persona, integradora y orientada al desarrollo, en que todos puedan crear, consultar, utilizar y compartir la información y el conocimiento, para que las personas, las comunidades y los pueblos puedan emplear plenamente sus posibilidades en la promoción de su desarrollo sostenible y en la mejora de su calidad de vida”, numeral 1. De manera puntual, reconoce, que un elemento indispensable para construir una sociedad de la información integradora es mediante la capacidad universal de acceder y contribuir a la información, las ideas y el conocimiento; que para promover el intercambio y el fortalecimiento de los conocimientos mundiales en favor del desarrollo es imprescindible la eliminación de los obstáculos que impiden un acceso equitativo a la información para actividades económicas, sociales, políticas, sanitarias, culturales, educativas y científicas. Para ello, sostiene la necesidad de crear un nuevo diseño universal y la utilización de tecnologías auxiliares, numerales 24 y 25.

7. La Declaración de Santo Domingo “Gobernabilidad y Desarrollo en la Sociedad del Conocimiento”, celebrada el 6 de junio de 2006, exhorta a los órganos, organismos y entidades de la Organización de Estados Americanos (OEA) para que “continúen apoyando a los Estados Miembros en la incorporación de las TIC en sus planes nacionales de desarrollo, particularmente en los procesos de modernización de las instituciones públicas, favoreciendo los que contemplen la formación de funcionarios públicos, y que son necesarios para fortalecer la gobernabilidad y el ambiente democrático, promover la transparencia, la rendición de cuentas, la participación ciudadana y la eficiencia en la gestión y la provisión de servicios en el sector público, con el fin de satisfacer las necesidades y aspiraciones de todas las personas”, numeral 1. Asimismo hace “énfasis en la modernización del Estado a través del diseño e implementación de estrategias de gobierno electrónico, incluyendo programas de capacitación de funcionarios públicos en este tema, con el fin de mejorar la provisión de servicios e información a la población en su conjunto, facilitando en especial el acceso de los grupos más necesitados, así como de incrementar la transparencia y la rendición de cuentas”, numeral 2.

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