Tesis doctorales de Economía


LA DIRECCIÓN DE RESULTADOS EN LAS EMPRESAS PRIVATIZADAS

Julián Castaño Guillén




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9.4. – TERCERA FASE DEL PROCESO PRIVATIZADOR: 1996-1999

Hasta 1996, el bloque normativo para las privatizaciones de empresas se encontraba en el artículo 6.3 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria y en los artículos 103 y 104 de la Ley General del Patrimonio; a partir del año 1996, con el acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de Junio, comienza la siguiente fase de privatizaciones, que duró hasta 1999, se caracterizó por la venta de sucesivos paquetes de acciones en el mercado bursátil hasta su total privatización. Es destacable el hecho de que se trataba de empresas públicas con un historial y perspectivas de alta rentabilidad, con una fuerte implantación en el mercado y con proyección internacional; al mismo tiempo se introducen múltiples controles, entre ellos valoraciones externas e independientes de las privatizadas, que garantizaban la transparencia del proceso. Concretamente, el acuerdo citado establece los siguientes principios:

- Publicidad, transparencia y concurrencia.

- Eficiencia económica.

- Separar la propiedad de la gestión de las empresas.

- Sometimiento al control de todas las operaciones.

- Defensa de los intereses económicos generales y de los intereses patrimoniales del Estado.

- Protección de los intereses de los accionistas y terceros.

- Continuidad del proyecto empresarial de las empresas privatizadas.

- Aumento de la competencia.

- Extensión de los mercados de capitales y ampliación de la base accionarial de las empresas.

Según García de Entrerría (1998), la opción de no encastrar los procesos de privatización bajo un severo y detallado marco reglamentario y de someterlos a un simple conjunto de principios ordenadores de carácter general, justificada seguramente por el razonable propósito de preservar un margen de flexibilidad suficiente que permita amoldar las reglas de procedimiento a las características propias y distintivas de cada empresa o participación privatizada, ofrece como contrapunto una cierta indefinición e inseguridad por la lógica dificultad de dotar a estas reglas de un contenido operativo cierto e inconcuso.

Para Gámir (1999b), las OPV llevadas a cabo desde junio de 1996 presentan algunas diferencias en relación a las realizadas con anterioridad:

- El Estado deja de ser accionista.

- Mayor tamaño relativo de las operaciones.

- Mayor participación de los tramos minoristas.

El proceso de privatización, en palabras de Piqué (1999), más que una transferencia de propiedad, ha consistido fundamentalmente en el saneamiento, en la consolidación y, en definitiva, en la preparación de las empresas afectadas para poder competir en mercados libres. Es además un instrumento fundamental para fortalecer a las empresas en una triple dimensión:

- La mejora de la eficiencia técnica: todo el mundo sabe que el Estado no es, en general, un buen gestor.

- La eliminación de restricciones legales.

- Eliminación de restricciones políticas1.

Las privatizaciones que habitualmente generan más atención entre la opinión pública son las protagonizadas por empresas rentables, a las que incluso se han denominado “las joyas de la corona”; no obstante, desde el inicio del programa de modernización aprobado por el Gobierno en 1996, SEPI ya ha vendido también 15 empresas deficitarias.

La privatización de empresas deficitarias han tenido una importancia capital por varios motivos:

1.- Han sido, en muchos casos, la única alternativa posible a una quiebra inminente; en otros, han apostado por la viabilidad futura de la compañía al beneficiarse de la aportación de tecnología, mercado o un amplio plan de inversiones por parte del comprador.

2.- Ha permitido que se deje de trasladar a los contribuyentes una carga permanente con las pérdidas de empresas que padecían importantes debilidades competitivas. De esta forma, si la venta de las supuestas “joyas de la corona” han generado ingresos para el Estado, la privatización de compañías deficitarias ha puesto punto y final a los desembolsos periódicos de capital público.

Por lo tanto, la venta de empresas deficitarias tiene un doble beneficio: aumenta la eficiencia de la economía española y ahorra dinero al Estado.

Las privatizaciones de empresas deficitarias realizadas por SEPI desde 1996 han acabado con aportaciones de capital indispensables para estas compañías, que en conjunto han supuesto más de 4207,08 millones de € (SEPI 2001 y 2003).


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