Tesis doctorales de Economía


LAS COOPERATIVAS DE SEGUNDO GRADO COMO FORMA DE INTEGRACIÓN:
ESPECIAL REFERENCIA AL EFECTO IMPOSITIVO

Raquel Puentes Poyatos


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2.2.4. VENTAJAS DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE SEGUNDO GRADO.

Hasta el momento se han expuesto algunas de las principales razones de la integración, aludiendo también a las ventajas que se pueden producir en las sociedades cooperativas al llevar a cabo dicho proceso.

Hemos comentado indistintamente tanto la integración como la creación de SCSG pudiendo confundir al lector haciéndole creer que uno y otro proceso es lo mismo. Aclararemos que la creación de SCSG es una de las diferentes formas de integración que existen en el entorno cooperativo, la cual, tal y como lo hemos venido manifestando a lo largo de estos epígrafes, consideramos como la forma societaria más idónea para emprender procesos de concentración, frente al resto de formas jurídicas que puede adoptar la integración y en especial frente a la fusión.

La fundamentación de tal afirmación, está en que ésta presenta una serie de ventajas –que a su vez se convierten en razones para la constitución de SCSG–, no sólo desde el punto de vista económico sino a nivel de funcionamiento interno, que, a nuestro entender, la hacen “ideal“ para llevar a cabo el desarrollo cooperativo. Entre estas ventajas podemos citar:

1) La SCSG es un instrumento de integración que permite no obviar los principios cooperativos, con lo cual las sociedades agrupadas mantendrán su origen cooperativo, sin necesidad de adaptarse a nuevas formas de organización y funcionamiento. Las sociedades que se integran no desaparecen y siguen manteniendo su autonomía jurídica y empresarial respecto a la primera, no surgiendo así ningún tipo de reticencia a la constitución de la misma por parte de las sociedades cooperativas de base.

2) Al no existir relaciones de dominio y las decisiones tomarse por acuerdos paritarios y libres, permite que las sociedades que se agrupen determinen el grado de implicación que quieren tener con el resto del grupo.

En este sentido Meliá Martí (2003, 8) señala como aspecto positivo “... la posibilidad que les ofrece esta fórmula de conservar su independencia y su personalidad jurídica, permitiéndoles elegir un mayor o menor grado de compromiso con respecto al resto de entidades”.

3) Reportan una serie de beneficios a las sociedades cooperativas que la integran, en aspectos tales como Administración, Producción y Comercialización, analizados en el epígrafe anterior.

4) Reducido coste que entrañaría la puesta en marcha de una SCSG, en los términos anteriormente expuestos. Siguiendo a Vargas Sánchez (1993, 149), se pueden identificar los siguientes aspectos:

 No sería preciso crear una nueva infraestructura para la misma, pues perfectamente podríamos radicar su sede social en alguna de las SCPG, dado los reducidos medios materiales y humanos que requeriría.

 Centralización, en la entidad de segundo grado de la gestión empresarial de las sociedades cooperativas de base, lo que permitirá una reducción de costes de gestión. En este caso la SCPG es una mera intermediaria entre los socios y la SCSG.

 Si obtuviera la calificación de Agrupación de Productores Agrarios y/o de Organización de Productores Agrarios podría beneficiarse de las ayudas que para su constitución y puesta en marcha están establecidas para este tipo de organizaciones.

 Respecto a la mejora de instalaciones de transformación y comerzialización, estas entidades gozan de presencia en la concesión de ayudas.

 Beneficios fiscales en la constitución y funcionamiento de este tipo social, frente a otras sociedades de tipo mercantil.

Ahora bien, no todo son ventajas para las sociedades que se agrupan, pues tal y como indica Vargas Sánchez (1995, 138) “... la participación en una cooperativa de segundo o ulterior grado tiene como contrapartida par las cooperativas que la integran la pérdida de capacidad de decisión a favor de la unidad de acción, debiendo acatar y cumplir con lo acordado en los órganos superiores de decisión”. Es por ello que las cooperativas antes de emprender un proceso integrador, vía SCSG, deben de estudiar si están dispuestas a ceder poder de decisión, pero manteniendo su independencia económica, hacia la unidad de grado superior, a cambio de los beneficios o ventajas que su integración le reportará más a largo plazo.

Por otra parte, Meliá Martí (2003, 8) afirma que “.... El hecho de implicar el mantenimiento en muchos casos de varias estructuras productivas, a la vez que administrativas, comerciales, etc., conlleva que soporten unos costes por fuerza superiores a los que asumen las cooperativas que han optado por fórmulas de concentración con vinculación patrimonial, tales como la fusión”. Aún estando de acuerdo con este autor, creemos que la fusión eliminaría este inconveniente, pero haría que surgieran otros muchos más importantes, como el ambiente tenso y desmotivador de los socios, debido al sobredimensionamiento de la nueva sociedad. Lo coherente sería que la SCSG asumiera las funciones de administración, transformación y comercialización, reduciendo así costes, y la SCPG fuera un mero intermediario entre la SCSG y los socios de ésta, ejerciendo funciones de recepción de la producción de sus socios y de comunicador interno.

No queremos terminar éste epígrafe sin antes indicar que han sido diversos los autores que han estudiado las ventajas que las SCSG reportan a las SCPG, siendo los ámbitos de la organización y la comerzialización por los que se han mostrado mayor interés. Entre dichos autores podemos citar a: García-Gutiérrez Fernández (1992), Bel Durán (1997), Vargas Sánchez (1995), Montero García (1999), Server Izquierdo y Meliá Martí (1999) y Arcas Lario, et al. (2002). Sin embargo, a pesar de la diversidad de estudios relacionados con las ventajas de la integración, aún no se ha realizado ninguno desde el punto de vista fiscal, que analice la ventaja fiscal que puede suponer la constitución de SCSG, como grupo cooperativo o no, y en la medida que se presente o no declaración consolidada del Impuesto sobre Sociedades. Dejamos abierta esta posible vía de estudio para futuras investigaciones.


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