DELOS: Desarrollo Local Sostenible
Vol 5, Nº 14 (Junio 2012)


REPERCUSIÓN DE LA ACTIVIDAD AGRARIA EN LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE



Maida Machado Rodríguez
maida@derecho.unica.cu
Universidad "Máximo Gómez Báez"



RESUMEN

En este trabajo se aborda la relación existente entre el Derecho Agrario y el Derecho Ambiental, teniendo en cuenta la significativa transformación que han experimentado las cuestiones agrarias y ambientales al convertirse en una gran preocupación de todos los Estados.

Trazándonos como objetivo demostrar la necesidad del cumplimiento de las regulaciones que se establecen en las actividades agrarias para proteger el medio ambiente. Dado que existen diferentes problemas ambientales que se ponen de manifiesto en el desarrollo de las actividades agrarias, por lo que resulta necesario la debida regulación y cumplimiento de las cuestiones referentes a estas materias.

Además, se enfatiza en algunas sustancias que provocan efectos adversos al hombre y al medio ambiente, específicamente los plaguicidas, haciéndose referencia al derecho comparado donde se han llevado a cabo estudios científicos al respecto. Por último, se hace alusión a la agricultura biológica como alternativa aceptada en varios países por sus excelentes resultados.  

Palabras clave: Medio ambiente, actividades agrarias, problemas ambientales, agricultura biológica, derecho agrario, derecho ambiental. 


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INTRODUCCIÓN

El Derecho Agrario ha asumido una significativa transformación que está dada principalmente por su internacionalización. Al mismo tiempo, la actividad agraria y la problemática ecológica – ambiental se ha convertido en una gran preocupación de todos los Estados. Por consiguiente, toda la actividad agraria se ha visto redimensionada en los últimos tiempos por la cuestión ambiental, siendo incuestionable la relación que se manifiesta entre el Derecho Agrario y el Derecho Ambiental.

Este trabajo persigue como objetivo demostrar la necesidad del cumplimiento de las regulaciones que se establecen en las actividades agrarias para proteger el medio ambiente. Toda vez que existen diferentes problemas ambientales que se ponen de manifiesto en las actividades agrarias, por lo que resulta necesario que se tomen las medidas pertinentes en cada caso y se regulen de manera adecuada las cuestiones referentes a estas materias. Así como su debida divulgación y profundización por parte de los trabajadores agrícolas y demás personas implicadas para evitar daños no deseados tanto al medio ambiente como a la vida humana.  

Se hace énfasis en algunas sustancias que provocan efectos adversos al hombre y al medio ambiente, específicamente los plaguicidas. Por lo que se ponen de relieve algunos de estos daños, incluso se hace referencia al derecho comparado donde se han llevado a cabo estudios científicos al respecto. Por último, se hace alusión a algunos aspectos de la agricultura biológica como tendencia aceptada en varios países en pos de favorecer un desarrollo sostenible y los resultados de la economía.

I.- RELACIÓN DEL DERECHO AGRARIO Y EL DERECHO AMBIENTAL

El Derecho Agrario ha ido experimentando una trascendental transformación que se sintetiza en el hecho de su internacionalización. A su vez, el tema de los recursos naturales, la actividad agraria y la problemática ecológica – ambiental se ha convertido en una gran preocupación de todos los países en general. La cuestión ambiental se ha instituido como aspecto fundamental del Derecho Agrario provocando el surgimiento de una intrínseca relación entre la actividad agraria y el medio ambiente que ha ido aumentando gradualmente.

Toda la actividad agraria se ha visto modificada y redimensionada en el último tiempo por la cuestión ambiental. El deterioro de los recursos naturales y la contaminación se ha hecho visible en la materia. Las exigencias de los consumidores también impactan en los modos de producción que buscan ser ambientalmente más seguros y sano.1

El Derecho Agrario es un derecho joven, con un contenido bastante amplio, en el cual se incluyen las normas relativas a la protección del medio ambiente en la actividad agropecuaria.  Es una rama trascendental y de gran importancia en las condiciones de Cuba ya que es un país eminentemente agrícola.

El Derecho Ambiental es una de las ramas más jóvenes, que aún cuando debió haber sido una de las primeras ramas del derecho tuvo su consolidación en la década de los 90. El surgimiento de los problemas ambientales está dado por el origen de la evolución de la especie humana y de las relaciones de producción que han existido. El hombre constituye el peor enemigo del medio ambiente ya que si no lo utiliza de forma racional y consciente puede provocar su total degradación. El medio ambiente debe cuidarse al máximo ya que cualquier daño que se le ocasione resulta generalmente irreversible.   

El Derecho Agrario como rama de nuestro ordenamiento jurídico se relaciona con otras ramas del derecho, entre ellas con el Derecho Ambiental ya que tiene elementos que lo vinculan indudablemente con el medio ambiente: la tierra, los bosques, el agua, entre otros. La producción agrícola tiene una fuerte dependencia de factores materiales, tales como: fertilizantes, plaguicidas, sistemas y equipos de riego, etc.      

La relación del Derecho Ambiental con el Derecho Agrario es una de las más evidentes, no solo por encontrarse en el campo y en los bosques muchos de los ecosistemas cuyo cuidado y conservación son regulados por el Derecho Agrario, sino por constituir la actividad de explotación agrícola una de las que más inciden en la estabilidad del medio ambiente.

El Derecho Ambiental busca integrar las diferentes ramas del ordenamiento jurídico a fin de prevenir, reprimir o reparar las conductas agresivas al bien jurídico ambiental, teniendo en cuenta las características culturales y sociales del medio humano. Existen diferentes órganos y organismos en correspondencia con el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA) que tienen una gran responsabilidad en cuanto a la regulación de las normativas que se establecen para proteger el medio ambiente, entre ellos podemos mencionar:  el Ministerio de la Agricultura (MINAGRI), el Ministerio del Azúcar (MINAZ), etc.    

El Derecho Agrario ha adquirido nuevas dimensiones en la contemporaneidad, entre las que podemos mencionar:

Para combatir la degradación de la naturaleza surge, con una energía sin precedentes, el Derecho Ambiental. 2  

La relación del Derecho agrario con el Derecho Ambiental fue a partir de una visión transversal del hombre respecto al medio ambiente. Ya que indiscutiblemente existe un vínculo constatable de ciertas instituciones agrarias para la correcta gestión del ambiente.

En el Segundo Congreso de la Unión Mundial de Agraristas Universitarios señaló Louis Lorvellec, que: “…la relación del hombre y la tierra, la solidaridad campesina y la prevención de los riesgos climáticos, son bases invariables y quizás universales, sobre las cuales todos los países han construido su derecho rural. Sobre estas bases, el derecho debe encuadrar la evolución de la agricultura, tomada en sus dos funciones: por una parte, la función alimentaria y, por otra parte, la función de organización del espacio y de protección de los medios naturales”.3

Resulta sumamente necesario que el Derecho Agrario se ajuste paulatinamente a las nuevas realidades que surjan en materia ambiental, teniendo en cuenta que en la actualidad se encuentra vinculado tanto a la actividad económica y social como a la ambiental. Debiendo replantearse los desafíos del momento para buscar nuevas soluciones.

II.- CONTROL DE LA ACTIVIDAD AGRARIA PARA PROTEGER EL MEDIO AMBIENTE

En ocasiones los vacíos aún existentes en materia de conciencia ambiental resulta una de las causas por las cuales no se protege el medio ambiente como debiera ser y específicamente cuando se realizan las diferentes actividades agrarias, en las cuales existe una interacción directa con el mismo. Por tal motivo, se hace necesario que exista un mayor fortalecimiento en la educación ambiental de los trabajadores agrícolas y dirigentes fundamentalmente, que se retomen y profundicen conceptos básicos tan importantes como: medio ambiente, agricultura sostenible, daño ambiental, desarrollo sostenible, entre otros, que aparecen claramente definidos en el artículo 8 de la Ley No. 81 del Medio Ambiente de 11 de julio de 1997. Con el objetivo de que exista claridad en los mismos y se puedan aplicar tal y como se requiere.  

Si las actividades agrarias se realizan de forma consciente teniendo en cuenta  la importancia de la esfera ambiental, actuando de forma racional, aprovechando y conservando los recursos naturales, etc., los resultados mejorarían considerablemente, y por consiguiente, también favorecería un mejor desarrollo de la agricultura. De forma tal, que se garanticen las necesidades e intereses de las generaciones futuras, y en definitiva se cuide y preserve el medio ambiente.    

Es importante velar porque las actividades agropecuarias se realicen en un  contexto de respeto al medio humano y conservación del equilibrio ecológico. De esta forma contribuimos a reducir los daños que se le puedan ocasionar al medio ambiente. Se debe tener en cuenta que los problemas ambientales afectan la actividad agraria, y al mismo tiempo, las actividades agrarias afectan el medio ambiente.
             
Son variados los problemas ambientales que se evidencian en la esfera agraria, entre ellos podemos hacer alusión a: la contaminación de las aguas, que es un recurso de vital importancia para la sociedad y la naturaleza, ya que forma parte, en un tanto por ciento elevado, de la constitución de todos los seres vivos.

La contaminación de los suelos, a través de la utilización masiva de abonos químicos, pesticidas, plaguicidas, etc. que ha contaminado numerosas tierras y aguas, que han quedado inservibles para la agricultura. Incluso, la acumulación de desechos (industriales y humanos), que es otro de los problemas ambientales, provoca la contaminación de los suelos. Además, en caso de que esta acumulación de desechos se produzca cerca de los asentamientos poblacionales puede afectar hasta a los seres humanos.

Las sustancias químicas son sumamente utilizadas por el hombre, le facilitan el desarrollo de sus actividades, aumentan la productividad agrícola, etc. Pero pueden producir efectos adversos sobre la salud humana y la integridad del medio ambiente cuando se les da un empleo inadecuado. Resulta necesario que los productos agroquímicos (plaguicidas y fertilizantes) sean regulados y controlados para garantizar un manejo seguro de los mismos.

En este sentido cumplen una importante función el Registro Central de Plaguicidas y el Registro Fitosanitario, los cuales se utilizan en materia agraria y permiten proteger en cierta medida la esfera ambiental. El Registro Central de Plaguicidas permite mantener controlados los formulados plaguicidas que se utilizan en el país. Se realiza previamente, por el Comité Asesor de especialistas del registro, el estudio y evaluación físico – química y biológica de los mismos para su posterior aprobación e inscripción. Todo esto permite que se corroboren las formas y dosis de empleo, así como su comportamiento, lo cual posibilita prevenir efectos perjudiciales para el hombre y el medio ambiente.  

Por su parte, el Registro Fitosanitario facilita que se realice la inspección y comprobación de que se han cumplido todas las medidas necesarias para la sanidad de las áreas agrícolas que se dediquen a producir para la exportación, favoreciendo que estén desprovistas de plagas y enfermedades.

En tal sentido, resulta indispensable que los trabajadores que utilizan cualquier tipo de sustancias químicas tengan las condiciones necesarias de protección a la hora de usarlas para evitar daños a la salud. También es importante que exista un personal autorizado que se encargue de exigir el cumplimiento de las medidas de seguridad, lo cual favorece la protección de los trabajadores y al mismo tiempo comprobar que estas sustancias sean empleadas en la forma correcta, en correspondencia con el tipo de producto y la dosis establecida para cada caso específico (plantas, vegetales, árboles, cultivos, etc.). Los vegetales y otros alimentos que requieren la utilización de sustancias químicas también pueden ocasionar daños a la salud de los que lo consumen y mucho más en el caso de que se le suministren en dosis elevadas.

Debe existir una responsable actuación por parte de los trabajadores agrícolas a la hora de utilizar cualquier sustancia química tanto en las labores agrícolas como en las industrias, así como una mayor divulgación y profundización en cuanto a las cuestiones ambientales, específicamente sobre los problemas que afectan el medio ambiente durante el desempeño de las actividades agrarias. Teniendo en cuenta la labor concreta que se realiza en cada centro de trabajo: UBPC, CPA, empresas acopiadoras, de cultivos varios, agropecuarias, forestales, etc.   

Es importante que se cumplan las regulaciones que se establecen en materia agraria a fin de proteger el medio ambiente en el desarrollo de las actividades agrarias. La aplicación de la Ley No. 85: Ley Forestal de Cuba de 1998 ha tenido gran trascendencia tanto en materia agraria como ambiental beneficiando un cambio en la organización y explotación forestal, en la política ambiental y en las estructuras de la tenencia de tierra.

Otro aspecto que en materia agraria influye en el medio ambiente, que debe ser adecuadamente regulado y examinado antes de su aplicación y utilización son los Organismos Genéticamente Modificados (transgénicos)4 utilizados en la alimentación de la humanidad, los cuales causan un impacto directo en la comunidad y el medio ambiente. Por lo que resulta significativo que se realice debidamente la evaluación de los posibles riesgos que pueden traer consigo estos organismos, a fin de que no tengan repercusiones ambientales adversas sobre la diversidad biológica. Todavía no existen evidencias científicas que demuestren que estos organismos genéticamente modificados no afecten la salud humana.  

Puede decirse que en la actualidad las actividades agrarias son actividades económicas – productivas que requieren del establecimiento de medidas para ser controladas, debido a la importancia que tienen las mismas para el desarrollo económico del país, de acuerdo con la necesidad de conservar los recursos naturales y el equilibrio ecológico. En tal sentido, podemos referirnos al Derecho Agrario Catalán que enfatizó de forma explícita estos aspectos en cuanto al ejercicio de las actividades agrarias.    

Las preocupaciones del legislador catalán giraron en torno a la conservación del suelo, a la defensa del ambiente, a la protección del entorno y su salubridad, a la preservación de las masas forestales, a la conservación de las especies vegetales y a la biodiversidad, a la protección de los consumidores, al desarrollo sostenible o, también, a la protección de los animales, etc.

Además, el legislador catalán fijó a estos efectos, como posibles acciones a realizar, entre otras, el fomento de una gestión correcta de los cultivos, mediante un adecuado conocimiento, a través de los oportunos inventarios de datos, del suelo rústico y de sus caracteres geográficos y climáticos; el fomento del uso de semillas y plantas certificadas; la promoción de una preferente fertilización del suelo con productos orgánicos y de la racionalización del uso de fertilizantes en las zonas llamadas vulnerables; controlar el uso de productos fitosanitarios, procurando que éstos se apliquen en condiciones que preserven la salud de los productores y de los consumidores y mantengan la sostenibilidad de los ecosistemas agrícolas y forestales, entre otras.5

III.- SUSTANCIAS QUÍMICAS UTILIZADAS EN LAS ACTIVIDADES AGRARIAS QUE AFECTAN EL MEDIO AMBIENTE

Las sustancias químicas se utilizan con mayor o menor frecuencia en todos los países, generalmente facilitando el desarrollo de diferentes actividades agrícola, entre otras; aunque se ha determinado que pueden producir efectos adversos sobre la salud humana y la integridad del medio ambiente. Los productos químicos que se utilizan varían mucho de un país a otro, en correspondencia con su tipo de economía, industria y agricultura. En este caso haremos mayor alusión a los plaguicidas para enfatizar principalmente en los efectos nocivos que tienen los mismos y que deben tenerse en cuenta, tanto para proteger el medio ambiente como la vida humana.

Efecto de los plaguicidas:

La acción  de los plaguicidas se manifiesta sobre todos los organismos que habitan en el agroecosistema.

El efecto directo más conocido en la selección de individuos resistentes, que provocan el fenómeno conocido como resistencia.

Pueden cambiar el comportamiento de los insectos plagas, aumentando la tasa de crecimiento de la población.

Pueden además inducir transformaciones físico – químicas en la planta y contribuyen a los brotes de plagas.

El principal efecto, es la transformación de la calidad nutricional de la planta y el aumento del área (crecimiento) de sus órganos, con el consecuente aumento de su atracción para la alimentación.

Contribuir a la manifestación de plagas secundarias, a causa de la eliminación de enemigos naturales.

El efecto sobre las abejas puede ser directo o indirecto. En el primer caso, las abejas se intoxican con los plaguicidas presentes en el aire en el momento o poco después de la aplicación, tanto en el lugar de la misma como en sus alrededores. Después de la aplicación los riesgos también son graves, puesto que quedan residuos en las flores y otros órganos de la planta que pueden ser tóxicos a otros insectos.

Toxicidad:

Los plaguicidas, a pesar de que su concentración varíe, siempre resultan tóxicos al organismo humano. El personal que trabaja y se relaciona con los  plaguicidas debe tener grandes precauciones con la manipulación, almacenaje, aplicaciones de mezclas en el campo y otras formas de contacto con ellos, especialmente los operadores de máquinas asperjadoras y mezcleros; para evitar accidentes y contaminaciones que pueden provocar serias afectaciones a su salud.
El organismo humano puede sufrir contaminaciones por varias vías:

Por la piel (cutánea o dérmica): Se pueden producir intoxicaciones crónicas, sobre todo por insecticidas disueltos en soluciones aceitosas o emulsiones.

Por ingestión oral: Cuando por desconocimiento o negligencia se ingieren.

Por exposición respiratoria.: Cuando se respiran vapores tóxicos, bien por negligencia de no usar los medios de protección o por ignorancia.

Además podemos sufrir:

  • Afectaciones a los ojos y piel.
  • Efectos sobre la reproducción.
  • Efectos carcinogénicos.

Medios de protección humana:

  • Guantes.
  • Caretas.
  • Capas y botas.
  • Espejuelos.

Tratamiento de suelo:

El combate de plagas constituidas por insectos, hongos, nemátodos y otros microorganismos que habitan en el suelo es de gran importancia ya que de no combatirlos las pérdidas económicas en cultivos agrícolas es considerable.
Estos tratamientos económicos son en dependencia de la calidad, la  importancia y el valor del cultivo y las plagas a combatir, que justifiquen su empleo.
  
Derecho comparado:

Se han presentado evidencias en países desarrollados de los efectos tóxicos del glifosato en humanos y flora y fauna silvestres, daños ambientales directos e indirectos y aparición de resistencia en  malezas que son su objetivo. Incluso, hay autores que sostienen que el uso de este herbicida puede conducir a la contaminación más prolongada del agua, así como daños en animales y microorganismos benéficos para el suelo.

En términos ambientales, es dable inferir que por las altas concentraciones a los que se expone y expondrá la vida silvestre habrá efectos indirectos o directos indeseados, que deberán ser reevaluados independiente y adecuadamente. Si se tiene en cuenta que muchas plantas silvestres son refugio, alimento o área de reproducción de insectos benéficos, su desaparición afectará sensiblemente los sistemas de control integrado de plagas y enfermedades que, con debilidad aún, sobreviven con  una visión más holística para alcanzar un manejo racional de los recursos. Respecto a los árboles, se tiene una especial preocupación sobre los efectos del glifosato y otros herbicidas que pueden afectar especialmente a las barreras rompevientos. 6

En California, el glifosato se encuentra entre los herbicidas más comúnmente reportados como causa de enfermedad o daños entre los trabajadores que manipulan herbicidas. Las presentaciones más comunes tienen relación con efectos oculares e irritación de la piel. También se pueden presentar náuseas y mareos, así como problemas respiratorios, aumento de la presión sanguínea y reacciones alérgicas.

Otro factor que ha preocupado a los estudiosos de este herbicida es la presencia de acrilamida en los alimentos cocidos, teniendo una relación causal con el glifosato. En las investigaciones realizadas se han encontrado significativos niveles de acrilamida en vegetales cocidos. La acrilamida es una potente toxina nerviosa y puede afectar la salud reproductiva masculina, además de causar malformaciones congénitas en humanos y cáncer en animales.

En Dinamarca el glifosato es uno de los herbicidas más utilizados. El ministro dinamarqués del medio ambiente anunció restricciones con respecto al mismo, luego de realizarse una investigación que evidenció la presencia de glifosato en el agua del subsuelo, de donde se obtiene la mayor parte del agua potable en ese país. A pesar de que las concentraciones no excedieron los límites permitidos, fue preocupante el hecho de encontrar cantidades inaceptables de glifosato y uno de sus subproductos.

IV.- AGRICULTURA
La agricultura moderna depende en gran medida de la ingeniería, la tecnología y las ciencias biológicas y físicas. Pero para garantizar el éxito en la agricultura, se requieren los conocimientos especializados de los ingenieros agrícolas que son los que van a facilitar en definitiva que se lleven a cabo las actividades agrarias con mayor destreza. Además, en la medida que existan transformaciones en esta esfera los países deben irse adecuando a las mismas dentro de lo posible, tomando los aspectos positivos para obtener resultados cada vez mejores y un desarrollo verdaderamente sostenible, por ejemplo incrementando la fertilización del suelo con productos orgánicos y racionalizando el uso de plaguicidas, fertilizantes, etc.
Una tendencia en cuanto a la agricultura que está teniendo muy buenos resultados es la utilización de la Agricultura biológica en varios países. Vista como un sistema de producción que rechaza o excluye en gran medida el uso de los fertilizantes sintéticos, los pesticidas, los reguladores del crecimiento y los aditivos para el pienso (alimento) del ganado. En la medida de lo posible, recurre a la rotación de los cultivos, los residuos de las cosechas, el estiércol animal, el estiércol verde, los residuos orgánicos y el control de plagas por medios biológicos para mantener la productividad y labrar el suelo, aportar nutrientes para las plantas y controlar los insectos, las malas hierbas y otras plagas.
Se ha comprobado que los sistemas de agricultura biológica son muy utilizados en los países subdesarrollados y en vías de desarrollo, en gran medida debido a problemas económicos y a la falta de productos químicos. No obstante, cada vez son más ampliamente aceptados en los países desarrollados como reacción a los sistemas de explotación intensiva o industrial.
La agricultura biológica se conoce con diferentes nombres, entre ellos podemos mencionar: agricultura regenerativa, agricultura sostenible, agricultura orgánica, etc. Se ha demostrado que tiene gran importancia en el desarrollo de las actividades de producción agrícola, promoviendo las relaciones sostenibles entre el suelo, las plantas, los animales, con el fin de producir alimentos sanos y otros productos, que protegen y potencian a la vez el medio ambiente.
Por su parte la química agrícola se ocupa de otros problemas vitales para la agricultura, tales como el empleo de fertilizantes, insecticidas y fungicidas, la estructura del suelo, el análisis de los productos agrícolas y las necesidades nutricionales de los animales de granja.
Todas estas esferas que interactúan en la agricultura deben trabajar íntimamente relacionadas, teniendo en cuenta los niveles de responsabilidad que posee cada una para lograr un cambio favorable en la economía del país. Propiciando el aseguramiento de una alimentación sana a través de la producción de productos de calidad, así como excelentes resultados para el desarrollo de las actividades agrarias en correspondencia con la debida protección al medio ambiente.    
Quisiéramos finalizar esta parte con las sabias palabras de Fidel Castro Ruz pronunciadas en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, celebrada en Río de Janeiro en 1992, las cuales tiene un significado y una vigencia inigualable para los tiempos en que estamos viviendo: “Hágase más racional la vida humana. Aplíquese un orden económico internacional justo. Utilícese toda la ciencia necesaria para un desarrollo sostenido sin contaminación. Páguese la deuda ecológica y no la deuda externa. Desaparezca el hambre y no el hombre”. 

CONCLUSIONES

Es evidente la relación que existe entre el Derecho Agrario y el Derecho Ambiental por lo que resulta necesario que exista una adecuada regulación en la cual se complementen ambas ramas. Con el propósito de lograr que el desarrollo de cualquier actividad agraria se realice atendiendo al cuidado y conservación del medio ambiente, teniendo en cuenta que cualquier daño que se le ocasione al mismo resulta generalmente irreversible. Además, de forma tal que se garanticen las necesidades e intereses de las generaciones futuras. En correspondencia con esto es sumamente importante que los trabajadores agrícolas y demás personas implicadas en la agricultura interioricen estas regulaciones detalladamente y de esta forma se vaya alcanzando mayor cultura ambiental.

Es indispensable que los trabajadores agrícolas conozcan los daños nocivos que pueden provocar las sustancias químicas tanto al medio ambiente como a la salud humana, por lo que también es necesario que exista una mayor exigencia en cuanto a la utilización de los medios de protección en las actividades que así lo requieran, así como de la forma y dosis a emplear en cada caso. Requiriendo que exista un adecuado control de las actividades agrarias por parte del personal autorizado y mucho más cuando se utilizan estas sustancias.

La utilización de la agricultura biológica como alternativa para conservar el medio ambiente es de gran importancia para la economía. Toda vez que proporciona resultados favorables tanto para el medio ambiente como para el desarrollo sostenible de  la agricultura de un país y la población en general que consumirá productos ambientalmente más seguros y sanos.
 
Los problemas ambientales pueden afectar severamente las actividades agrarias, y al mismo tiempo, las actividades agrarias pueden afectar el medio ambiente. En tal sentido, al hombre es al que le corresponde utilizar racionalmente los recursos naturales y conservar el equilibrio ecológico, actuando de forma consciente, ya que en ocasiones se convierte en su peor enemigo sin darse cuenta que al final es el más perjudicado.    

BIBLIOGRAFÍA

Agricultura.http://es.encarta.msn.com/encyclopedia_961519834/Agricultura_biológica.html (Consulta 17 Marzo 2008).

A. Pengue, Walter: “El glifosato y la dominación del ambiente”. Revista  Biodiversidad 37/2003, Uruguay.  

Fabio Pastorino, Leonardo. Derecho agrario y ambiente en la evolución  dogmática argentina. http://www.leonardopastorino.com.ar (Consulta 27 Noviembre 2007).

Fernández-Rubio, Ángel. Ley del Medio Ambiente, MINJUS, La Habana, 1999.  – 300p.

Luna Serrano, Agustín. Panorama normativo del Derecho Agrario Catalán.
http://www.libroblancoagricultura.com/libroblanco/jautonomica/cataluna/ponencias/a_luna/a_luna_4.asp (Consulta  27 Noviembre 2007). 

Temas de Derecho Agrario Cubano / Maritza de la Caridad McCormack Bequer… [et al]. – La Habana : Editorial Félix Varela, tomo I, 2007. – 596p.

Universidad para todos: Curso Derecho y Medio Ambiente, parte 2 / En suplemento especial, 2006.

Vázquez L. Manejo Agroecológico de Plagas. La Habana: INISAV; 2006.

Vázquez L. Manejo Integrado de Plagas. La Habana: INISAV; 2003.


1 Fabio Pastorino, Leonardo “Derecho agrario y ambiente en la evolución dogmática argentina”: disponible en: http://www.leonardopastorino.com.ar Consultado: Noviembre 2007.
 

2  Temas de Derecho Agrario Cubano / Maritza de la Caridad McCormack Bequer… [et al]. – La Habana : Editorial Félix Varela, 2007, tomo I, p.32
 

3 Ibidem, p.28.  

4 Organismo modificado genéticamente: organismo cuyo material genético ha sido modificado por el hombre de una forma diferente a la natural.

5 Luna Serrano, Agustín “Panorama normativo del Derecho Agrario Catalán”: disponible en: http://www.libroblancoagricultura.com/libroblanco/jautonomica/cataluna/ponencias/a_luna/a_luna_4.asp, Consultado: Noviembre 2007.  

6 Para profundizar detalladamente en cuanto a los efectos dañinos demostrados que provoca el glifosato sobre el medio ambiente y la salud humana puede acceder al siguiente artículo de: A. Pengue, Walter: “El glifosato y la dominación del ambiente”. Revista Biodiversidad 37/2003, Uruguay, p.3. 

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