Contribuciones a las Ciencias Sociales
Noviembre 2014

ESTUDIO EXPLORATORIO SOBRE LA PERCEPCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL ESTADO DE CHIAPAS



Víctor del Carmen Avendaño Porras (CV)
victor.avendano@cresur.edu.mx
Centro Regional de Formación Docente e Investigación Educativa



RESUMEN
La Declaración Universal de los Derechos del Hombre es sin duda una gran idea que se gestó en 1948; pero en la práctica nos hallamos ante una incongruencia, pues su aplicación en varios países del mundo es nula.

La historia del hombre se circunscribe a una serie de conflictos a los que ha estado en constante exposición; ya sean de tipo moral o éticos, los hombres han alcanzado hoy una comprensión más completa y compleja de realidades sociales y naturales que han generado ideas que benefician a la mayoría en el entorno social, natural o técnico.

Esta investigación presenta resultados sobre la conceptualización que se realiza en el estado de Chiapas sobre diversas temáticas, tales como el papel de las personas de la tercera edad en la sociedad, el de las mujeres, el de los niños, la censura, la desigualdad social, el acceso a la educación, la salud y el trabajo.

PALABRAS CLAVE
Derechos Humanos, pobreza, migración, género, violencia.

ABSTRACT
The Universal Declaration of Human Rights is definitely a great idea that was conceived in 1948; but in practice we are faced with an inconsistency, since its implementation in several countries is zero.

The history of man is confined to a series of conflicts that have been in constant exposure; whether moral or ethical kind, men have now reached a more complete and complex nature of social realities and understanding that have generated ideas that benefit most in the social, natural and technical environment.

This research presents results on the conceptualization that takes place in the state of Chiapas on diverse topics such as the role of older people in society, the women, the children, censorship, social inequality access to education, health and labor.

KEY WORDS
Human rights, poverty, migration, gender, violence.

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Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:
Avendaño Porras, V.: "Estudio exploratorio sobre la percepción de los derechos humanos en el estado de Chiapas", en Contribuciones a las Ciencias Sociales, Noviembre 2014, www.eumed.net/rev/cccss/30/chiapas.html

INTRODUCCIÓN
Esta investigación comprende un acercamiento al tema de la percepción de los derechos humanos en el estado de Chiapas. Dado que se ha comenzado de nuevo a mirar a los derechos humanos como un mecanismo indispensable para lograr la justicia y la unificación de la sociedad fuertemente apaleadas por dificultades diversas.

Resulta importante comprender que es lo que piensan la sociedad civil sobre diversas temáticas, pues solo así se podrán generar propuestas de políticas públicas que logren una mayor justicia social. Dichas políticas deben dar cumplimiento a la obligación de obedecer y resguardar los derechos humanos (Nino, 1989).

El instrumento desarrollado establece un marco conceptual para el proceso de aplicación que debe estar asentado normativamente en patrones universales de derechos humanos y destinados a impulsar, resguardar y hacer una realidad la aplicación de los derechos humanos.

LA APLICACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL ESTADO DE CHIAPAS 1
Visto desde la razón, lo fundamental es asumir una defensa efectiva de lo moral desde la perspectiva de los derechos humanos; es decir, comprender el cimiento de los derechos del hombre desde la lógica de la razón, para garantizar su aplicación absoluta a todos los individuos.

En la Constitución Mexicana se establecen las bases esenciales de los derechos y deberes individuales y colectivos de los ciudadanos Mexicanos sin que importe el género, religión o lugar de nacimiento (Campos, 1989).

En este sentido, en México se ha reconocido la necesidad de resguardar a aquellos que por su contexto histórico, social o económico componen grupos o colectividades étnicas, conocidas como pueblos indígenas u originarios.

Recientemente, el tema de la concepción de los derechos humanos por parte de los pueblos indígenas ha cobrado gran importancia, tanto en los entornos académicos como en los de gobierno, con miras a determinar la correspondencia que se halla entre los que gobiernan y dichos pueblos.

En el estado de Chiapas, el conflicto zapatista de 1994 aún está vigente, por lo que debería prestarse mayor atención a las particularidades de reglamento y ordenanza al interior de cada comunidad; esto con la finalidad de comprender que los derechos humanos de los pueblos indígenas se asientan en el llamado derecho social o de solidaridad y autonomía de los pueblos.

El punto de partida debe ser el derecho a la discrepancia; es decir, el derecho a ser mirados desemejantes del resto de la población, puesto que lo son en el sentido de la auto concepción, usos, costumbres y saberes (García, 1984).

Las circunstancias pretendidas para la adquisición de esta aceptación al otro, en cuanto a su diferencia cultural como base primordial, supone desviarse del fundamento etnocentrista desdeñoso e intransigente de una cultura universal.

Uno de los más importantes derechos humanos de los pueblos indígenas es el derecho a una realización plena como individuos, con necesidades de un ambiente sano, alimentos, vivienda, etcétera; sin embargo, estos derechos seguirán siendo utópicos en tanto se siga viviendo en contextos de usufructo, marginación y segregación.

Es necesario comprender que los derechos colectivos deben ser apreciados y reconocidos en la medida en que su declaración y aplicación origina a su vez los derechos particulares de cada individuo. Tales derechos no se conceden, ni se proveen por parte del estado, sino que se reconocen cómo un acto de justicia; por ello, es preciso conocerlos y propagarlos (Laporta, 1987).

Los derechos humanos de los pueblos indígenas fundan un proyecto que invoca a tender puentes para lograr una correspondencia justa con los disímiles actores que la conciertan, con el fin de comprender la exclusiva forma de cómo los grupos indígenas idean su inclusión en la sociedad. De ahí que se enuncien en peticiones y reclamos que desde la configuración de la comunidad indígena es importante en la medida que reconoce a una visión independiente de Occidente.

Sin embargo, la sociedad no indígena anticipa una conceptualización de derechos humanos como enunciado máximo del amparo de las garantías individuales, en tanto que los pueblos indígenas observan como derecho propio la permanencia de la comunidad (Cassese, Madariaga y Pentimalli, 1991).

Son cada vez más continuas las acusaciones por quebrantamientos a los derechos humanos, principalmente en los sectores más expugnables y alejados; de tal suerte, que se ha patentizado la apremiante exigencia de una intensa educación en esta materia, respondiendo así a las nuevas realidades sociales, específicamente de los pueblos originarios de México; de admitir su propia forma de hacer justicia; -siempre y cuando no vulnere los derechos humanos del individuo enjuiciado- es decir, sus experiencias y hábitos jurídicos (Pogge, 2005).

METODOLOGÍA Y ANÁLISIS DE RESULTADOS
El presente análisis de resultados devela algunos datos interesantes respecto a la percepción general que tienen los encuestados respecto a diversas temáticas de Derechos Humanos.

La técnica que se empleó fue la de bola de nieve no discriminatoria exponencial. Por lo regular esta técnica se emplea si la muestra para el estudio es muy rara o si está limitada a un subgrupo muy pequeño de la población.

Sin embargo, en el caso de la aplicación del instrumento para este estudio, se empleó dicha técnica a pesar de tener fácil acceso a la población a la que estaba dirigido el instrumento, puesto que funciona en cadena y se invierten menos recursos económicos para su aplicación.

Luego de observar a los primeros sujetos a quiénes se les solicitó responder el instrumento:

  1. Grupo del Seminario de Tecnología Educativa del Programa Doctoral en Educación de la Universidad Valle del Grijalva (8 sujetos)
  2. Grupo del Seminario de Investigación I del Programa Doctoral en Educación del Instituto de Estudios Superiores de Chiapas (16 sujetos)
  3. Grupo del Seminario de Perspectivas de la Tecnología Educativa del Programa Doctoral en Educación de la Universidad del Sur (15 sujetos)
  4. Grupo del Seminario de Epistemología y Problemas del Conocimiento del Programa Doctoral en Educación del Instituto de Estudios Superiores de Chiapas (21 sujetos)

Se le pidió a los primeros 60 sujetos que designaran a otras personas para responder el instrumento. Luego se observó a los sujetos designados y se siguió de la misma manera hasta obtener el número de 1030 instrumentos respondidos del 9 al 27 de octubre de 2014.

Este proceso en cadena permitió que la investigación llegara a poblaciones que son difíciles de probar cuando se utilizan otros métodos de muestreo, además de generar un proceso barato, simple y rentable; además de requerir de poca planificación y menos mano de obra que se requieren para otras técnicas de muestreo.

Se aplicaron 47 preguntas; la mayoría con respuestas en la escala Likert, divididas en 5 bloques:

  1. Preguntas generales
  2. Preguntas sobre Percepción de los Derechos Humanos
  3. Concepciones sobre igualdad y no discriminación
  4. Preguntas sobre autoritarismo

CONCLUSIÓN
Para la aplicación del instrumento se logró un equilibro de respuestas entre hombres y mujeres; sin embargo, respecto a los encuestados por zona económica del estado de Chiapas no se logró un equilibro dada la técnica de bola de nieve que se emplea en la que se pierde control sobre los posibles encuestados. Por otra parte la mayoría de los encuestados son menores de edad y solteros, cursando la mayoría aún estudios de educación básica, con ingresos menores a las 5 mil pesos y en su mayoría católicos y mestizos.

Se puede concluir que la gran mayoría de los encuestados prefiere una sociedad donde se respeten todos los derechos humanos, quieren que la comunidad internacional vigile el cumplimiento de los derechos humanos de cada país, creen que los DDHH están sobre las creencias religiosas o de otro tipo. También consideran que considera que el Estado es el principal responsable de respetar y garantizar los Derechos de las personas, que es legítimo manifestarse públicamente cuando los derechos propios o los de otra persona han sido vulnerados. También muestran su disposición organizarse en caso de que los DDHH propios o de terceros sean vulnerados.

Por otra parte, muy pocos relacionan el concepto de DDHH con las violaciones cometidas por el Estado, pero la gran mayoría no está de acuerdo con la idea de que discutir con los ancianos es inútil o de que los adultos sean una carga para las familias y la sociedad; sin embargo se opina que las mujeres son las encargadas de cuidar a los hijos y pueden trabajar pero con la condición de no descuidarlos, aunque también se piensa que las mujeres son tan buenas como los hombres para dirigir empresas o instituciones.
También se opina que las empresas debieran asegurar que en sus esferas directivas haya tantas mujeres como hombres, que está bien que los empleadores pregunten por el lugar de residencia de quien busca empleo, pues así pueden saber el origen social de sus trabajadores.

Por otra parte, la idea de que es necesario esforzarse para tener éxito no coincide con la concepción generalizada y la mayoría opina que el estado debería reservar cupos especiales para jóvenes de bajos recursos aún cuando estos no tuvieran el puntaje necesario para su ingreso y que es legítimo que los pueblos indígenas reclamen sus tierras ancestrales, así como que en la cámara de diputados y senadores debiera haber cupos especiales para diputados y senadores de los pueblos indígenas.

No se coincide con la idea de que las personas con discapacidad son un obstáculo en el trabajo, ni que se deba restringir el acceso a centroamericanos en tierras Chiapanecas, ni que se debería negar ser profesores a los homosexuales; sin embargo  la mayoría está en desacuerdo con la idea de permitir el matrimonio gay en Chiapas y México.

Por otra parte, la mayoría está de acuerdo con la idea de que los jóvenes confunden fácilmente libertad con libertinaje, de en que los niños y las niñas tienen derecho a que sus padres respeten su intimidad y privacidad, de que un golpe, cuando corresponde, es necesario para imponer el orden y respeto que los niños requieren.

No coinciden con la idea de que los libros que contienen ideas políticas deberían ser retirados de las librerías, pero si coinciden con la idea de que todo delincuente, independientemente del delito que haya cometido, debe estar preso.

Por último, la mayoría de los encuestados opinan que en Chiapas no se respetan los derechos humanos, que si defienden sus derechos laborales pueden perder su trabajo, de que en Chiapas se hace muy poco para asegurar el medio ambiente saludable y libre de contaminación, creen quela baja calidad de la educación es la principal causa de la desigualdad social, que en Chiapas no se aplica la ley a todos por igual y creen que en Chiapas aún existe censura.  

FUENTES DE INFORMACIÓN

  1. Nino, C. S. (1989). Ética y derechos humanos: un ensayo de fundamentación. Ariel.
  2. Campos, G. J. B. (1989). Teoría general de los derechos humanos (Vol. 120). Universidad Autónoma de México.
  3. García, E. F. (1984). Teoría de la justicia y derechos humanos. Editorial Debate.
  4. Laporta San Miguel, F. J. (1987). Sobre el concepto de derechos humanos.
  5. Cassese, A., de Madariaga, B. R., & Pentimalli, A. (1991). Los derechos humanos en el mundo contemporáneo. Ariel.
  6. Pogge, T. (2005). La pobreza en el mundo y los derechos humanos.
  7. Rico, M. N. (1996). Violencia de género: un problema de derechos humanos.
  8. Pinto, M. (1997). Temas de derechos humanos. Buenos Aires: Editores del Puerto.
  9. De Sousa Santos, B., & Rodríguez, C. (1999). La globalización del derecho. Universidad Nacional de Colombia.
  10. Stavenhagen, R. (2000). Derechos humanos de los pueblos indígenas. Mexico: Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
  11. Estrada Martínez, R. I. (1995). El problema de las expulsiones en las comunidades indígenas de los Altos de Chiapas y los derechos humanos: Segundo Informe.
  12. Kearney, M. (1994). Desde el indigenismo a los derechos humanos: Etnicidad y política más allá de la mixteca. Nueva Antropología. Revista de Ciencias Sociales, (46), 49-67.
  13. Hamel, R. E. (1995). Derechos lingüísticos como derechos humanos: debates y perspectivas. Alteridades, 5(10), 11-23.
  14. Assies, W. (2000). La situación de los derechos humanos de los pueblos indígenas en el contexto latinoamericano. Texto preparado para el evento Unidos en la diversidad por nuestro derecho al territorio Programa de Pueblos Indígenas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Santa Cruz.
  15. Beuchot, M. (1994). Los fundamentos de los derechos humanos en Bartolomé de Las Casas (Vol. 3). Anthropos Editorial.

1 Derivado del artículo “Derechos Humanos de los pueblos originarios del estado de Chiapas: Las mujeres indígenas y los Derechos Humanos” de mi autoría.