Contribuciones a las Ciencias Sociales
Julio 2014

LAS MUJERES ESPAÑOLAS EN LA CAPITAL DE LA NUEVA ESPAÑA, DURANTE EL SIGLO XVI



María José Encontra y Vilalta (CV)
mjencontra@hotmail.com
Universidad Iberoamericana, Ciudad de México



Resumen:
El siguiente ensayo muestra la gran participación social y económica que tuvieron las mujeres españolas en la empresa de la conquista y la formación de la capital de la Nueva España durante el siglo XVI. Desmitificando al mismo tiempo esa parte de la historia oficial en donde se afirmaba que la conformación de la sociedad mexicana fue realizada única y exclusivamente por la vía migratoria masculina. También a lo largo de esta presentación se mostraran las regiones españolas más proclives para la migración femenina; sus miedos y expectativas, así como sus desempeños una vez que arribaron a la capital del virreinato durante los años de 1521 al 1600.
Palabras clave: Mujeres, migración peninsular, viajes, Nueva España.

Abstract:
The following essay shows the great social and economic participation of Spanish women who were in the business of conquest and the formation of the capital of New Spain during the sixteenth century, while demystifying that part of the official story which stated that the formation of Mexican society was performed exclusively by male migratory route. Their fears and expectations as well as their performance once they arrived in the viceregal capital during the years 1521 to 1600, also along this presentation the more inclined for female migration show Spanish regions.
Key Words: women, peninsular migration, travel, New Spain.


Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:
Encontra y Vilalta, M.: "Las mujeres españolas en la capital de la nueva España, durante el siglo XVI", en Contribuciones a las Ciencias Sociales, Julio 2014, www.eumed.net/rev/cccss/29/mujeres-espanolas.html

Líneas y más líneas se han escrito sobre las conquistas y colonizaciones americanas realizadas por hombres peninsulares; en contraparte, la participación de las mujeres españolas no han estado muy publicitadas que digamos, pero eso no demerita ni oculta que ellas también estuvieron en esos mismos procesos, sólo se necesita rescatarlas y esto es precisamente el objeto de este artículo.
Cierto es que algunas personas desde el siglo XVI las mencionan ya en sus escritos, pero sólo es esto, simple mención para realzar las hazañas, actividades y méritos de los mismos españoles, tanto en los momentos de la conquista como en los años que le siguen; por ejemplo, Bernal Díaz del Castillo refiere el valor de María de Estrada cuando nos dice que combatió valientemente a los más aguerridos soldados mexicanos1 . Tal pareciera que las mujeres peninsulares fueron un grupo tan, pero tan reducido que no tuvieron ninguna participación en las gestas americanas, y esto no es cierto, fueron muchas las que llegaron a las Indias y particularmente a la Nueva España.
Las dos preguntas obligatorias con la que se inicia en este artículo son: ¿cuándo llegan las primeras mujeres españolas? y, ¿cuántas atravesaron ese gran charco?, pues bien, a la primera interpelación se puede decir sin temor a equivocarnos que desde los viajes colombinos la participación femenina se hace presente, se sabe de la existencia de Catalina Rodríguez y María de Granada, ambas sentenciadas en Castilla y que al igual que otros varones son trasladadas a las Antillas en el año de 1497 para aumentar su población2 . Claro, que durante esta etapa la política migratoria está en pañales y se va a ir modificando conforme a las mismas necesidades gubernamentales. Los monarcas españoles ya desde esos años están interesados en la colonización y exploración de las nuevas tierras, razón por la cual llegan desde el segundo viaje familias de campesinos, agricultores y artesanos, además de las dos mujeres anteriormente mencionadas. La migración no está supeditada al sexo y en este sentido las leyes se aplican por igual a hombres y a mujeres, siempre tratando de promover la unidad y convivencia familiar.
En cuanto a la segunda cuestión, no se puede mencionar una cantidad exacta, pues muchas de ellas emigran en forma clandestina y sin los permisos correspondientes, por lo tanto nunca se sabrá. Durante la etapa antillana se estima que oficialmente llegan 308 mujeres, la mayoría de ellas, -209-, pertenecen a la región andaluza seguidas por 39 extremeñas3 , marcando el predominio de esa región sobre las demás durante todo el siglo XVI. Existe además otro inconveniente a la hora de cuantificarlas y es que incluso los mismos investigadores no se han puesto de acuerdo en cuanto a las cifras, por ejemplo Boyd en el período de 1520 a 1539 señala la cifra de 845 mujeres, representado estas el 6.3% de los emigrantes 4, mientras que Analola Borges señala para los mismos años la cantidad de 1041 5, debido a esto se ha decidido utilizar la información de Peter Boyd-Bowman por considerarla moderada. A continuación se muestra la siguiente gráfica en donde se aprecia el total de pasajeros registrados que emigran a las Indias, el número de mujeres y el porcentaje que este sector representa.
TOTAL DE PASAJEROS QUE EMIGRAN A LAS INDIAS 6


Período

Total Migrantes

Total Mujeres

Porcentaje mujeres

Porcentaje andaluzas.

1520-1539

13,262

845

6.3%

58.3%

1540-1559

9,044

1,480

16.4%

50.4%

1560-1579

17,587

5,013

28.5%

55.4%

Como siempre ocurre, la migración inicial no es tan fuerte como la que le va a seguir a los años posteriores a la conquista de México. Se sabe de la existencia de mujeres peninsulares en esta zona antes de 1521, pero una vez tomada la ciudad de Tenochtitlan el grueso de mujeres aumenta, varias llegan desde la región antillana y las demás lo hacen desde la península ibérica. Algunas de ellas llegan a participar también en las empresas de descubrimiento, se sabe de la existencia de dos castellanas que naufragan junto con Jerónimo de Aguilar y Alonso Guerrero en la zona de Yucatán antes del arribo de las huestes de Cortés, en el año de 1519.
En la zona de lo que será posteriormente la Nueva España, Bernal Díaz del Castillo nos menciona que en el banquete que Cortés organiza en Coyoacán están presentes varias españolas además de la ya mencionada María de Estrada; las citadas son Francisca de Ordaz, la Bermuda; la mujer del capitán Portillo; Fulana Gómez; la otra Bermuda; una señora hermosa que no recuerda su nombre; Isabel Rodríguez, la vieja; Mary Hernández; y otras que ya no me acuerdo7 .
TOTAL DE PASAJEROS QUE EMIGRAN A LA NUEVA ESPAÑA 8


Período

Total migrantes

Total mujeres

Porcentaje mujeres

1520-1539

4,022

253

6.3%

1540-1559

2,057

337

16.4%

1560-1579

7,218

2057

28.5%

La presencia femenina se da desde los inicios, siempre en función de una estrategia colonizadora, pues son emisarias de los modelos culturales y religiosos españoles, además, y esto es muy importante, elementos de arraigo que garantizan los intereses imperiales. Pero esto no es asimilado en ese momento por la mayoría de ellas, quienes simplemente visualizan estas tierras a través del ideal renacentista de fama y fortuna, al tiempo que se da por entendido que las mujeres, -como descendientes de Eva-, son indefensas y débiles, y por lo mismo necesitan ser protegidas por el varón.
Las dualidades se dan también a lo largo de ese período, tanto es así que la percepción de la conducta femenina y su desenvolvimiento social está proyectado por todas las imágenes castellanas, en donde la mujer como ser indefenso en teoría y con una capacidad de obrar limitada, se le permite por ley, -de ahí la duplicidad-, realizar operaciones mercantiles y demandas, así como solicitar los permisos correspondientes para su tránsito a las Indias una vez conciliada esa intención.
Los motivos de las migraciones son variados, como también lo son los porcentajes y las cifras manejadas por los principales investigadores. No olvidando esto se debe remarcar a su vez, que el grupo femenino no es homogéneo, existen las solteras, las doncellas las casadas y las viudas.
Algunos autores, como José Luís Martínez9 , sostienen que la migración de solteras está vetada por la corona, pero esto no es del todo cierto, pues siguen llegando a la Nueva España; lo que ocurre es que bajo esta clasificación se infiltran mujeres de dudosa moralidad que no convienen a los fines poblacionales de la política de los Austria. El Archivo de Indias en Sevilla ofrece numerosas autorizaciones de mujeres solteras que se embarcan a estas tierras, incluso estos permisos son incentivados por las mismas autoridades quienes prefieren que viajen acompañadas -al igual que las demás- de algún pariente o familiar para evitar situaciones riesgosas.
Los conquistadores y los posteriores pobladores trajeron consigo séquitos de mujeres para casarlas con sus hombres, tratando así de ascenderlas socialmente; más de una se debió de llevar un nupcial susto pues no todos los hombres fueron jóvenes, guapos ni ricos.
En las siguientes tablas se aprecia el incremento que tiene el grupo de las mujeres solteras conforme se van consolidando y estableciendo las pautas y necesidades sociales del virreinato, en otras palabras, las mujeres peninsulares están muy cotizadas en aquellos años tanto por las autoridades como por los mismos pobladores españoles, pues establecen a través de las uniones maritales y filiales las bases de lo que será el gran Imperio español 10.

1526-46 1547-67 1568-88 1588-160611

Mujeres solas

Solteras

Hijas

Criadas y allegadas

Sin especificar

270

3

234

121

273

776

644

1196

634


307

997

827

1383

199

256

722

573

1265

157


325

La política en defensa y promoción de la convivencia familiar se localiza desde los tiempos antillanos y el mismo Hernán Cortés en 1524 ordena que todos los encomenderos casados hagan vida familiar con sus respectivas esposas, y en caso de que estas residan en otros lugares, las manden traer en un plazo no mayor de los dos años. De esta forma promocionan, por decirlo de alguna manera el mercado matrimonial, así se entiende el incremento en el número de mujeres solteras y los ventajosos matrimonios que realizan algunos amigos cercanos al conquistador por ejemplo, las hijas del comendador Leonel de Cervantes, quienes se enlazan y construyen una pequeña nobleza que puede localizarse hasta nuestros días. Como consecuencia las mujeres casadas o solteras no tienen dificultad a la hora de solicitar sus respectivos permisos de traslado sobre todo después de la etapa bélica.
With the increasing security and comfort of urban life in the period 1540 to 1559, more of colonists began sending for their wives and daughters or seeking status through marriage to Spanish rather than the native girls. Accordingly, in our third period we see the proportion of women jump from 6.3 percent to 16.4 percent, with no less than 1,480 of 9,044 identified emigrants being women or girls. Of these, 675 (45.6 percent) were either married (599) or widowed (76) 12
El porcentaje de solteras se incrementa considerablemente, tal es el caso que las cifras manejadas mencionan entre los años 1540 a 1559 la cantidad de 675, elevándose a 3,024 en los años de 1560 a 1579 13. Pero no ocurre lo mismo con los porcentajes de las viudas. De 5,013 mujeres registradas en los años 1560 a 1579, sólo 85 son viudas, lo que representa un 1.6% del total de las pasajeras14 .
Como puede observarse a través de estos datos, la participación de mujeres solteras no mantuvo la misma proporción que la de casadas o viudas, tal vez esto obedece a que las solteras son más solicitadas en el mercado matrimonial entre los hijos de los primeros conquistadores y pobladores, es decir lo que comúnmente se denomina criollo.
Las mujeres casadas frecuentemente enviudan a edad temprana en el siglo XVI, algunas porque se han casado con alguien que les lleva muchos años y otras por problemas meramente accidentales o sanitarios. El caso es que la cantidad de viudas localizadas ya en la Nueva España es considerable. En algunos casos la viudez permite a la mujer el manejo completo de su vida y de sus finanzas. Aunque este estado es tomado por algunas como una salvación, esta generalización no se cumple para todas, varias de ellas, independientemente de su jerarquía social contraen nuevamente nupcias, mientras que otras como se verá posteriormente no lo hacen por temor a perder la herencia y el control de los bienes.
Otras que son la mayoría, tienen que trabajar por una imperiosa necesidad, incluso envían escritos a la Corona para que las socorran, pues no cuentan con los recursos suficientes. Claro que estas ayudas se dirigen principalmente a las viudas de los primeros conquistadores y dependen de la liquidez y de los recursos de la misma hacienda real.

  • Preparando el viaje,

Las mujeres que viajan en forma legal, tienen que demostrar que son dignas para trasladarse a las nuevas tierras, aunque se ha mencionado anteriormente que en muchas ocasiones los trámites dejan mucho que desear por una u otra causa. La mayoría de ellas lo hacen con el afán de mejoramiento social pues la Península en esos años está viviendo una etapa de empobrecimiento paulatino debido entre otras cosas, a una agricultura incapaz de cubrir las necesidades más apremiantes de su población; por otro lado en la zona castellana prevalece un sistema de herencia desigual que decepciona a muchos de sus habitantes, y no necesariamente a los más desprotegidos de su sociedad.
La cuestión económica es la que tiene mayor peso a la hora de tomar esa gran decisión, que en la mayoría de los casos no tiene vuelta para atrás. Se dice esto porque gran parte de esa totalidad que atraviesa el mar en el siglo XVI pocas veces regresa a sus lugares de origen, no se da con frecuencia la migración a la inversa.
La información epistolar proveniente de familiares y amigos ya establecidos en el Nueva España es la que alimenta la fantasía de riqueza y prosperidad que genera el mismo viaje. En otras palabras, son los mismos emigrantes a través de estas redes que podemos llamar ahora como sociales, las que promueven las subsecuentes oleadas migratorias, ya sea directamente o a través de las llamadas cartas de llamada, en donde además de mencionar las bonanzas de esta tierra se ofrece el pago del mismo viaje.
La licencia junto con las informaciones proporcionadas se inicia en los lugares de origen de las solicitantes, en donde las autoridades locales recogen por parte de personas que las conozcan los testimonios necesarios que avalen su limpieza de sangre. Esta se consigue después de demostrar que no pertenecen a los grupos prohibidos, es decir, judíos, moros, reconciliados, además de mujeres de moral ligera. Las autorizaciones tienen en general una validez de dos años, son individuales o colectivas, y en casos especiales pueden ampliarse 15. Como siempre, esto es la ley, pero existen las trampas; por eso se dice entre otras razones que las cantidades registradas no corresponden a la realidad.
Las licencias son muy interesantes, porque nos informan sobre el estado civil, la profesión, la edad y para poder comprobar la veracidad del testimonio se describen los principales rasgos físicos de la solicitante y de sus acompañantes, indicando a sí mismo el destino final del trayecto. Esta puntualidad y precisión burocrática es documentada en forma continua a partir de 153416 .
La Corona siempre trata de fomentar la convivencia familiar porque es de suma importancia para su política imperial de asentamiento, llegando incluso a penalizar a aquellos que estando casados viajan solos a estas tierras. En 1549 y con la reiterada intención de traspasar los usos y costumbres a estas latitudes, la princesa por mandato de su majestad ordena,
No dexeys pasar a las Indias a ninguna persona que fuere cassado, sin que lleve a su mujer…con consintays yr en ninguna manera, ni por ninguna via. Y tendreyes muy gran cuidado de guardar en esto por lo que nos esta mandado, para que ninguno que fuere cassado passe sin que lleve a su muger17 ,
de tal suerte que los valores cristianos arraiguen lo más pronto posible en estas latitudes, ¿y quién mejor que las mujeres para transmitirlos?; el imperio español se consolida además de las armas y de la cruz, con la participación peninsular femenina.
Las penalizaciones están presentes en las mentes masculinas, y en ocasiones las mismas esposas que por una u otra razón no han querido acompañarlos en estos periplos deben de notificar autoridades que sus maridos se encuentran en estas tierras con su total autorización, así de esta manera evitan las preocupaciones y comentarios como los de Gaspar Encinas cuando le escribe a su mujer,
Y en vuestra venida no haya falta, porque me cuesta muchos pesos la cárcel cada año, y no más de tres días salí de ella, y he dado fianzas de que vendréis en esta flota, y no siendo así, me será fuerza no poder estar en la tierra e irme a Perú18
Las disposiciones reales favorecen la convivencia familiar y marital, aunque nunca son aplicadas cabalmente. Juan Palencia le dice a su esposa en 1570, “Ya os he escrito muchas veces y nunca he visto respuesta de ninguna carta, no sé que es la causa de ello”19 . Los argumentos o excusas, ciertos o no, pueden ser originados por una mala salud, vejez, pero también pueden reflejar un profundo desamor hacia su familiar, a pesar de saber de antemano que de no cumplir con este requisito su marido se enfrentará a serios problemas con las autoridades.
Cuando las autorizaciones están listas, se necesita entonces localizar y contratar a un agente mercante establecido en la ciudad de Sevilla para que las traslade a la Nueva España. Los gastos del viaje pueden ser cubiertos de dos formas: unas prefieren realizar el pago en el puerto de Veracruz, lo que ocurre en estos casos es que quienes lo efectúan ya viven en este virreinato, mientras que los otros prefieren pagarlo antes de salir del puerto español. Las principales compañías comerciales en Sevilla tienen agentes en la ciudad de México y a través de ellos se envían las remesas económicas, tanto para sobrevivir en sus lugares de origen como para gestionar los respectivos periplos. Además, son estas flotas quienes realizan el servicio postal de esa época y a través de estos correos las futuras pasajeras reciben también recomendaciones morales y logísticas para no ser sorprendidas durante su viaje.
Sobre los encargos morales, -y como consecuencia de esa idea de debilidad y honorabilidad que sólo puede y debe transmitir la mujer-; se les recomienda que sean juiciosas y que no se dejen embaucar por falsos agentes que radican precisamente en la ciudad del Guadalquivir. Además, las tarifas no están unificadas ni legisladas en esos años por parte de las autoridades, razón por la cual, la calidad del viaje puede diferir considerablemente si toman la opción naviera incorrecta.
Mira que no toméis cámara ni camarote, sino rancho, como los demás, mira que no debe pagar flete la criatura que mame. A cada uno darán por la mar media azumbre de agua, dígolo que metáis doce botijas de agua, y más quisiérades más. De la de pan mete para cada uno un quintal de bizcocho y para todos un quintal de pasas, tres jamones de tocino, almendras, azúcar, una arroba de pescado, otra de tollo, especial un celemín de garbanzos, avellanas. De casa trae una buena sartén y un asador, hataca y una cuchara. En Sevilla compra una olla de alambre y platos y escudillas, más un hervidor, de vino dos arrobas, de vinagre otras dos y una arroba de aceite y más de lo que vuestra voluntad fuere. Compra dos arcas para echar todo lo que habéis de comer, u os lo hurtarán todo, y para que durmáis encima, y no durmáis sola, sino con mis hermanos que para todos habrá20 .
Este testimonio nos da una clara visión de las carencias que entrañan estos viajes, el agua y los alimentos, -bizcocho entre ellos-, no se conservan adecuadamente los cincuenta o sesenta días que dura la travesía. Además, aunque no se menciona- y tal vez se pasa por alto-, la dureza del bizcocho requiere que la pasajera cuente con todas sus piezas dentales, de lo contrario la dieta y la ingesta calórica se le reduce considerablemente durante el viaje.
Para cuidar su pureza y moral, las mujeres que están en tránsito son encargadas y recogidas por algún familiar o pariente que reside en este puerto mientras tramitan sus permisos y ejecutorias, por esto se aconseja,
Mira como venís, venid en compañía de un hombre casado, que vengáis mucho a vuestra honra, mira que en vos está mi vida y mi muerte, el día de hoy no hay mayor riqueza en el mundo que es la honra,…los primeros reales en que gastáredes sea en una negra, para que os sirva en el camino 21.
La recomendaciones no solo abarcan los conceptos de sexualidad o de alimentación, las mujeres del siglo XVI también están inmersas en ese mundo mercantil y las oportunidades comerciales no deben pasarse por alto. Algunos productos son muy solicitados y caros en estas tierras, por lo tanto también les aconsejan que, “Todo lienzo que pudiere traer traiga, porque a según vale acá es de balde en Castilla, y traiga mucho azafrán, y de toda especia, hasta hilo, y toda vuestra casa, y tráeme un par de sillas de jinetas”22 . La mayoría de los objetos requeridos están directamente relacionados con las profesiones en que desenvuelven sus familiares en la Nueva España.

  • Las españolas en la Nueva España.

Las peninsulares llegaron a estas tierras y con sus trabajos forjaron la sociedad novohispana desde el mismo momento de la conquista.
El ideal femenino no corresponde a la realidad de estas mujeres que participan codo a codo con los soldados españoles, son diferentes a las mujeres que llegan después de 1521 y, es que estas mujeres barrocas amantes de la buena vida llegan a estas tierras con el afán de enriquecerse y dejar la miseria peninsular; la mayoría de ellas no importa su estado son analfabetas que participan activamente en la economía y sociedad virreinal realizando un sinfín de actividades y actos jurídicos.
Una vez establecidas en la antigua capital azteca, las mujeres españolas generalmente se dedican a las actividades relacionadas con el comercio y con el servicio. Muchas de ellas se avocan a estas actividades después de la muerte de sus maridos, heredando consecuentemente sus negocios. Pero no solamente son negocios o comercios, también heredan bienes raíces.
La sumisión al marido, al padre o al tutor y la dependencia económica por otro lado como características femeninas están lejos de la realidad. Para demostrarlo se pueden observar los protocolos notariales en donde las mujeres españolas en el siglo XVI dejan testimonios de sus actividades ante la presencia de Juan Fernández del Castillo, Diego Rodríguez de León, Antonio Alonso, Pedro Salazar y Francisco de Salazar. No existe zona en el antiguo virreinato en donde las mujeres no participen en el préstamo, y generalmente éste siempre va acompañado de interés, a pesar de las disposiciones de la Iglesia. Es interesante observar uno de los primeros documentos notariales existentes, fechado en septiembre de 1525, en donde se aprecia como una mujer alquila y se compromete a cultivar una huerta. Seguramente presenta el permiso o autorización marital ante el escribano Juan Fernández del Castillo23 . Pero este dato no es lo único curioso del documento, sino que la operación se realiza con semillas cacao debido seguramente a la escasez de circulante, escasez que se prolonga durante gran parte del período virreinal24 .
Los bienes más comunes en este tipo de operaciones son las casas y predios que alquilan o venden, ya sean ellas mismas las propietarias o curadoras de sus hijos en caso de viudez. Los precios de las mismas varían según la localización, el tipo de construcción y las necesidades de los adquirientes, localizándose casas en alquiler desde los 30 pesos de oro de minas que se pagan en forma semestral o anual 25.
Ana Pérez, viuda de Sebastián López, criado del jurado Diego de Mena, difunto, y casada con Alonso García Albani, con licencia de este y como tutora y madre de Juana, hija legítima de ella y de su primer marido, otorga poder a Alonso Herrera, mercader, estante en Tenustitlán y vecino de Sevilla, para reclamar y recibir de quien la tuviere, a su hija, y una vez recobrada, se la devolviese, y para cobrar del dicho Diego de Mena, vecino de Sevilla, cuantos bienes fincaron del dicho Sebastián López, y los bienes que le pertenecieran de su padre Juan de Aviñón26 .
EnMéxico-Tenustitlán las mujeres heredan las propiedades y bienes de sus maridos, participando como socias en el caso de que sus esposos posean algún tipo de negocio, generalmente conocen perfectamente todas sus actividades, pues es normal que desde sus propios hogares participen en el desarrollo de los mismos, aunque no se les permite oficial ni gremialmente ejercer la profesión. Claro que esto es nuevamente la ley, pero no es necesariamente la práctica, pues se sabe de mujeres que en ausencia o muerte de sus esposos llegan a dirigir imprentas, como el caso de Jerónima Gutiérrez de la que se hablará más adelante.
En la mayoría de los casos, las mujeres venden o alquilan los establecimientos del difunto marido ante la imposibilidad de dirigirlos, ya por desconocimiento del negocio o por las trabas gremiales. Tenemos el caso de Leonor de Sanabria, viuda del boticario Juan de Requena quien alquila parte de la tienda heredada por su marido a Alonso Luca en el año de 152727 . Cuando las mujeres peninsulares tienen dinero en efectivo participan en préstamos, cobrando por supuesto los réditos correspondientes, garantizados con piezas de ropa o esclavos, cuyos valores son muy elevados. Los contratos notariales realizados durante la primera década no detallan la duración de los préstamos ni la forma de pago. Es a finales de los años 30 cuando este tipo de especificaciones empieza a registrarse28 .
La primera noticia que se tiene de un compromiso de este tipo data de 1525 en donde Francisco Velázquez, vecino de Tenustitlán, reconoce deber a Elvira López, estante en la dicha ciudad sesenta y siete pesos de oro por un sayón de terciopelo e de ciertos pesos de oro que me prestastes, por me fazer amor e buena obra 29.
Los archivos nos muestran una gran cantidad de registros en donde estas mujeres desde los primeros años del dominio español se presentan ante las autoridades para defender sus derechos, otorgar dotes, consolidar sociedades, incluso realizar sus testamentos. Tenemos el caso de María de Marcayda, -analfabeta- quien se presenta ante el escribano Juan Fernández del Castillo para otorgar una carta poder que la representen y defiendan ante los abusos de su yerno, que era ni más ni menos que Don Hernán Cortés 30.
Estas mujeres, valientes, aventureras y también temerosas, viven y crecen en una sociedad que trata de olvidar los malos ratos, la muerte acecha en gran parte de sus vidas y las festividades,- religiosas o paganas-, como Corpus o el juego de cañas son aplaudidas, elogiadas y siempre esperadas y precisamente por esto, el virrey Velasco con ese afán protector y para evitar mayores escándalos dice, en 1594,
Para sustentarse de este vicios y crecer cada día y fomentar por su medio otros muy graves y peligrosos a las conciencias y honra de las mujeres de este, solo advierto que prate de ellos es sobre el juego y que tengo por muy grande Reyno el abuso que ay no solo de jugar las mujeres como ha sido informadissimo de jugar con hombres y con la misma lancia y continuación en ello y con el propio descuydo de las desoras de tiempo y en la ausencia de sus maridos y parientes que si jugaran con otras mujeres31
Por si estos ejemplos se consideran pocos se registran también algunas mujeres que están fuera de la ley y gracias a esto las podemos conocer. En ocasiones son detenidas por sus prácticas religiosas, como Beatriz Hernández, quien en 1539 fue acusada de judaizar32 ; u otras que intentan controlar las fuerzas del amor y del odio en forma subterránea. Mientras que otras son acusadas de bigamia y amancebamiento. Pensar también de más puede resultar peligroso, incluso para aquellas mujeres que están insertas en los círculos monásticos, como el caso de la monja profesa Francisca de la Asunción que por decir que una religiosa de su convento que se ahorcó, no se había condenado, tiene que presentarse ante los inquisidores en el año de 156433 .
2.1 Mujeres comerciantes
En este apartado se pueden ubicar a todas las mujeres que dentro de los límites de Tenuxtitán-México se dedican a la actividad mercantil, en ocasiones sus negocios alcanzan lugares tan lejanos como Perú y Filipinas. Se debe aclarar que aunque se sabe que hay vendedoras, panaderas, rentistas…, realmente se conocen mejor los casos de aquellas mujeres que pertenecen a los niveles más altos de la sociedad, esto puede resulta obvio, pero las menos favorecidas también llegan a hablarnos en esta nueva historia.
Se sabe que estas mujeres ayudan, por no decir que implementan los usos, costumbres y por supuesto los hábitos alimenticios de la sociedad peninsular en estos territorios novohispanos. En este rubro se puede mencionar el contrato realizado entre Antón de Casanova, vecino de Tenuxtitán, y Catalina Pérez, estante en la misma ciudad, en donde se aprecia el interés y la necesidad existente entre los mismos vecinos para introducir el consumo del pan. En este caso se realiza un contrato laboral que nos muestra cuáles son las condiciones y cláusulas laborales. En el contrato se establece un compromiso de un año, durante el cual Catalina va a percibir un salario de 75 pesos de oro que será pagado al finalizar dicho período, además del sustento correspondiente 34.
El comercio se localiza en torno a la plaza mayor y dependiendo de la misma jerarquía comercial, las comerciantes se alejan de ese núcleo urbano. Las actividades comerciales y artesanales se agrupaban en torno a las instituciones gremiales que excluyen a las mujeres en forma oficial, pero al estar los talleres y las tiendas en los mismos domicilios familiares, las mujeres llegan a conocer, colaborar y trabajar dentro de los mismos, claro que sin recibir pago alguno y cumpliendo además con las tareas propias de su sexo. Las viudas por ejemplo, ocupan los oficios vacantes que han dejado sus maridos, la mayoría de las veces conocen el negocio, pero no se les permite acceder a estos oficios en forma directa, a pesar de que en muchas ocasiones pueden y saben desarrollar ese oficio como el mejor de los maestros.
El primer documento notarial relacionado con una mujer española se realiza ante el escribano Juan Fernández del Castillo el día 13 de septiembre de 1525, en donde se le arrienda a Francisca de Valdivieso una huerta para que la cultive35 , en el legajo se menciona que es mujer de Juan Domínguez y no se indica ninguna licencia o poder por parte del esposo, parece que en esos primeros años de notariado novohispano no se exigen estas autorizaciones maritales, porque el 14 de octubre de ese mismo año ella misma sigue otorgando un poder a Bartolomé de Valdés para que cobre “ todos los esclavos indios e herramientas e oro por fundir e otras cosas cualesquiera quel dicho Juan Domínguez, mi marido dexó en Oaxaca, al tiempo que de allí se fue e absentó” 36.
El primer permiso marital que se ha encontrado y que precisamente se relaciona con Francisca de Valdivieso es realizado el 10 de octubre de 1527 ante el mismo escribano, Juan Fernández del Castillo 37, aunque este tipo de permisos no aparecen en forma regular y constante hasta años más tarde. Con estos dos testimonios notariales se puede apreciar como una española desde el inicio de las actividades coloniales realiza operaciones comerciales tanto en la ciudad de México de donde era vecina, como lugares más alejados como Oaxaca.
Las mujeres entrelazan lazos de amistad y de solidaridad económica con otras de su mismo género. En 1527, Isabel Rodríguez reconoce una deuda contraída con Leonor de Spíndola por la cantidad de 24 pesos de oro, importe de seis arrobas de lana38 . Pero no solamente presta a mujeres, también presta a los hombres, sus actividades financieras están registradas en protocolos notariales durante toda la década.
Se ha encontrado otro documento relacionado con la misma Isabel Rodríguez que nos permite visualizar además de la vida cotidiana, los miedos, y las creencias que tenía esa sociedad para la hora de la muerte, y es precisamente a través de sus testamentos. A partir de este podemos saber que era frecuente el estado de viudez dentro de la población femenina, y que estas mujeres generalmente volvían a casarse. En el caso de Isabel Rodríguez se menciona al final del documento el nombre de su primer esposo. Es curioso observar su testamento y aprender sobre la época en la que es escrito pues además de los bienes que lega: tazas de plata, esclavos, bienes materiales dice, Debo a un tabernero, que está junto a Antón Bravo, tres quartillos de vino, de que tiene de mí en prenda una cadena de oro de minas de una vuelta y un crusifijo de dicho oro 39.También se observa la creencia religiosa, espiritual y el temor hacia la muerte, por esta razón, Isabel ordena que cuando fallezca sea enterrada en la Iglesia de San Francisco.
2.2 Docentes:
Después del 13 de agosto de 1521, Cortés junto con sus hombres reorganiza estas tierras al modo y a la usanza peninsular. Cierto es que desde el principio cuenta con la compañía de religiosos, pero es a partir de 1524 con la llegada de los franciscanos cuando la segunda conquista, -la espiritual-, se inicia. Este tipo de conquista implica siempre más concentración y habilidad que la campaña bélica que le precede.
La educación tiene como objetivo enseñar catecismo, gramática y oficios considerados mujeriles a las niñas. Los reyes españoles ponen mayor atención a la educación indígena respondiendo por supuesto sus políticas de control y unificación territorial. De ahí que las autoridades requirieran en un principio de maestras seculares, cuyos únicos requisitos son la honestidad cristiana y el mediano dominio de la lectura y escritura. Desde el inicio del período virreinal se observa la gran dedicación que pone la emperatriz en este asunto y como consecuencia, en 1525 Rodrigo de Albornoz propone la fundación de un monasterio a modo de beaterio, en donde las mujeres peninsulares enseñen los rudimentos cristianos y las primeras letras a las niñas indígenas40 . Esta propuesta es apoyada por los franciscanos quienes no tardan en establecer algunas casas para esos fines.
Desde 1528 se tiene registro de que Catalina de Bustamante, originaria de Llerena y viuda de Pedro Tinoco funge ya como maestra viviendo en forma casi conventual, de tal manera que sus vecinos la refieren como la cristiana del convento de la madre de Dios, aunque se sabe que en realidad es un beaterio que llega a albergar a 300 mujeres indígenas en Texcoco y que fue precisamente ella, quien solicita el apoyo de la Emperatriz Isabel para constituir un grupo de maestras. En el año de 1528, las autoridades le donan un antiguo palacio en donde alberga a estas niñas, enseñándolas en las artes femeninas y las rudimentarias letras a través del sistema de las cartillas.
En 1529, con el apoyo de Zumárraga, son reclutadas por el franciscano Antonio de la Cruz, ciertas religiosas emparedadas de Salamanca 41. Cuatro de ellas proceden del convento de Salamanca y las dos restantes de la ciudad de Sevilla 42. Tenemos los nombres de estas mujeres: Elena Medrano vino acompañada de su sobrina Ana de Mesto; Luisa de San Francisco y Catalina Hernández. Todas ellas llegan en el año de 1531 formando un beaterio que en el año 1541 se convertirá en el Convento de la Concepción 43
Por órdenes de la misma Emperatriz, el franciscano recibe del Doctor Beltrán la cantidad de 10,000 maravedís, que provienen de los Bienes de Difuntos 44. Todas las docentes, realizan su viaje acompañadas por Cristóbal Rodríguez, su esposa y sus tres hijas 45, y en el año de 1530 fundan con el apoyo de Zumárraga el convento de la Concepción, aún sin contar con el terreno adecuado para la construcción de su convento. La mayoría de ellas son terciarias franciscanas y se dedican por órdenes de la misma emperatriz a educar y evangelizar a las jóvenes indígenas.
En 1534, Zumárraga regresa de España con seis beatas relacionadas con la orden concepcionista recibiendo un salario de 4 pesos 46. Beatas o no, sabemos de la existencia de maestras peninsulares en los primeros años, y sabemos también de sus dificultades, pues no se aplican ni se humillan en enseñar, ni viven en honestidad ni en recogimiento a pesar de estar amenazadas de excomunión47 , ofreciendo sus servicios en casas particulares. Esto obedece a dos razones, la primera y fundamental es que durante el gobierno de Nuño de Guzmán el dinero destinado a esa institución educativa empieza a reducirse y porque vino a su noticia que las indias doncellas y niñas las querían repartir los señores de la Audiencia a cristianos48 .
Catalina de Bustamante sigue trabajando en beneficio de la docencia indígena femenina en el área de Texcoco y en 1535 logra que lleguen más maestras; la mayoría son terciarias franciscanas. Se puede asumir por una carta que en 1537 dirigía Zumárraga al Consejo de Indias que las maestras siguieron llegando pues dice,
Hay gran necesidad que se hagan casas, y en cada cabecera y pueblos principales, donde se críen e doctrinen las niñas y sean escapadas del aldiluvio maldito de los caciques49
A pesar de las buenas intenciones que tienen al inicio de la etapa colonial, no todas ellas pueden aguantar la dureza de estas tierras. Dos de las mujeres que viajan con Cristóbal Rodríguez regresan a la Península años más tarde: Juana Velázquez lo hace en 1532 y Ana de Mesto en 154450 .
2.3 Señoras y encomenderas: dueñas de su patrimonio.
La encomienda no está restringida al género femenino y por lo mismo el número de mujeres que aparecen en los documentos es mayor de lo que se piensa. Las encomenderas son al fin y al cabo producto de su tiempo, y al igual que los hombres buscan la fortuna por eso no se limitan como aquellos antiguos señores feudales en el disfrute de sus privilegios, sino que la encomienda les sirve de base para el aumento y administración de sus riquezas.
Algunas mujeres peninsulares obtienen sus encomiendas por algún mérito militar, tal es el caso de María de Estrada a quien Cortés le entrega la encomienda de Tétela del Volcán por su valentía durante la conquista de México. Otras en cambio obtienen el derecho sobre sus encomiendas por enviudar, como Ana de Estrada o Beatriz de Andrade. Estas señoras se preocupan en producir bienes que podemos llamar de consumo y gusto europeo, como el ganado y por supuesto el trigo, no dudando en comerciar en lugares alejados de la capital novohispana.
La legislación contempla la posibilidad de sucesión, pero nunca lo hace en función del sexo, es decir cabe la posibilidad de que las encomiendas estén en poder de una mujer y en caso de enviudar lo más recurrente es contraer un nuevo matrimonio en un plazo no lejano. Por eso muchas encomenderas del siglo XVI deciden hacerlo de nuevo, tal es el caso de Beatriz de Andrada, quien al fallecer Juan Xaramillo, decide casarse con un hermano del Virrey Velasco. Ella es una de las mujeres más ricas e importantes del siglo XVI novohispano, y en ninguno de sus dos matrimonios consigue descendencia directa, por ello testa a favor de uno de sus sobrinos.
La sucesión es permitida pero existen algunos impedimentos y nunca son por el sexo. Entre estos se pueden mencionar los casos de los hijos naturales, los pertenecientes al estamento religioso, a los extranjeros, a los ausentes y a las esposas e hijos de los principales funcionarios.
Otro de los impedimentos que se relaciona con el tema de las encomiendas, es que estas nunca pueden incluirse en las dotes, pero al igual que como otras cosas se acata y no se cumple, entonces, “se autorizó que la encomienda fuera objeto del contrato de la dote, pero se consideraba transcurrida la vida del padre que la cedía” 51.
Los casos de viudas, -herederas de encomiendas-, son numerosos, y en ocasiones y con tal de no perder el derecho sobre las mismas, escriben a susfamiliares para que se hagan cargo de ellas y no dañar su economía ni sustento. Cuando contraen de nuevo nupcias la encomienda pasa al flamante marido, por lo menos eso se registra, pero esto no supone el perjuicio en su capacidad de obrar, ni que la extravíe en caso de enviudar. Tenemos el ejemplo de Doña Leonor de Andrada, viuda del comendador Cervantes quien no vuelve a casarse, pero continúa controlando la encomienda de Xalatlaco, a pesar de que esta es tasada de nuevo 52. Estas encomenderas constituyen lo que llamaríamos actualmente mujeres empresarias, que dedican su tiempo a los negocios y a la familia, conservando y aumentando el patrimonio familiar y aprovechando por supuesto al máximo sus influencias y relaciones de poder.
2.4 Mujeres Impresoras.
La imprenta forma parte de lo que se ha mencionado como conquista espiritual y es indispensable para la divulgación de la cultura española en el siglo XVI. Esto es sabido por el Obispo Juan de Zumárraga y Antonio de Mendoza, primer Virrey de la Nueva España; quienes inician la búsqueda y los trámites correspondientes para localizar al mejor impresor que apueste por la empresa novohispana. El resultado de esta búsqueda termina en la ciudad de Sevilla, en donde por esos años trabaja el alemán Juan Cromberger, propietario de una de las imprentas más respetables y con el capital suficiente para establecer una sucursal en la Nueva España.
Para este fin, contrata a Juan Pablos, de origen italiano, también impresor, para que lo represente con un porcentaje de sus utilidades en la Nueva España durante un período de diez años. En el contrato firmado se establece que Jerónima Gutiérrez, su esposa, lo ayudará en el negocio establecido. Se aprecia con esto que muchas de las actividades gremiales a pesar de estar sancionadas para las mujeres, son ellas precisamente las conocedoras y operarias de esas mismas artes, por lo tanto se puede considerar a esta mujer como la primera impresora de la ciudad de México, pues además de llevar las funciones propias de su sexo, ayuda y colabora en el negocio, a pesar de las restricciones gremiales imperantes en esos años. Las viudas de impresores a pesar de conocer tan bien el oficio generalmente deben de ceder los derechos del mismo a algún hombre de su familia, por esta razón Jerónima los cede a su yerno, Pedro de Ocharte, casado con su hija María de Figueroa 53. Esta mujer colabora con su padre, y con su esposo hasta que fallece hacia 1562.
Pedro de Ocharte ya viudo y con un hijo, se casa en segundas nupcias con María de Sansoric con quien tiene otro hijo, que en el momento de su detención en el Santo Oficio cuenta con unos ocho meses de edad 54.Durante los dos años de estancia en las cárceles inquisitoriales, se encarga por supuesto de ese negocio, su esposa, María. Cuando en 1592 Ocharte fallece, María vuelve a ocuparse de las tareas tipográficas expandiendo sus actividades hacia Tlatelolco, en donde instala una nueva imprenta.
2.5 Las Criadas.
La definición de criada o criado difiere bastante de la nuestra. En el siglo XVI se refiere a la persona que entra al servicio de alguna familia- generalmente más importante- y en cuya casa y bajo su protección vive y se cría, de ahí su nombre. La palabra no es despectiva ni tampoco implica un sojuzgamiento social como puede ser el término fregona o sirvienta. Durante el siglo XVII el término empieza a modificarse y adaptarse a otras necesidades laborales, cercanas a lo que conocemos actualmente como asistentas domésticas.
Las mujeres criadas en el seno de esas familias y al igual que el resto de la población deben obtener la autorización para su viaje. La única diferencia aquí estriba en que ellas no tramitan directamente estas solicitudes, sino que son sus mismos señores quienes lo hacen. De esta forma son muchas las personas de ambos sexos que llegan a estas tierras con permisos que no han sido suficientemente verificados.
Por supuesto que el abanico de este grupo no es uniforme, pues no es lo mismo ser criada de un virrey o de un obispo, que ser Ana de Ayala, a quien se le otorga 1576 el permiso y licencia para trasladarse a la Nueva España en compañía de su ama Ana González55 . En la capital de la Nueva España y junto con su crecimiento urbano, se introducen al mundo laboral un considerable número de mujeres, algunas de ellas forman parte del servicio doméstico y sus pactos laborales son registrados notarialmente. Se pueden apreciar niñas que son entregadas a otras familias más pudientes, a cambio de cuidados, ropa y alimentación. La mayoría de ellas cuenta entre diez y dieciocho años de edad y generalmente lo hacen como resultado de necesidades económicas familiares.
2.6 Las cuidadoras del cuerpo: parteras y comadronas en la ciudad de México.
En la mayoría de las sociedades en el Antiguo Régimen el embarazo y el parto son actividades sumamente importantes, debido a la alta tasa de mortalidad y son desarrolladas básicamente por mujeres, por ser este un oficio mujeril.
Para el momento de la Conquista se exige una cierta formación para estas profesionales, pues desde 1448 las Ordenanzas de Madrigal se establece que estos asuntos de salud sean examinados por los respectivos Cabildos56 . En general estas profesiones mujeriles las aprenden de otras mujeres que pertenecen o son muy cercanas a su círculo familiar. Las leyes de 1448 se aplican por supuesto en estas tierras americanas y a pesar de que están vigiladas de cerca por los miembros del Protomedicato, los saberes de las comadronas continúan siendo empíricos y guardados dentro del grupo femenino, conservando y aumentando con esto su prestigio.
En 1576 el monarca Felipe II exige que el Tribunal del Protomedicato las examine cerrándoles así el campo laboral, por lo menos en la teoría, sobre todo cuando los médicos y cirujanos empiezan a introducirse en este tipo de cuidados, vetando con ello el prestigio femenino en estas actividades. Esto ocurre en forma paralela al fortalecimiento de las instituciones médicas masculinas57 .
Cierto es que algunas de estas comadronas y parteras, son también yerberas que conocen de hechizos y magias, por eso es que en algún momento tienen que relacionarse con el Tribunal de la Inquisición, porque sus funciones molestan a la Iglesia. Pero no solamente se las solicita para cuestiones de embarazos y partos, también son contratadas para el cuidado y la atención de los enfermos. Además y esto entra nuevamente en las dualidades existentes, estas mujeres excluidas profesionalmente, en ocasiones son requeridas por los mismos Cabildos para atestiguar en casos judiciales.
En relación a los temas que molestan a las autoridades durante todo el virreinato están aquellos que desafían la actividad sanadora, puesto que al conocer de yerbas buenas, también se conoce de yerbas malas y estas pueden llegar a ocasionar la muerte. Por otro lado y no debe de olvidarse, la medicina está ligada estrechamente a la magia, y la mayoría de las comadronas y parteras cuando realizan sus trabajos lo hacen bajo la invocación de alguna imagen.
Las primeras actividades controladoras, registradas en el Cabildo de la ciudad de México datan del 7 de junio de 1560, en donde se nombra a Pedro López y al Licenciado Toro para que revisen y examinen a las comadres y parteras58 . Seguramente ellos como médicos conocen ya la obra de Damiá Carbó 59. A pesar de los intentos de control, estas actividades siguen estando controladas por las mujeres. Tanto es así, que las autoridades promocionan su llegada – se sigue con la dualidad- por un lado las quieren controlar y por el otro les facilitan y agilizan los trámites en la ciudad de Sevilla. Tal es el caso de Francisca Díaz, quien en 1566 se le otorga el permiso correspondiente para trasladarse a estas tierras en compañía de su hijo Andrés Gutiérrez y una esclava60 . Sabido es, que en el México prehispánico también las parteras o tlamatqui gozan de un gran prestigio. Pero estas profesionales indígenas no pueden suplir completamente las necesidades de las mujeres españolas, seguramente por cuestiones de índole personal y cultural.
2.7 Mujeres marginadas y fuera de la ley: las bígamas y las cantoneras.
Las bígamas y las cantoneras, prostitutas o virgueras son mujeres que rompen el pretendido orden cristiano que impone el imperio español. Generalmente estos calificativos van de la mano y guardan una estrecha relación con la prostitución tal y como se la conoce. Generalmente las denunciadas no pertenecen a la mancebía y ejercen el oficio más antiguo del mundo por su cuenta. Muchas de ellas se relacionan con soldados, con conquistadores y con algunos artesanos de poca monta .La mayoría de las veces pertenecen a grupos marginales y están motivadas por un mejoramiento personal.
Algunas llegan a dominar y practicar oficios cristianos, como la costura, otras saben labrar e hilar oro como Beatriz Morales; pero por la pérdida de los padres, esposos o rupturas de tipo familiar se ven en la necesidad de practicar algún tipo de prostitución y aunque no son acusadas por ello, incurren en el delito de la de bígama61 . El tipo de sanciones que les aplican difieren de los castigos masculinos. Además de perder los pocos bienes que poseen son herradas en la frente para escarnio público, tal es el caso de Elvira Pérez quien es acusada ante Francisco Tello de Sandoval en 1545 por estar casada dos veces62 .
En el Archivo General de la Nación de México se han localizado 13 procesos incoados a mujeres peninsulares durante el siglo XVI, el primero se realiza antes de la toma de Tenustitán63 . Las licencias necesarias para el traslado hacia la Nueva España no han sido localizadas todavía, lo cual hace pensar en una serie de desarraigos y transgresiones por parte de ellas. Al igual que todas las cantidades mencionadas en este trabajo, no significa que hayan sido su totalidad, pero sí nos pueden dar una mejor idea de la dinámica novohispana en esos años. Pues a través de estos delitos las mujeres burlan la estructura y la moralidad que se les trata de imponer.
Es delicado aplicarles el calificativo de delincuentes, en muchas ocasiones a través de los procesos se pueden observar los móviles de lo que se denomina bigamia: malos tratos, cambios de residencia, ambición económica, en fin los argumentos pueden ser cientos, como el de Inés Hernández que se casa por segunda vez a los diecinueve años, alegando que su primer marido “no hazia vida maritable con ella y estaba apartado della y la negó por su mujer” 64 Por lo tanto no se pueden generalizar las causas, motivos ni razones de estos delitos contra la moral y las buenas costumbres novohispanas. Es curioso observar que con frecuencia se localizan casos de bigamia, pero rara vez de prostitución, puesto que se considera que la prostituta no viola ningún sacramento y por lo tanto no se la juzga65 .
Algunas de ellas aseguran ser buenas cristianas y dicen que prefieren ser bígamas a estar amancebadas 66, por eso se dice que la bigamia y la prostitución muchas veces van de la mano.
Según los postulados tomistas, -reafirmados posteriormente en Trento-, la prostitución es considerada como un mal necesario que evita delitos mayores como las violaciones, estupros y otros crímenes contra natura. Es por esta razón que la prostitución es permitida por el uso y beneficio social que implica, en otras palabras, se puede decir que no es aplaudida, pero tampoco es atacada.
Desde la etapa antillana se regula la migración de personas, tratando así mismo de que lleguen individuos dignos de ejemplificar lo mejor de los valores castellanos y cristianos. Por lo menos eso es lo que se intenta, pero parece que no se logra, porque las mismas Leyes de Indias recopiladas un siglo después, siguen sancionando a aquellos capitanes que permiten el traslado de mujeres de dudosa moralidad. La profesión aunque mal vista, se permite y regula por una Real Cédula del 9 de agosto de 1538, que autoriza la construcción de la primera casa de mancebía en la ciudad de México dependiente del Cabildo67 . Las clases dirigentes en la Nueva España pronto tratan de institucionalizar la prostitución al igual que en otros lugares de la Península. Todo y con eso, no pueden controlar realmente esta actividad, pues algunas de las mujeres que la practican lo hacen de manera clandestina escapándose de los controles del Cabildo, sobre todo en lugares como los mesones y hostales. La ciudad de México ya desde sus inicios cuenta con las características requeridas para la autorización y construcción de una casa de mancebas, es decir, una gran población flotante que requiere de servicios sexuales.
La primera casa de mancebía en la ciudad y es instalada en la actual calle de Mesones, porque precisamente ahí se localizan los hostales y estancias para los pasajeros que frecuentan la ciudad, posteriormente esta calle empieza a denominarse calle de las gayas, aludiendo a la profesión que ejercen estas mujeres. Desde su establecimiento en 1538, la casa es habitada por españolas que ejercen su profesión vigiladas y cuidadas por sus respetivos padres, madres o abadesas.
El Cabildo de la ciudad de México se beneficia de este dinamismo social, tasando y regulando sus actividades y tarifas, por lo que se comprende que son, además de las razones anteriormente expuestas, razones de tipo económico las que propician el incremento de estos lugares. Algunas de ellas obtienen un mayor nivel y prestigio, lo que les permite alquilar su propia casa y recibir en ella a sus clientes y protegidos, pero son casos aislados.
A pesar de su regulación y vigilancia, las internas en muchas ocasiones son extorsionadas por los mismos dueños de la mancebía, ya sea cobrándoles excesivos precios por el alquiler de las habitaciones, de la comida e incluso de cualquier gasto médico que necesiten.
Justificaciones para la bigamia y la prostitución pueden haber muchas, pero el caso de Quiteria Sánchez es un extremo de las justificaciones moralistas, ella es acusada y procesada por cuarta vez en 1572 por el mismo tipo de delito y lo curioso del caso, es que su último esposo llega a presentar testigos falsos para poder casarse con ella. Ya desde el reinado de Carlos I se declara que los bígamos son culpables de alevosía, puesto que saben de antemano del compromiso que han contraído ante los ojos de Dios, y éste es prácticamente indisoluble. Las sanciones se incrementan y su hijo Felipe II en una pragmática ordena en 1566 “Y mandamos que la pena que está puesta por las leyes de nuestros reynos contra los que se casan dos vezes, en caso de que se les avía de poner pena corporal y señal, se conmute en vergüenza pública y diez años de servicio de galeras” 68.
Conclusiones.
A lo largo de este artículo ha quedado demostrado el importante papel social y económico de las mujeres españolas en el proceso de conquista, colonización y afianzamiento de las políticas poblacionales de la corona española. Las imágenes de indefensión que intentaron proyectar se desvanecieron cuando se abrieron uno a uno los documentos presentados. Por lo tanto se puede afirmar que la migración hacia la capital de la Nueva España fue, además, un proceso multicultural que enriqueció la convivencia de todos los sectores novohispanos, pues llegaron mujeres con diferentes costumbres y regionalidades y, además con distintos niveles económicos y sociales.
A pesar de no estar consideradas en las historiografías anteriores, ejercieron su influencia en sus mundos privados y públicos, a través de relaciones maritales y familiares con los miembros de su sociedad localizándolas en el comercio, la docencia, la sanidad y hasta en las actividades más pecaminosas, como la prostitución.

BIBLIOGRAFÍA.

Actas de Cabildo de la Ciudad de México, Guía de las Actas de Cabildo de la Ciudad de México (1976), siglo XVI, México, FCE.

Borges,Analola, (1972), “La mujer pobladora en los orígenes americanos”, AEA, T. XXIX.

Boyd-Bowman,P., “Patterns of Spanish Emigration to the Indies until 1600”, en The Hispanic American Historical Rewiew, vol.56, No. 4, (Nov., 1976), pp. 580-604.

(1985), Índicegeobiográfico de más de 56,000 pobladores de América Hispana, 1493-1600, México, FCE.

Cuevas, Mariano, (1992), Historia de la Iglesia en México, Documentos Inéditos, México, Editorial Porrúa
.
De Encinas, Diego, (1945), Cedulario Indiano, estudio e índice de Alfonso García Gallo, Madrid, Cultura Hispánica, 1945-46, V. I.

Díaz del Castillo, Bernal, (1994), Historia de la verdadera conquista de la Nueva España, México, Porrúa editores.

Fernández del Castillo, F. (1982), Libros y Libreros en el Siglo XVI,FCE, México.

García Martínez, MJ., (1988-89): “Fechas clave para la Historia de las Matronas en España”. Hiades, Historia de la Enfermería, N, 5-6, pp. 243-259.

Gómez Canedo, Lino (1977), Evangelización y Conquista, México,Editorial Porrúa.

González del Cosio, Francisco,(1952), El libro de las tasaciones de pueblos de la Nueva España, siglo XVI, México, AGN,

Martínez, José Luís, (1983), Pasajeros a Indias, viajes trasatlánticos en el siglo XVI, Madrid, Alianza editorial.

Morant, Isabel, Et All, (2005), Historia de las Mujeres en España y América Latina, V. I. Madrid, Ediciones Cátedra, Grupo Anaya.

Muriel, Josefina,(1995), Conventos de Monjas en la Nueva España, México, Editorial Jus.

Otte, Enrique (1993), Cartas privadas de los emigrantes en Indias, 1540-1616, México, FCE.

Ramírez Aparicio, Manuel, (1888), Los conventos suprimidos en México, México, Banco Nacional de Obras y servicios Públicos.

Tomás y Valiente, Francisco, (1969), El derecho penal en la monarquía absoluta, siglos XVI, XVII y XVIII, Madrid, Editorial Tecnos.

Zavala, Silvio (1935), La encomienda Indiana, Madrid, Junta de Relaciones culturales del ministerio de España.

Archivo General de Indias, Sevilla, (AGI),

Indiferente, 2061, N. 55. 1538.
5225A, N. 1, R.37, Juana de Ayala.
Indiferente, 2051, N. 32. Fecha probable 1566.
AGIS, Audiencia México 23, N. 73.
Archivo General de Indias, Sevilla, Audiencia de México, 1088, L. 3, F.152. Real Cédula por la que se hace merced a la ciudad de México, según lo había suplicado, del suelo de la casa pública de mancebía que en esa ciudad se hubiere de hacer, para propios de ella, y haciéndola esa dicha ciudad a su costa y misión, queremos y mandamos que sea suya propia e que ninguna otra persona la pueda hacer sino es dicha ciudad.
AGIS, México 1088, L1, F. 147-148
AGIS, México 1088, L1, F. 156R-156V
AGIS., Contratación, 5225A, N. 1, R.37, Juana de Ayala.

Archivo General de la Nación de México, (AGNM),

Inquisición, vol. 1, exp. 19, fojas, 1-24.
Inquisición, vol. 5, exp.4.
Inquisición, v. 185, exp. 5.
Inquisición, v. 318, s. exp. ,fs. 382-388, proceso contra Inés Patiño, 1518.
Inquisición, v. 22 exp. 3, f.15, proceso contra Inés Hernández o Florentina del Río, 1536.
Inquisición, v. 318,s. exp., fs.382-388, proceso contra Inés Patiño.
v. 28, exp-7, fs.135-137, contra Ana Pérez, 1536.
v. 22, exp. 3, fs., 15-30, contra Inés Hernández o
Florentina del Río, 1536.
v. 22, exp. 4, fs., 30, contra Isabel Muñoz, apodada la
Muñoza, 1536.
v. 36, exp. 2, fs. 142-152, contra Catalina de Espinal,
alias de Torres, 1537.
v. 22, exp. 12, fs. 209-234, y 278-279, contra Beatriz
González, 1538.
v. 36-1, exp. 6, fs. 199-223, contra María de Soto, 1538.
v. 23, exp. 6, fs. 30-48, contra Ana González, 1553.
v. 23, exp. 7, fs. 49-68, contra Elena Núñez, 1554.
v. 22, exp. 13, fs. 235-276, contra Juana Vázquez, 1559.
v. 91, exp. 4, fs. 225-270, contra Quiteria Sánchez,
1572.
v. 134, exp.7, sin numeración, Inés de Espinosa o Inés
Rodríguez de Espinosa, 1580.
v. 185, exp. 5, sin numeración, contra Beatriz de Morales
o de Ribera, 1595.

Inquisición, exp, 3, fol. 15. Proceso contra Inés Hernández o Florentina del Rio. Se casó por segunda vez a los 19 años y el argumentó que presentó en el juicio fue que su primer marido “no hazia vida maritable con ella y estaba apartado della y la negó por su mujer”

Indiferente General, caja 1691, exp. 4, proceso contra Elvira Pérez.

Archivo General de Notarias de la Ciudad de México, (AGNCM),

V. II, f, 439 R y V. DLIV R y V., v.I, 132R y 133R.
Vol. 1, fols. 62 V y 63 R,. Francisca de Valdivieso, 13 de Septiembre 1525.
29 de enero de 1538, fols. 638 R y 639R.
9 de Junio de 1528, v. III, fols. 395 R y 396 R.
Notario Juan Fernández del Castillo, 4 de marzo de 1527.
Fol. 681 R y V. 14 de febrero de 1538,
V.I, Fols. 62 V y 63 R., 13 de septiembre de 1525.

Notario Juan Fernández del Castillo,
V. I, fols. 182R y 183R.
V.II, 484V y 485V, 30 de octubre de 1527, Catalina Pérez.
V.I, fols. 62 V y 63 R., Francisca de Valdivieso, 13 de septiembre de 1525.
V.I, fols. 132 R y 133 R., Francisca de Valdivieso, 14 de Octubre de 1525.
V.II, fols. 439 R y V. DLIV R y V. Poder General de Juan Domínguez Punta, a Francisca de Valdivieso su mujer, 10 de Octubre de 1527.
V.II, Fols. 39 V y 40 R, CXLII R., Isabel Rodríguez, 12 de Febrero de 1527.
V. II, Fols. 409 R y 411 RXR y DXII R testamento de Isabel Rodríguez realizado 11 de Septiembre de 1527.

1 Bernal Díaz del Castillo, Historia de la verdadera conquista de la Nueva España, México, Porrúa editores, 1994, capítulo XXV, p. 52.

2 Archivo General de Simancas, (AGS). Legajo 1497-06-22.

3 Boyd-Bowman, 1985, p. XXXVII. gráfica III.

4 Ibid., p. XXVI., V. II.

5 Analola Borges, “La mujer pobladora en los orígenes americanos”, AEA, T. XXIX, 1972, pp.1-3.

6 Peter Boyd-Bowman,“Patterns of Spanish Emigration to the Indies until 1600”, The Hispanic American Historical Rewiew, vol.56, No. 4, (Nov., 1976), pp. 580-604.

7 Díaz del Castillo, (1994), p. 371.

8 Boyd-Bowam (1976), pp. 600-601.

9 José Luís Martínez, Pasajeros a Indias, viajes trasatlánticos en el siglo XVI, Madrid, Alianza editorial, 1983, p. 36

10 Ibidem.

11 Peter Boyd-Bowman, (1976), pp. 587-591.

12 Ibid., p. 598.

13 Ibid., pp. 596-601.

14 Ibidem.

15 Archivo General de Indias, Sevilla, (AGI), 1583, Indiferente, 2061, N. 55.

16 María del Carmen Martínez, (1993), p. 17.

17 Diego de Encinas, Cedulario Indiano, estudio e índice de Alfonso García Gallo, Madrid, Cultura Hispánica, 1945-46, V. I.

18 Enrique Otte, (1993), carta 195.

19 Ibid., carta 26.

20 Ibid., carta 174.

21 Ibid., carta 17.

22 Ibidem.

23 Archivo General de Notarias de la Ciudad de México, (AGNCM), v. II, f, 439 R y V. DLIV R y V. Escribanía de Juan Fernández del Castillo. El 10 de octubre del año 1527, Francisca de Valdivieso recibe un poder general de su esposo Juan Domínguez. Se desconoce si anteriormente hubo otro documento de este tipo. Por otro documento notarial del 14 de octubre de 1525, se asume que dicha Francisca de Valdivieso gozó de la confianza de su marido pues se observan diversas actividades mercantiles que realiza dicha mujer, tanto en la ciudad de México como en lugares tan alejados como Oaxaca. v.I, 132R y 133R.

24 Ibid., Vol. 1, fols. 62 V y 63 R., Escribanía Juan Fernández del Castillo. Francisca de Valdivieso, 13 de Septiembre 1525.

25 Ibid., 29 de enero de 1538, fols. 638 R y 639R. Ana Rodríguez alquila por un año unas casas pegadas a las propiedades de Alonso Dávila, por la cantidad de 60 pesos de oro de minas, pagaderos por mitad de cada seis meses.

26 Ibid., 9 de Junio de 1528, v. III, fols. 395 R y 396 R.

27 Ibid, Notario Juan Fernández del Castillo, 4 de marzo de 1527.

28 Ibid.,, Fol. 681 R y V. 14 de febrero de 1538, Leonor de Villasante se compromete a pagar 120 pesos de oro por un esclavo negro el día de San Juan de 1538, es decir el 24 de junio.

29 Ibid., I, Fols. 62 V y 63 R., 13 de septiembre de 1525.

30 Ibid., Notario Juan Fernández del Castillo, v.I, fols. 182R y 183R.

31 AGIS, Audiencia México 23, N. 73.

32 Archivo General de la Nación de México, (AGNM), Inquisición, vol. 1, exp. 19, fojas, 1-24.

33 AGNM, Inquisición, vol. 5, exp.4.

34AGNCM, v.II, 484V y 485V, 30 de octubre de 1527,Catalina Pérez.

35 Ibid. , V.I, fols. 62 V y 63 R., Francisca de Valdivieso, 13 de septiembre de 1525.

36 - Ibid., V.I, fols. 132 R y 133 R., Francisca de Valdivieso, 14 de Octubre de 1525.

37 . Ibid., V.II, fols. 439 R y V. DLIV R y V. Poder General de Juan Domínguez Punta, a Francisca de Valdivieso su mujer, 10 de Octubre de 1527.

38 Ibid. II, Fols. 39 V y 40 R, CXLII R., Isabel Rodríguez, ante Juan Fernández del Castillo, 12 de Febrero de 1527.

39 Ibid., V. II, Fols. 409 R y 411 RXR y DXII R testamento de Isabel Rodríguez realizado ante el escribano Juan Fernández del Castillo, 11 de Septiembre de 1527.

40 Lino Gómez Canedo, Evangelización y Conquista, México,Editorial Porrúa, 1977, p. 205.

41 Ibidem.

42 Ibidem., nos dice que son en total seis mujeres y una niña. Cuando llegan a la ciudad de Sevilla, tres de ellas deciden regresar a sus respectivos conventos, siendo sustituidas por tres beatas sevillanas.

43 Manuel Ramírez Aparicio. Los conventos suprimidos en México, México, Banco Nacional de Obras y servicios Públicos, 1888, p. 397.

44 AGIS, México 1088, L1, F. 147-148

45 Ibid., México 1088, L1, F. 156R-156V

46 Mendieta, pag. 318.

47 Josefina Muriel, Conventos de Monjas en la Nueva España, México, Editorial Jus, 1995, p.25.

48 Cuevas, Mariano, Historia de la Iglesia en México, Documentos Inéditos, México, Editorial Porrúa, 1992, p. 457.

49 Ibidem., pag. 401. Carta de Juan de Zumárraga al Consejo de Indias, México 24 de noviembre de 1536.

50 Josefina Muriel, 1995., p. 30.

51 Silvio Zavala, La encomienda Indiana, Madrid, Junta de Relaciones culturales del ministerio de España, 1935, p. 211.

52 Francisco González del Cosio, El libro de las tasaciones de pueblos de la Nueva España, siglo XVI, México, AGN, 1952, p. 556.

53 María de Figueroa, fue hija de Juan Pablos

54 .-Fernández del Castillo, Francisco, Libros y Libreros en el Siglo XVI, pag. 101,FCE, México.

55 AGIS., Contratación, 5225A, N. 1, R.37, Juana de Ayala.

56 García Martínez, MJ., “Fechas clave para la Historia de las Matronas en España”. Hiades, Historia de la Enfermería, núm, 5-6, 1988/89, pp. 243-259.

57 Morant, Isabel, Et All, Historia de las Mujeres en España y América Latina, V. I. Madrid, Ediciones Cátedra, Grupo Anaya, 2005, p.642.

58 Actas de Cabildo de la Ciudad de México, acta número 2524, 7 de junio de 1560. Guía de las Actas de Cabildo de la Ciudad de México, siglo XVI, México, FCE.

59 Damiá Carbó fue un médico mallorquín que en 1541 redacta un pequeño manual titulado Libro del Arte de las comadres o Madrinas, del regimiento de las Preñadas y Paridas y de los niños,

60 Archivo General de Indias, Sevilla, Indiferente, 2051, N. 32. Fecha probable 1566.

61 AGNM, Inquisición, v. 185, exp. 5.

62 AGNM, Indiferente General, caja 1691, exp. 4, proceso contra Elvira Pérez.

63 AGNM, Inquisición, v. 318, s. exp .,fs. 382-388, proceso contra Inés Patiño, 1518.

64 AGNM, Inquisición, v. 22 exp. 3, f.15, proceso contra Inés Hernández o Florentina del Río, 1536.

65 AGNM, Inquisición, v. 318,s.exp., fs.382-388, proceso contra Inés Patiño.
v. 28, exp-7, fs.135-137, contra Ana Pérez, 1536.
v. 22, exp. 3, fs., 15-30, contra Inés Hernández o Florentina del Río, 1536.
v. 22, exp. 4, fs., 30, contra Isabel Muñoz, apodada la Muñoza, 1536.
v. 36, exp. 2, fs. 142-152, contra Catalina de Espinal, alias de Torres, 1537.
v. 22, exp. 12, fs. 209-234, y 278-279, contra Beatriz González, 1538.
v. 36-1, exp. 6, fs. 199-223, contra María de Soto, 1538.
v. 23, exp. 6, fs. 30-48, contra Ana González, 1553.
v. 23, exp. 7, fs. 49-68, contra Elena Núñez, 1554.
v. 22, exp. 13, fs. 235-276, contra Juana Vázquez, 1559.
v. 91, exp. 4, fs. 225-270, contra Quiteria Sánchez, 1572.
v. 134, exp.7, sin numeración, Inés de Espinosa o Inés Rodríguez de Espinosa, 1580.
v. 185, exp. 5, sin numeración, contra Beatriz de Morales o de Ribera, 1595

66 AGN, México, Ramo Inquisición, Vol. 22, exp, 3, fol. 15. Proceso contra Inés Hernández o Florentina del Rio. Se casó por segunda vez a los 19 años y el argumentó que presentó en el juicio fue que su primer marido “no hazia vida maritable con ella y estaba apartado della y la negó por su mujer”

67 Archivo General de Indias, Sevilla, Audiencia de México, 1088, L. 3, F.152. Real Cédula por la que se hace merced a la ciudad de México, según lo había suplicado, del suelo de la casa pública de mancebía que en esa ciudad se hubiere de hacer, para propios de ella, y haciéndola esa dicha ciudad a su costa y misión, queremos y mandamos que sea suya propia e que ninguna otra persona la pueda hacer sino es dicha ciudad.