Contribuciones a las Ciencias Sociales
Mayo 2012

REFLEXIONES SOBRE LA FAMILIA Y EL MATRIMONIO DESDE LA SOCIOLOGÍA Y EL DERECHO COMO FENÓMENO NO SOLO SOCIAL SINO TAMBIÉN COMO CIENCIAS

Alexandro Rodríguez Lores
alex@ baracoa.cug.co.cu
Marilin De la Cruz Muguercia
marilin@ baracoa.cug.co.cu
Centro Universitario de Baracoa, Guantánamo

 

Resumen

Con el presente artículo pretendemos  reflejar aportes, peculiaridades y valoraciones  refrendadas en algunas teorías emitidas por  sociólogos y juristas europeos y norteamericanos sobre la familia y el matrimonio que le conceden a las mencionadas instituciones sociales de estas ciencias  durante los siglos XIX y XX la protección e importancia como fenómeno social,  como valuarles y pioneros de esta especialidad  que han ejercido por largo tiempo una hegemonía en el campo del saber sociológico  y del jurista sobre la realidad familiar y el matrimonio. Tratando de  explicar  este fenómeno no solo como un hecho social sino también como ciencias.

Nos  proponemos como objetivo fundamental el siguiente:

Las instituciones familia y matrimonio eran consideradas  como sinónimo y no como categorías diferentes pero  a la vez una relacionadas con la otra  sin distinción alguna   como ciencia y fenómeno social. Ello ha sido posible porque, a lo largo de la historia,  se ha ido adaptando a las nuevas realidades de los tiempos. Por eso, en mayor medida que ninguna otra organización social, la familia solo existe como proceso, es decir, solo se puede conocer mediante el estudio de sus transformaciones.
  
Por tales fundamentos es necesario identificar el estado actual de la familia y el matrimonio como objeto de estudio, análisis y abordaje reciente, para conocer de manera científica los cambios a nivel estructural, funcional y vital, y en esa medida, sugerir el diseño de acciones que se ajusten a la diversidad y heterogeneidad de la familia  y el   matrimonio actual.




Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:
Rodríguez Lores, A. y De la Cruz Muguercia, M.: "Reflexiones sobre la familia y el matrimonio desde la sociología y el derecho como fenómeno no solo social sino también como ciencias", en Contribuciones a las Ciencias Sociales, Mayo 2012, www.eumed.net/rev/cccss/20/

Introducción
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La familia es una institución que ha permanecido siempre. Ello ha sido posible porque, a lo largo de la historia,  se ha ido adaptando a las nuevas realidades de los tiempos. Por eso, en mayor medida que ninguna otra organización social, la familia solo existe como proceso, es decir, solo se puede conocer mediante el estudio de sus transformaciones.

Lo anterior exige que los estudiosos e investigadores, en particular los de las ciencias sociales, asuman el reto de analizar estos dinámicos procesos para incorporarlos en programas de acción que permitan adecuarse a las condiciones del medio donde intervienen.
 
En razón de ello, es necesario identificar el estado actual de la familia como objeto de estudio, análisis y abordaje reciente, para conocer de manera científica los cambios a nivel estructural, funcional y vital, y en esa medida, sugerir el diseño de acciones que se ajusten a la diversidad y heterogeneidad de la familia actual.

La familia es, también, una unidad de análisis compleja. No es posible hablar de ella como un organismo aislado del entorno económico, social y de su escenario histórico. Existen muchos organizadores sociales de la vida familiar. Entre ellos, la cultura, la política, la religión, las ideologías de género, de clase, de raza, el medio ambiente, con interdependencias recíprocas con lo económico, lo social, lo ideológico, lo psicológico, lo biológico, lo antropológico, lo demográfico y lo jurídico.
 
Los estudios de familia en la sociología son tan antiguos como la sociología como ciencia. Definitivamente la familia es una de las instituciones que ha despertado un profundo interés entre los sociólogos y diversos profesionales que desde el perfil de sus especialidades se han aproximado a su estudio para enriquecer el conocimiento que sobre este tipo social tiene el hombre de ciencia actual.    

Sin embargo el matrimonio en la actualidad está en la comunidad de vida (valorada como algo más que la convivencia, ya que puede existir el matrimonio, aunque por motivos justificados no se mantuviere en hogar común) y el carino qu erradia a todas las relaciones familiares, pero que en el caso de matrimonio puede ser traducido como “Amor”, con un sentido más lato que la palabra “Amor conyugal”, pues incluye amistad, inclinación recíproca, camaradería, apoyo moral, ayuda mutua, principalmente en la edad provista en las situaciones difíciles. También podemos hacer mención de un fin secundario, que sería la procreación desde antes valorada por algunos teóricos del Derecho de .Familia, no como un fin del matrimonio, sino de la relación paterno – filial, por otro lado  una  unión no formalizada que se mantenía en el tiempo, lo que implicaba un acuerdo de voluntades o consentimiento continuativo, no era considerada como matrimonio y menos como familia. Solamente lo era cuando el consentimiento inicial se declaraba ante autoridad, con determinados requisitos y solemnidades.

DESARROLLO

Los estudios científicos sobre familia en la sociología nacen en la segunda mitad del siglo XIX. Sus raíces no se remontan a la obra de Comte, en la cual los enfoques sobre familia padecían aún de una perspectiva escolástica y moralista propia del pensamiento filosófico de la antigüedad y de los textos bíblicos. En Comte se encuentran ideas sobre la familia pero no una teoría desarrollada sobre su historia y funcionamiento. Su origen tiene lugar en los escritos de Frederick Le Play editados entre 1840 y 1856 y titulados: Campesinos y pescadores del norte de  España: tres monografías de familias trabajadoras a mediados del siglo XIX. Para Le Play la sociedad es un agregado de familias, y ella debe ser la unidad de observación y objeto fundamental de estudio de la nueva ciencia social.

El pensamiento de Le Play descansa en una visión organicista semejante al modelo comteano, en él se halla un enfoque estructural e histórico obre la realidad familiar. Le Play legitima las diferencias hacia el interior de las familias, tanto entre los padres e hijos, como entre  hombres y mujeres. El tipo familiar troncal, propio de la vida rural campesina, católico y feudal, es el modelo con el cual sueña Le Play y en el que debe prevalecer como condición necesaria para el funcionamiento adecuado de la familia, la subordinación de la mujer al marido en el ejercicio de su rol de esposa y materno.

El principal aporte de la sociología de la familia del siglo XIX radica en la creación de una tradición teórica de representación de la familia desde una perspectiva científica que significaba la secularización del análisis sobre esa entidad social y la necesaria verificación de los juicios en hechos históricos y datos empíricos, en principio coleccionados por ciencias que habían seguido un camino más empírico como la antropología y luego mediante las propias metodologías que la sociología fue construyendo. La defensa a los nuevos principios epistemológicos de la ciencia moderna: la objetividad, la exactitud, la contrastabilidad, empírica, la relación teoría – empiria, la universalización de los procesos, conductas y representaciones, etc.; sirvieron para cuestionarse algunas  verdades absolutas y dogmáticas como la eternidad del patriarcado, del amor, de la ejecución, de la sujeción de la mujer, del matrimonio para toda la vida, etc.

La tradición teórica recreada por los sociólogos de esta época y que define la especificidad de la disciplina es la de pensar en la realidad familiar desde un modelo diferenciador, que se representa a la familia como una entidad orgánica en la cual las posiciones y papeles de sus miembros son desiguales hacia el interior y se desarrollan en un contexto social más general de desiguales.

La visión de estructura social que se generó en los estudios sociológicos de la familia del siglo XIX se concretó en un enfoque teórico más particular sobre esa entidad que fue el de explicarla como institución social.

La idea de la familia como célula básica de la sociedad responde a ese esquema conceptual que intenta explicar a la familia en su relación con la sociedad, y es una tesis sostenida por muy variados sociólogos, entre ellos están, por citar, Le Play cuando afirma: “Los pueblos se componen, no de individuos, sino de familia…”, también Durkheim, Spencer, y Engels.

La perspectiva durkheniana, tan apegada a una sociología cuya explicación de la construcción del orden social descansaba en la necesidad de la diferenciación estructural- funcional y en la reglamentación jurídica y moral, fue potenciadora de esa tradición institucional sobre la familia que destaco sobre todo, el derecho y el orden familiar de cada época histórica y de la sociedad. Para Durkheim los cambios en el derecho introducen modificaciones en las relaciones familiares, la sociedad moderna evoluciona hacia un derecho que garantiza mayor autonomía personal, que revitaliza el derecho restitutivo. La evolución del Código Civil, en torno a la regulación de las relaciones paterno-filiales y los contenidos jurídicos que marcan los límites del poder del padre, es vital para comprender el tránsito del tipo paternal tradicional a la familia conyugal moderna compuesta por los padres y los hijos, y en la que sus miembros gozan de una mayor autonomía. Tal cambio se expresa también-para Durkheim-, en el sentido colectivo de la familia, se transita de una solidaridad mecánica y más represiva familiar a una solidaria orgánica basada entre en las diferencias funcionales entre los sexos, espacio en el que la mujer sigue ocupando una posición subordinada.

Las propuestas de Spencer y Durkheim se mueve en una perspectiva evolutiva y estructural – funcionalista. En el caso de Espencer, incluso de corte darwinista , pues es la ley de la supervivencia de la forma social mas adaptada y superior la que explica la evolución de formas estructurales indefinidas y simples en sociedades  salvajes- caracterizado por la poligamia-, a formas definidas y complejas en las sociedades civilizadas donde impera la monogamia patriarcal. El matrimonio monogámico, aunque Espencer considera que siempre existió en todas las sociedades, solo se convierte en una forma dominante en las sociedades industriales y modernas.

Durkheim se suma a esa concepción, pero con una explicación más social y centrada en la evolución jurídica y moral de las relaciones familiares y de la sociedad. No se centra en fundamentaciones biológicas, pero sí considera que la ley de la división del trabajo social-que también opera hacia el interior de la familia-lleva a formas evolutivas superiores como la familia conyugal de la sociedad moderna, caracterizada por el matrimonio monogámico y la subordinación de la mujer. Esa evolución estructural de la familia, para Durkheim no discurre de manera igual a la sociedad, la sociedad marcha hacia una expansión de sus estructuras y la familia hacia una contracción estructural: de la familia extensa a la familia nuclear.

Los estudios sociológicos de la familia en el siglo XX se caracterizan por cultivar una tradición estática de esa entidad social. Aunque a finales del siglo XIX y principio del XX el debate en la ciencia social se desplazó del enfoque naturalista a la reivindicación de las interpretaciones culturales de la realidad social. Las explicaciones positivistas que eran las dominantes en el discurso académico entraron en cuestionamiento por sus enfoques evolutivos y naturalistas.

En el campo de los estudios sociológicos sobre la familia se produjo una ruptura que engendró la creación de nuevas tradiciones teóricas a partir de las cuales se constatan avances en la comprensión de la realidad familiar y de las prácticas investigativas  de este campo del saber, pero también se producen- por tiempo- omisiones de algunas tradiciones que fueron descartada, como las interpretaciones que de ellas se derivaron sobre la historia de la familia.

Ernest Burgess fue uno de los exponentes principales de los estudios familia en La Escuela de Chicago. Burgess presento a la familia como una unidad interactiva en la que cada uno tenía una posición y un rol que desempeñar dentro de una estructura jerarquizada. Para Burgess la visión institucional de la familia se justificaba solo en el pasado, cuando esa era su forma natural que ella adquiría determinada por factores como las leyes, la moral, la opinión publica, la tradición, la disciplina rígida impuesta por el cabeza de familia y los rituales. Para este sociólogo la familia adquiere una nueva forma que el denomina “companionship” y que define como una sociedad más democrática, basada en el consensus  familiar, con alta movilidad, que se expande en medios urbanos y se reorganiza.

Según Burgess la familia institucional y la grupal son dos tipos ideales opuestos que representan dos realidades extremas: la sociedad tradicional y la moderna. Burgess se apoya en la metodología weberiana de los tipos ideales para explicar sus ideas sobre el proceso de diferenciación histórica de la familia y así argumenta el porqué de la transición de la tradición institucional a la tradición grupal.

Talcott Parsons, es considerado el más genuino e impactante exponente de la sociología funcionalista  sobre la familia. La teoría de la familia parsoniana parte de la concepción spenceriana y durkheimiana sobre el proceso de diferenciación que ha experimentado la familia y la explica como ellos desde la relación estructura y función, pero con un enfoque más cultural.

Parsons retoma en su citada obra el clásico enfoque de la relación familia-sociedad para sostener que la forma fundamental de la familia moderna es del tipo nuclear-conyugal. Esa es la estructura más conveniente para una sociedad industrial que exige movilidad geografía y social entre sus miembros. Los rasgos de esa familia se sintetizan en pautas de residencia neolocal, parentesco bilateral, libertad de elección del cónyuge y orientación hacia valores de racionalidad particularista. Su teoría estructural-funcionalista descansa en las diferencia de roles masculinos y femeninos, enfoque parsoniano que reproduce  el androcentrismo como tradición dominante del saber masculino dominante en la sociología académica. Parsons incorpora al análisis nuevas definiciones en el modelo diferenciador de la familia: el rol instrumental masculino y el rol expresivo mujer; categorías que sintetizan los limites espaciales de interacción de cada sexo: el hombre determinado para lo público y la mujer para lo doméstico.

La tesis sobre el matrimonio como base de la familia significa que las relaciones de parentesco, más allá de la familia nuclear, se sostienen entre diferentes familias que tienen en común el ser sociedades conyugales. Todos los miembros de la familia de ese tipo deben en su vida – como tendencia general- vivir en dos tipos de familias que parsons denomina: familia de orientación y familia de procreación.

Su teoría funcional parte de una perdida de funciones de la familia como resultado de una redistribución de las funciones a nivel societal, proceso que según Parsons no le resta valor a la familia sino todo lo contrario, acrecienta su papel como agencia social. La familia moderna para Parsons tiene tres funciones fundamentales: la procreación, la socialización del niño, y la estabilización emocional del adulto. 

El estudio de la familia y el matrimonio es una de las áreas más importantes de la sociología. Virtualmente todo el mundo, en todas las sociedades, crece en un contexto familiar; y en toda sociedad la vasta mayoría de los adultos están o han estado casados. El matrimonio es una institución social muy extendida. Sin embargo, como en otros aspectos de la vida social, existe una gran variación en las pautas familiares y matrimoniales en culturas diferentes. Qué es lo que se considera familia, sus vínculos con el resto de la parentela, con quién le está a uno permitido casarse, cómo se seleccionan los esposos, los nexos entre el matrimonio y la sexualidad... todo esto difiere ampliamente. En este capítulo estudiaremos algunas de estas variaciones y mostraremos que contribuyen a iluminar aspectos característicos de la vida familiar y de las pautas de matrimonio y divorcio en el Occidente moderno. La familia occidental ha cambiado de forma notable a lo largo de los siglos, y  en la era actual también se están produciendo transformaciones fundamentales en la naturaleza de la familia y del matrimonio.

Después  de debatir algunos puntos de vista relacionado  con la definición y origen de la familia hemos considerado  adoptar nuestra propia definición respecto  a la ….Familia   “  Es un grupo de personas que establecen relaciones económicas y sociales  surgidas de una unión sexual que cumplen funciones que involucran la satisfacción de las necesidades de protección, afecto y seguridad de cada uno de sus miembros; la socialización de los niños y jóvenes, la afirmación de la identidad cultural, social e individual y la generación y reproducción de la fuerza de trabajo y la unidad fundamental de la sociedad, cuya función es  además  compartir la vida y los intereses comunes de toda la sociedad.

La primera Ley Mambisa de matrimonio civil de 1869, establece los impedimentos para la celebración del matrimonio, considerando como tales: sólo el parentesco en cualquier grado en la línea recta y en la colateral no podían casarse entre si los hermanos; los contrayentes menores de 20 años, necesitaban la licencia para poder celebrar el matrimonio. En ese sentido los legisladores mambises establecieron  que podían contraer matrimonio los mayores de 18 años (varones) y de 14 años (hembras) y los menores de 20 años con licencia, materna o del tutor

El código civil español de 1888, que empezó a regir en Cuba a partir de 1889, este regulaba las relaciones jurídicas derivadas del matrimonio, en cuanto a las personas y bienes de los cónyuges, de la paternidad y filiación y el ejercicio de la patria potestad.

El matrimonio en la actualidad está en la comunidad de vida (valorada como algo más que la convivencia, ya que puede existir el matrimonio, aunque por motivos justificados no se mantuviere en hogar común) y el carino qu erradia a todas las relaciones familiares, pero que en el caso de matrimonio puede ser traducido como “Amor”, con un sentido más lato que la palabra “Amor conyugal”, pues incluye amistad, inclinación recíproca, camaradería, apoyo moral, ayuda mutua, principalmente en la edad provista en las situaciones difíciles. También podemos hacer mención de un fin secundario, que sería la procreación desde antes valorada por algunos teóricos del Derecho de .Familia, no como un fin del matrimonio, sino de la relación paterno – filial.

Una unión no formalizada que se mantenía en el tiempo, lo que implicaba un acuerdo de voluntades o consentimiento continuativo, no era matrimonio. Solamente lo era cuando el consentimiento inicial se declaraba ante autoridad, con determinados requisitos y solemnidades.

Se han formulado, por algunos autores varias teorías fundamentales acerca de la naturaleza jurídica del matrimonio como:

  1. Teoría del matrimonio como contrato, de esta se deriva la concepción neo – contractualista que considera al matrimonio como un acto complejo en el cual no intervienen sólo los esposos, sino también el Estado.
  2. Teoría del matrimonio como negocio jurídico bilateral de orden familiar.
  3. Teoría del contrato sui – géneris, esta constituye una convención jurídica y un acto del Estado; para quien el matrimonio es creado por el funcionario del Estado Civil, constituyendo así las declaraciones de los contrayentes un mero supuesto para su celebración.
  4. La Teoría ecléctica, considera que en el matrimonio coexisten los dos aspectos de contrato e institución, el sostener que el matrimonio es un contrato en el momento de celebrarse, pero una vez celebrado reviste el aspecto de una institución.

La concepción del matrimonio como unión santa.
Esta posición es importante en el análisis de la naturaleza jurídica, ya que ayuda a precisar las diferencias entre la noción de matrimonio – contrato – sacramento, del derecho canónico de las nociones matrimonio – contrato y matrimonio – institución. Todo se debe a que al separar en el concepto matrimonio el elemento contrato del elemento sacramento, las religiones evangélicas propiciaron la derivación más actualizada de la forma puramente civil del matrimonio. Además se atribuyó a la noción contractual del matrimonio un sentido de solubilidad, ajeno al concepto de sacramento, en su carácter de perpetuidad se asoció, de manera natural, a la noción de matrimonio – institución.

La concepción del matrimonio como contrato:
La influencia del “Contrato Social” de Revisión, fue decisiva en esta materia y su filosofía puede encontrarse en esta afirmación: “El matrimonio, es el más excelente y antiguo de todos los contratos”. En el orden civil es el más excelente, ya que la sociedad civil está más interesada en él. Es el más antiguo, porque fue el primer contrato que celebraron los hombres.

La doctrina del matrimonio – contrato se impuso a partir de la revolución Francesa y se afirmó dogmáticamente ya avanzado el siglo XIX y principios del XX, en el que el matrimonio era simplemente un contrato civil, que podía disolverse por mutuo disenso y por la voluntad de los cónyuges unilateralmente.

Esta concepción, para su época constituyó un signo de progreso liberalista y encontró pronto detractores dentro del propio campo del Derecho Civil y de Familia.

La concepción del matrimonio como institución.
El acto del matrimonio y su celebración ante la autoridad investida para ello, tiene como único objetivo, la adhesión de los interesados a la institución jurídica del matrimonio, noción suprema por encima de los contrayentes.

La institución jurídica es el conjunto de reglas de derecho que se penetran unas a otras hasta el punto de constituirse un todo orgánico, comprendiendo una serie indefinida de relaciones de derecho y derivadas todas de un hecho único fundamental, de orden físico, biológico, económico, moral y social.

El matrimonio como institución jurídica tiene una existencia y un fin ya establecido y por encima de los contrayentes, que preside y rige un conjunto de reglas impuestas por el Estado o por la tradición, a las cuales los contrayentes no tienen más que adherirse, imponiéndose los efectos de la institución.

Concepto de matrimonio en el Código de Familia.
El matrimonio es la unión voluntariamente concertada de un hombre y una mujer con aptitud legal para ello, a fin de hacer una vida en común. Este sólo producirá efectos legales cuando se formalice o se reconozca de acuerdo con las reglas establecidas en la Ley del registro del Estado Civil.

La Constitución del Matrimonio en el Código de Familia.
Se considera matrimonio al legalizado; mientras no se formalice o reconozca la unión voluntariamente concertada entre un hombre y una mujer con aptitud legal para ello, a fin de hacer vida en común, no es matrimonio, sino unión matrimonial. Esta unión matrimonial posee en sí misma un presupuesto o calidad expectativa de convertirse en matrimonio, pero no lo es, con la característica de poder apreciarse en ella el consentimiento como continuativo efectivo para ser acreditado como prueba de la existencia de la unión y válido como concepto contentivo de  los requisitos exigidos para lograr la retroacción de los efectos jurídicos al momento de iniciada ésta si se legaliza.

Conclusiones

Las instituciones familia y el matrimonio en nuestra actualidad  en todas las sociedades existen en una gran variación en las pautas familiares y matrimoniales en culturas diferentes. El matrimonio es una institución social muy extendida. Sin embargo, como en otros aspectos de la vida social, se considera familia, sus vínculos con el resto de la parentela, con quién le está a uno permitido casarse, cómo se seleccionan los esposos, los nexos entre el matrimonio y la sexualidad   por tanto  todo esto difiere ampliamente.

La familia occidental ha cambiado de forma notable a lo largo de los siglos. En la era actual también se están produciendo transformaciones fundamentales en la naturaleza de la familia y del matrimonio. 

Partiendo de los criterios expuesto en el cuerpo de este artículo consideramos a la familia moderna como resultado de una redistribución de las funciones a nivel societal,  acrecentando su papel como agencia social. La familia moderna tiene tres funciones fundamentales: la procreación, la socialización del niño, y la estabilización emocional del adulto. 

Bibliografía:

  1. Clemente Díaz, Tirso y Mesa Castillo, Olga. “El concepto de matrimonio en el Código de Familia de Cuba. Breve análisis desde el Derecho Romano”, en el libro “Temas de Derecho de Familia”, Editorial Félix Varela, La Habana, año 2000.
  2. Fleitas Ruiz Reina (comp.), 2005: Selección de Lecturas de Sociología y Política Social de la Familia. Editorial Félix Varela. La Habana- Cuba, 2005
  3. Mesa Castillo. Olga Dra.  Apuntes para un libro de texto de Derecho de Familia, Módulo 1, Universidad de la Habana. Facultad de  Derecho. Ano 1998.
  4. Mesa Castillo Olga Dra. Apuntes para un libro de texto de Derecho de Familia, Módulo 2, Universidad de la Habana. Facultad de  Derecho. Ano 1998