Contribuciones a las Ciencias Sociales
mayo 2011

PROYECCIONES ACTUALES DE LAS COMISIONES DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN SOCIAL EN CUBA



Beatríz Figueras González
Autora
Yusdanis Hernández Cambry
Diosbel Fuentes Guilarte
Yusleidys Arteaga González
Coautores
yelenasm@ult.edu.cu


INTRODUCCIÓN

La labor de prevención en Cuba se desarrolla bajo el impacto de múltiples cambios operados a escala internacional, que trascendiendo las fronteras internacionales repercuten en cierta medida en todos los Estados, Cuba ha reaccionado a ello con la adopción de una serie de medidas que han propiciado la reactivación económica del país y han provocado cambios también a nivel macrosocial, comunitario y familiar.

En la estructura y dinámica de la delincuencia también se han operado cambios; las implicaciones para Cuba del narcotráfico internacional son las más graves, el incremento de recalos, la variedad de drogas introducidas y la utilización de nuestro país como trampolín para el envío de droga a terceros países, el tráfico ilegal de personas, el terrorismo y el aumento de la peligrosidad de ciertos delitos, como el robo en viviendas habitadas y el uso de armas, El asedio a turistas por niños, adolescentes y jóvenes, la prostitución de ambos sexos, el incremento del uso indebido de drogas y la indisciplina social son fenómenos vinculados con el rejuvenecimiento de la delincuencia que conforman el escenario comunitario actual en materia de prevención en determinados territorios. Todos estos cambios requieren ser tenidos en cuenta al diseñar acciones, programas, estrategias e intervenciones comunitarias, pues obviamente repercutirán en la actividad preventiva, razones por las cuales el trabajo preventivo en nuestra sociedad socialista es de suma importancia una vez que trabaja por prevenir futuras conductas inadecuadas en nuestros niños, adolescentes y jóvenes.
 



Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:
Figueras González, Hernández Cambry, Fuentes Guilarte y Arteaga González: Proyecciones actuales de las comisiones de prevención y atención social en Cuba, en Contribuciones a las Ciencias Sociales, mayo 2011, www.eumed.net/rev/cccss/12/

DESARROLLO

1- Prevención Social. Concepto. Prevención del Delito. Concepto. Relación entre Prevención Social y Prevención del delito.

El delito, no sólo se combate por la vía del sistema jurídico penal sino que se utilizan todas las posibles vías existentes para lograr la disminución de la criminalidad, es por eso que se ha de pensar en un camino que aun que es a largo plazo es el más eficaz pues a través de él se logra la minimización del delito, sin esperar a que este se manifieste, ese camino es la prevención, entiéndase por prevención la actividad de la sociedad en su conjunto, dirigida a contrarrestar las influencias de diversionismo ideológico, a la evitación de las conductas desviadas, antisociales y delictivas, mediante la eliminación de las causas y condiciones que lo generan o facilitan.

Prevenir el delito significa actuar, transformar, cambiar, socializar, en fin globalizar solidaridad, justicia, igualdad, educación, empleo, dignidad y desarrollo y lograrlo reclama de los profesionales del Derecho entre otros una activa y responsable posición ante la realidad social, económica y política del país.

Entre la prevención social y prevención del delito existe una gran relación, la primera tiene un carácter indirecto, abarca las directrices de la sociedad en materia de difusión de la educación, la cultura, para elevar el bienestar material y espiritual de las personas, la segunda abarca la actividad de aquellos organismos que enfrentan directamente la actividad delictiva, como son los Tribunales, Policía Nacional Revolucionaria y otros entre los que se encuentran la Fiscalía.

En Cuba la política de prevención se encuentra avalada y fundamentada desde el punto de vista ideológico por los propios principios éticos de la Revolución, traducida en el diseño y desarrollo de políticas sociales concretas.

2. Regulación Jurídica de la prevención en Cuba.

La prevención requiere de una regulación jurídica, en Cuba se deriva en primera instancia de la Constitución donde se reflejan los principios que fundamentan nuestra política y proyecto social.

La Constitución es un documento donde se establecen los principios rectores en materia de prevención social. En el Artículo 9 se establecen garantías del Estado en materia de empleo, salud, educación, vivienda y cultura, entre otros. En el Artículo 39 subraya el carácter gratuito de la enseñanza y la promoción de la educación integral de los ciudadanos. En el Artículo 40 se destaca la particular protección que el Estado y la sociedad ofrecen a la niñez y la juventud.

La educación, el empleo, la salud, la participación de todos en la vida política del país en todas las esferas de la vida social, constituyen principios rectores de la prevención.

El Código de Familia, promulgado el 4 de febrero de 1975 para regular directamente las instituciones de familia, tiene entre sus objetivos el de fortalecer la familia y contribuir al cumplimiento de los padres de sus obligaciones con respecto a la protección, formación y educación de los hijos. La familia conjuntamente con la escuela y la comunidad constituyen agentes socializadores y escenarios claves de las intervenciones preventivas.

El Código de la niñez y la Juventud de 1978 regula los deberes y derechos de la joven generación y las obligaciones de las personas, organismos e instituciones que intervienen en su formación integral, constituyéndose en un valioso instrumento educativo, al contener un conjunto de normas y principios morales que deben servir de guía en su conducta social.

El Código Penal, recoge en el LIBRO II, TITULO XI , CAPITULO III, LOS DELITOS CONTRA EL NORMAL DESARROLLO DE LA INFANCIA Y LA JUVENTUD, como Corrupción de Menores y otros actos contra el normal desarrollo del menor, por la repercusión y vinculación directa que tiene con la protección de la infancia y la prevención de la delincuencia. Además se han adicionado nuevos delitos como el Lavado de Dinero, el Tráfico de Personas y el de Venta y Tráfico de Menores.

El Decreto Ley 64/ 82 organiza el Sistema para atención a menores con trastorno de conducta y manifestaciones antisociales, se reconoce el papel del Sistema Nacional de Educación en la formación integral y multifácetica de la nueva generación y se establece la responsabilidad y función de la escuela en la atención especializada a alumnos que presentan problemas de disciplinas o de conducta. El Decreto Ley 242 “DEL SISTEMA DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN SOCIAL”, cuerpo jurídico que instituye y organiza estructuralmente y funcionalmente el Sistema de Prevención y Atención Social creando las comisiones de prevención y atención social en el ámbito nacional, provincial y municipal. Estas comisiones que se encuentran integradas por diversos sujetos preventivos funcionan sistemáticamente por lograr un adecuado alcance del trabajo que realizan.

3. Proyecciones actuales de las Comisiones de Prevención y Atención Social

a. Sistema de Prevención y Atención Social.

La principal proyección de las Comisiones de Prevención y Atención social es funcionar como un sistema unificando las Comisiones de Prevención y Atención Social, creadas por el Decreto Ley 95 del 29 de agosto de 1986 y el Sistema Único de Vigilancia y Protección instituido por el Acuerdo del Consejo de Estado del 30 de mayo del 2002, con el objetivo de desarrollar el trabajo de prevención y atención social de forma directa, organizada y planificada sobre aquellas personas que así lo requieran y coordinar, evaluar y proponer para su aprobación la estrategia de comunicación social.

En el Artículo 1, apartado 2, del Decreto Ley 242 se define el Sistema de Prevención y Atención social como un centro de coordinación de los esfuerzos de las instituciones que lo integran para lograr los objetivos que se propone, sin suplantar las facultades y atribuciones de aquellas.

El Sistema de Prevención y Atención social está dirigido por una Comisión Nacional adscrita al Consejo de Estado. Asimismo en cada provincia y municipio del país se crea una Comisión de Atención y Prevención Social que dirige las actividades en las respectivas demarcaciones.

La Comisión Nacional del Sistema está integrada por representantes permanentes de los organismos siguientes:

1. Ministerio de Educación.

2. Ministerio del Interior.

3. Ministerio de Salud Pública

4. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

5. Ministerio de Cultura.

6. Ministerio de Educación Superior.

7. Ministerio de Justicia.

8. Instituto Nacional de Deporte, Educación Física y Recreación.

Además, por las organizaciones que han expresado su disposición de incorporarse al Sistema y participar en el cumplimiento y desarrollo de todas sus actividades, las mismas a continuación relaciono:

1. UJC

2. FMC

3. CDR

4. ANAP

5. CTC

6. ACRC

7. FEU

8. FEEM

9. Organización de Pioneros José Martí.

La Fiscalía General de la República y el Tribunal Supremo Popular integran con carácter permanente la Comisión en los diferentes niveles del Sistema, en correspondencia con sus atribuciones y funciones.

El Secretariado Ejecutivo de la Comisión Nacional del Sistema está integrado por Presidente, Vicepresidente y Secretario.

Los Organismos, Órganos y organizaciones que integran la Comisión Nacional de Prevención y Atención social, emiten directrices sobre la actividad de prevención y atención social a las estructuras que le están subordinadas en el nivel provincial que la implementan y orientan al nivel municipal correspondiente a su aplicación. Indistintamente los organismos rinden cuenta a la Comisión Municipal de Prevención y Atención social.

De acuerdo con las características especificas y necesidades propias de cada municipio se podrán crear grupos de trabajo del Sistema en la demarcación de los Consejos Populares y de las Circunscripciones, según corresponda.

Estos grupos tendrán como función principal coordinar y controlar las acciones de prevención y atención social que se realizan en los territorios por los representantes y activistas de las instituciones y organizaciones sociales y de masas que integran el sistema para su mejor desempeño en el ámbito de la comunidad.

Los grupos estarán integrados por los representantes de las instituciones y organizaciones que actúan en esas demarcaciones territoriales y rinden cuenta de su gestión con la periodicidad que se establezca por el Presidente del Consejo Popular y cuenta con un coordinador que es designado por el Presidente de la comisión Municipal, a propuesta de su Secretario Ejecutivo.

En Colombia el Sistema de Prevención y Atención Social se constituye el 7 de junio del 2007, integrado por 23 miembros, representantes de los distintos organismos y como invitado permanente los trabajadores sociales. Para trabajar las seis prioridades, se tuvo en cuenta los Consejos populares donde existen más problemas y se constituyó el sistema en un Consejos Populares de 5 que existen en el municipio, formándose grupos de prevención en 17 circunscripciones,

La Comisión Municipal se capacita por los representantes de los distintos organismos que atienden directamente las seis prioridades, de igual forma se capacitan los integrantes de los grupos de prevención en los Consejos Populares donde existen, a pesar de que es muy reciente la constitución del Sistema en el municipio aún falta preparación en los representantes de los organismos e instituciones que forman la Comisión Municipal.

b. Estrategia de Comunicación Social.

Con el objetivo de divulgar la estrategia de comunicación social las Comisiones de Prevención y Atención Social se ha proyectado tareas, según las directrices de trabajo, que tienen como objetivo:

1. Contribuir a fortalecer la cultura jurídica de la población en general.

Algunos de los organismos implicados son:

1. Ministerio de Justicia.

2. Ministerio de Cultura

3. Ministerio de Salud Pública.

4. Ministerio de Educación Superior.

Las tareas fundamentales son:

1. Trabajar en función de las estrategias de divulgación en apoyo al trabajo preventivo y educativo,

2. Trabajar intencionalmente en el proyecto de derecho y en las comunidades por mis derechos al empleo sano del tiempo libre, especialmente de los niños y los jóvenes.

3. Contribuir y fortalecer la capacitación del personal vinculado a la prevención y atención social mediante la preparación de los integrantes de las estructuras hasta la base como elemento esencial para alcanzar un desempeño superior en el trabajo en atención a un enfoque de derecho.

4. Continuar la atención y orientación e información a las personas que acuden a centros de referencia en el país, tomando nota del seguimiento a las prioridades.

5. Continuar el trabajo de asesoramiento jurídico del sistema.

El Ministerio de Educación Superior en coordinación con las diferentes especialidades que se cursan en específico las carreras de psicología y comunicación social inciden con sus estudiantes y profesores en el tratamiento a esta problemática a partir de las investigaciones que se convocan para incidir y proponer acciones contra el mal hábito de fumar, al alcoholismo, las drogas, el embarazo precoz. Etc.

c. Prioridades Fundamentales del Sistema de Prevención y Atención Social.

Teniendo en cuenta los objetivos reglamentados para su trabajo, el Sistema de Prevención y Atención Social se ha planteado seis prioridades fundamentales para el período 2008 -2010.

1. Los Jóvenes desvinculados del estudio y del trabajo.

2. Los estudiantes que no cumplen con sus deberes escolares.

3. Atención a menores con problemas de conductas y sus familiares.

4. La problemática del ejercicio de la prostitución.

5. La labor de socialización con los exreclusos y personas sancionadas a medidas no preventivas de libertad atendidas por el juez de ejecución.

6. Las manifestaciones de indisciplina social

Atendiendo a las cinco prioridades las Comisiones de Prevención y Atención social se ha proyectado un número de acciones.

 Los Jóvenes desvinculados del estudio y del trabajo.

En esta prioridad trabajan en conjunto el Órgano de Trabajo, el MININT y el MINED, los CDR y la FMC. Además del papel fundamental que juegan los trabajadores sociales, quienes visitan a los jóvenes a sus residencias y realizan charlas en conjunto con los familiares.

El Sistema de Prevención y Atención Social realiza las siguientes acciones:

1. Contar con la relación de los jóvenes desvinculados.

2. Responsabilizar a representantes de los grupos donde no exista el de la comunidad con el apadrinamiento de los jóvenes desvinculados y familiares.

3. Analizar la situación de los jóvenes desvinculados por zonas de residencia identificando las causas de su desvinculación y promover la incorporación al empleo y estudio.

4. Tener identificados los jóvenes que no aceptan ofertas de trabajo por razones personales u otras causas y sistematizar la labor personal para lograr su reinserción social.

5. Fortalecer en cada municipio el funcionamiento de los grupos de atención al empleo juvenil, mediante encuentros de trabajo sistemático con la participación de los factores correspondientes donde se de respuesta a los desvinculados identificados en el pesquizaje social.

6. Potenciar la conciliación de los diferentes factores vinculados con la tarea.

7. Caracterizar integralmente las localidades que presenten dificultades para el empleo.

8. Desarrollar un proceso político sistemático con los directores de las entidades dirigidos a asegurar la práctica pre – profesional de los estudiantes y su futura ubicación laboral.

9. Realizar ofertas de empleo o estudio en correspondencia con el nivel de preparación que presentan los jóvenes teniendo en cuenta las necesidades del territorio.

10. Exigir el cumplimiento de la política establecida en cuanto a la atención a los jóvenes desvinculados del empleo y el estudio.

 Los estudiantes que no cumplen con sus deberes escolares.

El Sistema de Prevención y Atención Social mediante los organismos implicados en esta prioridad realiza un grupo de tareas entre las que se encuentran:

1. Tener conocimiento de los jóvenes que se ausentan con frecuencia de las clases e incumplen con sus deberes.

2. Designar personal responsable dentro del grupo del Sistema y donde coexistan grupos para el apadrinamiento a los menores que no cumplan con sus deberes.

3. Capacitar a los representantes de los CDR, FMC, ANAP, sobre la función que le corresponde ante el Consejo de la escuela.

4. Lograr la participación y vinculación de los representantes de las organizaciones en los Consejos de Dirección de las escuelas para conocer la problemática existente y poder accionar en la familia.

El Ministerio de Educación tiene el desempeño de una importante función en el seguimiento a esta prioridad, siendo fundamental la labor del maestro desde su ejemplo, en cada centro, además, existe un trabajador social que analiza las posibles causas que conducen a los estudiantes a incumplir con los deberes escolares. Este análisis se realiza con el seguimiento de once indicadores, recogidos en la Resolución 88/98 del Ministerio de Educación “Reglamento Escolar”, los cuales relaciono:

1. Alumnos ausentes por más de quince días.

2. Alumnos que no asisten a las casas de estudio.

3. Alumnos con problemas de aprendizaje.

4. Alumnos desaprobados.

5. Alumnos que no realizan sus tareas escolares.

6. Alumnos que no participan en actividades escolares.

7. Alumnos que se desvinculan del Sistema Nacional de Educación.

8. Alumnos con manifestaciones de alteraciones en el comportamiento, impulsividad, agresividad e hiperactividad.

9. Alumno con uso incorrecto del uniforme escolar.

10. Alumnos que no cuidan la base material de estudio, la instalación escolar.

11. Alumnos con problemas en la práctica de la educación formal, con énfasis en las relaciones interpersonales con otros estudiantes y profesores.

Es fundamental el seguimiento por parte de la familia, la comunidad y la escuela partiendo desde el Consejo de la escuela, que será el órgano ejecutor del trabajo preventivo en la comunidad, de forma que un personal designado trabajará para erradicar las deficiencias que presenta el estudiante, según los indicadores afectados, elaborando un plan de acción que llevará a cabo y de esa forma apoyará a la escuela y a la familia del alumno.

Se busca que los padres y la comunidad le exijan a la institución el cumplimiento de sus funciones, así como la coordinación de las acciones y la socialización de los casos.

 Atención a menores con problemas de conductas y sus familiares

El Sistema de Prevención y Atención social tiene entre sus principales proyecciones la atención a menores con problemas de conducta y sus familiares, en esta prioridad juegan un papel importante el MINED, que realiza un trabajo preventivo desde la escuela y el MININT, que realiza el trabajo preventivo desde la comunidad.

En este sentido el Sistema de prevención y Atención Social realiza como medidas fundamentales de prevención las siguientes:

1. Contar con la relación de menores con problemas de conducta y su familia.

2. Designar a la persona que apadrinará en cada demarcación a los menores y familiares con problemas de conducta.

3. Controlar y evaluar mensualmente el comportamiento de estos menores y la permanencia en los lugares ubicados una vez egresados.

4. Efectuar visitas a las escuelas.

En Cuba existe el Sistema para atención a menores con trastorno de conducta que no solo incluye a los menores en conflicto con la ley penal, sino también a aquellos que presentan indisciplinas graves o trastornos permanentes de la conducta que dificultan su aprendizaje en las Escuelas del sistema Nacional de Educación, menores con manifestaciones antisociales que no llegan a constituir índices significativos de desviación y peligrosidad social.

El Sistema para la atención a menores con trastornos de conducta está previsto para menores con trastornos de 16 años de edad y tiene su asiento jurídico en el Decreto Ley 64 del 30 de diciembre de 1982.

Este sistema tiene como objetivo principal reeducar y reorientar a los menores, regido conjuntamente con el MINED y el MININT.

Existen los Consejos de Atención a menores quienes pueden decidir

• El internamiento o asistencia obligatoria a una escuela de conducta regida por el Ministerio de Educación o internamiento en un Centro de Reeducación del Ministerio del Interior.

• Vigilancia y atención por el Ministerio del Interior.

• Vigilancia reforzada de los padres o tutores que tengan a su cargo al menor.

• Atención individualizada en las Escuelas del Sistema Nacional de Educación encaminada a la corrección de la conducta sin necesidad del internamiento en escuelas especializadas.

• Ubicación del menor como aprendiz de oficio en una unidad laboral con las exigencias de la legislación laboral vigente.

• Atención por los trabajadores sociales.

El Consejo de Atención del MININT podrá decidir la permanencia en un centro de reeducación hasta los 18 años de edad, de los menores que hayan arribado a los 16 años y no se haya completado su educación.

Cuando los menores hayan participado en hechos intencionales que figuren en el Código Penal y representen un alto índice de peligrosidad social, el Centro Provincial de Menores podrá adoptar una medida de internamiento en un centro para mayores que no podrá exceder de cinco años algo que podría llegar a convertirse en una violación a la legalidad, pues no debía ser decisión del Consejo Provincial de Menores sino de Tribunal Competente.

El fiscal ejerce en representación del estado las acciones judiciales que corresponden según la legislación vigente representando a los menores, en algunos tiene entre sus facultades:

• Realizar visitas de control de la legalidad a unidades de la PNR para verificar el cumplimiento de lo establecido en la atención a menores que hayan incurrido en conductas infractoras o hechos tipificados como delitos.

• Visitar las escuelas de conducta o centros de reeducación a menores para comprobar el cumplimiento de las normas establecidas durante la permanencia y tratamiento de los menores que se encuentran en estos centros.

• Examinar todo tipo de documentación relativa a los menores.

Si el Fiscal advierte que se ha quebrantado la legalidad debe pronunciarse mediante Resolución para su restablecimiento.

El fiscal también juega un papel fundamental como garante de la legalidad en nuestro ordenamiento jurídico, es fundamental su actuación con respecto a la protección de los menores en situación de desventaja social, Fiscalía elabora un expedientillo, donde el fiscal designado en conjunto con el oficial del Consejo de Menores del MININT y el Consejo de Atención a Menores del MINED dan seguimiento a los padres que incumplen con la obligación de dar alimentos a sus hijos menores.

 La problemática del ejercicio de la prostitución.

El deterioro de la situación económica en Cuba en los últimos años, tiene entre sus causas fundamentales las consecuencias del recrudecimiento del bloqueo económico norteamericano con Cuba, la desaparición del campo socialista, de sus principales socios comerciales y los problemas estructurales y de dirección acumulados en la economía cubana. En esta situación, la sociedad se ha caracterizado por un aumento de la conflictividad y tensión social, reflejada entre otros aspectos en el crecimiento de diversas modalidades delictivas.

En 1997 se modificó el Código Penal, creándose nuevas figuras, a tono con las nuevas modalidades delictivas. A fin de contrarrestar el desarrollo posible del turismo sexual, se creó la figura del proxenetismo, trata de personas, delitos de ultraje sexual, tales como la pornografía y se aumentó la sanción del delito de corrupción de menores, al apreciarse una tendencia creciente de la prostitución y el proxenetismo, especialmente en los polos turísticos del país.

El Sistema de Prevención y Atención social se ha trazado la problemática del ejercicio de la prostitución como una de sus prioridades fundamentales, planteándose esencialmente las tareas siguientes:

1. Controlar las mujeres proclives al ejercicio de la prostitución.

2. Visitar el centro de aseguradas con el objetivo de ampliar la capacitación técnica de estas de acuerdo con las ofertas de empleo de su territorio.

3. Realizar un trabajo más eficaz por parte de los trabajadores sociales, a las prostitutas controladas como riesgo y las proclives ya sean adultas o menores.

4. Crear un mecanismo para vincular a las mujeres controladas como riesgo al estudio y al trabajo.

La Federación de Mujeres Cubanas (FMC) juega un papel fundamental en el tratamiento de esta prioridad, declara proclives a prostituirse a las mujeres que se desvinculan del Sistema de Educación Nacional y lo realiza a través de las instructoras que tiene la organización en las diferentes áreas. Con las proclives realiza un trabajo preventivo minucioso, confidencial y discreto, declarándola prostituta solo cuando ejerce la prostitución con ánimo de lucrarse, como sustento o fuente de ingreso. Cuando son controladas por el MININT como prostitutas, la FMC, asigna una trabajadora social que realiza ofertas de empleo, en conjunto con la Dirección del Trabajo.

En Colombia, existen 9 mujeres controladas como proclives y 5 como prostitutas, un número considerablemente pequeño para la población que existe en el municipio y la cercanía del al polo turístico Santa Lucía.

El ejercicio de la prostitución no se sanciona en el Código Penal al no tipificarse como un delito, se procesa como un índice de peligrosidad, como una conducta antisocial, a pesar de que en la comunidad las prostitutas no son repudiadas por la mayoría al ser una conducta que no afecta directamente a todos, por lo que resultan aisladas las personas que se expresan afectadas.

El MININT realiza el índice de peligrosidad a través de un proceso que discurre de la siguiente forma: la primer advertencia oficial se realiza en el lugar de captura que será el lugar de incidencia de la conducta antisocial, de allí se traslada para el lugar de residencia de la mujer, donde se realiza una segunda advertencia oficial por el Jefe de Sector y se presenta al grupo comunitario, formado por organizaciones sociales, políticas y de masas como la FMC, la ACRC, los CDR, PCC, UJC y el delegado del Poder popular, con el objetivo de realizar trabajo preventivo, acciones de apoyo, trabajo profiláctico con la familia, de continuar en la actividad se realiza nuevamente advertencia oficial, se presenta nuevamente a la comunidad y se inicia índice de peligrosidad, con resumen elaborado por el Jefe de Sector y el grupo de la comunidad.

Siendo cada índice de peligrosidad, impuesta a mujeres por conducta antisocial una derrota al Sistema de Prevención y Atención Social quien ha realizado un trabajo preventivo deficiente.

El Sistema de prevención y Atención Social en esta prioridad no se proyecta acciones contra el proxenetismo.

Considero que las Comisiones de Prevención y Atención Social deben jugar el rol que les corresponde en la lucha contra el proxenetismo y la prostitución, siendo el proxenetismo la figura que se tipifica en el Código Penal como un delito y también por el papel que juega en el desarrollo de la prostitución.

 La labor de socialización con los exreclusos y personas sancionadas a medidas no preventivas de libertad atendidas por el juez de ejecución.

La Instrucción No. 163 modificada en el 2002, dispone el trabajo de los jueces encargados del control de ejecución de las sanciones y otras situaciones penales alternativas a la privación de libertad, quedando establecida así la figura del Juez de Ejecución, definida como el juez profesional con funciones controladoras, educativas que se encarga en el control de las sanciones que no impliquen internamiento, así como los beneficios que obtengan los sancionados a privación de libertad y se encuentren en libertad condicional, en una demarcación determinada.

La función del juez de ejecución se limita a participar en el desenvolvimiento post penitenciario de los reclusos beneficiados con la libertad condicional y la licencia extrapenal durante el cumplimiento de la sanción privativa temporal de libertad.

El Juez de Ejecución realiza un grupo de tareas en conjunto con los diferentes organismos que integran el Sistema de Prevención y Atención Social, entre las que se encuentran las siguientes:

1. Tratar de reinsertar al sancionado en la sociedad.

2. Trabajar en conjunto con los diferentes organismos que integran el sistema.

3. Presentar los sancionados a la comunidad y a los centros laborales.

4. Brindar seguimiento hasta que extingan la sanción mediante comprobaciones en el lugar de residencia y el centro de trabajo.

En Colombia, desde el surgimiento del Juez de Ejecución se ha dado seguimiento a 425 sancionados.

Considero que el juez de ejecución en el desempeño de sus funciones debía extenderse hasta aquellas penas que implican internamiento, abarcar todo el proceso ejecutivo, de manera que se realice el control total de la ejecución de las referidas sanciones. Ello favorecería el conocimiento de la evolución del recluso y su actividad para reinsertarse en la vida social. Para perfeccionar el trabajo del Juez de Ejecución y con ello del Sistema de Prevención y Atención Social en el cumplimiento de sus proyecciones, sería necesario regular en una disposición con carácter de ley todo lo relativo a la ejecución de las penas y al Juez de Ejecución extendiendo su competencia a la fase ejecutiva.

 Las manifestaciones de indisciplina social.

El SIPAS incremento una nueva prioridad de trabajo relacionada con las Indisciplinas sociales, cuya rectoría le fue dada a la PNR y CDR, por los daños ocasionan a la sociedad.

Se considera indisciplina social la conducta adoptada por la persona en la violación de las normas, disposiciones y leyes que rigen la convivencia social, que en ocasiones pueden constituirse en delito o ilegalidades, son manifestaciones de la conducta que ocurren de forma individual o colectiva, transgrediendo reglamentos y regulaciones preestablecidos por la sociedad.

La indisciplina social es muy amplia como concepto y las diversas manifestaciones en que se expresan. Lo esencial de esta prioridad es la labor preventiva y educativa para así evitarlas.

El enfrentamiento a las manifestaciones de indisciplina social no es una campaña, es una tarea organizada cuyo éxito radica en el empeño, la sistematicidad y rigurosidad con que todos los factores involucrados desarrollemos nuestro rol específico.

PRINCIPALES INDISCIPLINAS SOCIALES.

• Maltratar el mobiliario comunal (bancos, monumentos, pérgolas, ornamentos, aparatos para la distracción infantil y otros similares), los árboles, jardines y otras áreas verdes de uso público. Escribir, pintar, marcar, o de algún otro modo afear paredes y superficies de edificaciones y construcciones urbanas, o de medios del transporte público.

• Maltratar las redes técnicas y el equipamiento tecnológico. (Semáforos, señales del tránsito, hidrantes, teléfonos públicos, postes del tendido eléctrico y otros dispositivos, de la red de transmisión y distribución, alcantarillas, elementos del acueducto).

• Arrojar hacia la vía pública botellas, latas o cualquier otro objeto, desde vehículos en marcha.

• Molestar a los vecinos con el alto volumen, de la radio o de otros equipos semejantes, reproductores o difusores de sonido. Llevar el equipo de música de un vehículo automotor, por encima de los niveles establecidos, que se oiga fuera de éste, incluso cuando el vehículo se encuentra detenido.

• Subir a los ómnibus del servicio público bebiendo, fumando, entrando por las ventanillas o de cualquier otro modo, que la conducta o las circunstancias del hecho, puedan producir molestias o daños a los pasajeros. Hacerse remolcar de los ómnibus y otros medios del transporte, utilizando bicicletas y otros vehículos, inclusive rústicos.

• Participar en carreras ilegales de autos y motos.

• Proferir palabras obscenas, en alta voz en lugares públicos, o dondequiera que ello resulte ofensivo, para terceras personas, que no participan del diálogo, con el ofensor.

Principales acciones desarrolladas por los CDR y la FMC para la prevención de las indisciplinas sociales:

 Fue aprobado por el Secretariado Nacional el “Plan de Acción para la Prevención y Enfrentamiento a las Indisciplinas Sociales”, siendo controlado su cumplimiento sistemáticamente.

 La discusión y análisis del tema constituye uno de los puntos permanentes de los secretariados provinciales y municipales.

 La discusión del documento conjunto emitido por la FMC y los CDR con el título “AL RESCATE DE LA DISCIPLINA SOCIAL”, utilizando la estructura de los CDR a nivel de país.

 El desarrollo de “Ejercicio Nacional de Vigilancia”, potenciando el combate contra las indisciplinas sociales.

 Realización de un plan de divulgación dirigido al rechazo de la indisciplina social. (Eje: Las Revistas Mujeres y Muchacha.)

 Elaboración de un levantamiento de conjunto con el Sistema de Prevención y la PNR, con el objetivo de determinar los lugares de mayores incidencias de indisciplinas sociales, decidiendo cuales serían priorizados para el trabajo.

 En las “Asambleas VII Congreso de los CDR” y las “Asambleas VIII Congreso de la FMC” el tema de las indisciplinas sociales fue ampliamente debatido por su actualidad e importancia.

Acciones que deben desarrollar los diferentes Organismos y Organizaciones para el trabajo de prevención y enfrentamiento a las indisciplinas sociales.

• Identificar las causas y condiciones que propician las indisciplinas sociales, las conductas incorrectas, el irrespeto a la ley y, por tanto, los responsables de trabajar en la transformación de tales comportamientos.

• Aplicar medidas diferenciadas con las personas, familias o grupos con problemas sociales o de conducta para su transformación e inserción social.

• Brindar información sistemática por los organismos competentes sobre el reporte de conductas antisociales, análisis y evaluación de los fenómenos, personas involucradas, causas y condiciones que propician las indisciplinas, así como cualquier otra información que favorezca su enfrentamiento.

• Incrementar las acciones preventivas por los CDR, FMC y PNR con las personas proclives a las indisciplinas sociales y aquellas formas que transgreden las buenas conductas de convivencia social – visitas en las casas, conversaciones profilácticas con las familias, visitas a las escuelas en las que estudian jóvenes con problemas y otras.

• Utilizar métodos que estimulen el papel de la comunidad, la familia y la escuela como pilares básicos que desde el punto de vista educativo coadyuven a la disminución y rechazo a estas manifestaciones.

• Desarrollar un programa de acciones dirigido a cambiar sustancialmente las problemáticas o situaciones que afectan la convivencia en el entorno social de la comunidad.

• Someter a debate con la población y realizar encuentros de reflexión e intercambio en las comunidades para aportar soluciones y resolver diferentes problemáticas en la comunidad.

• identificadas para contribuir a la erradicación de las conductas inadecuadas.

• Controlar de forma sistemática con los factores implicados, las medidas adoptadas ante los problemas planteados, sus efectos y análisis de los resultados.

• Incidir en el fortalecimiento de estructuras de base (CDR, FMC, ACRC, ANAP, PNR, coordinadores de grupo, Trabajadores Sociales) con dificultades en el funcionamiento.

• Discutir y persuadir a las personas o familias en la comunidad, centros laborales o estudiantiles mediante charlas, barrios debates, exposición de películas y materiales , intervención de especialistas sobre temas relacionados con la indisciplina social

• Desarrollar como prioridad la vinculación al trabajo y/o al estudio y la participación en actividades comunitarias.

• Utilizar los medios de divulgación con el fin de aprovechar al máximo su amplia audiencia y capacidad para asimilar los temas.

CONCLUSIONES

El Sistema de Prevención y Atención Social en Cuba se encuentra estipulado en el Decreto Ley 242 del año 2007, jugando un importante papel en la prevención del delito y otras conductas antisociales, erigiéndose como soporte de las normas de convivencia de nuestra sociedad. El Sistema se encuentra estructurado en Comisiones de Prevención y Atención Social a nivel nacional, provincial y municipal, jugando una importante función las comisiones municipales al realizar la tarea de prevención mediante un programa con un enfoque comunitario. Las Comisiones del Sistema de Prevención y Atención Social están integradas por diversos sujetos preventivos que de no funcionar con armonía y sistematicidad limitarían la eficacia y la eficiencia del alcance del trabajo que realizan.

Desde el punto de vista jurídico considero que el tratamiento legal que se le da a las proyecciones es aceptable, que las comisiones funcionen como sistema es el objetivo principal del Decreto Ley 242 del 2007, la estrategia de comunicación social y las prioridades fundamentales que para su trabajo se plantea el Sistema son acordes con los objetivos de trabajo que se regulan en el antes mencionado Decreto Ley. Aún considero que lo relacionado con el juez de ejecución podría contar con una fundamentación legal de mayor fuerza jerárquica.

Desde el punto de vista teórico, el Sistema de Prevención y Atención Social está constituido desde la nacional hasta los municipios, está implantada la estrategia de comunicación social y las prioridades están debidamente orientadas por la Comisión Nacional de Prevención y Atención Social a la Comisión Provincial y de esta a la Municipal que es la que realiza el trabajo preventivo directamente. Es importante resaltar que las prioridades abarcan a todos aquellos que por razones económicas, sociales y culturales, y de otra índole requieren atención diferenciada, al encontrarse en una situación de riesgo.

A mi parecer desde el punto de vista práctico en el funcionamiento de las Comisiones del Prevención y Atención Social como sistema aún existen varias deficiencias, las que tienen en su mayoría como principal fundamento la falta de cohesión e incorporación de varios factores al trabajo preventivo.

En el cumplimiento de las proyecciones actuales de las Comisiones de Prevención y Atención Social es clave la preparación, superación y desarrollo del potencial humano que interviene en la labor preventiva, considero esencial el trabajo conjunto de la población con los distintos organismos, instituciones y organizaciones sociales, políticas y de masas, esto posibilita la continuidad y el perfeccionamiento del Sistema de Prevención y Atención Social.

Existen deficiencias en el trabajo de los grupos de la comunidad en la mayoría de las prioridades, no se realiza un trabajo realmente preventivo a nivel de Consejo Popular o Circunscripción.

RECOMENDACIONES

1. Que se logre una preparación y accionar coherente de las estructuras de prevención para lograr que los miembros del Sistema identifiquen y atiendan adecuadamente las problemáticas sociales existentes en el territorio.

1. Que se trabaje coabyugadamente en los Consejos Populares para lograr erradicar posibles conductas antisociales en niños, adolescentes y jóvenes.

2. Que las comisiones de prevención y atención social juegue el rol que le corresponde en la lucha contra el proxenetismo y la prostitución.

3. Que se regule en una disposición con carácter de ley todo lo relativo a la ejecución de las penas y al Juez de Ejecución extendiendo su competencia hasta aquellas sanciones que implican internamiento, abarcando todo el proceso ejecutivo, de manera que se controle el total de su ejecución.

BIBLIOGRAFÍA

1. De Urrutia Barroso Lourdes. Sociología y Trabajo Social Aplicado. Selección de Lectura. La Prevención en Trabajo Social. Editorial Félix Varela. La Habana. 2003.

2. Dustet Jústiz, Carlos. La Prevención Criminalística. Temas de Criminalística. Colectivo de Autores. Editorial Félix Varela. La Habana, 2004.

3. Sóñora Cabaleiro Marisol. Prevención Social. Criminología. Colectivo de Autores. Editorial Félix Varela. La Habana, 2004.

4. Constitución de la República de Cuba. 1976. Modificada 1978. 1992. 2002. Artículos 9, 39 y 40.

5. Código de Familia. 4 de febrero de 1975.

6. Código Penal Cubano, Ley No. 62 de 29 de diciembre de 1987. Libro II. Titulo IX. Capítulo III. Los Delitos contra el Normal Desarrollo de la Infancia y la Juventud.

7. Decreto Ley 242 del 13 de marzo del 2007, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, Ministerio de Justicia, número 14, 16de marzo del 2007.

8. Resolución 88 de 1998 “Reglamento Escolar” del Ministerio de Educación.

DOCUMENTOS UTILIZADOS

1. Acuerdos Adoptados en la Reunión de la Comisión del Sistema de Prevención y Atención Social efectuada el 29 de noviembre del 2007 a implementarse en las Comisiones Municipales del Sistema de Prevención y Atención Social. Comisión Provincial del Sistema de Prevención y Atención Social Camagüey

2. A primeros secretarios de los Comité Municipales del Partido Comunista de Cuba, 5 de abril del 2010.

3. Aspectos principales a tener en cuenta en las seis prioridades definidas en la primera etapa para la atención y prevención social.

4. Aspectos a tener en cuenta para la evaluación de las prioridades a las Comisiones y Grupos de Trabajo del Sistema de Prevención y Atención Social.

5. Boletín Organización Nacional de Bufetes Colectivos No.27 Abril Junio 2007, Ediciones ONBC.

 


Editor:
Juan Carlos M. Coll (CV)
ISSN: 1988-7833
EUMEDNET