Contribuciones a las Ciencias Sociales
Diciembre 2008

 

DERECHO GERMÁNICO, GERMANISMO, FRANCOFONÍA Y CATALANISMO EN EL PENSAMIENTO Y LA ACTIVIDAD JURÍDICA, POLÍTICA E HISTÓRICA DE UN AFRANCESADO F. VALLS I TABERNER (1888-1942) Y EL GERMANISMO DE RAÍCES SCHMITTIANAS DE ALFONSO OTERO VARELA (1925-2001) (Iª Parte)
 


Manuel J. Peláez
mjpelaez@uma.es


Las presentes líneas tratan de poner de relieve esencialmente la figura de Ferran Valls i Taberner, personaje humana e intelectualmente complejo y contradictorio. No menos complejo resulta otro gran o no tan grande historiador del derecho, Alfonso Otero Varela. En ambos casos vamos a procurar resaltar sendas individualidades y parte de su pensamiento y trayectoria profesional en relación al tema del enunciado de este artículo. Respecto a Valls (1) seguimos parte de lo que ya hemos escrito en otra oportunidad, pero ampliado bastante y anotado. Respecto a Otero no vamos a fijarnos en lo que se recoge en la semblanza escrita por Raquel Medina Plana y el firmante de estas líneas (2). Ferran Joan Salvador Valls i Taberner era natural de Barcelona, donde nació el 31 de marzo de 1888, a las cinco y media de la madrugada, según consta en su partida de nacimiento. Fallecería en la ciudad condal el 1 de octubre de 1942, en la mesa de operaciones. Sus orígenes familiares eran sallentinos y andorranos. Su padre era Isidre Valls Pallerola (3), ingeniero industrial, Diputado y Senador, y su madre fue Antonia Taberner Prims (era hija de Salvador Taberner y de Isabel Prims, el primero natural de Guils y la segunda de Santa Eulalia; falleció en San Sebastián el 7 de mayo de 1938). De varios parientes suyos relacionados con el Derecho ha habido oportunidad de recoger las oportunas semblanzas en el vol. II, tomo 1º del Diccionario crítico de juristas españoles, portugueses y latinoamericanos, en concreto Joaquim Sebastià Esteve Valls Pallerola (1865-1935), Isidre Esteve Rudesindi Valls Pascual (1822-1877), Josep Esteve Sebastià Valls Pascual (n. 1820) y Lluís Valls-Taberner Arnó (1926-2006) (4).

Estudió el bachillerato en el Colegio de los Jesuitas de la calle Caspe (teniendo como compañeros de clase entre otros a Manuel Reventós i Bordoy (5) y Lluís Nicolau d’Olwer) y se examinó en el Instituto de Barcelona entre los años 1898 y 1904 en el que alcanzó abundantes Sobresalientes en las asignaturas de Historia I, II y III, Geografía I y II, Psicología y Lógica, Lengua castellana I y II, Doctrina cristiana y Latín. Siempre guardó un gran recuerdo de la Compañía de Jesús a la que defendió cuando fue atacada tanto en Barcelona como en Madrid. Consecuentemente, no fueron de su agrado los dos libros de Miguel Mir (6), Los jesuitas de puertas adentro, o un barrido hacia fuera en la Compañía de Jesús e Historia interna documentada de la Compañía de Jesús (7), ambos incluidos en el Index romano por un decreto de 17 de abril de 1896.



Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:
Peláez, M.J.: Derecho germánico, germanismo, francofonía y catalanismo en el pensamiento y la actividad jurídica, política e histórica de un afrancesado F. Valls i Taberner (1888-1942) y el germanismo de raíces schmittianas de Alfonso Otero Varela (1925-2001), en Contribuciones a las Ciencias Sociales, diciembre 2008, www.eumed.net/rev/cccss/02/mjp3.htm


Realizó el curso preparatorio a las carreras de Derecho y Filosofía y Letras en la Universidad de Barcelona, con Matrícula de Honor en las tres materias. Cuando tuvo que llevar a cabo los ejercicios del grado de Licenciado en Derecho, en los que obtuvo Sobresaliente, desarrolló los temas referidos a las “Bases en que podrían fundarse las contribuciones” y “De la condición de extranjero en España. Competencia de los tribunales españoles en los litigios en que intervienen extranjeros”. En el grado en Filosofía y Letras, sección de Letras, alcanzó también Sobresaliente el 7 de diciembre de 1909. Hizo la licenciatura en Historia en la Universidad Central, donde se doctoró también en Derecho (11 de octubre de 1912) con Las “Consuetudines Ilerdenses” y su autor Guillermo Botet, estando compuesto el tribunal por Rafael de Ureña (1852-1930), Felipe Clemente de Diego (1866-1945), Laureano Díez-Canseco (1860-1930), Leopoldo Palacios Morini (1877-1952) y Pío Ballesteros. Dicha tesis doctoral se ha publicado en tres ocasioness. Igualmente se doctoró en Historia con una tesis titulada Los abogados en Cataluña durante la Edad Media, el 19 de mayo de 1915 ante un tribunal presidido por Eduardo Ibarra Rodríguez (1866-1944) y del que formaron parte Adolfo Bonilla (1875-1926), Antonio Ballesteros Beretta (1880-1949), Pío Zabala Lera (1879-1968) y Manuel Hilario Ayuso, que le otorgó Sobresaliente, concediéndosele más tarde el Premio Extraordinario. Esta tesis se publicó en 1915 y luego ha sido publicada en dos ocasiones más, pero no los papeles complementarios que a la misma añadió con anotaciones ulteriores. Valls recibió el grado de Doctor honoris causa por la Universidad Católica de Chile (1937, con diploma expedido el 10 de enero de 1938), junto a José Ibáñez Martín, con ocasión de la bien o mal denominada Embajada nacionalista latinoamericana en la que también participaron Eduardo Marquina, el Padre Peiró, Gonzalo Valentí y Eugenio Montes.

Amplió estudios en París con Jean-Paul-Hyppolite-Emmanuel-Adhémar Esmein (8), Paul Viollet (9), Thévenin, E. Chénon (10), monseñor Boudinhon (11) y Maurice Prou, tanto en la École Pratique des Hautes-Études como en la Facultad de Derecho y en la École Nationale des chartes, tras ser pensionado por la Junta de Ampliación de Estudios e Investigaciones Científicas el 1 de diciembre de 1910. De hecho a él le gustaba compararse con Paul Viollet, mientras que Ramon d’Abadal (1888-1970) (12), que también amplió estudios en París, se consideraba más identificado con el citado Adhémar Esmein, jurista oficial de la Tercera República francesa y gran pensador, cuyo libro de Derecho constitucional es el modelo del denominado Derecho republicano.

Opositó con éxito al cuerpo de Archivos, Bibliotecas y Museos, en el que ingresó en 1913 y llegó a ser Director del Archivo de la Corona de Aragón en varios periodos y vocal del Comité Consultivo de Archivos del Instituto Internacional de Cooperación Intelectual, para el que redactó valiosos informes. Formó parte de la Junta del Colegio de Abogados de Barcelona, en momentos difíciles, y de la Oficina d’Estudis Jurídics de la Mancomunitat de Catalunya.

Ferran Valls contrajo matrimonio el 30 de mayo de 1916 con Marcelina Arnó Maristany, perteneciente a una familia de comerciantes con notables exportaciones a América.

Llegó a ser Catedrático de Historia de España de la Universidad de Murcia (nombrado el 18 de mayo de 1922, tomó posesión el 24 de junio de 1922 en la Universidad de Barcelona; su nombramiento fue rehabilitado el 10 de julio de 1922, tomando posesión siete días más tarde), en la que pidió la excedencia voluntaria que se le concedió por Real Orden del 21 de septiembre de 1923. Tras un dictamen favorable del Consejo Nacional de Cultura por Orden Ministerial del 5 de julio de 1933 le fue concedida una prórroga de diez años en la excedencia voluntaria para la realización de trabajos científicos dentro de la administración del Estado. El 29 de julio de 1939 pidió su reingreso en la Universidad, a través de la de Barcelona, siendo nombrado provisionalmente, aunque tardaría en llegar su nombramiento definitivo, cosa que ocurrió en mayo de 1942 en una cátedra de Historia Universal, tras un accidentado concurso en el que Baró Comas (procedente de la Universidad de Valencia) pudo acceder antes que Valls a una cátedra barcelonesa, por el dictamen de la Abogacía del estado contrario a la pretensión de Valls, que era catedrático de Historia de España.

Miembro adjunto y luego numerario del Institut d’Estudis Catalans, miembro también de la Asociación Cardenal Albornoz, estuvo vinculado a la Société d’Histoire du Droit de París. Presidente de la Academia de Buenas Letras de Barcelona (en la que ingresó el 30 de mayo de 1920, de la que fue separado por un acuerdo corporativo de 1927 y nuevamente reintegrado ese mismo año, y desde la que promovió el nombramiento de abundantes académicos correspondientes alemanes, italianos y franceses entre 1939 y 1942), académico numerario de la Real Catalana de Bellas Artes de San Jorge (nombrado el 9 de abril de 1940) y Vicepresidente del Ateneo Barcelonés. Participó en numerosos encuentros científicos promovidos por la Unión Académica Internacional y fue Delegado en Roma de la Comisión de Cultura y Enseñanza de la Junta Técnica del Estado (su nombramiento es del 16 de diciembre de 1936). Impartió conferencias en Berlín, Leipzig y Greifswald en 1942, no sobre temas políticos sino históricos de las relaciones entre Alemania y España durante los siglos centrales de la Edad Media (13).

Juez de Apelaciones del Principado de Andorra desde el 29 de mayo de 1916. Fue nombrado por el obispo copríncipe Joan Benlloch Vivó (1864-1926), no en 1913 como ha escrito equivocadamente en dos ocasiones Rafael Gibert y Sánchez de la Vega, sin precisar además ni el día ni el mes. Sería igualmente miembro de la Asociación Francisco de Vitoria (desde el 14 de diciembre de 1929) y correspondiente de la Real Academia de la Historia (1932, confirmado en San Sebastián el 30 de marzo de 1938), de la Real Academia Sevillana de Buenas Letras y de la Real Academia de Ciencias, Nobles Artes y Bellas Letras de Córdoba. En el Consejo Superior de Investigaciones Científicas tuvo puestos destacados en Madrid y Barcelona, tanto en el Patronato Marcelino Menéndez Pelayo como en la Comisión Hispano-Americana (de esta última desempeñó la Vicepresidencia).

Temática de su investigación que le resultaba particularmente grata fue el estudio de los Usatges. Con Ramon d’Abadal se propuso en 1912 llevar a cabo una investigación que en su primera parte estaría dedicada a los Usatges, Costums de Pere Albert (c. 1200-c. 1271), Casos feudales y costumbres feudales extravagantes y que cristalizó en una edición conjunta titulada Textes de Dret Català, I, Usatges de Barcelona, aparecida en 1913, con un estudio preliminar en buena parte salido de la pluma de Abadal. En 1926 publicó Valls unas críticas a las teorías de Julius Ficker sobre las afinidades entre el código catalán y las Exceptiones legum romanorum, y antes, en 1920, al libro de Ch. Poumarède, Les Usages de Barcelone, al que censuró con firmeza y resaltó los errores claros que en el mismo se detectaban. El problema de la formación del texto lo abordó Valls en un artículo de 1925, deteniéndose en 1929 en algunos manuscritos y volviendo en 1934 a trazar las líneas de una posible reconstrucción de los Usualia de curialibus usibus Barchinonae, para plantear al año siguiente lo que denominó Noves recerques sobre els Usatges de Barcelona. En 1936 volvió otra vez sobre el tema. En 1942 dejó inéditas unas páginas, parte de ellas en pruebas de imprenta, donde apuntaba algunas novedades, que ocasionalmente expuso en 1940 ante la Academia de Buenas Letras barcelonesa. Sus estudios sobre los Usatges han merecido puntualizaciones de lo más diverso por parte de Carlo Guido Mor, Ramon d’Abadal, Joan Bastardas Parera, Aquilino Iglesia, Jesús Fernández Viladrich, Frederic Udina Martorell y Tomàs de Montagut i Estragués.

Publicó Valls numerosos trabajos, valorados de desigual manera, sobre el Llibre del Consolat de Mar, con una edición del mismo de planteamiento tan original como poco meditado y sin apoyo codicológico, que fue muy censurada por Alfonso García Gallo y de Diego (1911-1992), Galo Sánchez Sánchez (1892-1969) y Ramón Prieto Bances (1889-1972), aunque casi cincuenta años después Arcadi Garcia Sanz (1926-1998) -máximo especialista en la materia- parece darle, en parte, la razón al señalar que intuyó los grandes bloques de que estaba formado dicho texto; en cualquier caso ni García Gallo ni Valls da la impresión de que tuvieron en cuenta la tesis doctoral inédita de Ignacio Barjau Martí, Disquisición acerca del Libro del Consulado de Mar, defendida en la Universidad Central en 1909.

Con ocasión de las oposiciones a cátedras de Historia General del Derecho Español de 1933 a las que concurrieron F. Valls, Juan Beneyto Pérez y Luis García de Valdeavellano, siendo este último el único promocionado, Galo Sánchez resaltó que Valls en su segundo ejercicio se ocupó de la doctrina francesa y española, pero dejó de “lado la literatura alemana aprovechable” (14). El germanismo, tan importante en aquellos momentos dentro de la historiografía jurídica española, le fue achacado a Valls como un defecto. Por contra, se observa que, en comparación con algunos de los miembros del tribunal de la oposición a la que concurrió, Valls tuvo oportunidad de publicar en Alemania más que ninguno de ellos, en concreto sobre las colecciones canónicas de Cataluña durante la época condal en el homenaje a Heinrich Finke, pero también en el homenaje a Franz Ehrle (15). Cuenta Valls igualmente con una publicación sobre el Concilio de Lérida de 1151 (16) aparecida en Múnich o en Munster, con ocasión de las colaboraciones para la Görresgesellschaft, que se prodigaron a lo largo de los años, en 1930 (17), 1938 (18) y 1940 (19).

Valls mantuvo importantes relaciones científicas con el mundo alemán, no sólo con Heinrich Finke, sino con Ulla Deibel, Anton Eitel, Franz Zwick, Alphons Reuschenbach, Ludwig Bittner, Karl Supprian, Johannes Vinke, Hellmuth Petriconi, Gertrud Richte, Berthold Beitner, Rolf L. Jaeger, H. Nabholz, G. Moldenhauer, etc. El epistolario germánico de Valls ha sido publicado hace once años (20). Con el que sí es seguro que no llegó a relacionarse científicamente fue con el nazi Carl Schmitt (1888-1985). Últimamente en España ha vuelto una afición desmedida (21) hacia Carl Schmitt, que adquiere nueva carta de naturaleza parecida a la que tuvo en un primer momento entre 1929 y 1934 y desde 1940 a 1952. Desde 1991 hasta 2008 en el Estado español no dejan de aparecer trabajos sobre Schmitt o ediciones de sus obras en castellano. Un caso particular es el de José Luis Monereo Pérez, catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad de Granada, que a través de la editorial Comares (22) está contribuyendo a una resurrección con una cierta dosis de entusiasmo. Dejemos ya sentado desde un principio que Schmitt era católico, pero que también fue un colaborador ideológico de los nazis, y que además por su situación personal de un primer matrimonio y un segundo estuvo apartado de la práctica religiosa. Como del segundo enviudó treinta y cinco años antes de su fallecimiento tuvo tiempo y oportunidad de reconciliarse con la Iglesia no in articulo mortis, sino en la plenitud de su vida. También se ha poner de relieve de antemano que en 1936 Schmitt no fue censurado y perseguido por el régimen nazi, sino que mantuvo sus numerosos privilegios y sentó las bases, precisamente a partir de ese momento, de la expansión europea de los alemanes y de la defensa de la acumulación de poderes por el Führer (esto ya lo había hecho en 1933 y 1934). Schmitt fue detenido por los rusos en abril de 1945 y sometido a un interrogatorio. Seis meses más tarde fue el alto mando norteamericano quien lo detuvo e internó en un campo de concentración, sometiéndolo el servicio de inteligencia del ejército norteamericano a un interrogatorio. Los días 3, 21 y 29 de abril de 1947 volvió a ser interrogado por Robert Kempner, tras haber sido incriminado por el Tribunal de Nurenberg por su responsabilidad ideológica de defensa del sistema nazi. Se le preguntó por su implicación directa o indirecta en el planteamiento general de la guerra de agresión alemana, de los crímenes de guerra y de los crímenes contra la humanidad. Carl Schmitt negó la paternidad de la fundamentación ideológica de dichos crímenes y dio la impresión de que ni siquiera conocía su existencia. En el interrogatorio Schmitt se esforzó por tratar de dejar claro que, a partir de 1936, no había tenido nada que ver con el sistema y que su colaboración había sido desde 1934 a 1936 y a señalar que “el mito del Dr. Carl Schmitt era un puro mito”. Schmitt fue sancionado con la pérdida de su cátedra en Berlín y la imposibilidad de volver a ser profesor en su país. Es decir, fue sancionado, no absuelto, como tratan algunos de pontificar innecesariamente. El catedrático de la Universidad de París I-Sorbona Jean-François Keervegan anima a leer los escritos de Schmitt para darse cuenta de que fue un nazi y un antisemita, en particular desde 1933 hasta 1938, pero al mismo tiempo resalta que existe una “distorsión monstruosa” entre teoría y práctica, entre escritos y hechos, entre ciencia jurídica y política y la realidad de la desaparición de infinidad de seres humanos. Schmitt mantuvo una estrecha relación intelectual y de amistad con Francisco Javier Conde García (1908-1974), y, en especial, con Álvaro d’Ors (1915-2004), y antes con su padre Eugeni d’Ors i Rovira (1881-1954), que ha quedado reflejada en la publicación de su epistolario común editado en Berlín en 2004. Aparte, el discípulo de d’Ors, el catedrático de Historia del Derecho de la Universidad de Santiago de Compostela Alfonso Otero Varela (1925-2001), contrajo matrimonio con la única hija de Schmitt. De hecho Carl Schmitt colaboró en el homenaje que se le hizo a Otero con ocasión de sus veinticinco años de cátedra, situando a su yerno a un nivel inimaginable desde el punto de vista jurídico.

El libro, Legalidad y legitimidad, de Schmitt resulta clave para la legitimación del régimen nacionalsocialista, ya que en esas páginas Schmitt resalta “el colapso del Estado legislativo parlamentario” del régimen de Weimar, que para él no coincide con el verdadero Estado de derecho, como tampoco el Estado jurisdiccional. Señala que el Estado gubernativo o el Estado administrativo pueden en ese sentido ser también Estados de derecho. Schmitt, otrora defensor de la Constitución de 1919, en esa monografía señalaba los defectos y las contradicciones prácticas del sistema de Weimar. Peligroso resulta que Schmitt defienda la “legitimidad plebiscitaria en vez de la legalidad del Estado legislativo”, ya que para él se había desnaturalizado el concepto y la naturaleza de la ley. El final de lo que apunta en su pequeño libro tiene signos casi apocalípticos. La concentración de poderes demostró ser un desastre de consecuencias mundiales. Tampoco resulta atractivo para Schmitt el estado neutral y agnóstico que responde al modelo del Estado propio de los modelos liberales que se dieron en algunos países de Europa en el Ochocientos. Considera igualmente superada la teoría aristotélica de la división en monarquía, aristocracia y democracia y aquella otra teoría que distingue entre Estado de Derecho y Dictadura. Defiende que en la Europa de los años treinta del siglo XX la mejor distinción es la que se da entre Estado legislativo con sistema de legalidad cerrado y Estados jurisdiccionales, gubernativos y administrativos. Preferimos quedarnos con Harold Laski, aunque sea laborista y fuera transitoriamente comunista, para quien “el gobierno democrático es, sin duda alguna, la forma suprema de la organización política” (23).

En España la sintonía de Schmitt con Alfonso Otero Varela fue máxima. Otero, hombre inteligente, no fue por otro lado el oráculo de Delfos, por mucho que a su suegro pudiera parecérselo y me molesta particularmente alguna de sus afirmaciones como la de considerar trasnochada la concepción bifronte de la Historia del Derecho, que postularon con rigor científico y claridad mis dos maestros universitarios Josep Maria Font i Rius y Jesús Lalinde Abadía, y luego el propio Escudero a quien se le podrán reprochar otras cosas relacionadas con diversos ámbitos profesionales (24), a las que responde con energía y avec tendance à suivre ses personnelles préferences, mais aussi inspiré par l’intérêt según los casos (25), pero sus libros y trabajos de investigación en torno a las instituciones político-administrativas españolas de la Edad Moderna tal y como ha resaltado su panegirista Guillermo Hierrezuelo Conde (también lo es de José Luis Monereo) en al menos nueve ocasiones, y otros como Vallejo García-Hevia y el firmante de estas líneas (en cinco oportunidades), suelen ser impecables (26). Otero sí hizo aportaciones importantes al Derecho germánico y sobre el Liber iudiciorum (27); es quizás, después de Zeumer, el que lo ha estudiado con mayor ingenio, aparte de los trabajos propios de su escuela, muy importantes, sobre todo los de Aquilino Iglesia Ferreirós. Las instituciones de derecho privado, con el modelo germánico o no, Otero las ha diseñado con precisión e inteligencia, así la mejora del nieto (28), la mejora (29), las mandas entre cónyuges (30), la adopción (31), la patria potestad (32) y las arras (33). Por otro lado, pensamos que ha sido un desacierto la publicación de la Memoria de oposiciones, inédita hasta ahora, de Concepto, Método y Fuentes de Otero, donde hemos advertido ya con cotejo la existencia de seis párrafos tomados sin mayores explicaciones de la Memoria de oposiciones de Gibert, que intuía ese asunto como ya dejó indicado y por eso se encargó de publicar al completo su Memoria (34). Al menos hay una veintena larga de párrafos más tomados de la Memoria de Gibert de los que no nos hemos ocupado. Tuvo Otero sus desencuentros científicos con Emma Montanos lo que deja reflejado en varios lugares (35). Se me ocurrió al recensionar a Otero hacerme eco de unas declaraciones que creí oir durante mi estancia en Catania, que han sido mal interpretadas. En ningún momento puse comillas. Interpreté que el que Montanos estudiara en la Universidad de Catania como que, aparte de fotocopias, accedió a bases de datos de que se disponía en el citado Seminario. Se ha visto de otro modo, pido perdón o disculpas, pero en mi caso entre las palabras de M. Bellomo creí oir la frase “Emma se ha llevado de aquí todo lo que ha querido”. Las explicaciones del tal Bellomo tuvieron lugar por la mañana, con ocasión de una magnífica conferencia de Tomàs de Montagut en la sede de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad de Catania, por la tarde explicándonos a este último y a mí los fondos de su seminario y que el rector de la Universidad le concedió una elevadísima cantidad de millones de liras para la restauración de libros antiguos, de como adquirió por tan sólo 2.000 Liras verdaderas joyas bibliográficas una de ellas en casa de un antiquario de tres generaciones, su contribución a Juristas Universales, etc., luego seguida de una entrañable cena en su casa con la que fuimos homenajeados donde el personaje más elogiado fue Gero Dolezalek, en la que Tomàs de Montagut le hizo entrega de los dos tomos en una caja del Llibre de les Quatre senyals, y donde en una mesa reposaba un libro que le había regalado Escudero durante su estancia en Catania. Emanuele Conte llevó un ramo de flores rojas para la esposa de Bellomo. No se me malinterprete, lo que oi fue eso, antes o después, y tomé nota en mi agenda de ese día, el 24 de mayo de 2006. Nadie pudo oirlo el 24 de junio de 2006 ya que allí no estábamos presentes. Si Bellomo dice que no lo dijo, aceptado(36). Mis recuerdos y mis anotaciones son infundados y rectificaré en la propia Revista de Estudios Histórico-Jurídicos. El problema es que Escudero le remitió a Bellomo un sólo párrafo, no el resto del texto y le puso comillas, cuando no hay ninguna. En cualquier caso nada que objetar al respecto. No se pidió tampoco mi interpretación, sino que se dio por hecha. No era negativa, simplemente supuse que allí se hacía algo más que fotocopias, como suele ser habitual cuando uno acude a cualquier Seminario de investigación en el extranjero, y que se aprendían cosas y que se escuchaban ideas y teorías. Creo en este sentido haberle escuchado una explicación a Bellomo sobre porque suenan las campanas. En cualquier caso, en las no infrecuentes veces que tuve oportunidad de ir invitado a la Facultad de Derecho de Catania, gracias a la amabilidad mediadora de Tomàs de Montagut, lo que frecuenté fue la Biblioteca de la Facultad de Jurisprudencia, el Seminario de Derecho Romano y la Biblioteca de la Facultad de Filosofía y Letras situada en la otra punta de la ciudad.

La conferencia de Tomàs de Montagut, presidida por el Vicedecano de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad de Catania (el decano estaba en Roma) fue magnífica, en un castellano muy claro, sobre problemas que hacen referencia no sólo al derecho catalán sino también a las instituciones feudales y al derecho germánico. Recuerdo cómo habló de la Europa común y del contexto general en el que se elaboraron los Usatges y construyó su exposición partiendo de la institución monárquica como próxima al ejercicio del poder público, sobre tres apoyos: 1º) monarquía feudal, 2º) recepción del derecho común y 3º) constitución de la monarquía catalana. También se hizo hincapié en el nacimiento de la Generalitat y Montagut habló de la monarquía de los Austrias y Borbones, de la República y de la actual monarquía constitucional. Fue densa la conferencia, pues se pasó revista a Guifrè el Pilós, al tratado de Corbeil, al Liber Iudiciorum, a la confusión entre derecho y religión, a la división entre la Cataluña nueva y vieja, la sociedad feudal y la pirámide feudal, la ordalía del agua caliente, la paz de la casa, del camino, de los mercados, de las ferias, de los sepúlcros (la casa del muerto) y la paz y tregua de Dios, los malos usos feudales (cugucia, exorquia y arsina), y para terminar ratio scripta, derecho común y ley penal.

Volviendo a Alfonso Otero Varela, manifiesto mi total desacuerdo con su afirmación: “la concepción schmittiana del nomos de la tierra, de la que me considero secuaz” (37). Se trata de la conocida obra de Schmitt El nomos de la tierra en el Derecho de gentes del “Ius publicum europaeum” (38). Para mí, seguir de esa forma a Carl Schmitt, aunque sea de un Schmitt intentando rehabilitarse, me parece de una enorme insensibilidad a los problemas que las ideas de este señor y de los nazis ocasionaron en media Europa. Últimamente y en esta misma sede o en otras me he empeñado en combatir científicamente a los fascistas (39) y a veces también a Schmitt. No lo he hecho, pese a que me ha sido por escrito en tres ocasiones reprochado, con el marxismo, por ser una cuestión demasiado compleja para mí de la que bien poco conozco y que no me suscita el más mínimo interés (reconociendo como cualquiera lo hace que ha sido la ideología más importante en el siglo XX y como hasta los más conservadores consideran que Carlos Marx fue el economista más influyente de toda la historia de la humanidad), con el leninismo por desconocer el ruso y con los intelectuales maoistas (“tanto maoista que pontifica en nuestras Universidades”, dice uno de mis interlocutores), ya que se me ocultan completamente sus ideas y no sé nada de chino, en ninguna de sus variantes. Es mucho más fácil combatir ideológicamente el fascismo y el régimen títere de la República de Vichy. Mi labor es muy modesta, caso a caso, jurista a jurista.

Valls se preocupó de las fuentes de los derechos locales y comarcales catalanes medievales, S. Ramon de Penyafort (su biografía del santo se ha publicado en castellano en cinco ocasiones y ha sido traducida al catalán y al italiano en Bolonia, siendo los años de edición 1936, 1952, 1979, 1986, 1996, 1998 y 2000; para Jean Gaudemet es un “trabajo de primerísimo interés para los historiadores del derecho canónico”, que “demuestra la gran calidad de las investigaciones del profesor Valls Taberner”), Pere de Cardona (siglo XII), Guillem Botet, Pere Albert (que restó inédito), Jaume Marquilles (1366/1368-1451/1455), Tancredo de Bolonia, Francesc Eiximenis (C. 1327-1409), Narcís de Sant Dionís, Adam de Aldersbach, Bonaventura Carles Aribau (se hizo con buena parte de su archivo privado y sus cuadernos de notas inéditos, publicó tres breves artículos, y ha sido Patricia Zambrana la que se ha encargado de editar el contenido del Archivo Aribau en un libro en 2004 (40), precedido de un artículo aparecido en 1998, recogiendo los cuadernos inéditos de notas de Aribau y su documentación privada en otra entrega posterior), Jaume Balmes Urpià (1810-148), Joan Permanyer Ayats (1848-1919), Eduardo de Hinojosa (1852-1919), Guillem Maria de Brocà (1850-1918), las instituciones medievales de Derecho Público de Cataluña (curia condal, municipio, feudalismo, pactos pirenaicos, duelo judicial, paz y tregua, veguerías), etc.

Su mejor obra de contenido histórico-jurídico son los cuatro volúmenes que dedicó a los privilegios y ordenaciones de los valles pirenaicos, publicados originariamente (los tres primeros) entre 1915 y 1920 y reeditados entre 1987 y 1992 (algunos autores desde 1996 han señalado la inestimable tarea que, para la elaboración de esta obra, le prestó el archivero Pere Pujol Tubau), aunque su Història de Catalunya, en colaboración con Ferran Soldevila, ha sido la más difundida y que ha merecido más ediciones y tiene un marcado tono nacionalista, lógicamente sin alcanzar el nivel de la Història nacional de Catalunya de Antoni Rovira i Virgili (1882-1949), ni otras que se han escrito y publicado en Barcelona a partir de los años setenta del pasado siglo XX.

Además, Valls publicó en muchas revistas europeas de cultura general, de Historia del derecho y de Historia medieval, donde entonces eran prácticamente desconocidas las colaboraciones de otros iushistoriadores españoles como la Revue historique de droit français et étranger de París, la Rivista di storia del diritto italiano de Turín, Moyen Âge de Bruselas, Bulletin Hispanique de Burdeos y la Revue de Catalogne de París, a la vez que mantenía relaciones científicas con grandes historiadores del Derecho de su época como Pier Silverio Leicht, Gabriel Le Bras, Paul Fournier, Ernest Valentin Perrot, Pierre Petot, Carlo Guido Mor y Paul Ourliac.

Son escasas las publicaciones de Valls sobre asuntos de pensamiento político o jurídico o puramente culturales o filosófico-políticas. Serían las siguientes (nos referimos a lo publicado hasta su muerte): “Documents de cultura del regnat de Jaume I, en l’Arxiu de Poblet”, en Estudis Universitaris Catalans, IV (1910), pp. 476-482; “La convicció catalanista”, en La Revista, CLXVII (1922), pp. 204-205; “La tradició de la nostra cultura”, en Revista de Catalunya, I (1924), pp. 35-42 y reed. en Sabadell, 1987, vol. I, pp. 35-42; Respuesta al discurso de ingreso en la Real Academia de Buenas Letras de Barcelona de Jaume Serra Hunter, Les tendències filosòfiques a Catalunya durant el segle XIX, Barcelona, 1925, pp. 29-31; “La Societat de les Nacions i les idees de comunitat internacional en els antics autors catalans”, en La Paraula Cristiana, I (1925), pp. 13-29, vuelto a publicar en Barcelona, 1929, Barcelona, 1986 y Barcelona, 1989; “El tractat De regimine principum de l’infant Pere d’Aragó”, en Estudis Franciscans, XXXVII (1925), pp. 271-287 y 432-450 y XXXVIII (1926), pp. 107-119 y 199-209 y republicado en Barcelona, 1986, pp. 259-337; “A propòsit de l’Elogi de Catalunya de Vallès i Pujals”, en La Nova Revista, V (1928), pp. 299-302; “Autoritat i Jerarquia”, en La Veu de Catalunya, 8 de agosto de 1929; Paraules del moment, Barcelona, 1930 y reed. Zaragoza, 1989; Per la nostra cultura. Recull d’articles i conferències de política i cultura catalanistes (1925-1930), Barcelona, 1930 y reed. Zaragoza, 1990; “La tasca fonamental del regionalisme”, en La Veu de Catalunya, 13 de octubre de 1930; Finalitat i orientacions de propaganda cultural catòlica, Barcelona, 1932; En les hores confuses, Barcelona, 1934 y Reafirmación espiritual de España, Madrid-Barcelona, 1939.

Francisco Tomás Valiente (1932-1996) resaltó en 1991 que Valls, como editor de fuentes jurídicas catalanas inéditas, “hizo gala de un esmero, de una pulcritud, de una erudición, asombrosas” y políticamente “el modo de ser catalán de Valls es el modo de ser que los españoles mejor entendemos” (41). Será el que mejor entendía Tomás y Valiente. No se deben, a mi modesto entender, hacer generalizaciones de este tipo, aunque el personaje que las hizo fuera de una categoría extraordinaria.

Laurent Waelkens precisó en 1989 que “fue en su época uno de los grandes historiadores del Derecho de la península ibérica”, mientras que para Martí de Riquer en 1964 era “una de las figuras más sobresalientes e interesantes de la vida cultural de Barcelona en los decenios más decisivos de su historia moderna”.

Con nostalgia, don Juan de Borbón (el “Don Juan III” de un periódico conservador español) recordaba, desde Estoril (1966), las clases de Historia de Cataluña que le había impartido en Roma en 1937 y como “a través de las conversaciones sostenidas con él, cambió totalmente la idea que yo tenía de Cataluña. Por eso precisamente tomé el título que ahora ostento: el de conde de Barcelona”.

Andrés Sobejano lo recordaba en 1962 como persona en la que “se conjugaban las más nobles condiciones intelectuales y morales, y las virtudes masculinas más relevantes; la prudencia y la buena fe, la sagacidad con la rectitud de intención; y parecían paradójicas al par que confundidas en su persona una varonil y luminosa corpulencia y una inocente alma infantil. Su fe católica firme y arraigada lo inmunizaba de todo peligro de error o desviación, a la vez que le infundía una comprensión segura y una caritativa tolerancia hacia los hombres más que a las ideas”, al mismo tiempo compatible con una “sencillez, exenta de toda vanidad”.

Sin embargo, la persona, que decía mejor conocerlo, fue el político catalanista Francesc Cambó (1876-1947), quien lo retrató en el momento de su muerte y en la distancia (desde Argentina) como “hombre bueno, abnegado, de una honradez a toda prueba, capaz de cualquier sacrificio por un ideal”. “Tenía, sin embargo, dos defectos capitales y los tenía en grado superlativo: la vanidad y la soberbia. En apariencia era un modesto y un manso; así lo juzgaban los que le conocían poco: los que le conocíamos a fondo sabíamos que era todo lo contrario. Formó parte siempre de la Lliga, donde llegó a tener considerable prestigio. Hubo una época en que él, Estelrich [Joan Estelrich Artigues] y Nicolau [Lluís Nicolau d’Olwer] formaban la trinidad brillante y prometedora que estaba llamada a substituirnos a los viejos dirigentes. Los tres eran catalanistas extremistas... Valls era un hombre de pasiones violentas. Era, sobre todo, implacable en sus odios, de los cuales hacía objeto, principalmente, a sus mejores amigos: Nicolau y Estelrich, amigos íntimos antes, atrajeron después..., y hasta la muerte, las más furibundas de sus iras. Antes había odiado a Vallès [Vallès i Pujals], a Puig [Josep Puig i Cadafalch], y a tantos otros. Y cuando odiaba a alguien, lo odiaba totalmente, integralmente; no admitía en él cosa buena: ni inteligencia, ni bondad, ni patriotismo, ni corrección. Generalmente sus fobias eran circulantes, al menos siempre había una -que no duraba mucho tiempo- que estaba en erupción”. A mayor abundamiento, “Valls -según la peculiar opinión de Cambó- se creía siempre en posesión de la verdad absoluta, pero esta verdad no era siempre la misma, más bien cambiaba con cierta facilidad, ya por propio impulso interior, ya por influencias externas, familiares o de ambiente social”. Acaba admitiendo Cambó que “a pesar de todo, ni era un mal hombre, ni se había vuelto un mal catalán. A pesar de los disgustos que me ocasionó, yo tenía por él una verdadera simpatía y estoy seguro de que él sentía por mí un gran afecto. Es un amigo menos. ¡Que Dios le haya perdonado!” (42). Lo ha dicho Cambó y amén.

No obstante, conviene hacer una serie de puntualizaciones a lo escrito por Cambó. Nicolau d’Olwer en 1958 (aunque estas páginas están escritas con anterioridad, en 1943, ya fallecido Valls) muestra un gran afecto hacia Valls, al que recuerda como “amigo nuestro, fraternal, queridísimo” y basta leer toda la correspondencia entre Valls y Nicolau que se ha publicado parcialmente (43). El tratamiento protocolario que el que fuera Ministro de Economía del Gobierno provisional de la Segunda República da a Valls en sus cartas, pasó de “amich” y “Estimat amich [o amic]” a “Caríssim” (= queridísimo) a partir de 1926 hasta 1936. Josep Pla llegó a escribir: “Ferran Valls, Lluís Nicolau d’Olwer y Ramon d’Abadal forman una trilogía que estuvo unida no solo por una comunidad de estudios y de preferencias intelectuales, sino por una viva y cordial amistad. Valls, Nicolau y Abadal fueron tres compañeros inseparables”. Semejantes odios hacia Joan Estelrich no se observan en la correspondencia de veinte años entre Valls y Estelrich, a pesar de que el tono y el afecto no es el mismo que se detecta en la correspondencia cruzada entre Valls, Abadal y Nicolau. Antonio de la Torre y del Cerro consideraba que Valls era “el amigo leal; la persona a quien confiar un secreto y en quien encontrar consejo en momentos difíciles”. Un hombre del exilio de tanto relieve intelectual como Pere Bosch i Gimpera, en una carta enviada desde México el 16 de agosto de 1970, hablaba de Valls como “gran amigo” a quien “yo mucho quería” y además añade: “Valls fue siempre catalanista y su catalanismo coincidía con el mío”. A. Sobejano, Ramón Prieto Bances, Jordi Rubió i Balaguer, Jesús Pabón Suárez de Urbina, Joan Perucho, Juan Beneyto Pérez, Paul Ourliac, Joan Quero i Molares, José María de Areilza, Jesús Ernesto Martínez Ferrando, Josep Maria de Sagarra i de Castellarnau, Mariano Ruiz-Funes García, Rafael Campalans, Pere Font i Puig, etc., hicieron elogios importantes de Valls en diversos momentos de su vida.

Es evidente que Ferran Valls fue un ser mudable en sus ideas políticas: monárquico conservador, regionalista, nacionalista, republicano, apologeta de Franco, de José Antonio Primo de Rivera y de Calvo Sotelo, a la vez que aliadófilo convencido en 1914 y partidario a ultranza de las potencias del Eje en 1941 y 1942 y, por último, monárquico juanista y contrario a la revolución nacional-sindicalista, haciendo todo ello compatible con gestionar en septiembre de 1930 la liberación de ciertos líderes de izquierdas como Joaquín Maurín Juliá, fundador del POUM, para luego en 1937 Valls arremeter de forma brutal en discursos en Chile, Argentina y Perú contra el comunismo, el anarquismo y la masonería. En 1939 intentó salvar la vida sin éxito de Carles Rahola y de Latorre, además de intervenir en defensa de un número considerable de personas en los procesos depuratorios de funcionarios llevados a cabo. Su archivo conserva un importante número de cartas de petición de favores por parte de imputados y represaliados. Su temprana muerte acabó con las esperanzas de algunos de ellos.

Sus cambios de ideas ya venían de su etapa formativa en el segundo y tercer lustro del siglo XX, detectables a través de su correspondencia desde París. El mismo Jordi Rubió, desde Hamburgo, en 1912, había escrito: “me da pena este continuo cambiar de ideas de Valls”.

No obstante, dentro de la Lliga, Valls no cuestionó el liderazgo de Cambó, pero sí el pensamiento de Enric Prat de la Riba (1870-1917), del que en su momento su pluma había deslizado elogios inconmensurables. Valls llegó a considerar a Francesc Cambó como un “gran político de prestigio, experiencia y capacidad excepcional”. Valls fue diputado por la Lliga tanto en el Parlamento de Cataluña (1932) como en el Congreso (1936). Sus intervenciones en el Parlamento fueron en su mayor parte sobre asuntos culturales y de defensa de la lengua catalana.

Uno de los mayores elogios de Valls lo ha hecho el antiguo profesor de Historia del derecho y también antiguo militante del Partido Comunista de España Elías Romero, quien redactó en su momento un breve y completo escorzo de Valls: “místico, tenaz, serio, simpático, consejero, rico, elegante, culto, movido siempre por imperativos de conciencia y no por intereses partidarios, atento a la belleza y a la finura, ajeno al tormento y la injusticia, a la pobreza; sin embargo, su espíritu religioso le llevaba a interesarse por el común de los humanos”.

Pienso, sin embargo, que la mejor definición de sí mismo y de su pensamiento (de lo que pensaba en 1942, que era parcialmente -y a veces no tan parcial- distinto de sus opiniones de 1914, de 1926, de 1930 y de 1937) la proporciona él en su testamento político y moral, redactado a mano el 26 de julio de 1942, lo que disipa cualquier tipo de dudas al respecto a resultado de lo cual lo reproducimos al completo: «Yo no estoy en la oposición; acato al Gobierno, y modesta pero honradamente colaboro dentro de la esfera de mi competencia, sin rehuir mi consenso ni regatear el aplauso cuando, según mi modo de pensar, he de darlo. Pero nada tengo que ver con el Nacional-Sindicalismo, no soy camarada; además abomino de la Revolución, cualquiera que sea el epíteto que se le añada, y contra ella, perturbadora y tiránica siempre, defiendo la libertad legítima y el orden jurídico. Mis ideas son las siguientes: 1º Soy católico, apostólico, romano, ante todo y sobre todo, y en consecuencia me encuentro opuesto al comunismo, al socialismo, al liberalismo, al anarquismo y al totalitarismo. 2º Soy español de todo corazón, quiero a España como patria mía, sin reservas ni distingos, y dentro de ella soy catalán por naturaleza, por residencia y por amor muy vivo a mi región, pero repudio el catalanismo, del que un tiempo estuve contagiado, y nada tengo ni quiero tener con ninguno de sus grupos o matices. 3º Soy monárquico de convicción y de sentimiento, e incluso por tradición familiar, y aunque no formo parte de grupo u organización alguna, soy un súbdito devoto de S. A. R. Don Juan de Borbón y deseo la restauración de la realeza en el día y ocasión oportunos, con una Monarquía autoritaria, no una república coronada, y como solución nacional, no como protesta o agitación de partido. 4º Soy un adicto fervoroso del Movimiento Nacional y agradezco profundamente al Ejército y como Jefe del mismo al Generalísimo, la guerra de liberación que era necesaria para salvar a España de la disolución, de la barbarie y de la opresión soviética. 5º Agradezco vivísimamente al Gobierno la política de neutralidad y la declarada posición antibolchevique» (44). No obstante esta afirmación, José María Ramón de San Pedro, que fue Presidente del Banco Atlántico, ha escrito como, en 1941, escuchó al suegro y luego al cuñado de F. Valls pronosticar la derrota de Alemania y de los países del Eje, una de ellas a la vista de un mapa extendido en una mesa, en la tienda de Pere J. Arnó, de la calle Vergara, nº 12 de Barcelona (45). Este Pere J. Arnó fue nada menos que visitado por Heinrich Himmler con ocasión de su estancia en Barcelona (46).

Por otro lado, en sus escritos de 1928, recogidos en un libro titulado Un viatger català a la Rússia de Stalin (Barcelona, 1985) las frases no son tan frontalmente antisoviéticas como las que utilizaba en 1941 y 1942, y a veces incluso hace descripciones idílicas de Moscú y de San Petersburgo.

Valls fue catalanista convencido durante lustros, en que escribió sobre el “sentimiento esencial de catalanidad”, afirmó con rotundidad “soy (como siempre) un convencido catalanista”, entendiendo que el catalanismo “es el instinto, indestructible, de conservación de la personalidad de Cataluña y de la defensa de sus derechos, el propósito constante de trabajar por la prosperidad, por el progreso y por la libertad de nuestro pueblo” (se refiere al pueblo catalán, no al español). A mayor abundamiento, en 1931 Valls se veía como republicano. Incluso llegó a escribir que había que ser catalanista por razones de fidelidad y de dignidad. Valls en 1942 estaba desengañado de la política y volcado en la cultura. Así lo ha reflejado Jordi Rubió: «Pero en los últimos días de su vida ya no fue la ambición de figurar en la política activa la que le empujaba. Se había desengañado de ella y se anunciaba en él una nueva crisis. Se concentraba en la política cultural y confiaba en su autoridad en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, recientemente fundado, para organizar en Barcelona una comisión editora de los antiguos cartularios catalanes. Es decir, una especie de Sección Histórica del “Institut d’Estudis Catalans” con el cordón umbilical en Madrid. Más de una hora me habló de ello a fines de septiembre de 1942, pocos días antes de morir, la última vez que le vi y pude estrechar su mano. Era en la antigua calle de Claris, ante la puerta del Colegio de los Jesuitas. Mientras hablábamos pasaban constantemente ante nosotros transeuntes que le saludaban, y que él, ya desde lejos, veía venir, con la costumbre tan suya de escrutar siempre el panorama que le rodeaba, para que nadie le pasase por alto. Aparecía pálido, de aspecto cansado, con la cara flácida y, sobre todo, descontento y amargado, aunque tenaz como en sus mejores tiempos» (47).

Diez años después de su muerte, se llevó a cabo una amplia labor editorial de su obra y en torno a su figura. Cuenta con cuatro biografías amplias escritas, la que acabamos de citar de Jordi Rubió Balaguer -redactada en 1943, y publicada en 1952, 1966 y 1981-, otra -la más extensa- a cargo de Joan Antoni Parpal y Josep Maria Lladó en 1970 y dos que han corrido de la cuenta de Josep Maria Mas Solench (1925-2005) en 2002 y 2004. El número de pequeñas biografías, semblanzas o recuerdos sobre Valls supera la treintena.

Para las contradicciones que se detectan en su pensamiento político sigue siendo imprescindible la consulta del libro de Elena Martínez Barrios (48), que no fue del agrado de Lluís Valls ni en el entourage del Banco Popular, ni mucho menos en la revista ultraconservadora Razón Española donde dicho libro fue calificado como escrito “desde las barricadas” y se trataba a la autora como si fuera de talante leninista (pero, en fin, eso engrandece la categoría de la autora, procediendo de donde venía), junto a diversos comentarios y notas de esta escritora aparecidos en diferentes revistas que hacen de Martínez Barrios y de F. Cambó los máximos detractores de Valls, y los que lo han hecho con una mayor dosis de sagacidad crítica, dentro de un panorama general en que son muchísimo más abundantes los que lo han tenido en cuenta como una gran personalidad cultural, promotor de las Bellas Artes y un historiador de las fuentes del Derecho catalán de primera magnitud y justifican sus cambios políticos por razones de fidelidad a la Iglesia Católica y a sus legítimos representantes, aunque no se encuentran respuestas saludables a los cambios en temas ideológicos y respecto al catalanismo.

Son muy numerosos los homenajes científicos promovidos para recordar su memoria por instituciones de lo más diverso como el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Diputación provincial de Barcelona, Real Academia de Buenas Letras de Barcelona, Ateneo Barcelonés, Universidad de Málaga, Archivo de la Corona de Aragón, Delegación de la Generalitat de Catalunya en Madrid, Colegio de Notarios de Madrid, Gobierno del Coprincipado de Andorra e, incluso, por parte del Institut d’Estudis Catalans. Los Estudios interdisciplinares en homenaje a Ferran Valls i Taberner con ocasión del centenario de su nacimiento agruparon desde 1986 a 1993 trescientos quince trabajos y 7.345 páginas recogidos en veintidós volúmenes, aunque el que hacía el número trece su contenido se ha publicado de forma dispersa fuera de la colección; en esta miscelánea los trabajos, los de contenido filosófico y filosófico-político no fueron abundantes (49). Sí lo fueron los trabajos sobre Derecho público, Derecho de la Navegación e Historia del Derecho y de las instituciones. Por lo que se refiere al Derecho germánico y al germanismo el mismo aparece recogido en la contribución de Paul Ourliac, que fue catedrático de la Universidad de Toulouse, sobre la justicia y la paz en los fueros del Béarn (50). Sobre todo ha sido Rafael Gibert el que mayor atención ha prestado al Derecho germánico en su colaboración al homenaje a Valls, al tratar sobre la paz otorgada y la paz entre partes (51), reconociendo que el punto de partida era el libro de Eduardo de Hinojosa sobre el Derecho germánico (52).

A la vista de lo que se lleva escribiendo sobre Valls en los últimos sesenta y seis años, en los que no ha habido ni un solo lustro en el que no hayan aparecido referencias, citas, artículos o semblanzas suyas, es presumible que, al menos, en el horizonte de los próximos doce años se siga manteniendo esta tendencia. Mientras tanto su archivo particular, que engloba además el archivo de la documentación privada de Buenaventura Carles Aribau, el de varias generaciones de Valls (el más documentado es Isidre Valls Vilaseca, que fue perseguido por sus ideas liberales y constitucionalistas) y el de Mariano Latre Juste (filósofo, teólogo y canonista, catedrático de Constitución en Madrid y autor de muchos trabajos inéditos de pensamiento político), se encontraba en Barcelona, en 1985 pasó a Málaga y desde 1999 ha sido ya remitido en un 35% al Arxiu Nacional de Catalunya de Sant Cugat del Vallès. El resto resta ubicado en el área de Historia del derecho y de las instituciones de la Facultad de Derecho de la Universidad de Málaga y en dos lugares más de la capital de la Costa del Sol, a la espera de irlo enviando paulatinamente a su lugar de destino definitivo en el citado Arxiu Nacional de Catalunya.

En la segunda parte de este trabajo profundizaremos más en aspectos sobre el Derecho germánico y germanismo tanto en Valls como sobre todo en Otero Varela, y en diversas cuestiones más en torno a Otero.

El que se recoja a continuación la correspondencia inédita de Paul Ourliac (53) tiene un sentido, ya que en ella hay muchísimas referencias a Valls, a los centros y personas con los que se formó en Francia, pero también a verdaderos pesos pesados de la historia del derecho en Francia y en España (Ramón d’Abadal, Josep Maria Font i Rius, José Orlandis Rovira, Rafael Gibert y Sánchez de la Vega, Álvaro d’Ors, Jesús Lalinde Abadía y Gonzalo Martínez Díez), y además a muchas cuestiones que se mencionan en las líneas precedentes de este artículo y por supuesto, al derecho germánico. Paul Ourliac fue el número uno de la Historia del Derecho en Francia, país más importante en el siglo XX para nuestra disciplina (Alemania lo fue en el XIX), presidió el Comité consultivo de las Universidades francesas y además era miembro del Instituto de Francia, la calificada por algunos como institución cultural y sabia más importante del mundo.

CORRESPONDENCIA INÉDITA DEL MIEMBRO DEL INSTITUTO DE FRANCIA Y GRAN HISTORIADOR Y JURISTA FRANCÉS PAUL OURLIAC (1911-1998)

[I] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre sus recuerdos en torno a F. Valls Taberner al que conoció en París en 1933 y con el que volvió a coincidir en Roma a partir de 1936

Toulouse, 7 de septiembre de 1985

Monsieur et cher collègue,

Je reçois votre lettre dont je vous remercie, ne pouvant qu’être touché et honoré de ce que vous m’écrivez.

Il se trouve que j’ai bien connu Valls-Taberner; à Paris vers 1932 ou 1933 où il fréquentait la Société d’Histoire du droit et surtout à Rome entre 1936 et 1938 alors que j’étais moi même à l’École de Rome et que nous nous retrouvions presque chaque jour à la Bibliothèque du Vatican. C’est vous dire que je participerai avec beaucoup de plaisir à l’hommage que vous comptez lui rendre.

Une difficulté cependant : je n’ai ni la possibilité, ni le temps de rédiger un article général sur, par exemple, la paix au moyen âge, sur la paix à l’époque carolingienne ou sur la Paix de Dieu : toutes questions qui conviendraient, me semble-t-il, à votre projet mais que je ne veux pas traiter trop légèrement.

Je comprends mal, d’autre part, le mot espagnol de “convivencia” et ne sais, si dans votre esprit, il pourrait recouvrir le rôle joué par la Coutume dans l’ancien droit français.

Je vous propose donc un article assez bref sur “La paix et la justice” dans les fors de Béarn – cela parce que ces fors sont la réplique des Usatges de Barcelone qu’avait fort bien étudiés vers 1930 Valls-Taberner.

Veuillez me dire si vous le pouvez si le sujet vous paraît trop limité ou s’il eut convenir à votre recueil. Escusez-moi de vous poser ainsi la question, mais un recueil comme celui que vous preparez n’a portée que s’il existe une certaine unité entre les articles.

Croyez, cher monsieur, à tous mes meilleurs et bien dévoués sentiments.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-36/85 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[II] Carta de Paul Ourliac a Álvaro Núñez Iglesias en relación a su tesis doctoral sobre el testamento por comisario

Toulouse, 27 de septiembre de 1985

Cher Monsieur,

Votre lettre adressée à la Faculté a mis très longtemps à me parvenir du fait des vacances; d’où le retard à vous répondre que je vous prie d’excuser.

C’est un très beau sujet qui vous est proposé, qui concerne à la fois le droit savant (l’interprétation donné de la décrétale d’Innocent III) et la pratique.

Je crois qu’il y a lieu de distinguer très nettement trois choses :

1º) Le testament par commissaire : il est tout à fait normal en droit ancien puisque le testateur se confie à des exécuteurs testamentaires et que son testament est oral (d’où la formalité de la publication du testament sur laquelle vous trouverez, pour le Midi de la France tout au moins une copieuse bibliographie). Bien qu’il soit désagréable de se citer, je vous renvoie au tome III de mon Histoire du Droit privé (Le droit familial) qui, contrairement aux deux premiers tomes n’a pas été traduit en espagnol et à mon tout récent livre (général) Histoire du droit privé français (collection l’Évolution de l’humanité).

La seule question difficile est de savoir si un tel testament pouvait porter sur les immeubles de la famille ou seulement sur les meubles, pour les legs pieux. C’est en fait toute la mission des exécuteurs testamentaires qui est en question, sur laquelle le vieux livre de R. Caillemer (1901) demeure irremplaçable. Voyez aussi la bibliographie italienne qui est très fournie à cause du droit lombard.

Un tel testament a existé en droit catalan encore aux derniers siècles et j’en ai cité des exemples en Andorre au XXe siècle; je me rappelle à ce sujet avoir consulté des juristes de Barcelone du XVIe siècle; je ne saurais plus vous en dire les noms. En l’espèce le père mourant charge sa femme ou un parent de désigner l’«héritier».

2º) Le testament loco defuncti : une personne est morte sans s’être confessée (desconfès) et sans avoir testé (intestat); certains statuts synodaux lui refusent au même titre qu’à un excommunié la sépulture religieuse. Souvent aussi la question est liée à la mainmorte (servile en principe, mais pas toujours). De ce fait – pour son âme seulement – on fait le testament du mort et souvent (dans l’Ouest) l’évêque ou le curé en sont chargés. La question a été mise en rapport avec la “part du mort” du droit germanique et certaines coutumes atribuent d’office à l’évêque le tiers des meubles.

Sur ce testament loco defuncti, vous pouvez consulter le bon article de R. Aubenas dans “Annales de Faculté de Droit d’Aix-en-Provence”, t. XXXV, 1942. Je vous enverrai cet article si vous ne pouvez vous le procurer car il me paraît essentiel.

3º) L’institution pour des causes pies : c’est à dire à une personne incertaine, les pauvres par exemple. La question est encore actuelle et je pense que c’est à elle que vous faites allusion en citant l’ordonnance de 1735. Vous trouverez toute la question fort bien traitée dans les 2 vol. d’Henri Regnault, Le ordonnance civile du chancelier Daguesseau, 1938-1965. Il y a en realité deux questions : l’institution au profit des pauvres (ou d’une personne future = une fondation) et l’institution à charge d’élire (de choisir l’héritier). Je ne peux entrer dans le détail que vous trouverez dans le livre cité. La question est liée à celle des fidéicommis dont vous connaissez l’importance dans l’ancien droit.

Je crois me rappeler que j’ai vu des articles sur la question dans la Revue du droit aragonais car il devait s’agir d’un droit foral.

Voici un premier point de la question qui est, je pense, fort interéssante mais très vaste; peut-être auriez-vous intérêt à vous limiter dans le temps ou dans l’espace. Les quelques indicatons que vous me donnez sur les Lois de Toro et sur le Fuero Real me font penser que, comme en France, on est allé du testament canonique à l’institution de personnes incertaines. C’est au fond la sécularisation du testament qui est en question.

Bien entendu, je suis à votre disposition pour tout renseignement complémentaire.

Veuillez faire mon très cordial salut au Professeur Peláez Albendea et croire, cher Monsieur, à tous mes sentiments sympathiques

Paul Ourliac (firmado)

Copia conservada en el Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-44/85 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[III] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre la tesis doctoral de Álvaro Núñez Iglesias sobre el testamento por comisario

Toulouse, 10 de diciembre de 1985

Mon cher collègue,

Je vous remercie de votre aimable carte du 2 décembre. Je suis heureux que l’article que je vous ai adressé ait convenu pour la publication que vous envisagez.

Je vous adresse la fiche demandée (avec un sommaire ou un résumé de mon article; à vous le choisir la forme que vous préférez).

J’ai envoyé il y a quelques jours à M. Álvaro Núñez Iglesias (qui est je pense un de vos élèves) l’article qu’il m’avait demandé. N’ayant pas son adresse exacte, je l’ai adressé a la Faculté de Málaga.

En vous redisant mes remerciements, je vous prie de croire, mon cher Collègue, à tous mes sentiments très amicalement dévoués.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-114/85 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[IV] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre su colaboración en el homenaje a José Orlandis Rovira con ocasión de sus setenta años

Toulouse, 13 de octubre de 1986

Je vous remercie de votre amaible lettre du 30 septembre. C’est bien volontiers que je collaborerai aux Mélanges que vous comptez offrir à Monsieur l’abbé Orlandis (54). J’ai pour lui une très vieille amitié.

Je ne sais encore le sujet de l’article que je vous enverrai mais il s’agira certainement d’histoire du droit (avec si je le peux une inflexion vers l’Espagne et vers les Visigots; je pense, en particulier, à une comparaison des actes d’Urgel et des actes Languedociens des Xe et XIe siècles).

J’ai pris note que le manuscrit devrait vous parvenir le 1er avril.

Veuillez agréer, mon cher Collègue, l’expression de tous mes sentiments amicalement dévoués.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-37/86 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[V] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre Jacques Krynen, entonces catedrático de Historia del derecho, de las instituciones y de los hechos sociales y económicos en la Facultad de Derecho de Burdeos

Toulouse, 19 de octubre de 1986

Mon cher collègue,

Veuillez m’excuser d’avoir une écriture difficile à lire. J’ai souvent la même difficulté avec les lettres que je reçois.

Je devais vous dire, en vous remerciant de l’envoi des deux volumes et des tirés à part que les deux articles sur Eiximenis m’avaient particulièrement intéressé. Eiximenis a été étudiant à Toulouse et un de mes étudiants, Jacques Krynen, a fait sur lui un très bon article qui remonte à 7 ou 8 ans.

Jacques Krynen a depuis lors été reçu à l’agrégation et est professeur à la Faculté de Bordeaux. Il est l’un de mes rares collègues qui parle et écrit parfaitement l’espagnol (capable de faire une conférence en espagnol). C’est pourquoi je vous indiquais son nom comme celui d’un correspondant éventuel. Il est spécialiste de l‘histoire des idées politiques et sa thèse sur “Idéal de prince” au XIVe siècle a obtenu la récompense majeure de l’Institut avec la Grand Prix Gobert.

Veuillez agréer, Mon cher collègue, l’assurance de mes sentiments très amicalement dévoués.

Paul Ourliac (firmado)

L’adresse de la Faculté de Bordeaux est : Faculté de Droit, avenue Léon Duguit, 33604 Pessac.

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-65/86 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[VI] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre su colaboración en el homenaje a José Orlandis Rovira

Toulouse, 15 de marzo de 1987

Cher Monsieur et ami,

Je n’oublie pas les mélanges Orlandis auxquels vous m’avez fait l’honneur et le plaisir de me demander de collaborer.

Je travaille à l’article que je vous ai promis et qui, pour le moment, est intitulé : “Note sur les actes privés français et catalans des Xe et XIe siècles”.

Je compte bien vous l’envoyer à la date indiquée et au plus tard dans les premiers jours d’avril.

En vous remerciant encore de m’avoir donné l’occasion d’exprimer à M. l’abbé Orlandis toute ma profonde sympathie, je vous prie de croire, cher Monsieur et ami, à tous mes sentiments très sincèrement dévoués.

Paul Ourliac (firmado)

de l’Institut

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-29/87 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[VII] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre el homenaje a José Orlandis Rovira por sus setenta años

Toulouse, 14 de abril de 1987

Cher Monsieur et ami,

Comme je vous l’ai promis je vous envoie le manuscrit de l’article que vous m’aviez demandé pour les Mélanges qui seront offerts à M. l’abbé Orlandis. Bien entendu, la lettre est recommandée, mais comme je me méfie autant des postes françaises que des postes espagnoles, je vous demande si ce pli ne vous parvenait pas dans un délai raisonnable de m’en avertir.

J’ai essayé, en condensant beaucoup, de ne pas dépasser les 20 pages demandées.

Veuillez agréer, Cher Monsieur et ami, tous mes meilleurs et bien amicaux sentiments.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-38/87 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[VIII] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre el libro de Valls Taberner de Privilegios del Valle de Arán

Toulouse, 20 de septiembre de 1987

Monsieur et cher Collègue,

Je trouve à mon retour de vacances le beau livre de Valls Taberner que vous avez eu l’aimable pensée de me destiner. Encore une fois, je suis touché de votre courtoisie et c’est bien sincèrement que je vous remercie de cet envoi.

Je retrouve un texte que je connaissais pour l’avoir jadis utilisé, spécialement les coutumes de 1328 qui sont fort proches des coutumes du Comminges et du Couserans que j’étudiais.

Ja vais signaler la publication de ce livre dans la “Revue d’Histoire du droit” (sans faire un compte-rendu puisqu’il s’agit d’une réédition). Une étude bibliographique du Val d’Aran a d’ailleurs paru il y a deux ou trois ans dans la Revue “Urgellia”.

J’admire toujours les éditions espagnoles pour lur parfait présentation et celle-ci est particulièrement réussie.

En vous redisant mes remerciements, je vous prie d’agréer, mon cher collègue, tous mes meilleurs et bien dévoués sentiments.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-69/87 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[IX] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre el Instituto de Estudios Políticos de Toulouse, del que durante años Paul Ourliac fue su director, en relación a los cursos de español y de civilización española y latinoamericana que dicha institución organizaba

Toulouse, 10 de octubre de 1987

Cher Monsieur et ami,

Votre lettre du 14 septembre a mis très longtemps à ma parvenir; elle était adressée à l’Institut d’Études Politiques que j’ai abandonne il y a six ans à ma retraite.

Je comprends que vous me demandez de vous envoyer un imprimé (B) qui n’est pas joint à votre lettre. Il existe depuis l’origine des cours de la langue espagnole à l’Institut et de nombreux cours portent sur la civilisation espagnole ou latino-américaine. Le directeur actuel est M. Cabanis auquel vous pouvez demander les renseignemens qui vous sont nécessaires.

Veuillez agréer, cher Monsieur, tous mes meilleurs et bien dévoués sentiments.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-74/87 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[X] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre las reformas llevadas a cabo en los últimos años en las Facultades de Derecho de las Universidades francesas

Toulouse, 24 de noviembre de 1987

Cher Monsieur et ami,

Vous avez bien voulu me communiquer les projets de réforme des études de droit actuellement discutés en Espagne et me demander de vous donner mon sentiment.

Vous comprendez que je ne puisse avoir une opinion sur cette réforme, par discrétion d’abord, et aussi parceque j’ignore tout des programmes espagnols.

Je peux, en revanche, vous donner une appréciation sur les multiples réformes dans lesquelles j’ai eu souvent à intervenir comme membre puis président du Comité consultatif des Universités.

1º) On est parti d’une licence en trois ans, bien équilibrée où toutes les matières étaient enseignées (même si elles l’étaient parfois sommairement) et où étaient prévus cinq semestres historiques, trois pour le droit romain, deux pour l’histoire du droit (public). Il en sortait des étudiants valables, aptes à prendre en doctorat la specialité qui leur convenait.

2º) On a divisé et sous divisé tout en portant les études à quatre ans. L’erreur majeure a été de séparer le droit public et le droit privé : ce qui fait par exemple que sur 300 avocats à Toulouse il n‘y en pas trois capables de plaider devant les tribunaux administratifs.

La seconde erreur capitale a été de multiplier les enseignemnts spéciaux, les matières annexes, les options (toujours choisies d’après la comportement prêté à l’examen au professeur) et d’aboutir ainsi à deux résultats également pervers : un licencié de droit privé peut n’avoir jamais entendu parler des successions ou des régimes matrimoniaux ; pour faire les cours à option (le plus souvent semestriels) il a fallu recruter un personnel nouveau : professeurs, mais aussi assistants, maîtres-assistants, chargés de cours. L’effectif de la Faculté de Toulouse qui était en tout quand j’y suis arrivé (1937) de 13 professeurs et 3 employés au secrétariat est mantenant de 214 “enseignants” et de 190 employés. Or on décerne, à raison de la qualité des étudiants (et aussi de quelques assistants) à peine plus de licences en droit privé qu’il y a cinquante ans (et près de dix fois moins de doctorats).

3º) Pour en revenir à l’histoire, elle est parfaitement placée en première année et, si elle est bien enseignée, elle plaît aux étudiants en ménageant la transition avec le Lycée. Le cours de première anné a été gardé à grand peine à Toulouse mais il a été flanqué de dix cours à option éparpillés un peu dans chaque année et, à mon avis, assez peu formateurs.

De droit romain il est à peine question (un cours à option sur les institutions de l’Antiquité). Les options d’histoire du droit privé sont délaissées comme difficiles. En revanche, pour beaucoup l’histoire commence à 1789 et tout ce qui pouvait intéresser les étudiants (spécialement étrangers) est délaissé. La sociologie, l’ethnologie, l’anthropologie prolifèrent et elles sont souvent enseignées par de non-juristes.

4º) Le doctorat est pratiquement délaissé à raison même des conditions draconiennes qui son mises aux études (et qui postulent, en fait, que tout docteur doit enseigner).

Le résultat est assez malheureux : les étudiants après quatre ans en savent beaucoup moins que jadis avec une licence de trois ans. Il y a presque 80% d‘échecs car le paradoxe française – dû à la démagogie universitaire – est que pour être élève d’un I.U.T., d’une école hôtelière, ou simplement d’une école d’infirmières ou de coiffeurs, il faut subir un examen tandis que les Facultés doivent accueillir tous les laissés pour compte. La même politique a conduit à créer une trentaine de baccalauréats – par exemple des techniques diverses ou de musique – dont tous permettent de s’inscrire à la Faculté de Droit.

Ne suivez pas notre exemple !

Veuillez croire, cher Monsieur et ami, à tous mes meilleurs et bien dévoués sentiments.

Paul Ourliac (firmado)

de l’Institut

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-94/88 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XI] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre el homenaje internacional a Jesús Lalinde Abadía por sus setenta años

Toulouse, 15 de febrero de 1988

Monsieur et Cher collègue,

Je suis très touché de l’offre aimable qu vous me faites de collaborer aux mélanges que vous avez l’intention d’offrir à M. Lalinde Abadía pour ses 70 ans. J’aurai eu grand plaisir à exprimer ainsi à celui-ci la grande sympathie que j’ai pour lui et pour ses travaux. Je crains seulement – ayant promis pour le 15 juillet 1988 une assez grosse contribution à l’Histoire de l’Eglise que lance la librairie Desclée – de ne pouvoir respecter le délai fixé.

Excusez-moi donc de ne pouvoir répondre favorablement, à votre demande et avec mes remerciements, veuillez agréer, Cher Monsieur, tous mes sentiments bien sincèrement dévouées.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-25/88 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XII] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre el homenaje a José Orlandis Rovira, y sobre sus amigos españoles Rafael Gibert y Sánchez de la Vega y Álvaro d’Ors

Toulouse, 31 de marzo de 1988

Monsieur et cher Collègue,

Je reçois avec beaucoup de plaisir les volumes que vous devez offrir en hommage à M. Orlandis pour son jubilé universitaire et vous en remercie. Je ne pourrai à mon grand regret assister à la cérémonie au cours de laquelle le volume sera offert au jubilaire, mais je vus serai reconnaissant d’exprimer à M. Orlandis les sentiments d’affection et d’admiration que j’ai pour lui.

Je l’ai connu vers 1950. J’avais organisé un congrès d’histoire du droit à Toulouse et souhaitais beaucoup la présence de collègues espagnols. M. Orlandis (comme M. Rafael Gibert) ont eu la gentillesse d’y venir. Je connaissais déjà M. Orlandis par ses travaux mais, à la gare où j’étais allé l’eccueillir, je ne sus le reconnaître tant il paraissait jeune. Je l’ai retrouvé quelques mois après à un congrès à Jaca où, l’époque étant difficile, j’étais le seul français présent et grace à lui j’ai pu, avec joie, connaître quelques jeunes professeurs espagnols devenues célèbres depuis.

Près de quarante après, M. Orlandis est resté jeune d’esprit et de coeur; il est demeuré le maître qu’il était déjà et en appronfondissant sans cesse le champ de ses recherches. J’ai une grande admiration pour ses travaux auxquels je me réfère sans cesse. Avec M. Álvaro d’Ors il est, pour le droit et l’histoire visigothique, le chef d’une école qui s’est imposée partout. Je sais qu’il a bien d’autres activités car, en parfait historien il ne sépare pas le passé du présent et a toujours le souci de connaître et de faire connaître.

L’hommage qui lui est rendu va au professeur, au savant et à l’homme et je vous serai reconnaissant de m’y associer.

Veuillez agréer, Monsieur et cher Collègue, tous mes sentiments distingués et très sympathiques

Paul Ourliac (firmado)

de l’Institut

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-47/88 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XIII] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre Álvaro d’Ors para la tabula gratulatoria internacional organizada en su homenaje

Toulouse, 10 de junio de 1988

Cher collègue et cher ami,

Je vous remercie de votre aimable lettre et suis touché que vous ayez pensé à m’associer à l’hommage que vous comptez rendre à M. Álvaro d’Ors. Voici le texte que je vous propose :

«J’ai grand plaisir à exprimer à M. Álvaro d’Ors, à l’occasion de son jubilé, les sentiments de profonde admiration que, comme tous ses collègues, je lui porte. L’œuvre qu’il a accomplie est, en effet, admirable et elle réalise, dans la ligne tracée par son père, un monument élevé à la fois à la romanité et à l’hispanité : le passé témoigne de leur union et aussi de leur permanence. Le droit romain devait à des empereurs espagnols sa perfection et sa force civilisatrice; ce droit romain que trop d’érudition pandectiste avait souvent déformé, retrouve avec M. Álvaro d’Ors sa beauté et son équilibre».

«M. Álvaro d’Ors est le dernier docteur proposé par la Faculté de Droit deToulouse avant qu’elle disparaisse malheureusement, en 1968, sept siècles et demi après sa fondation; il est le premier docteur créé par l’Université des Sciences sociales qui a succédé à la Faculté de Droit. Le doctor tholosanus était jadis “comte ès loix” et tous les toulousains devaient le respecter et l’aimer. Ces sentiments demeurent et jamais meilleure noblesse n’a été reconnue à un “comte ès loix”».

Bien entendu, faites de ce témoignage ce que vous voudrez. Vous trouverez d’ailleurs dans les Annales de la Faculté de Toulouse, le compte rendu d’une cérémonie qui fut très chaleureuse.

Avec tous mes meilleurs et bien dévoués sentiments.

Paul Ourliac,

de l’Institut (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-92/88 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XIV] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre el homenaje a Jesús Lalinde Abadía

Toulouse, 11 de julio de 1988

Mon cher Collègue,

Je vous remercie de votre dernier envoi, comme les précédents plein d’intérêt. J’admire l’effort que font votre Université et votre pays pour assurer des publications historiques.

Je suis en ce moment fort pris par différents projets et ne pourrai, comme vous me le demandez vous envoyer un article pour les mélanges que vous comptez offrir à M. Lalinde Abadía. J’ai un peu délaissé le droit public pour le droit privé et craindrais de ne pouvoir vous donner un article qui soit digne du jubilaire. Je vous demane de lui en exprimer mes regrets et vous prie de croire, Mon cher collègue, a tous mes sentiments sympathiques et dévoués.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-48/88 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XV] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre F. Valls i Taberner, el derecho pirenaico y los fueros de Béarn y de Bigorre

Toulouse, 1 de noviembre de 1988

Mon cher collègue,

Monsieur Bastier vient de me remettre le tome II des privilèges Pyrénéens (55) que vous aviez eu l’amabilité de lui envoyer pour moi. Je vous remercie bien sincèrement de cet envoi qui me permet de retrouver, dans la jeunesse que vous lui avez rendue, l’œuvre de Valls Taberner, dont je vous ai déjà dit que je garde très pieusement le souvenir : je l’ai bien connu à Rome, sans doute en 1936, quand il s’était réfugié au Vatican.

Je viens justement d’envoyer à la Revue d’histoire du droit (56) une petite note qui paraîtra sans doute dans le prochain numéro pour signaler la publication du tome I (57). J’attends maintenant avec impatience le tome III puisqu’il concernera un pays sur lequel j’ai déjà travaillé, Andorre et ses privilèges (58).

Je suis en tout cas frappé de la parenté qui existe entre ces coutumes et celles du Béarn ou de la Bigorre (et plus généralement des pyrénnées françaises) : c’est vraiment le même droit ce qu’expliquent sans doute à la fois l’identité de peuplement et la commune suzeraineté de l’Aragon. J’ai signalé tout particulièrement – je l’avais fait déjà car la disposition est bien remarquable – l’article d’Aneu qui reconnaît les droits successoraux des fils de prêres. C’est sans dout la meilleure preuve que le mariage des clercs était chose normale jusqu’au XIVe siècle dans les Pyrénées (59).

En vous félicitant encore une fois des mutiples publications que vous parvenez à mener à bien – et qui font gran honneur à l’érudition catalane et espagnole –, je vous prie de croire, mon cher Collègue, à tous mes sentiments distingués et devoués.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-94/88 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XVI] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre el homenaje a Ramon d’Abadal i de Vinyals

Toulouse, 16 de noviembre de 1988

Mon cher collègue,

J’applaudis des deux mains à votre projet de Mélanges d’Abadal (60). Je l’ai en effet bien connu et garde précieusement les notes prises à une conférence – remarquable – qu’il avait faite à Toulouse sur les Usages de Barcelone (61).

Je vous enverrai certainement à la date dite un article sur un sujet de droit pyrénéen ; j’ai souvent utilisé sa “Catalogne caroligienne” et ses livres sur Cuixà et voudrais ainsi lui rendre l’hommage qui est dû à ses beaux travaux.

En vous remerciant de votre aimable lettre, je vous prie de croire, Mon cher Collègue, à tous mes sentiments dévoués et distingués.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-73/88 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XVII] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre Paul Viollet, Chénon, Esmein, Génestal, Boudinhon y resto de profesores que tuvieron Ferran Valls i Taberner y Ramon d’Abadal en París

Toulouse, 9 de diciembre de 1988

Cher Monsieur et ami,

Je reçois avec un peu de retard aimable lettre (nos postes sont en grève !) et vous donne les renseignemens que j’ai :

Viollet était à l’époque professeur à l’École des chartes et “militant” catholique.

Chénon et Esmein avaient les deux chaires d’histoire du droit de la Faculté de Paris (unique comme vous le pensez). Chénon était incliné vers la catholicisme social et Esmein (qui devait mourir en 1913 ou 1914) juriste officiel de la troisième république (mais chargé à l’École des Hautes Études du cours – le seul alors fait les facultés officielles – de droit canonique).

Boudinhon n’est autre que Mgr Boudinhon qui a joué un certain rôle lors de la Séparation de 1901; je l’ai connu en 1936 recteur de Saint-Louis des Français à Rome et Doyen des prélats-votants de la signature. Ses opinions jugées modernistes l’ont empêché de devenir cardinal. Il pouvait en 1910 faire un cours de Droit canonique à l’Institut catholique. Je pense que Valls-Taberner a repris contact avec lui à Rome vers 1936 car il a dû mourir vers 1940.

Génestal (62) était l’élève chéri d’Esmein et sans doute son suppléant à l’École des Hautes Études. Il était (depuis 1905 environ et jusqu’en 1929) professeur à Caen.

Quant au dernier nommé (je lis Périé plutôt que Périès), il m’a été impossible de l’identifier. Je pense qu’il peut s’agir s’une “jeune” candidat à l’agrégation disparu, comme de tant d’autres, à la guerre de 1914. Je n’ai pas sous la main un annuaire de la Faculté de Paris de l’époque mais je pense qu’il ne peut s’agir d’un professeur.

Je n’oublie pas la promesse que je vous ai faite de rédiger un article pour les Mélanges d’Abadal. Je n’oublie pas sa réception comme docteur de la Faculté de Toulouse (et, honneur sans autre exemple, docteur in utroque de la Faculté des Lettres et de la Faculté de droit). Il avait fait une belle conférence sur les Usages de Barcelone et j’ai conservé les notes que j’avais prises. En souvenir je compte faire un article sur “L’ancien droit pyrénéen”.

Veuillez croire, cher Monsieur et ami, à tous mes bien fidèles et bien amicaux souvenirs.

Paul Ouliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-113/88 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XVIII] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre su colaboración en el homenaje a Ramon d’Abadal i de Vinyals con ocasión del centenario de su nacimiento

Toulouse, 27 de enero de 1989

Mon cher collègue et ami,

Je viens confier à la poste par pli recommandé à votre adresse le texte de l’article que vous aviez bien voulu me demander pour les Mélanges d’Abadal. J’ai traité le sujet que je vous avais annoncé et qui m’a paru le mieux convenir à son œuvre catalane et pyrénéenne.

Je vous serais très reconnaissant s’il vous était possible de me faire envoyer non pas 20 mais 30 ou 40 tirés à part – à mes frais bien entendu –. L’article peut intéresser quelques allemands ou Américains.

Je vous envoie d’autre part les notes prises à la Conférence faite à Toulouse par d’Abadal. Le notes ne sont peut-être pas très exactes et il serait bien dangereux de les publier. Elles ont été connues de Bonnassie qui les cite et les utilise dans son livre sur la Catalogne.

En vous redisant mes remerciements pour tout que vous faites pour la diffusion de l’Histoire du droit, je vous prie de croire, Mon cher Collègue et ami, à tous mes sentiments très sincèrement dévoués.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-4/89 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XIX] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre el homenaje a Abadal, sobre Poumarède el estudioso de los Usatges, sobre el otro Poumarède, el catedrático de Historia del derecho y de las instituciones de la Universidad de ciencias sociales de Toulouse, y sobre el Derecho histórico andorrano

Toulouse, 10 de febrero de 1989

Cher Monsieur et ami,

Je vou remercie de votre aimable lettre du 4 février. Je suis heureux que l’article que je vous ai envoyé pour les Mélanges d’Abadal vous convienne. D’Abadal n’a pas été élu à l’Institut où il y y a d’ailleurs fort peu membres étrangers (20) aux Inscriptions et aucun espagnol (ce qui est regrettable).

Il y a deux Poumarède, grand oncle et petit-neveu. Celui qui a écrit il y a plus de soixante ans sur le Usages de Barcelone (très médiocre) était un magistrat. L’autre est professeur à la Faculté de Toulouse et la thèse que je lui ai fait faire sur les successions dans le Sud-Ouest est excellente.

Sur Andorre, je vous remercie de me poser une question à laquelle je réponds très franchement :

Je n’ai jamais compris l’origine des “on-dit” sur l’attitude des français en Andorre. Je connais le pays depuis 40 ans et y ai un châlet où je passe les vacances. Je suis très amicalement lié avec beaucoup d’Andorrans et ne me mêlant jamais de leurs affaires. J’ai parfois entendu des réflexions assez peu sympathiques dont la raison m’échappe :

Peut-être s’agit-il d’un souvenir de Baudon des Mony et de Brutails qui avaient essayé jadis de démontrer que Andorre dépendait de la France ?

Peut-être s’agit-il de questions politiques. Du côte français, ces “bruits” ont été relayés par la Faculté de Perpignan dont on connaît les sympathies gauchistes ou communistes et spécialement par un assistant, Riera, auteur d’une bien mauvaise étude sur Andorre (le Gouvernement actuel a fait de lui un recteur alors qu’il n’était même pas professeur-adjoint). Il faudrait lors rechercher du côté de la gauche catalane qui a pu rêver de faire en Andorre, à l’aide d’un parti nationaliste, une révolution au moins culturelle.

Personnellement on m’a reproché d’avoir publié le livre commentant les décisions du Juge des appellations de Perpignan, dans lequel j’avais quelque peu critiqué les jugements invraisemblables rendue par Obiols, juge des appellations d’Andorre (Je ne peux vous envoyer ce livre dont je n’ai plus d’exemplaire mais qui a été publié à Andorre). J’ai été critiqué aussi pour avoir écrit qu’Andorre n’avait pas la “souveraineté” (Je vous envoie le recueil des Mélanges ou a été repris cet article). Quant à l’article de 1982 il a été publié par l’Université d’été d’Andorre et je n’en ai jamais eu un tiré à part.

Il est possible que M. Font Rius puisse vous renseigner mieux que moi sur la question. A moins que ce soit le R. P. Mundó qui a été un moment le directeur spirituel des jeunes Andorrans.

Je ne prens pas les choses trop au sérieux et elles appartiennent au passé. Si vous aviez des précisions, je vous serais bien reconnaissant de me le dire.

Veuillez croire, cher Monsieur et ami, à tous mes meilleurs et bien dévoués sentiments.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-21/88 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XX] Carta de Paul Ourliac a MJP, sobre el doctorado honoris causa de Ramon d’Abadal por la Universidad de Toulouse y sobre Ernest Perrot, a la vez que expone sus consideraciones sobre el futuro constitucional andorrano

Toulouse, 9 de marzo de 1989

Cher Monsieur et ami,

Je vous remercie de votre lettre du 19 février. Je vous precisé bien que les notes que je vous ai envoyées sur a conférence d’Abadal à Toulouse avaient été prises par moi assez vite et que je ne peux garantir leur parfaite exactitude.

Pour Andorre, vous avez pu trover dans l’article que je vous ai envoyé ma position personnelle. Il est bien certain que le statut du pays est très imprécis et que les Andorrans ont commis une belle bêtise en ne cherchant pas à obtenir – avant l’entrée de l’Espagne dans la C.E.E. – le même statut que les iles anglo-normandes. Je ne veux pas porter d’appréciation sur l’influence qu’exerce dans le pays la “Mitre” mais elle me paraît souvent assez archaïque.

Pour Ernst Perrot, il devait être vers 1906-1910 candidat à l’agrégation d’histoire d’histoire du droit; il a souteneu deux thèses (comme c’était alors nécessaire), une de droit romain, une d’histoire sur “Les cas royaux” (1910) qui est un travail remarquable. Il a été agrégé , mais appartenait à la malhereuse génération qui a tant souffert de la guerre de 1914. Nommé à Paris (où je l’ai encore connu) vers 1929, il a eu une attaque de paralysie vers 1931 et a fini sa vie obscurèment. C’était un excellent historien qui n’a pu donner sa mesure.

Je vous ai envoyer avant-hier les épreuves corrigées de mon article sur le droit des Pyrénées. Je serais heureux d’en recevoir une trentaine de tirés à part.

Bastier m’a remis les livres que vous lui aviez confiés pour moi. Je vous en remercie et vous prie de croire, cher Monsieur, à tous mes sentiments très amicaux.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-58/89 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XXI] Carta de Paul Ourliac a MJP para la tabula gratulatoria en homenaje a Josep Maria Font Rius, señalando sus incontables méritos científicos y su gran calidad humana

Toulouse, 2 de mayo de 1989

Monsieur et très cher collègue,

Je vous remercie bien sincèrement de votre aimable lettre. Vous m’apprenez que vous comptez célébrer le jubilé du Prof. Font y Rius; j’ai souscrit à ses mélanges que j’ai reçus il a quelques mois et compte annoncer la publication de son très beau livre sur les Constitutions de Catalogne.

Vous me demandez de m’associer à la Tabula gratulatoria que vous préparez pour lui. Je le fais bien volontiers.

Il y a entre le Catalogne et le Languedoc méditerranéen tant de liens historiques que l’œuvre de M. Font y Rius est aussi connue en France qu’en Espagne. J’ai eu l’occasion dans divers comptes rendus que j’ai faits pour le Revue historique et pour la Tidjschrift de Leyde de dire toute l’admiration que j’avais pour sa remarquable et précieuse publication des Chartes de Catalogne. M. Font y Rius possède, en effect, et de façon éminente, toutes les qualités de l’érudit et de l’historien. Il recherche les documents avec une patience de bénédictin, et, chercheur heureux, ses découvertes sont innombrables; mais ayant découvert des materiaux, il les exploite avec bonheur et chacun de ses livres ou de ses articles renouvelle la question qu’il traite : c’est toute l’histoire du peuplement et de la reconquête de la Catalogne que l’on trouve dans ses livres. La publication récente des Constitutions de Catalogne est une parfaite réussite : la reproduction de l’édition incunable est une merveille typographique, mai le commentaire qu’en donne M. Font y Rius donne au texte une nouvelle jeunesse (63).

J’apprends que M. Font y Rius prend sa retraite, je fais beaucoup de voeux pour que celle-ci n’interrompe pas les travaux qu’il prépare et qui ajouteront encore à sa renommée.

Je vous serais reconnaissant de faire par à Monsieur Font y Rius de ces sentiments et vous prie de croire, mon cher collègue, à tous mes souvenirs très sympathiques.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-44/89 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XXII] Carta de Paul Ourliac a Álvaro Núñez Iglesias en relación a su tesis doctoral sobre el testamento por comisario

Toulouse, 17 de mayo de 1989

Cher Monsieur,

J’ai beaucoup tardé à répondre à votre demande car je vous avoue que votre question m’embarrasse beaucoup. Il me paraît difficile de traiter, même du seul point de vue du droit français, la question de la succession ancienne.

La bibliographie est immense et il faut toujours distinguer les pays de droit écrit et les pays coutumiers et, pour ceux-ci, il y a autant de systèmes différents que de coutumes. Je vous ai déjà indiqué le tome III de mon manuel Themis (le seul qui ne soit pas traduit en espagnol). Vous pouvez trouver un exposé général dans mon “Histoire du droit français” publiée en 1985 chez Albin Michel.

Comme première direction de travail, je vous conseille les deux livres essentiels de Olivier Martin, “Histoire de la coutume de Paris”, 2 vol., 1920-1930 et Jean Yver, “Égalité entre héritiers et exclusion des enfants dotés”, 1966.

Vous pouvez consulter avec confiance tout ce qu’a écrit Yver. Pour le droit bourguignon, Jean Bart, “Recherches sur l’histoire des successions ab intestat du XIIIe au XVIe siècle”, 1966. Sur le testament, le vieux livre de Auffroy (1899). Surtout, vous pouvez reprendre la thèse de Braga da Cruz, “O direito da troncalidade”, Braga, 1941-1947 et tout ce qu’a écrit Meyers (ou Meijers) dans ses études d’histoire du droit et dans son “Droit ligurien des successions” (très contestable).

Si vous avez quelque difficulté plus spéciale, vous pouvez m’ecrire. Je tâcherai de vous donner les renseignements qui pourront vous être utile.

En vous souhaitant de mener ce travail à bonne fin, je vous prie de croire, cher Monsieur, à tous mes meilleurs sentiments.

Paul Ourliac (firmado)

Copia conservada en el Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-61/89 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XXIII] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre los homenajes a Gonzalo Martínez Díez y Ramon d’Abadal i de Vinyals

Toulouse, 30 de octubre de 1989

Mon cher Collègue,

Je reçois votre aimable lettre du 4 octobre par laquelle vous voulez bien me demander de collaborer aux Mélanges qui dovient être offerts à M. Martínez Díez.

J’accepte bien volontiers car je connais depuis longtemps les très beaux travaux de M. Martínez Díez (notamment sur l’Hispana) et je serai heureux de participer à l’hommage qui lui sera rendu. Je ne peux encore vous dire le titre de mon article et je prends note qu’il doit vous parvenir avant de 15 mars 1990.

Je vous ai envoye, il y a plus de six mois, un article sur le droit pyrénéen, destiné aux Mélanges d’Abadal. Si vous le pouvez, je vous serai très obligé de m’indiquer si cet article doit être prochainement publié (et, si possible, de m’en réserver quelques tirés à part).

Veuillez agréer, mon cher Collègue, l’assurance de tous mes meilleurs et bien dévoués sentiments.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-64/89 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XXIV] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre el homenaje a Gonzalo Martínez Díez

Toulouse, 8 de diciembre de 1989

Mon cher Collègue,

Je vous remercie de votre lettre du 12 novembre au sujet des Mélanges offerts au R. P. Martínez Díez. Je vous précise que je compte prendre comme sujet de cet article : “Les Fors de Bigorre”. Ils datent de 1110, ont été peu étudies et me paraissent – ce qui convient pour le R. P. Martínez Díez – avoir subi une influence de l’Hispana et aussi des fameux Fors du Sobrarbe, contigu à la Bigorre.

Veuillez agréer, Mon cher Collègue, tous mes sentiments très sincèrement amicaux.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-71/89 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XXV] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre el homenaje a Gonzalo Martínez Díez

Toulouse, 17 de marzo de 1990

Mon cher collègue et ami,

Je n’ai pas oublié les mélanges Martínez Díez auxquels vous aviez bien voulu me demander de participer et je vous envoie par pli séparé l’article que je vous avais annoncé sur les “Fors de Bigorre”. Comme les références sont assez nombreuses, je désirerai beaucoup en corriger les épreuves; si vous voulez bien me les faire envoyer, je les retournerai très rapidement.

En relisant votre lettre du 4 octobre, un doute me vient. Je pense que le R. P. Martínez Díez – bien qu’il ne soit pas fait mention de ses travaux de canoniste – est bien le spécialiste, mondialement connu, de l’Hispana. S’il s’agissait d’un homonyme, je vous serais bien reconnaissant de me l’indiquer pour que je modifie un peu mon article.

Veuillez agréer, Mon cher Collègue, l’assurance de tous mes sentiments très amicaux et devoués.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-62/90 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XXVI] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre Jean Bastier, la Cataluña francesa y la teoría de Pierre Grau sobre el Rosellón

Toulouse, 4 de octubre de 1990

Mon cher collègue et ami,

Je trouve à mon retour de vacances – passées en partie en Andorre où le courrier ne suit pas – votre aimable lettre du mois d’août. Escusez-moi e vous en remercier avec beaucoup de retard. Je serais très touché qu’une revue espagnole fasse le comte-rendu de mes Fors de Béarn. J’ai envoyé un exemplaire a l’Anuario [de Historia del Derecho Español]. De tout façon je m’en remets entièrement à vous et vous remercie de la peine que vous prenez pour cette affaire.

Bastier que j’ai vu à mon retour de vacances m’a remis de votre part le volume de vos Annals que vous l’ui aviez donné pour moi. Je vous en remercie beaucoup. J’ai lu les articles avec beaucoup d’intérêt (mais je fais beaucoup de réserves sur celui de Grau (64) sur la Catalogne français). Franco, en refusant en octobre 1940 le passage aux troupes allemands a sauvé l’Afrique et sans doute l’Angleterre.

Je pense que vous commencez l’année scolaire dans d’excellentes conditions. Je le souhaite de tout coeur et, en vous remerciant encore, je vous prie de croire, cher Monsieur et ami, a tous mes meilleurs sentiments.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-47/90 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XXVII] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre Ferran Valls i Taberner y sus contactos en Francia con historiadores del Derecho

Toulouse, 23 de enero de 1991

Mon cher Collègue,

Je vous remercie de votre aimable lettre qui m’apporte une nouvelle preuve de votre amitié à laquelle je suis très sensible. Vous me donnez l’occasion, en me demandant si j’ai connu à Paris le professeur Valls-Taberner, de remonter soixante ans en arrière et de revenir à l’époque où, en 1930-1935, je terminais à Paris mon doctorat et òu, ensuite, j’était à l’École de Rome.

J’ai rencontré pour la première fois Valls-Taberner vers 1931 à la Société d’Histoire du droit. C’était un sorte de cercle assez fermé que présidait l’illustre canoniste et historien, Paul Fournier; il venait d’atteindre l’âge de la retraite (75 ans alors pour les membres de l’Institut) et son autorité était partout reconnue. Les jeunes, dont j’étais, étaient admis par privilège dans la société; c’était une sorte d’initiation, une cléricature mineure et le début du long chemin qui devait les conduire, après quatre ou cinq ans, à l’agrégation et qui les faissait pénétrer dans le monde assez fermé des historiens du droit. P. F. Girard, Chénon, Génestal étaient morts. J’ai encore vu Cuq, un peu sénile mais toujours agressif, Jobbé-Duval, diaphane, Declareuil, Levy-Ullman, à l’élégance un peu surannée. Quelques provinciaux venaient aux séances : Senn, doyen de Nancy, Duquesne, doyen de Strasbourg. La génération suivante était celle de Meynial, de Collinet, de Giffard, de Perrot, de Fliniaux, d’Olivier-Martin, et, plus jeunes, de Noailles, Petot, Regnault. Les jeunes agregés faisaiet leur visita ad limina : Le Bras, Levy-Bruhl, Yver, Chévrier, Didier...

Valls-Taberner venait souvent aux réunions de la Société; manifestement, il se plaisait dans ce milieu qu’il connaissait bien et qui lui marquait beaucoup de sympathie et une très grande considération. Il en imposait par sa prestance, par ses travaux, mais aussi par ses interventions. Il était fort lié avec Paul Fournier qui suivait de fort près ses recherches sur les canonistes catalans et à qui il fit hommage du bel article publié dans les Mélanges qui lui furent offerts par la Société. Sachant que j’étais élève de l’École des chartes (dont il avait suivi un moment les cours, avec l’abbé Tarré) et que je faisais ma thèse sur le droit du midi, Valls-Taberner m’avait fort aimablement prodigué ses conseils et je lui en avais beaucoup de reconnaissance. Je quittai en 1936 Paris pour Rome et j’eus la surprise – sans doute dans l’hiver 1937-1938 – de le retrouver aux Archives du Vatican. Il avait toujours la même gentillesse et la même autorité; je me gardai de l’interroger mais j’eus l’impression d’un homme fatigué, presque lointain. Il évoquait, assez tristement m’a-t-il semblé, ses souvenirs parisiens. Voyait-il souvent comme on le disait, le roi Alfons XIII, lui même réfugié à Rome, je ne le sais. Sous la direction du cardinal Tisserant, de Mgr Mercati et du P. Albareda, la bibliothèque et les archives du Vatican étaient un monde à part, accueillant et discret. On s’attardait sur les archives du passé pour ignorer le présent et un avenir pourtant très proche.

Veuillez agréer, mon cher Collègue, l’expression de tous sentiments très amicalement dévoués.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-14/91 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XXVIII] Carta de Paul Ourliac a MJP y su colaboración en el homenaje a Gonzalo Martínez Díez, de nuevo sobre Valls i Taberner y también sobre Rogelio Pérez Bustamante

Toulouse, 3 de mayo de 1991

Mon cher collègue et ami,

Je viens de recevoir les beaux livres que vous m’avez envoyés. Je tiens à vous remercier très sincèrement. J’ai été particulièrement touché que vous fassiez un si bon accueil à la lettre que je vous avais adressée sur le maître Valls-Taberner.

Pour mon article sur les fors de Bigorre, j’ai écrit le 20 février à M. Pérez Bustamante et n’ai pas eu de réponse. Si cet article ne doit pas être publié, je préfèrerais que le manuscrit me soit renvoyé : on me demande cette étude qui date maintenant de plus d’un an.

Avec mes remerciements, je vous prie de croire, mon cher collègue et ami, à tous mes sentiments très dévoués.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-36/91 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XXIX] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre Rubió i Balaguer, F. Valls Taberner, Jean Bastier y Fouché-Delbosc

Toulouse, 6 de diciembre de 1991

Cher Monsieur et ami,

Je reçois avec beaucoup de plaisir et de reconnaisance le livre de Rubió y Balaguer que vous avez eu l’aimable pensée de m’envoyer.

J’ai retrouvé dans ce livre le souvenir de beaucoup d’amis disparus, Valls Taberner, Deffontaines, Anglade, Fouché-Delbosc... ce qui me ramène quelque soixante ans en arrière.

Je donnerai à Bastier le livre que vous lui destinez dès que je pourrai le voir.

Veuillez croire, Cher Monsieur et ami, à tous mes souvenirs très sincères.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-39/91 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XXX] Carta de Paul Ourliac a MJP para remitir a Juan Luis Moreno López que estaba elaborando una tesis doctoral sobre la Historia del derecho urbanístico de Antequera

Toulouse, 23 de septiembre de 1992

Cher Monsieur,

M. J. L. Moreno López vient de me demander de votre part quelques renseignements sur l’histoire de l’urbanisme. Je ne trouve pas dans sa lettre son adresse (Antequera ?) et vous demande de lui transmettre les quelques indications que j’ai.

Le sujet est traité dans les histoires de l’architecture (dont la meilleure est celle de Pautecour. Voir aussi Lavedau) mais de très haut. Il y a, d’autre part, dans chacune des histoires des villes un chapitre sur l’urbanisme (par exemple, pour Toulouse, dans le volume de Wolff). La ville médiévale a fait l’objet d’un excellent livre de A. Chédeville, J. Le Goff et J. Rossiaud, Paris, 1980. En fin un congrès a eu lieu à Rome en 1986 dont les actes ont été publiés : “D’une ville à l’autre. Structures matérielles et organisation de l’espace dans les villes européennes (XIIIe-XVIe siècle)”, Collection de l’École française de Rome, Rome, 1989.

Pour l’urbanisme poprement dit il en a été traité pour les villes des XVIIe et XVIIIe siècles dans les monographies consacrées aux intendants des provinces (Tourny à Bordeaux par ex.). La meilleur référence que je pousse vous donner est un tout petit livre de Harrouel, paru dans le collection “Que sais-je ?” aux P.U.F. Le dit Harrouel est le seul spécialiste actuel de la question dans les facultés de droit et votre élève pourrait lui écrire (Faculté de Paris II – 12 Place du Panthéon – Paris 75005). Sur l’urbanisme parisien la bibliographie est considérable.

Heureux de cette occasion de reprendre contact avec vous, de vous remercier de votre dernier envoi et de vous exprimer, cher monsieur, tous mes sentiments très amicaux et dévoués.

Paul Ourliac (firmado)

Je viens de trouver le livre de Harrouel que je vous envoie.

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-59/92 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XXXI] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre Francesc Eiximenis (pone en duda que estudiara en la Universidad de Toulouse), las teorías de Jacques Krynen al respecto, y las relaciones entre Toulouse y Cataluña

Toulouse, 29 de abril de 1993

Cher Grand ami,

Je reçois un nouveau livre de vous et ne veux pas tarder à vous dire tous mes remerciements et mon admiration pour votre dévorante activité. J’ai lu evidemment avec grand plaisir et grand profit l’article que vous consacrez à Eiximenis. Il y a longtemps que je m’intéresse à lui (j’avais donné jadis un sujet de mémoire sur lui à mon excellent étudiant Jacques Krynen que vous connaissez et je crois qu’il n’a jamais publié ce travail. Krynen est le fils d’un excellent hispanisant et parle couramment l’espagnol).

Tout ce que vous dites des idées d’Eiximenis m’a séduit. A-t-il été, comme on le dit, étudiant à Toulouse? Je n’en ai jamais trouvé la preuve; mais c’est un nouveau lien entre nos deux pays, comme ceux que nous devons à l’énigmatique Navarrus dont la Faculté de Toulouse garde le souvenir dans une gravure toujours affichée dans la “galerie des ancêtres”.

Je vous envoie par pli spécial mon dernier livre qui, une fois encore, recherche les liens qui unissent les “Pays de Garonne” et la Catalogne.

Veuillez croire, cher Grand ami, à tous mes sentiments très sincères et sympathiquement dévoués.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-27/93 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XXXII] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre F. Valls Taberner, Paul Fournier, los Usatges y el fallecimiento de ese gran historiador del derecho y teórico de la comunicación social que fue Juan Beneyto Pérez

Toulouse, 5 de abril de 1994

Cher Monsieur et ami,

Je viens de recevoir les deux beaux volumes que vous avez eu l’amabilité de me destiner. Je les ai lus avec avec autant de profit que de plaisir, heureux de renouer ainsi avec le souvenir de M. Valls i Taberner que j’avais bien connu en 1933 ou 34 et en 1938. Il était à l’époque l’«ornement» de la société d’histoire du droit que présidait son maître parisien, Paul Fournier.

J’ai essayé de me procurer l’édition des Usages de Barcelone mais la librairie à laquelle j’avais écrit m’a répondu que le volume était épuisé. A l’occasion, je vous serai reconnaissant de me dire si je peux me procurer ce volume dans une librairie de Barcelone.

Avec beaucoup de remerciements, je vous prie de croire, cher Monsieur et ami, à tous mes sentiments bien dévoués.

Paul Ourliac (firmado)

Je suis touché par la mort de Beneyto Pérez que j’avais souvent rencontré il y a une trentaine d’années et avec qui j’avais beaucoup sympathisé... au temps où j’étais un des seuls français qui fréquentait l’Espagne!

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-66/94 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XXXIII] Carta de Paul Ourliac a MJP sobre los Usatges y el Consulado de Mar de Perpiñán

Toulouse, 5 de mayo de 1994

Mon cher Collègue et ami,

Je ne saurais trop vous remercier de l’envoi de ces deux livres. Votre histoire de la navigation est une magnifique synthèse d’un sujet bien mal connu, particulièrement en France, qui me fait découvrir, en vous lisant, tout son importance pour le droit commercial, pour le change et pour l’assurance. J’ai évidemment particulièrement apprécié votre étude, si précise et si bien informée sur le Consulat de la Mer de Perpignan.

Quant aux Usages de Barcelone, je vous suis vraiment très reconnaissant de cet envoi. Je cherchais ce livre depuis sa publication et je n’avais pu l’obtenir d’aucune librairie. Grace à vous, je vais pouvoir terminer une étude du droit pyrénéen que j’avais interrompue. Permettez-moi de vous dire toute ma confusion pour votre aimable libéralité.

Veuillez croire, Mon cher Collègue et ami, à tous mes sentiments très sincèrement et sympathiquement dévoués.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-44/94 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

[XXXIV] Carta de Paul Ourliac a MJP con reflexiones interesantes en torno a los plagios en las tesis doctorales y el valor que en el siglo XIX y primeras tres décadas del XX tenían algunas tesis doctorales de Derecho en Francia, naturalmente según el autorizado punto de vista de Ourliac, que no tiene que ser por todos compartido

Toulouse, 7 de abril de 1998

Cher Monsieur,

Vous paraissez étonné que des étudiants de doctorat se soient mutuellement copiés. Je ne suis pas sûr qu’ils ne le fassent pas aujourd’hui, mais à la fin du XIXe siècle, c’était chose courante : la thèse était une simple formalité sans prétention scientifique, qui dispensait d’un an de service militaire. Ajoutez que beaucoup des thèses étaient écrites en latin et qu’en 1900 la seule faculté de Toulouse faisait soutenir cent cinquante thèses dans l’année.

La question de la cession de biens a été depuis cent ans assez peu traitée; elle apartenait plutôt au droit local.

Pour répondre à votre question, les jurys de thèse cherchent aujourd’hui à déceler les fraudes ou les copiages et, surtout depuis une vingtaine d’années, les thèses, assez peu nombreuses sont mieux vérifiées... mais l’habileté des candidats est sans bornes...

Veuillez agréer, cher Monsieur, l’expression de tous mes sentiments très dévoués.

Paul Ourliac (firmado)

Archivo Particular F. Valls i Taberner, L-103/98 [en proceso de traslado al Arxiu Nacional de Catalunya].

NOTAS

1. Ver Manuel J. Peláez, “Ferran [Joan Salvador] Valls Taberner (1888-1942)”, en Diccionario crítico de juristas españoles, portugueses y latinoamericanos (hispánicos, brasileños, quebequenses y restantes francófonos), Zaragoza-Barcelona, 2006, vol. II, 1º, pp. 629-634, nº 1.172.

2. Raquel Medina Plana y Manuel J. Peláez, “Alfonso Otero Varela (1925-2001)”, en Diccionario crítico de juristas españoles, portugueses y latinoamericanos (hispánicos, brasileños, quebequenses y restantes francófonos), vol. II, 1º, pp. 245-247, nº 723.

3. Ver sobre el particular Elías Romero, “Isidre Valls i Pallerola (1859-1933), empresario y político catalán en la Restauración. Notas para su estudio (1ª Parte)”, en Annals of the Archive of «Ferran Valls i Taberner’s Library», 3-4 (1989), pp. 309-317. La fecha de nacimiento está equivocada, ya que nació en 1858.

4. Ver además Miguel Ángel Prieto Martín y Manuel J. Peláez, “Lluís Valls-Taberner Arnó (1926-2006)”, en Grandes Economistas, en linea en eumed.net.

5. Aparte de José Calvo González y de Manuel J. Peláez, que han escrito algunas cositas sobre Reventós, la máxima estudiosa de este personaje es María Encarnación Gómez Rojo, El pensamiento político, económico y social de Manuel Reventós i Bordoy, Barcelona, 1993; “El pensamiento social del jurista barcelonés Manuel Reventós i Bordoy”, en Anuario Jurídico y Económico Escurialense, vol. XXVI, tomo II (1993), pp. 687-699; “La historiografía política y económica de Francia, España y Gran Bretaña en el siglo XIX en la obra de Manuel Reventós: su pensamiento monetarista y su historia del dinero”, en Storia e civiltà, Roma, año XIII, nº 3-4 (1997), pp. 221-254; Historiografía Jurídica y Económica y Pensamiento Jurídico-Público, Social y Económico de Manuel Reventós i Bordoy (1888-1942), Málaga, 2001, 519 pp. El texto de su tesis doctoral, reformado y al completo con toda la bibliografía es consultable en línea en eumed.net. Además Gómez Rojo ha redactado las voces Manuel Reventós para el Diccionario crítico de juristas españoles, portugueses y latinoamericanos (hispánicos, brasileños, quebequenses y restantes francófonos), Zaragoza-Barcelona, 2006, vol. II, 1º, pp. 382-384, nº 872 y para el Diccionario biográfico español de la Real Academia de la Historia y para el Diccionari jurídic català.

6. Consultar Francisco de Estepa, Los jesuitas y el Padre Mir: cartas a un académico de la Española, Madrid, 1896, 203 pp. y F. Viñals Torreno, El Padre Miguel Mir: ensayo biográfico, Madrid, 1915, 68 pp.

7. Miguel Mir, Historia interna documentada de la Compañía de Jesús, Barcelona, 1914, 181 pp.

8. David Deroussin, “Jean-Paul-Hyppolite-Emmanuel-Adhémar Esmein (1848-1913)”, en Juristas Universales, III, pp. 561-563.

9. Paul Fournier, “Notice sur Paul Viollet”, en Nouvelle revue historique de droit français et étranger, XXXVIII (1914), pp. 816-827; M. Delaborde, “Notice sur la vie et les travaux de M. P. Viollet”, en Nouvelle revue historique de droit français et étranger, XLII (1918), pp. 147 y ss.; Gérard Guyon, “Paul Viollet (1840-1914)”, en Juristas Universales, III, pp. 476-478 y Frédéric Audren, “Paul-Marie Viollet”, en Dictionnaire historique des juristes français (XIIe-XXe siècle), Paris, 2007, pp. 774-775.

10. François Olivier-Martin, “Émile Chenon (1857-1927)”, en Revue historique de droit français et étranger, IVª Serie, VIII (1929), pp. 403-420 y Jacques Poumarède, “Paul-Philippe-Joseph-Émile Chénon”, en Dictionnaire historique des juristes français, pp. 186-187.

11. François Jankowiac, “Auguste Boudinhon”, en Dictionnaire historique des juristes français, pp. 115-116.

12. Josep Pla, “El senyor Ramon d’Abadal”, en Homenots, en Obra completa, Barcelona, 1981, 2ª ed., pp. 49-86; Josep Maria Font i Rius, “Don Ramón de Abadal y de Vinyals”, en Anuario de Estudios Medievales, III (1966), pp. 615-624; Miquel Salarich i Torrents y Miquel S. Ylla-Català i Genis, Vigatans il•lutres, Vic, 1983, pp. 227-237; Font i Rius, “Don Ramón de Abadal y la Historia del Derecho”, en Historia Instituciones Documentos, 14 (1987), pp. 7-12; José Orlandis, “Recuerdos de Don Ramon d’Abadal”, en Annals of the Archive of «Ferran Valls i Taberner’s Library»: Studies in the History of Political Thought, Political & Moral Philosophy, Business & Medical Ethics, Public Health and Juridical Literature, nº 3-4 (1989), pp. 35-37; Manuel J. Peláez y Jaume Sobrequés i Callicó, “Pròleg – Prólogo – Wstep – Introduction”, en Studies in Roman Law and Legal History in Honour of Ramon d’Abadal i de Vinyals on the Occasion of the Centenary, Barcelona, 1989, pp. 7-21 y con las colaboraciones de Fritz Sturm, Mario Amelotti, Aldo Dell’Oro, J. W. Tellegen, A. J. B. Sirks, Nobuo Hayashi, Jean Gaudemet, Paul Ourliac, Frank P. W. Soetermeer, Joseph Plescia, Claudio Schwarzenberg, P. P. J. L. van Peteghem, Tammo Wallinga, Danilo Marrara, Thomas Glyn Watkin, Ditlev Tamm, Geoffroy de Gislain, David J. Langum, Emilio Bussi, James Conniff, Jean Bastier y Stephen M. Diamond; Jaume Sobrequés i Callicó, Manuel J. Peláez, Francesc Vilanova y Maria Soriano, Epistolari de Lluís Nicolau d’Olwer amb Ramon d’Abadal i de Vinyals i amb Ferran Valls i Taberner:1905-1933, Barcelona, 1989; Manuel Mundó, Antoni Pladevall Font, Font Rius, Vilanova, Josep Maria Salrach y Xavier Barral Altet, Ramon d’Abadal i de Vinyals. Commemoració del centenari del seu naixement, Barcelona, 1989; Sobrequés, Peláez, Vilanova et Soriano, Epistolari de Francesc Martorell i Trabal i de Pere Bosch i Gimpera amb Ramon d’Abadal i de Vinyals i amb Ferran Valls i Taberner: 1908-1931, Barcelona, 1991; Sobrequés, Peláez, Vilanova et Manuel Tomàs i Belenguer, Epistolari de Raimon d’Abadal i Calderó amb Ramon d’Abadal i de Vinyals i amb Ferran Valls i Taberner: 1909-1940, Barcelona, 1992 y Francesc Vilanova, Ramon d’Abadal entre la historia y la política (1888-1970), Lerida, 1996.

13. Ver M. J. Peláez, Angélica B. Guckes, María E. Gómez Rojo y C. Serrano, Epistolario germánico de Ferran Valls i Taberner: 1911-1942, Barcelona, 1997, pp. 87-113, nº 74 a 118.

14. Archivo General de la Adminitración, Alcalá de Henares, Sección de Educación y Ciencia, legajo 8136/2, documento que recoge un acta del 15 de febrero de 1933.

15. Ferran Valls i Taberner, “Notizie della Francia inviate di Filippo d’Evreux alla Corte di Barcellona”, en Miscelanea Fr. Ehrle, Roma, 1924, vol. III, pp. 124-160.

16. Ferran Valls i Taberner, “En Konzil zu Lérida im Jahre 1155”, en Papsttum und Kaisertum. Forschungen zur politischen Geschichte und Geisteskultur des Mittelalters, München, 1925, pp. 365-368.

17. Ferran Valls i Taberner, “El sentit alemany de la llegenda d’Otger Cataló”, en Spanischen Forschungen der Görresgesellschaft, II (1930), pp. 397-399.

18. Ferran Valls i Taberner, “La Summula Pauperum de Adam de Aldersbach”, en Spanischen Forschungen der Görresgesellschaft, VII (1938), pp. 69-93.

19. Ferran Valls i Taberner, “Los concilios visigodos de la provincia eclesiástica Tarraconense”, en Spanischen Forschungen der Görresgesellschaft, VIII (1940), pp. 25-36.

20. Manuel J. Peláez, Angélica B. Guckes, María E. Gómez Rojo y C. Serrano, Epistolario germánico de Ferran Valls i Taberner: 1911-1942, cit.

21. Ver, dentro de un panorama muy amplio, Carmelo Jiménez, “Sobre la presunta teoría jurídico-política de Carl Schmitt”, en Empresas Políticas, año I, nº 1 (2002), pp. 85-89. En el mismo número en el apartado “Biblioteca política, jurídica y económica”, se recogen toda una serie de comentarios sobre ocho libros publicados entre 1999 y 2002 sobre Carl Schmitt (pp. 141-159).

22. La editorial Comares de Granada, en la colección más importante que existe actualmente en castellano de clásicos del Derecho, que dirige José Luis Monereo, ha publicado El nomos de la tierra en el Derecho de Gentes del “Ius publicum europaeum”, en 2002, con un estudio preliminar de Monereo sobre la soberanía y el orden internacional en el pensamiento de Carl Schmitt, El Leviathan en la teoría del Estado de Thomas Hobbes al año siguiente y ulteriormente Legalidad y legitimidad. La editorial Aguilar de Madrid no autorizó a reproducir la traducción existente en castellano de dicha obra y Cristina Monereo ha tenido que traducir el libro, partiendo de la 4ª ed. alemana publicada en Berlín en 1988 (de todos es sabido que la 1ª apareció en 1932; hay eds. posteriores en alemán a la utilizada por Cristina Monereo). La edición, traducción y estudio preliminar de José Luis y Cristina Monereo son impecables y muestran un conocimiento fuera de lo común del pensamieto de Schmitt y del momento histórico que reflejan. La iniciativa es loable en el sentido de que también tenemos derecho a seguir reconociendo el pensamiento jurídico y político de un genio, aunque sean muchos los estudiosos del Derecho público que lo contradigan y que lo llevan bendiciendo unos y maldiciendo los más desde hace sesenta años. Aparte de Monereo, en España han sido en los últimos años Jerónimo Molina Cano y Montserrat Herrero los que más han contribuido a dar a conocer el pensamiento de Schmitt, tanto Molina, desde la prestigiosa revista Empresas Políticas, como Herrero en colaboraciones varias. No obstante, Herrero no es jurista ni politicista, sino filósofa de una Facultad de Filosofía y Letras por lo que sus investigaciones hay que verlas con una cierta reticencia ante el análisis de los grandes problemas jurídicos y con unos planteamientos que se acercan demasiado a Schmitt, que lo justifican, aunque también lo comprenden, pero lo desubican, dando la impresión de que éste no se enteraba de lo que estaba pasando. Ello no impide que, según mi paracer, los trabajos de Herrero (a la que conozco de nada), en lo que alcanzo, sean de una calidad científica muy elevada.

23. Harold J. Laski, La Gramática de la Política. El Estado Moderno, traducción de Teodoro González Ortega, reed., Granada, 2002, p. 3.

24. Lo ha hecho Clavero con amplitud en su famosa y multirreproducida carta a Paolo Grossi, con ocasión de unas habilitaciones de dos cátedras de Historia del Derecho y de las Instituciones celebradas entre septiembre y noviembre de 2007 y en las que se dejó una plaza vacante y la provisión de la otra se hizo por 4 frente a 3: «Querido Paolo, te escribo sobre un asunto desgraciado del que no sé si tienes ya noticias y que habrá de interesarte. La desgracia tiene el nombre nuevamente (¿cuántas veces a estas alturas?) de Escudero José Antonio, quien ha presidido y (como suele) manipulado durante estas últimas semanas el concurso de un par de habilitaciones para cátedra de historia del derecho. La concurrencia de aspirantes ha sido de buen nivel salvo un par de excepciones, la de un tal [Fernando] Suárez [Bilbao] y la de Carlos Merchán (ninguna relación con Antonio Merchán), pues este segundo, que se le conozcan, cuenta sobre todo con deméritos, entre ellos, y no es el peor, el de su inclinación al plagio, mientras que el primero tiene obra, pero no que le signifique frente a una concurrencia, como te digo, cualificada. Los méritos de peso de Suárez parecen ser fundamentalmente (pues no hay otros en comparación con el grueso de quienes han concurrido) de carácter familiar y social, ya que pertenece a los medios madrileños de academias y fundaciones en los que se mueve y de los que saca provecho Escudero. Ya puedes imaginarte, Paolo, por qué destaco de entrada a este par de concursantes. Según todos los visos (no tengo otra información), son a quienes Escudero se proponía habilitar, aun con un doble problema a cual más serio: el de no dominar enteramente la comisión y el de encontrarse con una concurrencia de aspirantes con suficientes méritos, aparte precisamente sus apadrinados. Entre los candidatos cualificados se ha encontrado por supuesto Jesús [Vallejo Fernández de la Reguera]. Durante el concurso ha habido de todo, inclusive que el presidente Escudero se ha mostrado en acto público, frente a la impasibilidad que estila, disciplicente y hasta insultante con él, con Jesús ("el señor Vallejo es como un futbolista que se dedica a hacerse famoso en vez de a marcar goles", sic, prevaliéndose de su posición de presidente de la comisión). Supongo que, como las cosas se le torcían, intentaba abrir camino por cualquier medio a sus pretensiones hasta ese punto de perder las formas. A mi juicio y por lo que le conozco, traslucía con todo ello también su indiferencia supina, por no decir que llana ignorancia, hacia lo que los demás, inclusive los suyos, trabajamos y publicamos. Lo más inmoral e indignante ha llegado en todo caso al final. Cuando Escudero ha visto que contaba con los votos para habilitar a Suárez, pero no en cambio a C. Merchán, ha preferido impedir que se produjera cualquier otra habilitación o, si quiere ponerse más suave, no hacer uso de sus facultades como presidente para lograr un acuerdo respecto a la segunda. La misma ha quedado vacante, lo que ya de por sí, objetivamente, resulta escandaloso e insólito, pues no se trata de adjudicar una cátedra concreta, sino de certificar que alguien se encuentra habilitado para concurrir a ella. Si se añade el dato subjetivo de que había entre quienes elegir, entre ellos siempre Jesús, la actuación de Escudero se coloca abiertamente entre la irresponsabilidad y la ineptitud, no diré que la prevaricación pues ya se sabe. Me es difícil encontrar palabras para calificar una conducta que supera incluso todo lo que ha caracterizado su carrera como promotor de escuela, por no decir secta, con las peores artes, así que concluyo. Esperemos que se sanee algo el panorana con la jubilación de Escudero sin producir sucesión y, sobre todo, por el nuevo sistema de acreditación. Jesús está de buen ánimo pues tiene el buen juicio de considerar que un resultado tan indigno no es a él a quien le salpica, sino que en cambio dignifica a quienes han sido víctimas de tan monumental estafa. Con un fraternal abrazo como siempre, Pipo» [nombre familiar de Bartolomé Clavero Salvador]. Fue seguido de una respuesta de José Antonio Escudero, que publicamos en la nota posterior. En puridad de criterio, al hacerlo habríamos igualmente de reproducir el texto “Historia Viva”, salido de una Universidad de Andalucía que no es la de Málaga, y el de “Historia Muerta” que tiene su origen en la Complutense, y luego mi rectificación a lo que dice J. A. Escudero, y otro escrito más de origen desconocido, pero no me parece adecuado su contenido, lo cual no quiere decir que no sean verdad muchas de las cosas que allí se dicen y no haya tanta hipocresía al escribir, y se sea más claro, con cosas que la gente entiende. Veamos pues el texto de “Historia viva” con multitud de casualidades, no de causalidades, o quizás sí, en el comportamiento de Escudero López: «1º) El 3 de marzo de 2002 José Antonio Escudero López lee su discurso de ingreso en la Real Academia de la Historia sobre "Felipe II: el Rey en el despacho". En la página 9 de su discurso impreso dice el propio Escudero: "Y gratitud muy especial a quienes patrocinaron mi modesta candidatura, avalándola con la excelencia de su prestigio; a la Académica doña María del Carmen Iglesias y a los Académicos don Felipe Ruiz Martín y don Luis Suárez Fernández" (padre este último de Fernando Suárez Bilbao). 2º) Una Resolución de 8 de julio de 2002 de la Universidad Rey Juan Carlos nombra a Fernando Suárez Bilbao profesor titular de Historia del Derecho y de las Instituciones de la Universidad Rey Juan Carlos, en comisión presidida por José Antonio Escudero. Previamente Suárez Bilbao había suspendido dos concursos de profesor titular. 3º) Se lee en la página web de la Real Academia de la Historia: "El 13 de abril de 2007 el profesor don Feliciano Barrios Pintado, Catedrático de Historia del Derecho y de las Instituciones de la Universidad de Castilla-La Mancha, ha sido elegido por unanimidad académico numerario de la Real Academia de la Historia para cubrir la vacante de la medalla nº 5, producida por el fallecimiento de don Guillermo Céspedes del Castillo. La propuesta ha sido presentada por don Luis Suárez Fernández, don Faustino Menéndez Pidal de Navascués y don José Antonio Escudero López". Feliciano Barrios es el número 2 de la denominada escudería, escuela de José Antonio Escudero. Luis Suárez Fernández es el padre de Fernando Suárez Bilbao. 4º) Una comisión de habilitaciones de cátedra de Universidad propone el 5 de noviembre de 2007 en tercera votación, por cuatro votos contra 3, a Fernando Suárez Bilbao, habilitado de cátedra de Historia del Derecho y de las instituciones. Dicha comisión estaba presidida por José Antonio Escudero López. 5º) José Antonio Escudero López prepara su candidatura a Director de la Real Academia de la Historia». 6º) Poco después, el ingreso de Feliciano Barrios en la Real Academia de la Historia fue calificado, en varias sedes y sin duda con exageración, por un catedrático de Historia Contemporánea, como “el escándalo de los escándalos”. No obstante, como este texto de la simple carta y de la siguiente no puede quedar así, sí que me veo en la obligación de hacer una serie de precisiones mínimas: 1ª) El enfado de Bartolomé Clavero Salvador con J. A. Escudero tiene su total y absoluta justificación. Y si es preciso explicaré con detalle a qué me refiero, aunque prefiero no hacerlo. 2ª) No hay prueba documental alguna de esas males artes atribuidas a Carlos Merchán y que sólo dicen tres personas, con independencia de que sean los que lo dicen científicamente hombres de verdadero relieve intelectual. Carlos Merchán ya ha sido acreditado como catedrático y se lo merece por los miles de páginas que ha publicado, aparte de que con los años su obra ha ido ganando en categoría y se ha vuelto más jurídica. Conservo dos cartas suyas enviadas desde la Universidad de Harvard, primera del mundo en todas las encuestas de calidad internacionales. Quede claro pues que Carlos Merchán, rebus sic stantibus, no es plagión. Si lo son Ignacio Ruiz Rodríguez, Alfonso Otero Varela, Concepción Gómez Roán, entre otros. También lo es Emilio Lecuona Prats, autor de un “Proyecto reducidísimo en su extensión, de 5 páginas y media en cpo. 14 de la letra Times New Roman, impropio de una persona vinculada al área de conocimiento de Historia del derecho y de las instituciones de la Universidad de La Laguna desde hacía más de cinco años. Además, corto e irreflexivo”, que mereció la calificación de un 1 punto en un concurso a una plaza de profesor asociado a tiempo completo y, que días más tarde, el propio Lecuona Prats, tras comunicarle telefónicamente que debía elaborar otro proyecto en 8 días, envió por correo desde Canarias en cuatro días (dos para copiarlo y otros dos para el correo postal), un proyecto muy bien elaborado sacado de un diskette, que por supuesto no había escrito él, mereciendo el tal Emilio Lecuona Prats la siguiente valoración y calificación: “Proyecto extenso y el segundo mejor después del de la Sra. Zambrana. Prueba su vinculación con el área de conocimiento de Historia del Derecho de la Universidad de La Laguna durante años. Total: 9,5 puntos”. Esta puntuación, el pasar de 1 a 9,5 (lo máximo era 10) le permitió quedarse con una plaza que era para otro. El propio Lecuona Prats reconoció el 3 de diciembre de 2007 que había plagiado pero indicó que su Proyecto anterior era bueno, que todavía lo conservaba y que tenía 16 páginas y que luego añadió el contenido del otro (mintió, pues se conserva y es de 5 y ½). Dijo además que habían pasado cinco años desde entonces, que su delito había prescrito, que si había copiado lo había hecho de algo que no estaba publicado. ¡Sólo faltaba que hubiera copiado 143 páginas de algo publicado dándolo como propio! Copió 143 páginas (sic) del proyecto canario que había servido para ganar una cátedra de Universidad y concurrió a unas oposiciones de habilitación de titulares con ese mismo proyecto plagiado, si bien es verdad con algunos añadidos. Allí nadie descubrió su plagio, pero una pobre profesora de la UNED, Consuelo Juanto, por un folio y medio plagiado y descubierto, fue automáticamente suspendida. Emilio Lecuona Prats plagión en doble concurso, no descubierto hasta diciembre de 2007, pero al fin descubierto y puesto en su sitio. No hay nadie que se atreva a fondo con estos menesteres de descubrir plagios por ser actividad peligrosísima, que agradecen los que no se ven afectados como símbolo de honestidad intelectual, y que sienta fatal a los plagiones, que vierten toda clase de amenazas telefónicas, recurren al tema de “la caridad cristiana que tú deberías vivir más que nadie” o mandan cartas que no firman, o miran hacia otro lado y no se dan por enterados o dicen que “se le ha colado un archivo en su ordenador que no sabe de dónde ha salido” (ad casum, el gran plagión Ignacio Ruiz Rodríguez, respecto a su capítulo sobre don Juan José de Austria y Aragón en el libro sobre los validos coordinado y dirigido por José A. Escudero). 3ª) Los ejercicios de Fernando Suárez Bilbao estuvieron muy bien elaborados, con independencia del acompañamiento mediático del primero. Incluso el cambio de sistema de exposición y puesta en escena del segundo y el texto que nos ofreció de las Cortes de Toledo de 1480 fueron asuntos que hay que valorarlos por su elegancia y dépoussiérage de documentación archivística. Otra cuestión es el libro De Jerusalén a Roma, pero publicaciones contaba con un número no suficiente, sino sobrado. F. Suárez no tiene en su exposición formas tan elegantes y atractivas como las de María Isabel Martínez Navas, pero habla con soltura y hay densidad ontológico-iushistórica en lo que dice. 4ª) Los ejercicios de Jesús Vallejo Fernández de la Reguera fueron impecables y tiene razón B. Clavero al señalar que el trato que le propició en el segundo J. A. Escudero fue duro, pero muy técnico y en puridad científica inmejorablemente planteado, pero no insultante (el único que utilizó palabras más graves fue el firmante de este artículo, que hubo de pedir disculpas en dos ocasiones). Verdaderamente arrepentido me encuentro, en mi caso, de haber sido implacable, y por lo demás no conducente a nada, con este candidato tanto en el segundo como sobre todo en el primer ejercicio; en el primero por razones formales de títulos de los trabajos, que perjudican y de qué forma al área de conocimiento de Historia del derecho y de las instituciones o al menos así a mí me lo parece (“Amor de árbitros”, “El cáliz de plata”, “La secuela de Hinojosa”, “La memoria esquiva del Duque de Almodóvar”, “El sastre de Caravantes”, “Biografía intermitente”, “La nariz de Cleopatra” o “Cleopatra en el País de las Maravillas”. ¿A dónde conducen estos títulos de artículos?). He de precisar que me sorprendió la capacidad de aguante de Jesús Vallejo Fernández de la Reguera y su ánimo apacible y tolerante, que sólo he visto en los liberales de izquierdas británicos y en católicos que votan al Partido Laborista. 5ª) Podían haber sido habilitados C. Merchán y J. Vallejo, pero también Félix Martínez Llorente (un verdadero aristócrata en el tratamiento crítico de textos), Pilar García Trobat (con un trabajo sobre las Cortes de Cádiz impresionante) y Consuelo Maqueda (duramente tratada por los suyos, los que son y los que habían sido de su escuela, con artimañas de tentabuey, creyéndose que doña Consuelo usaba todavía bavolette).

25. He aquí la respuesta a Clavero, ampliamente difundida por José A. Escudero, en carta dirigida a Paolo Grossi, pero que recibió todo el mundo antes supongo que el propio Grossi, siendo por otro lado discutible si Grossi estaba o no interesado en este tema: «Prof. Paolo Grossi: Estimado profesor: Aunque no es habitual que un colega relate a otro de país distinto las incidencias domésticas de un concurso universitario, y mucho menos aproveche la oportunidad para desahogar en él sus frustraciones personales, me veo obligado a intervenir ante la insólita carta que le dirige el profesor Clavero, y que luego ha hecho pública en España, en la que me toma a mí como chivo expiatorio de sus fracasos o de los infortunios episódicos de sus amigos y colaboradores. La carta de Clavero, como supongo habrá podido comprobar, no constituye mucho más que una retahila de insultos, carente de cualquier argumento. Pero sin entrar en ellos, lo único que pretendo con estas líneas es relatar brevemente los hechos a que la carta se refiere, a fin de que usted pueda tener una información completa y ajustada. De momento, pues, no interpretaciones, sino, como dicen los anglosajones, facts, hechos. Efectivamente ha tenido lugar en Madrid una Habilitación de dos cátedras de Historia del Derecho, a las que han acudido varios notables concursantes, con uno o varios libros, y diversos artículos. La cátedra que se ha cubierto ha correspondido a un aspirante, el Dr. Fernando Suárez, con notables méritos (Doctor en Derecho y en Historia; ocho libros de diversas materias; gran experiencia universitaria -en la actualidad es Vicerrector de una Universidad-, etc., etc.). Tenía sin embargo el Dr. Suárez -que no es ni ha sido discípulo mío- un gravísimo defecto que es justo reconocer y lamentar: no era amigo del profesor Clavero ni afín ideológicamente a los derroteros del ilustre númen del Guadalquivir. Y esto, naturalmente, resulta imperdonable. El profesor Clavero, que no parece conocer ninguno de los libros del concursante, asegura que los méritos de Suárez son pertenecer “a los medios madrileños de academias y fundaciones… de los que saca provecho Escudero”. Hombre, señor Clavero (y ahora me dirijo a él), yo llevo muchos años perteneciendo a dos Reales Academias, bien es cierto que sin méritos especiales por mi parte, y no veo ni cuál es el provecho que se saca, ni qué puede tener que ver ahora el concursante con ellas. Lo que yo sí comprendo -y le aseguro que lo comprendo muy bien- es su desazón y despecho hacia esas ilustres corporaciones que no han tenido nunca la ocurrencia de querer contar con usted. Es más, es incluso posible que el decaimiento y vida lánguida que, según algunos, arrastran hoy día las Academias, puedan tener como causa principal la ausencia del eximio ciudadano de la Bética. Pero no se preocupe pues ya sabe que esto todavía es remediable. Así que no pierda la esperanza y aplíquese, con la simpatía y don de gentes en usted proverbial, a ir haciendo las primeras gestiones. La segunda habilitación de cátedra, lamentablemente, ha quedado desierta. Y aquí sí coincido con mi interlocutor. Todos los componentes de la Comisión coincidimos en que varios o casi todos los concursantes eran merecedores de la habilitación, que sólo se podía conceder a dos de ellos. No hubo acuerdo, sin embargo, en quién debía preceder a los demás y por tanto quiénes forzosamente debían quedar postergados. En la votación final no hubo nadie que propusiera con éxito un candidato de consenso -ni yo ni nadie- y, realizada la tercera votación, nadie obtuvo la mayoría necesaria y la plaza quedó desierta ¿Y ello por qué sucedió?. ¿Por qué yo lo pretendí? Me permito recordarle que yo tenía alguna discípula y la plaza no llegó a cubrirse. Lamento, desde luego, no haber tenido éxito en esa operación de consenso. Aunque bien pensado, si usted hubiera estado allí, señor Clavero, a buen seguro se habría conseguido. Usted era el personaje que el día de autos necesitábamos: usted con sus maneras suaves y delicadas; su dicción armoniosa y persuasiva, sus ademanes elegantes y sutiles; su proverbial capacidad de conciliación y de escuchar las razones de unos y de otros; su don de la persuasión respetuosa. En fin, admirado don Bartolomé, de haber estado usted entre el público yo habría implorado su ayuda y le habría suplicado que pusiera concordia en la discordia y orden en el desorden. Usted habría sido, por decirlo de una vez, the right man, in the right moment, at the right place. Pero usted, por desgracia para nosotros y para los concursantes, no estaba allí, ni antes ni después ni nunca, lo que no le impide ahora pontificar sobre quiénes debieron ser los candidatos electos y quiénes no. Porque es el caso que usted no ha asistido ni a un solo ejercicio del concurso, y sus solícitos informantes han asistido solo al ejercicio de su colaborador y amigo. Los demás, claro, como no eran del devoto entourage, no merecían la pena ser oídos. Con tan abundante información, usted, con voz tronante y ademán jupiterino, dice quién debió salir y quién no, y clama al cielo y pone en tela de juicio la decisión del tribunal y de su modesto presidente. A esa actitud cualquiera la llamaría desfachatez. Yo sinceramente no. Yo creo que usted está realmente investido de una clarividencia intuitiva y bergsoniana que no necesita ni de concursos, ni de libros, ni de pruebas ni de nada, y de esa clarividencia, lo reconozco con envidia, no gozamos el resto de los mortales. Y la tal clarividencia, don divino o pseudo divino, si le chirría menos la palabra, se enuncia más o menos así: los amigos son los que saben historia del Derecho, y los que no son amigos o del clan no saben nada. Y punto. Esto se llama claridad mental y lo demás, como dicen los gallegos, coñas marineras. Vamos ahora a un concursante, el Sr. Vallejo (Jesús le llama usted en su carta, en amistosa complicidad), que es quien, según usted (fiel seguidor del concurso y de los debates, según hemos visto) debió indiscutiblemente haber salido. Y vaya por delante mi testimonio de respeto, consideración, admiración y afecto al Sr. Vallejo, quien actuó brillantemente y se comportó como un caballero (algo que por lo que estamos viendo no resulta nada fácil). Este señor Vallejo aportó en la primera prueba, como advirtió antes que yo alguien del tribunal, junto a los artículos, un solo libro. Frente a los dos, tres, cinco u ocho del resto de los concursantes, un solo libro. Y en el segundo ejercicio, según también observó antes que yo otro miembro de la Comisión del tribunal, pues yo no lo sabía, repitió el mismo tema de investigación -ese que debe ser original, según la norma- que había utilizado en otro concurso dos años atrás. Yo me hice eco de ambas noticias y comenté no en un tono descalificador, como al parecer le comunicó a usted algún pobrecillo sectario, sino con una mezcla de sinceros elogios. A mí -como indico en los informes- me gustó mucho el segundo ejercicio; lo leí a fondo y lo discutí con el autor, estando de acuerdo con él en unas cosas y en desacuerdo en otras. Pero una cosa es que estuviera dispuesto a pasar por la repetición del ejercicio y por el único libro, y otra bien distinta que me pareciera el concursante indiscutible, con mayor background cientifico y que por lo mismo debía arrasar a todos los demás. ¿Comprende usted algo tan elemental como esto?. Pese a todo, le voy a recordar unos datos que su oficioso informante no debió transmitir. Como en la Comisión eramos siete miembros y hubo tres votaciones por plaza, se emitieron un total de 42 votos. De esos 42 votos, el respetable y sin duda muy inteligente Sr. Vallejo tuvo 2. A buen seguro, mereció más, pero tuvo 2. Y ¿sabe de quién fueron esos 2?. Uno de un servidor, y otro de un prestigioso miembro del tribunal a quien al parecer usted también ha obsequiado con otro cartita impertinente. Es decir, que inexplicablemente usted ha arremetido con los únicos que le votamos. So ist das Leben. Me acusa usted de manipular los tribunales. Pues déjeme que le cuente una pequeña historia. Andaba yo estos días releyendo al viejo Dostoievski y a un libro bíblico, el Eclesiastés, mezcla por cierto explosiva y que conduce y me condujo a mí a un agridulce pesimismo. Pues bien, su invectiva, lamentablemente falsa y sorpresiva, ha sido como una inyección de optimismo y autoestima. ¿Es que yo soy capaz de manipular a tanta gente tan lista, de formación tan profunda y variada, de escuelas científicas diversas, como son nuestros colegas? Esa afirmación sería, ciertamente, un maravilloso reconocimiento a mi humilde persona, pues me atribuiría un poder taumatúrgico del que por desgracia carezco, pero sería al tiempo un verdadero insulto a nuestros compañeros. Usted, sencillamente, señor Clavero, me sobrevalora y minusvalora a los demás ¿Y le he manipulado también a usted? Si por manipulación entiende aducir unas razones que puedan resultar en un momento dado convincentes, le quiero advertir -por si no lo recuerda- que usted mismo también podría haber sido manipulado. Le recuerdo, por ejemplo, unas oposiciones en Gerona, en las que cordialmente me permití encarecerle apoyar a un candidato, que yo estimaba valioso, y usted tuvo la amabilidad y el talento de hacerlo. Lo que sí ocurre -aparte de que yo ni sé, ni puedo, ni quiero manipular nada- es que en este mundo de concursos, oposiciones y demás zarandajas, unas veces se gana -es decir, prevalece la opinión de unos- y otras se pierde -es decir, prevalece la opinión de otros-. Y yo cuando pierdo, mi querido sevillano, no hago ningún ruido y felicito a quién gana. ¿Quiere ejemplos? Son demasiados para ponerlos aquí. Sí le puedo asegurar tres cosas: nunca he protestado por nada; nunca he recusado a nadie, y nunca e impugnado ni criticado la decisión de ningún tribunal. Es decir, más o menos igual que usted ahora. Y para terminar, permítame tres pequeños consejos. Tome ejemplo de su maestro adoptivo, el nunca olvidado Tomás y Valiente, y sea capaz de ver lo bueno en todos; votar, como hacía él, a cualquiera que lo mereciera , y oir antes de juzgar. Pues, aunque le cueste trabajo y le parezca increíble, créame que ni sus amigos son los únicos que saben o los que más saben, ni todos los que no lo son no saben nada. En segundo lugar, repase un poco el castellano pues veo que confunde peligrosamente la opinión discrepante con el insulto, y por lo mismo insulta con pasmosa facilidad. Tenga bien en cuenta, por la que pueda tronar, que las discrepancias se sustentan con argumentos y en foros científicos, mientras las injurias e insultos son cuestión de los juzgados de guardia. Y el tercero -le aseguro que con todo afecto- que se aparte de este oficio ocasional de insultador y trabucaire de la asignatura, que a usted no le va, y vuelva a su oficio de maestro e investigador, que es lo que es y por lo que todos le tenemos. Por lo demás -aprenda esto- ni usted ni yo somos personajes principales de la disciplina. Su opinión sobre mí se deduce de los insultos. La mía sobre usted es más benigna y estrictamente científica: usted es un estimable historiador del Derecho, si bien precedido por lo menos por media docena de ilustres colegas , que tienen una más importante obra científica, una cabeza más clara, un talante más equilibrado y unas ideas más precisas. No intente así convertirse en el pontífice de lo que debe ser y lo que no debe ser: esa tarea le desborda y excede. Eso no es lo suyo. Deje, en fin, los gestos de bravuconería que en nada le benefician. Y aquí termina la historia, que es la historia de un señor que en un Concurso defiende a un amigo al que no oyó, frente a otros concursantes a los que tampoco oyó, e increpa a un presidente que oyó a todos y votó al que no era su discípulo. Y con esto volvemos al principio, pues como decía en sus Cuartetos Eliot (el poeta, claro) In my beginning is my end. Profesor Grossi: Le agradezco mucho que me haya permitido acogerme a su asilo del correo electrónico y espero que no le hayan aburrido del todo estas disputationes hispanicae minores. Le recuerdo siempre con admiración y afecto. Cari Saluti. José Antonio Escudero». El número de observaciones que podría hacerse este escrito por mi parte sería incontable, pero vamos a dejarlo teniendo en cuenta la bondad del candidato habilitado y además que el sistema informático no me permite anotar las afirmaciones. Es una lástima que mis conocimientos del ordenador sean tan rudimentarios. No puedo, sin embargo, menos de responder con dos observaciones a J. A. Escudero: 1ª) El profesor Bartolomé Clavero tiene una proyección internacional en países civilizados como muy pocos otros historiadores la tienen en España. Es innecesario ironizar sobre la obra científica de quien publica en EE.UU., Italia, Inglaterra y Alemania. He leído hace unos meses la colaboración de B. Clavero en el homenaje a Mariano Peset titulada “Ignorancia académica por España (1944) y privación indígena por América (1831)” (Valencia, 2007, I, pp. 413-423), sobre las oposiciones de 1944 a cátedra de Historia de las instituciones civiles y políticas de América de la Universidad de Madrid a las que concurrió como candidato único García-Gallo. El tratamiento es impecable y me ha dado una lección sobre cómo debía de haber enfocado el tratamiento científico de esa oposición en mi artículo de 1995, aunque los tiros de Bartolomé Clavero se dirigen todos contra don Alfonso Jesús Eduardo García Gallo y de Diego (1911-1992), quedando, a la vista de lo escrito por el profesor de la Hispalense, la inoportunidad de mis elogios a quien denominé “opositor distinguido”, “gran patriarca de los estudios histórico-jurídicos”, estudioso de “ciencia casi hierofántica”. Clavero me ha convencido y he de rectificar de nuevo. 2ª) José A. Escudero públicamente negó el carácter jurídico del estudio magnífico de Pilar García Trobat, La Constitución de 1812 y la opinión pública, 515 págs., con independencia de que no consultara el nº dedicado en 1962 a la Constitución de Cádiz por la Revista de Estudios Políticos (que es importante), lo de Arvizu en la Revue historique de droit français et étranger, los dos tomos de Raquel Medina Plana, el Diccionario del Trienio liberal y las actas del Coloquio de Lille de 1998, pero eso son cuestiones menores. Veamos en concreto porque es un trabajo plenamente jurídico según mi punto de vista: 1ª) La autora escribe sobre la soberanía nacional, la división de poderes y la existencia del llamado cuarto poder, cuestión que preocupa a muchos profesores de Derecho Constitucional y de Ciencia Política. 2ª) La autora estudia la creación de cátedras de Constitución. 3ª) García Trobat recoge abundantísima doctrina de catedráticos de Derecho Político antes de la reforma de 1984, de Derecho Constitucional, de Ciencia Política y de Historia del Derecho, que se supone escriben sobre cuestiones jurídicas. 4ª) Se analizan las sesiones de Cortes, dando centenares de referencias del Diario de Sesiones. 5ª) Exposición clara de los conceptos de Nación, Patria y Pueblo con todo el debate con respecto a los mismos. 6ª) Estudia el problema de la religión en la Constitución, con toda la polvareda que se produjo en ámbito exclusivamente parlamentario y luego doctrinal, con independencia de que lo ilustre también en la opinión pública. El artículo 12 de la Constitución merece un detalladísimo estudio. 7ª) Se analiza el decreto que proclama la libertad de imprenta. 8ª) Se profundiza en todo lo referente al tema de la igualdad y la fraternidad en la Constitución. 9ª) Se hace un planteamiento muy interesante de la relación entre el espíritu liberal de la Constitución y la mejora de la instrucción pública, analizando luego los proyectos particulares de instrucción pública que pretendían desarrollar lo preceptuado en el texto gaditano, a la vez que la idea de “constitucionalizar a la población española”. 10ª) Estudia los catecismos políticos que aclaran la Constitución y son de grandísimo interés. 11ª) Se hace un análisis de la doctrina de destacados juristas: Benjamin Constant, autor precisamente de un Curso de Política Constitucional, que fue traducido por Marcial Antonio López, los ya citados y muy valorados juristas Félix Varela, Ramón Salas y Eudald Jaumeandreu, que publicó un Curso elemental de Derecho público. 12ª) El capítulo final titulado “La Constitución más europea”, no puede ser más interesante, con la recepción, aceptación o comentarios en Portugal, Inglaterra, Francia, Rusia, Dinamarca, Nápoles, Sicilia y Austria. ¿Quién puede estar tan ciego o ser tan enemigo de la verdad para decir que este trabajo que fue presentado por Pilar García Trobat no es jurídico? Sin embargo, he de aclarar que el resto de las observaciones que le hizo J. A. Escudero al amplísimo trabajo de P. García Trobat fueron muy técnicas y con buen tono, según anoté in situ en mi ordenador.

26. Lo de que el manual de Escudero “está lleno de anacronismos”, según Otero, es un afirmación carente de rigor intelectual, que le debió sorprender a Otero en un momento de ofuscación. Además que esto lo diga alguien como Alfonso Otero que no publicó ningún manual, por lo menos resulta extraño. Escribo por tercera vez, que el Curso de Escudero (según mi modesta, pero no contradecida opinión) es el mejor de Historia del derecho con que contamos en nuestros días en España. El día 3 diciembre de 2008, sin ir más lejos, Edson Alvisi Neves, Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Federal Fluminense, donde enseña Historia del Derecho y está constituyendo un Instituto nacional para el fomento de los estudios histórico-jurídicos, se quedó muy sorprendido del tratamiento que el Curso de J. A. Escudero (2003) da a las instituciones político-administrativas del siglo XIX, en particular la administración de justicia. Como no se pueden hacer fotocopias de libros, el Decano fluminense se ha quedado sin poder hacerse eco de lo allí escrito. Además me conmovieron gratísimamente los manuales que para la Universitat Oberta de Catalunya elaboraron en su momento Tomàs de Montagut, Josep Serrano Daura y el tristemente desaparecido Víctor Ferro, pero claro tienen la dificultad de estar en catalán que, siendo una lengua importantísima que hablan diez millones de personas, sufre el grave problema de que el inglés y el castellano están asfixiando la francofonía y la catalanofonía. Me parecen pocas las medidas que la Generalitat de Catalunya está tomando para la defensa de la lengua: sólo si en el espacio público se contempla el catalán como lengua única se podrá salvar de la violencia mediática de la anglofonía y la hispanofonía. Ya en el espacio privado que cada uno hable como le dé la gana, pero en los parvularios, en la enseñanza primaria y en la secundaria el profesorado debe realizar una labor constructiva y exigente de la lengua catalana. Así se logran intelectuales como Alfons Aragoneses que, nacido en Madrid, habla catalán, castellano, inglés, francés, alemán, sueco e italiano y defendió su tesis doctoral, con suplemento europeo, en la Universidad de Gerona en cinco de los siete idiomas. Dicha tesis doctoral fue dirigida por el catedrático y Decano de dicha Facultad José María Pérez Collados. Recientemente en la Universidad del Franco-Condado percibí como el número uno actual de la Historia del Derecho en Francia Jean-Louis Halpérin asentía con firmeza y reconocimiento cuando cité las importantes contribuciones de Aragoneses sobre Raymond Saleilles, que bien conoce Halpérin. En cambio, ni se inmutó ante otros nombres de juristas españolesque pronuncié. Otro ejemplo, tanto mayor mertorio, es el de Tunde Mikes, profesora de Historia del derecho penal en la Universidad de Gerona que habla húngaro, ruso, alemán, catalán, francés, inglés, italiano y español. ¿Dónde se pueden encontrar entre los historiadores del Derecho en España semejantes políglotas? Ya he insistido en varios lugares sobre ello, pero seguiré haciéndolo ante estos dos casos paradigmáticos cuando otros presumen de que sólo publican en España y escriben en español. A mí esto me recuerda tiempos pasados de la segunda Dictadura española, con “la lengua del Imperio”, “por el imperio hacia Dios” y “España como unidad de destino en lo universal”.

27. Ver Alfonso Otero Varela, “El Códice López Ferreiro del Liber Iudiciorum”, en Anuario de Historia del Derecho Español, XXIX (1959), pp. 557-574; “Liber Iudiciorum 3, 1, 5 (en tema de dote y donatio propter nuptias)”, en Anuario de Historia del Derecho Español, XXIX (1959), pp. 545-556.

28. Alfonso Otero Varela, “La mejora del nieto”, en Anuario de Historia del Derecho Español, XXXI (1961), pp. 389-400.

29. Alfonso Otero Varela, “La mejora”, en Anuario de Historia del Derecho Español, XXXIII (1963), pp. 5-132; “Aventajas o mejoría”, en Anuario de Historia del Derecho Español, XXX (1960), pp. 491-552.

30. Alfonso Otero Varela, “Mandas entre cónyuges”, en Anuario de Historia del Derecho Español, XXVII-XXVIII (1957-1958), pp. 399-412.

31. Alfonso Otero Varela, “Sobre la realidad histórica de la adopción”, en Anuario de Historia del Derecho Español, XXVII-XXVIII (1957-1958), pp. 1143-1149.

32. Alfonso Otero Varela, “La patria potestad en el Derecho histórico español”, en Anuario de Historia del Derecho Español, XXVI (1956), pp. 209-242.

33. Alfonso Otero Varela, “Las arras en el Derecho histórico español”, en Anuario de Historia del Derecho Español, XXV (1955), pp. 189-210.

34. Ver recensión a A. Otero Varela, Estudios Histórico-Jurídicos. Derecho público. Derecho privado, Madrid, 2005, 2 vols., en Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, XXX (2008), pp. 673-680.

35. El itinerario de los desencuentros científicos (es bueno que haya divergencia de ideas y teorías distintas) de Emma Montanos con Alfonso Otero, Francesco Calasso, Guillermo Hierrezuelo, José Sánchez-Arcilla, puede seguirse en el siguiente itinerario: 1º) A. Otero, “Las Partidas y el Ordenamiento de Alcalá en el cambio del ordenamiento medieval”, en Anuario de Historia del Derecho Español, LIII-LIV (1993-1994), pp. 451-548; 2º) Alfonso Otero, “Historia del Derecho Criminal en Compostela”, en Dereito. Revista Xurídica da Universidade de Santiago de Compostela, 8, nº 1 (1999), pp. 141-186; 3º) Alfonso Otero, “Las Partidas...”, en Estudios histórico-jurídicos, vol. I, Derecho Público, 2005, pp. 397-501; 4º) Alfonso Otero, “Historia del Derecho criminal...”, en Estudios histórico-jurídicos, vol. I, Derecho Público, 2005, pp. 503-557; 5º) Alfonso Otero, “Las Partidas...”, on line en http://vlex.com.vid. ; 6º) Guillermo Hierrezuelo, recensión de José Sánchez Arcilla, Jacobus, id quod ego, en Anuario de Historia del Derecho Español, LXXV (2005), pp. 1133-1144, con referencia a un manual y a otra persona no identificada; 7º) Faustino Martínez, recensión de Alfonso Otero, Estudios histórico-jurídicos, en Biblos. Revista de Bibliografía Histórico-Jurídica, ISN 1885-3129, on line en www.ucm.es/info/byblos/otero.htm ; 8º) Manuel J. Peláez, recensión de Alfonso Otero, Estudios histórico-jurídicos, en Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, XXX (2008), pp. 673-680; 9º) Guillermo Hierrezuelo, recensión de José Sánchez Arcilla, Jacobus, id quod ego, en Anuario de Historia del Derecho Español, on line en http://vlex.com/vid. Estos desencuentros espero no tener que explicar en qué consisten y desarrollar el contenido de lo que dicen (lo que dicen otros). Se dan con frecuencia y es saludable que unos opinen de una forma y otros de la contraria, porque así se enriquece el panorama intelectual y no abunda el pensamiento único, tan malo como la escuela única, el sindicato único vertical o el partido único: la Falange Española Tradicionalista y de las Jons. Por otro lado, las afirmaciones de A. Otero revelan -a mi modesto entender- un cierto rencor, que produce desconcierto.

36.Está claro lo que dijo Bellomo, sin embargo hay que señalar también lo que escribió Alfonso Otero Varela. En concreto nosotros lo recogimos así en la recensión al libro de Otero, publicada en Valparaíso y a la que aludimos en la nota precedente: «Dice Alfonso Otero en el Anuario de Historia del Derecho Español, LXIII-LXIV (1993-1994): “El alcance de este cambio conocido de viejo en Compostela, se podría ver en la tesis, por desgracia inédita, de Celestino Pardo Núñez, “El aleve”, que lo recogía. Ahora también lo pudo utilizar en Compostela y lo usufructúa E. Montanos (Estudios de Derecho criminal [Madrid, 1990] pp. 125 y 274, sin agradecer siquiera, por lo que conviene advertir que es idea compostelana, así como docenas de otras que se utilizan en tales estudios y que aparecen como puestas por una mano invisible, siendo así que es conocida y que es la misma de Anuario de Historia del Derecho Español, XXIX (1959) p. 543” (p. 462, nota 8). Es decir, la mano, la pluma y la inteligencia del registrador de la propiedad Celestino Pardo y de Alfonso Otero Varela, a quienes copió Emma Montanos Ferrín. Es obligado que el catedrático de la Universidad compostelana Pedro Ortego Gil publique o facilite la difusión del contenido de la tesis de Celestino Pardo sobre el aleve, editándola en la red si fuera preciso, para que todos puedan comprobar el alcance del plagio de Montanos Ferrín. Pero, añade más adelante Otero: “Me había propuesto solamente dar a conocer algo de la vida de las Partidas a través de una hipotética adición al texto originario, que me ha parecido descubrir al estudiar el asesinato” (p. 473) y añade en la nota 28 de esa misma página y la siguiente: “Este estudio de la historia del asesinato ya estaba preparado en mil novecientos ochenta y uno [1981, sic], según anunció Iglesia Ferreirós (Homenaje al profesor Alfonso Otero, cit. p. 22). Lo dio a la imprenta [Emma] Montanos [Ferrín] (Estudios de Historia del Derecho criminal, cit. p. 256-316), y allí se pueden ver muchas consideraciones de rancio sabor compostelano. Digo esto, por si al reproducir alguna de estas muchas ideas, se producen coincidencias, pues no me veo obligado a citar a la usufructuaria”, o sea a Emma Montanos Ferrín (pp. 473-474, nota 28). Es decir, lo escribió Otero y lo publicó Emma Montanos Ferrín con su nombre, según don Alfonso Otero Varela. Pero vuelve a las andadas Otero, precisando: “A pesar de haber dicho (supra,n. 28) que no volvería a citar a quien recibió sin agradecer [Emma Montanos Ferrín], y ocultó [Emma Montanos Ferrín], voy a decir que se puede comprobar que este párrafo coincide literalmente con E. Montanos (Montanos, “La inexistencia de circunstancias agravantes en el Derecho histórico”, en Estudios, cit., p. 11, n. 135), porque es tal como lo escribí en este trabajo hecho en Compostela con materiales compostelanos y ayudas, como lo acredita mi “Coloquio sobre Riepto a Concejo” (en Anuario de Historia del Derecho Español, LIV [1984] 596). Así se reconocía en el comienzo original de dicho trabajo, que fue sustituido por otro sorprendente, puesto que después del título “Inexistencia de agravantes”, se comienza diciendo: “esta investigación se centra en el estudio de las circunstancias agravantes en la Historia del Derecho español”. Parece ignorarse que la ingratitud es causa de revocación de las donaciones. Me he prometido, vencida ya mi tradicional pereza, que suponen a pies juntillas los autores [en realidad suponemos que piensa en Emma Montanos Ferrín, la plagiona o plagista según Alfonso Otero Varela, no a los trabajos de José Sánchez Arcilla, que no sigue a Otero] de los Estudios criminales, que haré una recensión de ellos. Se la merecen. Será cuando termine mi estudio sobre los orígenes de la calumnia y la injuria, que me ocupa actualmente” (pp. 487-488, nota 41). Otero se está refiriendo al párrafo de su trabajo y del de Emma Montanos que comienza en su trabajo con “Mas el Fuero Real era un codificación” y que termina con “por consiguiente, del ordenamiento jurídico”. Al parecer la prometida reseña no se llevó a cabo, sino que Otero escribió un artículo, titulado “Historia del derecho criminal en Compostela”, que apareció publicado en Dereito. Revista Xurídica da Universidade de Santiago de Compostela en 1999, y que se recoge en los presentes Estudios, vol. I, pp. 503-557, donde vuelve a hablar de las apropiaciones indebidas y plagios que le ha hecho Emma Montanos Ferrín de sus teorías criminalísticas: “Fueron muchos los materiales que logré reunir para la confirmación de mis hipótesis [se refiere al asesinato], y que utilizó Montanos en el trabajo que dio a luz en los Estudios ya citados” (I, p. 516). ¡Qué barbaridad! ¿Dónde agradece Emma Montanos que aquello no es suyo, sino de Alfonso Otero Varela? Más adelante leemos de Otero: “Fue para colaborar por lo que hubo de ocurrírseme el tema de La criminalización de los derechos del pater familias. Atribuí a efecto del intelectus apretatus la atinada elección, sin caer en la cuenta de que tal tema sólo se le podía ocurrir a quien hubiera estudiado la patria potestas y la patria potestad, y mucho hubiera dedicado también al Derecho criminal, para calificar el fenómeno evolutivo que se había presenciado. Estaba, pues, prácticamente hecho. Lo hilvanó y lo dio a la imprenta E[mma] Montanos [Ferrín]” (I, p. 517). Por otro lado, dos cosas. 1ª) Otero no acusa a Sánchez-Arcilla de nada extraño, simplemente se limita a discrepar de él por defender posiciones atrevidas en Derecho criminal, al margen de la propia denominación y 2ª) en el Anuario de Historia del Derecho Español, de 2006, aparece recensionado un manual de 2004 de José Sánchez-Arcilla, trayendo a colación que en la primera versión de lo que fue su antiguo manual, escrito en colaboración con Emma Montanos Ferrín, se recogen unos parrafitos de la obra Medio evo del diritto de Francesco Calasso (1904-1965), sin citarlo y copiándolo descaradamente, imputándose la autoría a Sánchez-Arcilla, por parte del redactor de dicha recensión Guillermo Hierrezuelo Conde, quien recibió indicaciones bien precisas de Javier Alvarado respecto a que quedara probado que Emma Montanos no tenía nada que ver con ese asunto. En la segunda versión del citado manual esos párrafos desaparecen. No da la impresión de que sean del catedrático de la Universidad Complutense, sino de Montanos, y si se probara, Hierrezuelo estaría obligado a rectificar. En este punto ya tuvo sus diferencias y pleitos Sánchez-Arcilla sobre la autoría del manual en común y atribuciones indebidas de paternidad intelectual por parte de Emma Montanos Ferrín» (M. J. Peláez, en Revista de Estudios Histórico Jurídicos, XXX (2008), pp. 677-678). Es decir, Emma Montanos Ferrín copia a Calasso, y desde la redacción de la revista del Anuario, le indican a Guillermo Hierrezuelo Conde que quite el nombre de Montanos y deje el de Sánchez Arcilla, y en vez de indicar Emma Montanos, como aparece bien claro y en primer lugar en la portada del manual, en su lugar ponga una sola vez, no todas aquellas que aparece, “et alia” o “mulier”, cosa que se hace. Esto no se ha rectificado. Es una injusticia, pues es la desinformación científica elevada a la enésima potencia en el caso de un plagio, llevado a cabo por Emma Montanos a Francesco Calasso, que se le imputa a José Sánchez Arcilla, que no fue quien lo hizo. Mayores injusticias vieredes, por ejemplo que la tesis doctoral de Emma Montanos Ferrín, pésima según un detallado informe de Rafael Gibert y Sánchez de la Vega, y del gran experto Juan Antonio Alejandre, tenga la máxima calificación, mientras que tesis geniales como la del procesalista Víctor Fairén Guillén, sobre la alera foral, de 542 pp. mecanografiadas, defendida el 26 de junio de 1945 en la misma Facultad de Derecho donde lo hizo Montanos, recibiera solo la calificación infamante de Aprobado. Así, Emma Montanos Ferrín fue honrada con laudes y al son de las trompetas de Alfonso García-Gallo, a falta de los gaiteros de Santiago de Compostela. Grave injusticia la cometida dándole tanta cancha en el Derecho común a Montanos Ferrín cuando Consuelo Carrasco García (tomen nota los estudiosos de la relevancia de esta romanista) y su artículo “La exceptio non numeratae pecuniae en los tratados de Pandectas del siglo XIX: una aproximación a la Pandectística y sus resultados”, publicado nada menos que en Labeo,hacen un manejo extraordinario, y desconocido en los artículos de Emma Montanos Ferrín, de obras como las de G. F. Puchta, F. L. Keller, L. Arndts, O. Bähr, A. Brinz o B. Windscheidt, que son completamente ajenos a las reflexiones de Montanos Ferrín.

37. Alfonso Otero, “Liber Iudiciorum 4, 5, 5...”, en Estudios histórico-jurídicos, II, p. 464.

38. Carl Schmitt, El nomos de la tierra en el Derecho de Gentes del “Ius publicum europaeum”, traducción de Dora Schilling Thou, reed. con estudio preliminar “Soberanía y orden internacional en Carl Schmitt” a cargo de José Luis Monereo Pérez, Granada, 2002, CXXVIII + 375 pp.

39. Manuel J. Peláez, “Del Derecho de la Navegación y la Historia de los tratados en Amedeo Giannini a la Historia y Doctrina del Fascismo del Duque Widar Cesarini Sforza (dos hombres de ciencia servidores de un sistema totalitario)”, en Revista Europea de Derecho de la Navegación Marítima Aeronáutica, Barcelona, XVIII (2002), pp. 2577-2612, XIX (2003), pp. 2707-2733 y XXI (2005), pp. 3299-3338; Manuel J. Peláez, “El aristócrata Widar Cesarini Sforza (1886-1965), catedrático de las Facultades de Jurisprudencia de Pisa y de Roma: veneno fascista en el pensamiento jurídico del siglo XX”, en Contribuciones a las Ciencias Sociales, septiembre 2008, en línea www.eumed.net/rev/cccss/02/mjp.htm/ ; Manuel J. Peláez, “Tres hermanos que fueron grandes juristas, servidores del fascismo, luego integrados en la democracia republicana italiana: Gaspare (1886-1985), Antonio (1888-1983) y Vittorio Ambrosini (1893-1971)”, en Contribuciones a las Ciencias Sociales, octubre 2008, en línea www.eumed.net/rev/ccss .

40. Patricia Zambrana Moral, El Archivo Buenaventura Carlos Aribau de la Universidad de Málaga (Derecho Política y Pensamiento), Barcelona, 2004, 175 pp.

41. Francisco Tomás y Valiente, en Homenaje a Ferran Valls i Taberner como jurista e historiador del Derecho. Sesión académica del 19 de febrero de 1991, Delegación de la Generalitat de Catalnya en Madrid y Colegio de Notarios de Madrid, Madrid, 1991, pp. 30-34.

42. Francesc Cambó, Meditacions. Dietari (1941-1946), Barcelona, 1982, 3 de octubre de 1942, p. 1192.

43. Ver Jaume Sobrequés, Manuel J. Peláez, Francesc Vilanova i Vila-Abadal y Maria Soriano Marín, Epistolari de Lluís Nicolau d’Olwer amb Ramon d’Abadal i de Vinyals i amb Ferran Valls i Taberner: 1905-1933, Barcelona, 1989, 240 pp.

44. Testamento ideológico político de F. Valls i Taberner, recogido en una hoja escrita a mano, que ha sido publicado en varias ocasiones y cuyo original se custodiaba en el Archivo Particular Ferran Valls i Taberner, L-249/42. En estos momentos obra entre los fondos del Arxiu Nacional de Catalunya, Sant Cugat del Vallès.

45. «Las incidencias de la segunda guerra mundial daban muchos motivos de conversación. De vez en cuando se asomaba a la reunión el anciano padre de D. Pedro [Arnó Maristany], cuya memoria alcanzaba a recordar la guerra franco-prusiana. Y allí nunca hubo duda, ni en los más triunfantes días para el Eje, sobre cuál sería el resultado del gran conflicto. Cuando, tras la caída de Francia, parecía inminente un desembarco alemán en Inglaterra, sacó de no sé donde mapas y tablas de marcas, fotografías de las costas de Inglaterra, para afirmar, con el mayor aplomo, que la invasión era imposible». Además, «El día que Adolfo Hitler [aquí se refiere a Pere J. Arnó, no a su padre] empezó la campaña de Rusia, pronosticó un final wagneriano para Alemania, país que conocía bien, no sólo porque había estudiado en él, sino por sus frecuentes viajes a Alemania» [Josep Maria Ramón de San Pedro, “Mis recuerdos de Pere J. Arnó i Maristany, empresario y banquero catalán en el XL aniversario de su muerte”, en Annals of the Archive of «Ferran Valls i Taberner’s Library», nº 5 (1989), pp. 307-308].

46. «Por cierto, que un día, estando reunidos en la botelleria, anunciaron que un señor Himmler preguntaba por D. Pedro. La policía había llamado por teléfono para indicar que nada menos que el mismísimo Heinrich Himmler (el famosísimo Jefe de la S.S., de la Gestapo y de los diversos servicios de policía del Tercer Reich) se pasaría a ver al Sr. Arnó. Aquellos días los periódicos locales contaban que el personaje en cuestión se hallaba de visita por España. Desaparecimos los contertulios. Al día siguiente D. Pedro nos contó: “Traía una tarjeta de mi antiguo Profesor de Enología, gran amigo suyo, para saludarme en su nombre. Sólo estuvo unos minutos. Hablamos en alemán. Me pareció tener delante de mí a una esfinge envuelta en misterio. No he conocido cara más inexpresiva en los días de mi vida...”. Entonces en España no se conocían todas las atrocidades y los campos de concentración a que esta figura siniestra dio lugar» (Ibidem, p. 308).

47. Jordi Rubió i Balaguer, “Fernando Valls-Taberner visto por un compañero de estudios”, escrito en el verano de 1943 en catalán y publicado por primera vez traducido en Obras de Valls-Taberner, Madrid-Barcelona, 1952, vol. I, 1, p. 30.

48. Elena Martínez Barrios, Epistolario de la Embajada nacionalista Latinoamericana: 1937-1938 (análisis histórico político e institucional), Zaragoza, 1998, junto a diversos artículos de esta autora publicados en el Anuario de Historia del Derecho Español, en la Revista de Estudios Histórico-Jurídicos y en Cuadernos Republicanos. Martínez Barrios en su Epistolario recoge un listado de afirmaciones diferentes que ponen de manifiesto los cambios ideológicos de Valls, que según el exministro republicano e intelectual del exilio, ya citado varias veces en el presente artículo, Lluís Nicolau d’Olwer, uno de sus mejores amigos, eran fruto de que Valls “seguía con los ojos cerrados aquello que creía un imperativo de conciencia” (México, 1958). La mayor parte de sus afirmaciones estaban escritas en catalán, que traducimos al castellano, lo ya hecho por Martínez Barrios, pero completándolo:

[Valls en defensa de la lengua catalana y contrario al bilingüismo] «El idioma propio es un elemento de unión social y representa una nota de pueblo y de cultura. Bilingüismo, en cambio, representa la disociación de la comunidad civil. No puede haber una lengua aristocrática y una lengua plebeya divorciadas; no ha de hablar el estamento ilustrado en lenguaje distinto del de la clase popular. El idioma es algo tan sagrado y tan querido para nosotros que, como ha dicho Rovira i Virgili, los catalanes preferiríamos perderlo todo antes de perder el idioma; porque el idioma es la expresión de nuestra alma, es el reflejo fiel de nuestra personalidad íntima. No podemos de ninguna manera sacrificar el espíritu propio que tiene antecedentes históricos... no podemos, no debemos desfigurar nuestra fisonomía espiritual. Por ello, en la defensa de nuestro idioma no respondemos a un reducido sentimiento localista sino a razones de dignidad humana. No es hoy la cuestión del idioma una sentimental aspiración regionalista o nacionalista (no damos mayor importancia a las palabras) que pudiese representar contraposición de sentimiento de los pueblos, sino uno de los principios de sentido universal. No planteamos el problema en un plan de patriotismo comarcal dentro de España y Europa, sino en cuanto que representa hoy el carácter general de los derechos individuales, tal como el Instituto de Derecho Internacional de Nueva York lo ha proclamado recientemente. Por lo que se refiere a nuestro país, salvando el idioma salvamos nuestra personalidad... Nuestro pueblo no quiere ser absorbido» (F. Valls, Sitges, 1930).

[Valls catalanista] «Soy, como siempre, un convencido catalanista» (F. Valls, Berga, 1930).

[Valls en defensa de la cultura catalana] «Nosotros constituimos un pueblo con un pensamiento y una civilización peculiares, con una vida social intensa... La tragedia de nuestra cultura no es de falta de aptitudes individuales, no es tampoco de falta de interés social, no. Es de falta de libertad, es de exceso de trabas que impiden la natural y espontánea actuación de nuestro pueblo» (F. Valls, Barcelona, 1930).

[Valls contra la Dictadura de Primo de Rivera] «No somos pocos los que hemos resistido contra la Dictadura, porque eramos hombres de orden, porque aquello era el desorden» (F. Valls, Barcelona, 1930).

[Valls republicano] «Hay en este momento graves peligros, que deben evitarse, es necesario contribuir a la consolidación del régimen republicano, proclamado por la voluntad popular como base del orden, de la justicia, de la libertad y de la paz» (F. Valls, Barcelona, 1931).

[Valls catalanista] «Recatalanización de las corporaciones... como una cruzada para instaurar en las entidades y en las sociedades catalanas el uso de la lengua catalana como lengua oficial» (F. Valls, Barcelona, 1932).

[Valls catalanista] «Lliga Catalana recoge y se gloría de poseer una herencia de valor tan considerable como es todo el historial de la Lliga Regionalista. La actuación de ésta se encuentra vinculada a la obra admirable de educación ciudadana, de desarrollo de la conciencia colectiva, de impulso de la cultura propia, de perfeccionamiento de nuestras instituciones públicas, de defensa de los intereses del país, realizada durante treinta años. Los grandes defensores de esta obra admirable y extraordinaria han sido los dirigentes de la Lliga Regionalista, aquellos cinco hombres que, junto con el eminente patricio que fue Prat de la Riba, promovieron toda la actuación de nuestro partido que le han llevado al grado de vitalidad y de progreso que todo el mundo ha podido constatar y que tan eficiente ha sido para la obtención del reconocimiento de la personalidad y de la autonomía de Cataluña» (F. Valls, Barcelona, 1933).

[Valls franquista y antibolchevique] «El levantamiento del 18 de julio de 1936 tuvo como finalidad suprema la salvación de la Patria agonizante, el restablecimiento del orden y de la paz interior, asegurar las garantías de la vida civil y de la seguridad personal de los españoles, y defender la libertad y la unidad de la Nación, destrozada bajo los golpes de la hoz y del martillo moscovita» (F. Valls, Buenos Aires, 1937).

[Valls, reconociendo que había sido catalanista] «Moi, j’ai été catalaniste. Pendant plusieurs années j’avais, jadis, professé avec conviction et en toute bonne fois, la doctrine politique de Prat de la Riba: le nationalisme catalan. Le catalanisme je le connais, donc, non pas du déhors, comme presque tous ses adversaires, pas du dedans; je l’ai vécu sincèrement» (F. Valls, San Sebastián, 1938).

[Valls, contrario al nacionalismo catalán] «Cataluña ha seguido una falsa ruta y ha llegado en parte a ser víctima de su propio extravío. Esta falsa ruta ha sido el nacionalismo catalán» (F. Valls, Barcelona, 1939).

[Valls, contrario al nacional-sindicalismo] «Nada tengo que ver con el Nacional-Sindicalismo, ni soy camarada; además abomino de la Revolución cualquiera que sea el epíteto que se le añada, y contra ella, perturbadora y tiránica siempre, defiendo la libertad legítima y el orden jurídico» (F. Valls, Barcelona, 1942).

[Valls, lamentándose de los excesos franquistas] «Cuánto debiéramos cambiar, pues, en nuestro modo de proceder si quisiéramos encauzar de manera eficaz la marcha de las cosas. Todos nos quejamos; pero no sería mejor que hiciera cada cual un serio y oportuno examen de conciencia. Y un propósito de mejoramiento propio. Si nuestros sentimientos fueran más puros, nuestros actos serían mejores» (F. Valls, Barcelona, 1942).

49. Ricardo Marín Ibáñez, “La formación del hombre para la paz. Un enfoque axiológico” (vol. I, pp. 109-145); Gonzalo Piédrola Gil, “La paz no puede alcanzarse mientras exista insolidaridad humana” (vol. I, pp. 273-294); Víctor García Hoz, “La educación para la paz” (vol. I, pp. 295-309); Daniel Innerarity, “La violencia y el Estado” (vol. II, pp. 553-566); Erik S. Nörling, “Paz y orden en el pensamiento de Fernando Valls Taberner” (vol. II, pp. 611-629); Juan Beneyto, “Comunicación, paz, convivencia” (vol. II, pp. 643-657); José Calvo González, “Bienestar en el Estado social de Derecho. Dintorno y contorno de una crisis. (A modo de análisis económico en torno a las disfunciones operativas del Welfare State)” (vol. II, pp. 749-761); Gumersindo Ruiz Bravo de Mansilla, “Ecología, sistema económico y paz” (vol. II, pp. 717-728); Aquilino Polaino, “Los movimientos pacifistas: entre el positivismo y el irracionalismo” (vol. III, pp. 873-898); Federico Romero Gómez, “Soledad, paz, justicia” (vol. III, pp. 899-902); Pierpaolo Donati, “La qualità di vita come referente simbolico e normativo della pace: un approccio relazionale” (vol. III, pp. 957-976); Alfred Dufour, “Droits de l’homme et tradition chrétienne. À propos des rapports entre christianisme et droits de l’homme dans la pensée et l’histoire occidentale moderne” (vol. V, pp. 1625-1659); Antonio Tarantino, “Uomo intero e democrazia: costituzione, politica, democrazia” (vol. VII, pp. 1911-1939); Roald Mykkeltved, “Popper’s Plato: A Case of Libel” (vol. VIII, pp. 2253-2284); L. Gerald Bursey, “Contradiction and Influence in Political Philosophy” (vol. VIII, pp. 2285-2291); Steven M. DeLue, “Kant on Practical Reason, Communication and Politics” (vol. VIII, pp. 2293-2309); Gianluigi Palombella, “Adizione, coerzione, imputazione. Critica di un paradigma” (vol. VIII, pp. 2311-2332); Gary L. Jones, “Hegel and Natural Law” (vol. VIII, pp. 2333-2345); Eldon J. Eisenach, “John Stuart Mill and the Origins of a History of Political Thought” (vol. VIII, pp. 2347-2362); Robert G. Thobaben, “Adam Smith and Karl Marx: Common Misrepresentations, Common Fate” (vol. VIII, pp. 2363-2380); Philip W. Dyer, “From Heaven to Hell: The Impact of Ideas on History” (vol. VIII, pp. 2381-2394); Daniel Pound, “Ernst Cassirer: A Study in Mythical Consciousness” (vol. VIII, pp. 2395-2412); Harry E. Vanden, “Mariátegui y los primeros pasos hacia un auténtico marxismo latinoamericano” (vol. VIII, pp. 2413-2435); John G. Gunnell, “Hermeneutical Philosophy and Interpretative Practice in the History of Political Theory” (vol. VIII, pp. 2437-2461); Frederic Homer, “Character, Mood and Fate: A Preface to Political Action” (vol. VIII, pp. 2485-2500); Maurice de Gandillac, “De quelques utopies (ou semiutopies) de la concorde universelle (Abelard, Lulle, Nicolas de Cues, Postel, Campanella)” (vol. IX, pp. 2583-2598); Denny Pilant, “The Concept of the Legislator from the Defensor Pacis of Marsilius of Padua” (vol. XVI, pp. 4481-4505); Mario Grignaschi, “Réflexions suggérées par une dernière lecture du Defensor Pacis de Marsile de Padoue” (vol. XVI, pp. 4507-4528); John A. Gueguen, “Beyond Legal Positivism and Legal Naturalism: A Lesson from St. Thomas Aquinas” (vol. XVI, pp. 4529-4541); Lawrence J. R. Herson, “Ideology in American Politics” (vol. XVI, pp. 4601-4611); Francis A. Beer, “Peace, Violence and Ideology” (vol. XVI, pp. 4613-4626); Michael Corbett, “American Political Belief Systems: Ideologies or Subideologies” (vol. XVI, pp. 4715-4741); Paul A. Hamory, “Khrushchev’s Theory of Socialism: An Analysis of Major Changes in Communist Ideology in the Immediate Post-Stalin Period” (vol. XVII, pp. 4895-4924); Mark R. Beissinger, “The Ideology of Imperative Planning: Marxism and the Ideological Consequences of Market Reform” (vol. XVII, pp. 5043-5066); Gilbert Abcarian, “Human Rights and American Foreign Policy” (vol. XVII, pp. 5167-5179); Glenn H. Utter, “Political Thought and Ludwig Wittgenstein’s Philosophy” (vol. XIX, pp. 5743-5765); John F. Sitton, “Farewell to the Poletariat? Political Problems of ‘Post-Marxian’ Revolutionary” (vol. XIX, pp. 6007-6041); Alessandro Bonanno y Lucy Lee-Bonanno, “Women as Socializing Agents in the Family Structure of Franquist Spain: A View from Selected Works by Catalan Women” (vol. XX, pp. 6203-6212); John Clarke Adams, “The Essence, the Value, and the Price of Liberty” (vol. XXI, pp. 6487-6513) y Erik. P. Hoffmann, “Gorbachev’s Ideology of Advanced Modernization” (vol. XXII, pp. 7111-7131).

50. Paul Ourliac, “La justice et la paix dans les fors de Béarn”, en Fundamentos culturales de la paz en Europa, vol. II, Bases y fenómenos iushistóricos, jurídico-políticos y ético económicos, Barcelona, 1986, pp. 387-405.

51. Rafael Gibert y Sánchez de la Vega, “La paz otorgada y la paz entre partes en el derecho medieval español (León y Castilla)”, en Fundamentos culturales de la paz en Europa, vol. II, pp. 421-450.

52. Eduardo de Hinojosa y Naveros, “Das germanische Element im spanischen Rechte”, en Zeitschrift der Savigny-Stiftung für Rechtsgeschichte, Germanistische Abteilung, XXI (1910), pp. 282-359.

53. Ver Fernando de Arvizu, “Paul Ourliac (1911-1998)”, en Anuario de Historia del Derecho Español, LXVIII (1998), p. 744; Manuel J. Peláez, “Paul Ourliac y los historiadores del Derecho en España a través de su correspondencia”, en Anuario de Historia del Derecho Español, LXIX (1999), pp. 665-671; Jean-Louis Gazzaniga, “In memoriam: Paul Ourliac (1911-1998)”, en Revue historique de droit français et étranger, LXXVII, nº 1 (1999), pp. 140-144; AA.VV., Paul Ourliac, Historien du Droit, 1911-1998, Toulouse, 1999; Gérard Guyon, “Paul Ourliac (1911-1998)”, en Juristas Universales, IV, pp. 611-613 y Jean-Louis Gazzaniga, “Paul Ourliac”, en Dictionnaire historique des juristes français, pp. 602-603.

54. Paul Ourliac, “La pratique et la loi (note sur les actes français et catalans du Xème)”, en Orlandis 70: Estudios de Derecho privado y penal romano, feudal y burgués, Barcelona, 1988, pp. 93-118.

55. Ferran Valls i Taberner, Privilegis i ordinacions de les valls pirinenques: Vall d’Aneu, Vallferrera i Vall de Querol, Barcelona, 1988.

56. Paul Ourliac, cuando se refiere en su correspondencia, salvo en un caso a la Revue d’Histoire du droit, en realidad está mencionando la Revue historique de droit français et étranger, no la revista holandesa.

57. Paul Ourliac, recensión de Ferran Valls i Taberner, Privilegis i ordinacions de la Vall d’Aran, Barcelona, 1987, en Revue historique de droit français et étranger, LXVI, n º 4 (1988), p. 692.

58. Ferran Valls i Taberner, Privilegis i ordinacions de les Valls d’Andorra, con “Pròleg” de Manuel J. Peláez y “Estudi introductori” de Jordi Guillamet i Anton, Zaragoza, 1990.

59. Cuestión controvertida y opinable. No es una prueba concluyente a nuestro entender. Bien al contrario, podían ser hijos extramatrimoniales. Además esta norma pirenaica es de una zona bien reducida, Àneu, como se escribe actualmente.

60. Hubo dos homenajes a Abadal con ocasión de su centenario. De ello se ha hablado en nota precedente. La colaboración de Paul Ourliac fue “L’ancien droit des Pyrénées”, en Studies in Roman Law and Legal History in Honour of Ramon d’Abadal i de Vinyals on the Occasion of the Centenary, Barcelona, 1989, pp. 151-173.

61. Dicho documento se conserva en una nota escrita de Ourliac del 22 de marzo de 1963, que tuvo la amablidad de pasarme a máquina y remitírmela. Es interesante para saber lo que Ramon d’Abadal opinaba en 1963. Dicho texto se publicó en Manuel J. Peláez, “Estudios sobre la sociedad y las instituciones feudales de Cataluña en homenaje póstumo (1987) a Santiago Sobrequés i Callicó”, en Annals of the Archive of «Ferran Valls i Taberner’s Library», 3-4 (1989), pp. 79-94, en particular pp. 90-91.

62. Brigitte Basdevant-Gaudemet, “Robert Génestal du Chaumeil”, dans Dictionnaire historique des juristes français, pp. 360-361.

63. Paul Ourliac, recensión de Josep Maria Font Rius, Constitucions de Catalunya. Incunable de 1495, en Revue historique de droit français et étranger, LXVII, nº 4 (1989), pp. 675-677.

64. Las teorías de Pierre Grau resultan en efecto sorprendentes, en lo que se refiere a las negociaciones entre Hitler y Franco, dos dictadores de la más baja calaña. Ver “La Catalogne française revendiquée par l’Espagne”, en Annals of he Archive of «Ferran Valls i Taberner’s Library», 5 (1989), pp. 107-108.

 


Editor:
Juan Carlos M. Coll (CV)
ISSN: 1988-7833
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