EL PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN AMBIENTAL.
LA PRÁCTICA ARGENTINA
Mirta Liliana Bellotti y otros
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* -Constitución Provincial (1986)
Art. 22. DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE SANO YECOLÓGICAMENTE EQUILIBRADO1.- Todos los habitantes de la Provincia tienen el derecho a gozar de un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como el deber de defenderlo.
2.- Incumbe a la Provincia, en colaboración con los respectivosorganismos o con la cooperación de las instituciones y asociacionesdedicadas a la materia: (...) 2) Eliminar o evitar, ejerciendouna efectiva vigilancia y fiscalización, todos los elementos quepuedan ser causa de contaminación del aire, el agua, el suelo y,en general, todo aquello que de algún modo afecte o pudiere afectar el entorno de sus pobladores y de la comunidad;(...).
* -Ley 5063 (1998) Ley General de Medio Ambiente
Art. 1. La presente Ley establece, con carácter de orden público,las normas tendientes a garantizar la protección, preservación,conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, promoviendouna política de desarrollo sustentable y compatible conesos fines, que hagan posible una óptima calidad de vida paralas generaciones presentes y futuras que habiten en el territoriode la Provincia de Jujuy.
Art. 3. Todos los habitantes de la provincia tienen derecho a obtenerde las autoridades administrativas y jueces competentes unaefectiva protección del ambiente, sea ésta preventiva208 ocorrectiva, frente a hechos o acciones producidos o previsiblesque lo deterioren, en conformidad con lo dispuesto en los Artículos27° y concordantes de la presente Ley.
Art. 4. La presente Ley tiene los siguientes objetivos: (...)c) La corrección, y en el caso de no ser ello posible, la prohibiciónde las actividades susceptibles de degradar el ambientehumano y natural o que afecten el equilibrio ecológico excediendo los límites máximos permisibles que se establezcan en cada caso;
d) La promoción del uso racional de los recursos naturales;
e) La protección de los recursos naturales, renovables o no;(...)
j) La evaluación previa del impacto ambiental de proyectos de obras o actividades, públicas o privadas;(...).
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