AUTO No. 323-97
CONCEPTOS DE VIOLACIÓN DIFERENTES E INCOMPATIBLES
TERCERO: Esta Sala advierte que la práctica y la sana razón instituyen que no se
puede invocar en conjunto; aplicación indebida, falta de aplicación o errónea
interpretación, tanto de normas de derecho, como de preceptos jurídicos y
circunstancias como las expuestas en la causal 5ta. del invocado cuerpo legal,
porque son conceptos diferentes e incompatibles entre sí, pues mal pueden
haberse producido estas tres circunstancias en forma simultánea respecto de una
misma norma de derecho; cada una de las causales para que proceda el recurso de
casación, gozan de autonomía e individualidad; por tanto en este caso, el
recurrente debió consignar tan solo una de las tres expresiones de la causal
invocada.
De igual forma, es obligación del recurrente establecer cuál de estas tres
figuras jurídicas es a la que se acoge para presentar el recurso, ya que el
Tribunal no puede, de oficio, elegir ninguna de las causales previstas en la
ley.