JURISPRUDENCIA ECUATORIANA DE CASACIÓN CIVIL introduccion
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JURISPRUDENCIA ECUATORIANA DE CASACIÓN CIVIL
 

Galo Pico Mantilla

 

 

 

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INTRODUCCIÓN

Durante el trámite del recurso extraordinario de casación resulta preocupante observar que del total de escritos de interposición de este recurso ingresados a la Tercera Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Suprema de Justicia (2002-2003-2004), buena parte de ellos han sido escritos imprecisos, confusos e incompletos preparados sin el cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley para la admisibilidad y procedencia del recurso de casación. En suma, se trata de escritos o recursos rechazados tanto por las Cortes Superiores, como por las Salas de Casación de la Corte Suprema de Justicia.

Igualmente, contraría advertir la presentación de recursos de casación con inexplicables confusiones; por ejemplo, la alegación simultánea de dos o tres modos de infracción en la primera, segunda y tercera causales de casación, a pesar de que, como advierte la jurisprudencia de las Salas de Casación, los tres modos de infracción que pueden ocurrir en cada una de ellas son excluyentes entre si porque la aplicación indebida es una infracción, la falta de aplicación es otra, y la errónea interpretación es una tercera, distinta de las anteriores.

Así mismo, preocupa el considerable porcentaje de recursos de casación interpuestos contra sentencias dictadas por las Cortes Superiores de Justicia en controversias que legalmente no pertenecen a la categoría de juicios de conocimiento. En efecto, no obstante lo dispuesto por la Ley, la reiterada jurisprudencia de las distintas Salas de Casación y lo establecido por el Veto parcial del Presidente de la República a la Ley reformatoria de la Ley de Casación expedida en 1993, se ha introducido escritos de interposición contra sentencias dictadas en otra clase de juicios, o sea en aquellos que no corresponden a los juicios o procesos de conocimiento admitidos por la ley y referidos por el citado veto parcial en el cual está determinado con toda claridad que la procedencia del recurso de casación corresponde únicamente a las sentencias dictadas por las Cortes Superiores en los juicios ordinarios y verbal sumarios.

Siendo así, resulta que sólo una pequeña parte del total de los recursos de casación interpuestos contra las sentencias dictadas por las Cortes Superiores de Justicia hacen relación a juicios y materias propias de la casación, de cuyo estudio se encuentra que unas son resueltas con acierto jurídico por los tribunales de segunda instancia y otras, de la misma manera, por los jueces de primer nivel.

Sobre todos estos casos, la Tercera Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Suprema de Justicia -de la cual formé parte- ha expedido alrededor de mil providencias durante los años 2002, 2003 y 2004, las cuales han servido de base para la preparación de esta obra titulada “Jurisprudencia Ecuatoriana de Casación Civil”. En efecto, después de la revisión de esas providencias quedó establecida la conveniencia de incluir en esta publicación un compendio de la tercera parte de ellas. Se trata de los autos y sentencias expedidos con el voto conforme de los Magistrados integrantes de la Sala y de la reproducción del texto de los considerandos de mayor interés jurisprudencial, entre ellos, los que se refieren a las principales disposiciones de la Ley de Casación, a las diversas materias civiles de competencia de la Sala, a los requisitos formales del recurso, a las causales para su interposición y a varios puntos materia de las controversias cuyas sentencias han sido recurridas en casación.

En consecuencia, en las páginas siguientes se transcribe ordenada y sistemáticamente, el texto de centenares de esos considerandos precedidos por el número y el año del respectivo auto o sentencia, al cual se añade, en nota al pié de página: la fecha del auto o sentencia, el número del recurso después de la palabra VISTOS, la clase del recurso sea de casación o de hecho, el nombre de la Corte Superior de Justicia que dictó la providencia recurrida, el resumen de la decisión adoptada por la Sala de Casación y el número del Registro Oficial que publica la resolución anotada. En algunos casos, al final del texto de los considerandos, consta una nota adicional con el número de las providencias en las cuales se mantiene el criterio de la Sala expresado en la primera de ellas.

Además, por considerar un instrumento indispensable para la mejor utilización de esta obra, se ha incorporado un Índice Alfabético integrado por los títulos asignados a cada uno de los párrafos de los autos y sentencias que se transcriben. De este modo, para lograr la rápida ubicación del tema, concepto o materia de esta jurisprudencia de casación civil, el lector puede guiarse por el referido índice alfabético para localizar el número de la página en la que se encuentra el correspondiente pronunciamiento de la Sala; más, si el lector precisa conocer el texto completo de la providencia consultada en el libro, para hacerlo, puede encontrar en la nota al pié de página, tanto la fecha del auto o sentencia recurridos, como el número y la fecha del Registro Oficial correspondiente a su publicación.

Así, además de la utilidad propia de las obras de esta naturaleza, se pretende advertir al lector –entre otros temas-, especialmente, sobre la forma y contenido del escrito de interposición del recurso de casación; los requisitos exigidos por la ley para la procedencia del mismo; los casos en los que procede este recurso extraordinario; las condiciones que exige la ley para cada causal de casación; la inutilidad de recurrir en casación cuando no se trata de autos o sentencias expresamente reconocidas por la ley como impugnables mediante este recurso; el hecho de que cada causal de casación tiene su propio modo de presentación; las condiciones que exige la Ley para cada causal; las condiciones jurídicas con las cuales resulta procedente el recurso; la diferencia de cada modo de violación, vicio o quebranto de la ley en la forma que puede ocurrir en cada una de las cinco causales de casación; la exigencia de dos violaciones sucesivas en la causal tercera; el pronunciamiento único o reiterado de la Sala en la resolución de las diferentes materias; y, el desarrollo interpretativo del artículo 6 de la Ley con los requisitos formales del escrito de interposición del recurso de casación.

Por otra parte, se intenta motivar un cambio en los procedimientos litigiosos para evitar que las acciones que por su naturaleza no son conformes a derecho, incrementen perjudicialmente la carga procesal, lo cual hace que las Salas de Casación, obligadas por estas circunstancias, deban ver acumulados centenares de recursos sin poder efectuar el oportuno despacho de los mismos. Por tanto, precisa tener en cuenta que es deber de todos los usuarios de la justicia evitar la pérdida de tiempo de jueces y magistrados en el conocimiento y resolución de casos improcedentes o de escritos que no contienen los requisitos y formalidades exigidos por la ley.

En resumen, el propósito de esta “Jurisprudencia Ecuatoriana de Casación Civil” es el de facilitar el conocimiento jurídico de las diversas cuestiones o problemas que se presentan con la interposición y resolución de los recursos extraordinarios de casación, especialmente, por parte de los usuarios de los servicios judiciales, cuyo anhelo y el de sus abogados es el de disponer de una justicia ágil y oportuna; finalidad ésta que, sin duda, se puede cumplir con la ayuda de los propios usuarios mediante el reconocimiento de la inconveniencia de litigar por la sola voluntad de hacerlo y la inutilidad de insistir en acciones o procedimientos bien conocidos como improcedentes. Obrar así, sería mejor para la administración de justicia, tanto desde el punto de vista individual, como desde el punto de vista colectivo, y serviría para dedicar plenamente los esfuerzos judiciales a la resolución de tantas causas pendientes y diariamente acumuladas.

Por fin, para finalizar esta breve introducción al estudio y utilización de la obra, es preciso decir que toda observación o comentario, serán bienvenidos y resultarán ser concordantes con el propósito de esta edición.

Galo Pico Mantilla

Quito, abril del 2006.

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