1.1 Los dos principios de representación: la representación por mayoría y la
representación proporcional
La primera distinción básica entre sistemas electorales se deriva del principio
de representación. Éste expresa una determinada comprensión social y/o funcional
de
la representación política, la cual en algunos países tiene una tradición
histórica y que
con frecuencia se encuentra plasmada en el texto constitucional.
Existen dos principios de representación política, que a su vez evidencian
objetivos propios. En el caso del principio de representación por mayoría el
objetivo
consiste en producir el gobierno de un partido o de una coalición de partidos
basado
en una mayoría parlamentaria; en el caso de la representación proporcional, se
trata
por el contrario de reproducir lo más fielmente posible en el parlamento las
fuerzas sociales y los grupos políticos existentes en la población. Ambos principios de
representación están enfrentados antitéticamente, y por cierto en un sentido
históricoideológico,
político y sistemático:
-
histórico-ideológico: porque el gran debate teórico sobre la representación
desde mediados del siglo diecinueve, como por ejemplo en Inglaterra entre
John Stuart Mill y Walter Bagehot, se orienta en la alternativa representación
por mayoría vs. representación proporcional;
-
político: porque la lucha por la representación política de los trabajadores, de
las minorías y de los pequeños partidos estuvo asociada en muchas ocasiones
con la demanda de representación proporcional y contra la representación por
mayoría vigente; esta lucha llegó a su fin en un gran número de países tan sólo
con la introducción de un sistema de representación proporcional;
-
sistemático: porque la mejor forma de clasificar a los sistemas electorales es a
través de los principios de representación; la representación por mayoría y la
representación proporcional constituyen las clases básicas en la tipología de
los
sistemas electorales.
Sin embargo, dado que en el nivel de los sistemas electorales concretos
predominan las combinaciones, cuyos efectos ya no apuntan tan claramente en una
dirección, como en el caso de los clásicos sistemas electorales mayoritarios y
proporcionales, hoy día ya no se puede imaginar una clasificación de los
sistemas
electorales en términos excluyentes como una cuestión del todo o nada, sino por
el
contrario en términos de un más o menos como una cuestión gradual. Para expresar
esta idea, en la teoría de los sistemas electorales suele hablarse de un
continuum, cuyos
extremos serían, por un lado, la representación proporcional (pura) y, por el
otro, la
representación mayoritaria (relativa).
Esta es una discusión que ya ha sido abordada por la Unión Europea y luego de
arduas discusiones y negociaciones se llegó a una cierta homogeneidad hacia
finales de
la década de 1990, puesto que tras mucho tiempo de resistencia el Reino Unido
aceptó
romper con su tradicional sistema de elección de representantes y adoptó el
sistema de
representación proporcional. Esta legislación se aplicó por primera vez en las
elecciones al Parlamento Europeo de 1999, por lo que desde esa fecha todos los
Estados miembros se rigen por sistemas de representación proporcional.