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LOS COSTOS DEL PLAN OBLIGATORIO DE SALUD SUBSIDIADA EN COLOMBIA

Julio Mario Orozco Africano
 

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CONCLUSIONES

Es menester aclarar que el estudio es tan extenso y abarcador en la construcción de las tablas maestras de datos de las que se deducen los resultados aquí expuestos, que sería prácticamente imposible pretender abarcar todas las conclusiones posibles7. No obstante, resumiremos las más importantes y generales:

1. Colombia invirtió $ 3.394.641.783.987 en subsidiar totalmente 16.233.151 personas pobres que equivalen a unos $ 209.117,86 per cápita año (unidad de pago por capitación) para garantizarles el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado.  

2. Estos recursos fueron entregados a 54 Administradoras del Régimen Subsidiado (ARS) a través de contratos de aseguramiento.  

3. Las ARS ejecutaron los recursos a través de la contratación de una red prestadora de servicios pública y privada y una red de droguerías. Un poco más del 50% de los recursos se ejecutaron bajo la modalidad de contratos por pago capitado con la red hospitalaria pública de nivel 1.  

4. La estimación de costos de los servicios del POSS del presente estudio se realizó calculando la totalidad de actividades asistenciales a partir de indicadores estadísticos y epidemiológicos como si se hubieran ejecutado bajo la modalidad de pago por evento o pago por caso.  

5. Los costos potenciales de servicios del POSS arrojaron los siguientes datos:

La diferencia entre costos potenciales y UPC-S total es de $ 801.877.735.378,49 que corresponde a un 23,62 % por encima de la totalidad de recursos asignados por contratos. Una de las tablas maestras principales contiene más de 1000 registros y más de 200 columnas, con los que el análisis multivariable puede arrojarnos 1000200 resultados posibles, es decir 1000 seguido de 200 ceros, en tan sólo una tabla.  

6. Si tomamos en cuenta que las ARS tienen un 8% de los recursos para gastos de administración, el 92% de la UPC-S para servicios de salud ascendería a $ 3.123.070.441.268,47 y entonces la diferencia entre costos potenciales y el 92% de la UPC-S para servicios de salud sería de $1.073.449.078.097,49 lo que equivale a un desfase del 31,62 %  

7. Este desfinanciamiento del Régimen Subsidiado de Salud se ve agravado con la situación de servicios no contenidos en el POSS que son prestados por las ARS por orden judicial de fallos de tutelas que luego no son reembolsadas por el FOSYGA.  

8. En parte el desfinanciamiento del Régimen Subsidiado de Salud es cubierto por la modalidad de contratos que las ARS suscriben con las IPS públicas (contratos por pago capitado) y con la red privada de servicios (contratos por paquetes integrales de atención, protocolos integrales de atención y guías de manejo concertadas) en las que el asegurador desplaza parte del riesgo al prestador.  

9. No obstante, la red prestadora que trabaja con esta modalidad de contratos, a su vez implementa una serie de medidas de contención de costos (limitar un número de pacientes que se atienden al día por medio de entregar fichas o turnos, “gate beepers”, limitar el número de paraclínicos que cada médico puede ordenar, asignar presupuestos por médico o por dependencias, pagos compartidos, etc) que se traducen en una reducción neta del acceso al servicio para los afiliados.  

10. En otras palabras, el desfinanciamiento del Régimen Subsidiado de Salud se diluye entre algunos costos que asume la ARS, otros que asume la red prestadora de servicios y otros que asume el usuario al pagar de su bolsillo o no consumir servicios sanitarios.  

11. Dicho en otras palabras, si la población demandara realmente los servicios que epidemiológicamente debe consumir y si las ARS no desplazaran parte del riesgo a la red prestadora por las modalidades de contratación arriba descritas, el Régimen Subsidiado de Salud en Colombia necesitaría unos recursos per cápita promedio (en pesos de 2005) de $ 258.515,40 y se necesitaría un billón de pesos más para cubrir todas las atenciones.  

12. Otra conclusión interesante, es que los municipios no necesitan 4.01% de los recursos del Régimen Subsidiado de Salud para ejecutar las acciones de promoción y prevención que el artículo 46 de la Ley 715 de 2001 les asignó. Bastaría tan sólo con un 3,41% con lo que liberarían $ 20.297.788.315 para otros servicios.  

13. Las enfermedades de alto costo cada vez consumen más recursos de la UPC-S. Se estima que consume un poco más del 30% del dinero asignado al Régimen Subsidiado de Salud.  

14. Sólo 53 municipios presentaron una ejecución potencial menor o igual al 92% de los recursos asignados por contrato  

15. Unos 41 municipios presentan una ejecución entre el 92 y 120%, los demás (784) están por encima de 120%.

16. Para un eventual proyecto de UPC-S diferencial, en pesos de 2005, por región de aseguramiento, la distribución quedaría de la siguiente manera:  


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