La República Federal de los Andes

Una propuesta de descentralización del Perú


 

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Alfonso Klauer

Distrito Federal Lima

El Distrito Federal Lima (ver Gráfico Nº 10), estará conformado por todos los distritos urbanos que hoy constituyen el conjunto denominado Lima Metropolitana, esto es, tanto de las provincias de Lima como del Callao.

La expansiva área urbana de Lima y su aglomeración poblacional, no por ser las de la capital del Perú, sino por sus macromegálicas dimensiones, demandan un tratamiento legal especial, como el que bajo similares circunstancias se da en otros países.Sin embargo, y de hecho, la excepcionalidad de Lima viene siendo puesta de manifiesto desde muy antiguo, tanto durante la Colonia como la República. Mas hasta ahora, invariablemente, para privilegiar a la ciudad capital en detrimento de las provincias.

Quizá el ejemplo más notorio, legalmente refrendado, es el de la ya mencionada Ley 7809, de setiembre de 1933, mediante el cual se concedía a Lima más rentas que a los departamentos de Apurímac, Huancavelica, Amazonas, San Martín, Moquegua y Huánuco juntos.

En adelante deberá cortarse tajantemente con esa política que ha resultado tan nefasta para el conjunto del país. E incluso tan contraproducente y potencialmente suicida para la propia capital.

El país, el Estado Federal y los sucesivos Gobiernos Federales, deben tener absoluta conciencia de la necesidad improrrogable de detener la expansión de Lima. Debe desalentarse su crecimiento, al tiempo que, en cambio, se alienta el desarrollo del interior del país.

En razón de ello, el Distrito Federal Lima no debe recibir ningún tipo de transferencias del Estado Federal, para ningún concepto, y menos para megaproyectos urbanos. El Distrito Federal debe costear todas sus inversiones (y más aún sus gastos), exclusivamente con las contribuciones directas de sus ciudadanos.

En la jurisdicción del Distrito Federal ningún organismo del Estado Federal, bajo ninguna modalidad (salvo en situaciones de catástrofe), debe financiar obras urbanas, del género que sean. La responsabilidad del Distrito Federal debe ser sólo y exclusivamente de las autoridades del mismo.

Debe desterrarse en el Perú la existencia de presidentes de la república que, detrayendo el siempre escaso tiempo de que disponen para sus obligaciones como gobernantes de todo el país, actúan en innumerables ocasiones como “alcaldes concurrentes de Lima”, sustituyendo incluso muchas veces al alcalde metropolitano

Quizá la característica más saltante del nuevo Distrito Federal es que sus autoridades deben tener competencia única y exclusivamente en asuntos urbanos. Mas, estando en muchos órdenes de cosas éstos vinculados a los valles que lo surten de agua, y al área de expansión que ellos ofrecen, es ésa básicamente la razón de porqué sus autoridades deben ser las mismas de la provincia y Región Lima.

Mas siendo como es una constatación inobjetable que los servicios urbanos de la ciudad de Lima (agua potable, energía, telefonía, movilidad pública, etc.), son los mismos para todo el conglomerado poblacional, cuyo asentamiento ya rebasó el área de los tres valles; y en mérito a la poco feliz experiencia de recientes conflictos entre las autoridades de Lima y Huarochirí, y de Lima y Callao, en ambos casos en materia de transporte público, resulta evidente la necesidad de que una sola autoridad tenga competencia sobre el conjunto urbano de Lima. De allí la necesidad de que el Distrito Federal tenga, en cuanto a jurisdicción, la misma unidad indiferenciada que en la práctica tiene su población. De allí que los distritos del Callao, como los de Lima, deben formar por igual parte del nuevo Distrito Federal.

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