Alfonso Klauer
La mita: doble tribubación
Desde antiguo, salvo en situaciones de
emergencia, la mita para la construcción de
obras era convocada en los períodos entre
siembra y cosecha, o durante los meses de
descanso de las tierras. Esto es, sólo cuando
ya estaba asegurado el abastecimiento alimenticio.
Por lo demás –conforme sostiene Murra–, el alimento y la bebida que se proporcionaba
a los mitayos corrían por cuenta del
poder imperial. Y en efecto, hay evidencias
de que, para tal propósito, éste destinó una
parte de los recursos almacenados en las colcas.
Es decir, los trabajadores, como hatunrunas
o como mitimaes, generaban primero
el excedente que se almacenaba en las colcas,
y luego recibían una parte de él durante
su participación en la mita. En apariencia se
trataba pues de la devolución de una parte de
lo tributado. En verdad, sin embargo, quedaba
muy bien disimulada una doble –y hasta
triple –tributación.
Ciertamente, la aparente devolución que
se daba en la mita era sólo en la cantidad de
alimento que permitía a la fuerza de trabajo
recuperar las energías consumidas, poder
mantener la actividad y seguir produciendo.
Pero le quedaba expropiada –de momento
que no se le compensaba por ella– la diferencia
entre lo que recibía y aquello que, con
el mismo esfuerzo, habría podido producir
para sí, su familia e incluso su ayllu. Y adicionalmente,
como una forma de penalización,
se le negaba el derecho a utilizar la obra
que con sus fuerzas había realizado.