Una revisión de la Economía
dominante
Alfonso Galindo Lucas
Capítulo XI.
ECONOMÍA Y DEMOCRACIA
La deificación de la Ley
La legitimidad de la Ley es entendida como el resultado
de un pacto social entre los ciudadanos en igualdad
de condiciones y en ausencia de coacciones, en función
de una común necesidad de justicia material y seguridad
jurídica. Pero esta idea romántica de Rousseau pronto
degeneró en una obediencia ciega y falaz a los antepasados
legisladores. Tenemos la creencia de que dichos ancestros
aprobaron las constituciones hoy vigentes únicamente
por el bien de las generaciones venideras y no en
función de coyunturas e intereses o de presiones localizadas
en el extranjero. Las constituciones establecen unos
procedimientos de delegación que se consideran legítimos,
pero que han sido cuestionados desde las más altas
instancias intelectuales.
Hoy se admite como solución más eficiente que determinadas
decisiones las adopte un árbitro, porque es el
que más entiende sobre una materia, y que otras decisiones
las adopte un consejo de sabios; por ejemplo, la designación
de árbitros. Es conveniente, por otro lado que a
esos sabios los haya aclamado como representantes el resto
del “pueblo” (ciudadanos, súbditos, contribuyentes,
votantes, etc.) y que lo hayan hecho con información suficientemente
completa y objetiva. En las demás cuestiones
que les afecten, lo ideal es que no se delegue soberanía
ni en sabios ni en técnicos. El hecho de restringir al
mínimo la delegación que el pueblo hace en sus sabios
debería actuar como incentivo para promover la formación y la información de los
individuos, pero suele ocurrir
al contrario: Se da por inevitable la ignorancia de las
masas y se cree legitimado un despotismo ilustrado cada
vez menos disimulado. Las diversas instancias de decisión,
como nos advirtió Aristóteles, son susceptibles de
corrupción. La tabla 7 recuerda las formas de gobierno
identificadas por el filósofo.
La deificación de la Ley no es una característica exclusiva
de la cultura globalista, sino, precisamente, uno de
los rasgos que permanecen, en los distintos tipos de sociedades.
El primer precedente acerca de esta deificación
se encuentra en La ideología alemana, de Marx y Engels.
Estos autores nos alertan de lo falaz que llega a ser la
“superestructura” al afirmar que .El derecho es el espíritu
de la sociedad (y la sociedad es lo sagrado)” (1848, p.
345). El paréntesis de los autores alude a una especie de
diosa denominada .sociedad.
Ahora también se exceptúan cada vez más la libertad
de empresa y las libertades de expresión y comunicación
y se hace normalmente al amparo de la Ley. Ésta se convierte, junto con la
Ciencia, en uno de los mayores Dioses
inspiradores de dogmas, como antes lo fueron la religión
o la figura de líderes revolucionarios.