EL ARBITRAJE JURÍDICO EN ASUNTOS DEPORTIVOS EN CHILE

EL ARBITRAJE JURÍDICO EN ASUNTOS DEPORTIVOS EN CHILE

Jaime Pablo Mois Corona
Universidad Central de Chile

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INTRODUCCIÓN
La presente investigación surge de la constatación empírica de que en Chile no existen las instancias adecuadas e idóneas para resolver en forma rápida, acertada y en justicia los conflictos jurídicos que se suscitan entre las partes, con ocasión o a causa del deporte 1 y, además, existe incertidumbre respecto de cuál y cómo será el procedimiento utilizado para dirimir una disputa legal deportiva.
Cuando esto ocurre, lamentablemente estos asuntos tienden a judicializarse en los Tribunales Ordinarios de justicia, cuyas sentencias tardan años en pronunciarse.
Hay que tener claro dos cosas: la primera, es que el deporte no es sólo una entretención o pasatiempo, es una actividad que, hoy por hoy, genera grandes negocios y oportunidades de empleo y, como tal, es necesario que sus problemas de resuelvan aceleradamente. Esta idea la refuerzan los autores Segura y Vásquez quienes afirman, que “el deporte (sobre todo el de alta competición) se ha convertido en un negocio que mueve mucho dinero y genera enormes intereses, y el amateurismo que le era casi consustancial ha sido totalmente superado por una profesionalidad que, hoy en día, es absolutamente imprescindible para poder competir”. Ambos expertos en el área deportiva, agregan que “este paso al profesionalismo comportó la necesidad de dotar al deporte de una adecuada organización y de normas jurídicas propias, y surgieron cuestiones tales como el grado de equiparación o especialidad de la actividad deportiva respecto a otras actividades, y cuál debería ser la jurisdicción competente para velar por el cumplimiento de esa normativa (pues hasta que no apareció un cuerpo normativo específico para el deporte, éste tan sólo tenía “reglas de juego” que no planteaban cuestiones de jurisdicción)” 2 .
Como segundo punto, los asuntos deportivos están expuestos a litigios, porque no siempre las partes involucradas estarán en un ciento por ciento de acuerdo en los efectos que genera la actividad en el campo patrimonial, de manera que la probabilidad de que surja una disputa es inminente3 .
Desde la perspectiva jurídica, todo litigio independiente de su carácter y, en este caso en particular que nos atañe, un litigio deportivo, debe ser tramitado y resuelto en forma adecuada y ajustado a derecho, instando a la “justicia deportiva”. 
En esta línea, Martínez señala que “la expresión justicia deportiva puede evocar distintas ideas pero, en la práctica, la mayoría de ellas convergería en torno a un concepto más o menos cercano a la aplicación de normas en el seno de una organización deportiva. Siguiendo esa noción, lo que caracterizaría a la justicia deportiva no sería tanto el objeto deportivo de las normas que resultan de aplicación al administrar este tipo de justicia como la propia pertenencia a una organización deportiva del órgano encargado de administrarla. Se estaría, por tanto, ante una concepción de la justicia deportiva entendida en el sentido de que sería justicia deportiva la administrada por los propios órganos de la organización deportiva, como contraposición a la justicia ordinaria administrada por el Poder Judicial”4 .
Como respuesta a la obligación de los órganos deportivos de administrar justicia y, a la vez, resolver los conflictos patrimoniales generados por las actividades deportivas, en general, fuera de la órbita del Poder Judicial, se crea la necesidad de institucionalizar  mecanismos de resolución alternativa de  conflictos adecuados para el deporte y, en este caso concreto y específico, se hace necesaria la creación de un Tribunal Arbitral del Deporte con todas las atribuciones y funciones que se le designen y garanticen su plena potestad.
De hecho, como antecedente, hoy en día la creación de un Tribunal de esta naturaleza, es objeto de discusión parlamentaria en virtud de la moción 6965-07 de la senadora Soledad Alvear, quien ha impulsado la idea de crear un sistema de justicia deportiva con la forma de un tribunal de justicia en asuntos deportivos 5.
No obstante, esta reforma apunta en un sentido restringido, en términos de entregar sólo algunas cuestiones litigiosas a dicho tribunal, como es el caso de los conflictos éticos y disciplinarios entre dirigentes y deportistas de una federación afiliada al Comité Olímpico chileno. Mi propuesta final es más amplia, ya que no se limita sólo a los conflictos señalados, sino además, a las cuestiones patrimoniales derivadas de la práctica deportiva como las licencias deportivas, los derechos de explotación de imágenes, sponsor chip, los contratos deportivos en general, entre otras materias de difícil detalle.
Lo más interesante de la propuesta de la senadora Alvear y que es objeto de esta tesis, es que se insta a la utilización del arbitraje como mecanismo de solución alternativa de controversias, siendo aquel en “…Que las partes concurren de común acuerdo o por mandato del legislador y que se verifica ante tribunales especiales (O sea el Tribunal deportivo en este caso 6) distintos a los establecidos permanentemente por el Estado, elegido por los propios interesados o por la autoridad Judicial en Subsidio o por un tercero en determinadas ocasiones”7 .
Sobre esto, es ilustrador recordar las palabras de Romero Seguel quien afirmó que: “El tema del arbitraje resulta interesante de analizar en varias áreas del saber” 8, lo que da pie a la posibilidad de hacer uso de esta herramienta jurídica para alcanzar los fines que le son propios y resolver adecuadamente los conflictos que nacen con el deporte y que, por la dinámica propia de ésta, requieren ser resueltos rápidamente.
Atendido este escenario y la realidad chilena, conviene preguntarse:
“¿Cuáles son las condiciones, las necesidades y la utilidad del arbitraje jurídico en materia deportiva, referido a las organizaciones deportivas en Chile para resolver adecuadamente y, en justicia, las disputas producidas con ocasión o a causa del deporte?”
Este sistema de justicia tendría como fundamento la naturaleza jurídica propia del arbitraje, tomando en consideración las palabras de la Dra. Vásquez Palma, quien señala que “…el arbitraje es uno solo, con independencia de sus tipologías y los distintos bemoles con que se pueda encontrar tratado en cada uno de los ordenamientos jurídicos que contempla su utilización”9 . A este planteamiento, agregamos la visión de Romero Seguel, quien afirmó en relación a las reformas del sistema arbitral propuestas en 1992, que “este proyecto estuvo encaminado, en gran parte, a reconocer legalmente ciertas prácticas arbitrales, las que habiendo sido aceptadas en nuestro medio no estaban todavía legisladas…” 10.
Las palabras de Romero Seguel demuestran que la justicia arbitral pondría fin al vacío presente hoy en la justicia deportiva chilena.
El estudio del tema propuesto y aprobado por el Centro de Mediación, Negociación y Arbitraje de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Central de Chile, escogido para la obtención del Grado de Magíster en Arbitraje, se enmarca dentro de la metodología de tipo descriptivo-analítica basada en análisis bibliográfico-documental.
El objetivo general de esta investigación es evaluar el actual estado del desarrollo del arbitraje como sistema de resolución alternativa de conflictos de las instituciones deportivas existentes en Chile y proponer la instauración de un Tribunal Arbitral del Deporte en Chile, bajo la forma de un Instituto Arbitral.
De manera específica, se explicarán los antecedentes históricos del arbitraje en materia deportiva y la forma en que estos han influido en nuestra legislación deportiva, revisando al efecto la normativa vigente acerca del arbitraje deportivo, contenida en la Ley del Deporte Nacional y sus cuerpos normativos complementarios. Para explicar estos aspectos, se utilizará como base de análisis el estatuto del Comité Olímpico chileno, por tratarse de la institución deportiva más importante y de mayor trayectoria en Chile. En virtud de esto, se logrará identificar la tipología de conflictos existente en asuntos deportivos.
Para demostrar la necesidad de instaurar un Tribunal Arbitral del Deporte en Chile se analizará la jurisprudencia de los tribunales chilenos, particularmente algunos casos de las Ilustrísimas Cortes de Apelaciones y de la Excelentísima Corte Suprema como, asimismo, resoluciones de diversos órganos administrativos que la fundamentan.
Por último, como producto de la investigación se pretende proponer un reglamento modelo de arbitraje que  sirva de base a un procedimiento de justicia deportiva, incluyendo en él, la definición de los principios rectores, actores del sistema y áreas de intervención.
En lo que respecta a la investigación en sí misma, se dividirá en capítulos: partiendo con un resumen o “abstract”, como ya fue expuesto, seguido de una introducción que se refiera a la cuestión en estudio.
En el Capítulo I, de la investigación se explicarán los antecedentes históricos del arbitraje en materia deportiva en Europa, haciendo referencia a sus principales directrices en cuanto al incipiente modelo chileno.
En el Capítulo II se explicará la estructura jurídica de las instituciones deportivas en Chile, para poder analizar su situación en relación al sistema de justicia deportiva, haciendo especial mención al Comité Olímpico chileno, por ser el titular del movimiento olímpico en nuestro país.
El Capítulo III estará dedicado al estudio e interpretación de la arbitrabilidad en asuntos deportivos, resumido bajo la siguiente interrogante: ¿Qué cuestiones litigiosas se pueden arbitrar en nuestro derecho?
En este mismo capítulo se explicarán las razones por las cuales los conflictos suscitados con ocasión o a causa del deporte se han judicializado, especialmente en las Ilustrísimas Cortes de Apelaciones, lo que se profundizará en el Capítulo IV.
En el Capítulo IV se hará mención a la judicialización de los conflictos en materia deportiva, explicando, a su vez, las razones por las cuales se requiere contar con un Instituto Arbitral del Deporte.
El Capítulo V se referirá a la discusión parlamentaria sobre la necesidad de modificar la Ley del Deporte N° 19.712, poniendo énfasis en que el debate legislativo ha propuesto instaurar un Tribunal de Justicia Deportiva, con competencia limitada a cuestiones de carácter federativo, lo que a mi parecer, sería insuficiente para satisfacer las necesidades actuales del ámbito deportivo de contar con una justicia deportiva.
La investigación concluirá con el Capítulo VI haciendo una propuesta de reglamento de arbitraje deportivo que sirva de modelo a un procedimiento de justicia deportiva, incluyendo la definición de los principios rectores, actores del sistema y áreas de intervención, bajo la forma de un reglamento modelo de arbitraje.
Para el desarrollo de la presente tesis se analizarán leyes, códigos, jurisprudencia y diversos instrumentos de información, como libros, informes, revistas, publicaciones de internet, entre otras obras de apoyo. También se incluirán las conclusiones, anexos y la bibliografía, la cual irá como es habitual, al final del documento.
Por último, para facilitar la lectura del presente trabajo se acompañan una serie de acrónimos que serán de uso frecuente en esta investigación y son los siguientes:
1.- COI                   : Comité Olímpico Internacional
2.- TAD o TAS        : Tribunal Arbitral del Deporte
3.- FED                  : Federación Ecuestre Internacional
4.- COCH               : Comité Olímpico chileno
5.- FECHIGI           : Federación Chilena de Gimnasia
6.- TACH                : Tribunal Arbitral del Deporte chileno
7.- CON                 : Comité Olímpico Nacional
8.- FI                      : Federación Internacional
9.- FN                    : Federación Nacional

1 La Ley del Deporte ha definido deporte de la siguiente manera: “Para los efectos de esta ley, se entiende por deporte aquella forma de actividad física que utiliza la motricidad humana como medio de desarrollo integral de las personas, y cualquier manifestación educativo-física, general o especial, realizada a través de la participación masiva, orientada a la integración social, al desarrollo comunitario, al cuidado o recuperación de su salud y a la recreación, como asimismo, aquella práctica de las formas de actividad deportiva o recreacional que utilizan la competición o espectáculo como su medio fundamental de expresión social, y que se organiza bajo condiciones reglamentadas, buscando los máximos estándares de rendimiento”.

2 SEGURA, Alberto y VÁSQUEZ, Javier, “El arbitraje en el deporte; El TAS y la seguridad Jurídica”, disponible en http://www.diariojuridico.com/especiales-2/el-arbitraje-en-el-deporte-el-tas-y-la-seguridad-juridica.html, Año 2011 (Última visita: 12 de Septiembre de 2012).

3 No es motivo de discusión que en el campo de la justicia deportiva todo deporte tiene una reglamentación definida y árbitros o “referees” que resuelven in situ de acuerdo  a los reglamentos de juego de cada disciplina. A mayor abundamiento, cabe precisar que toda actividad deportiva tiene reglas del juego o técnicas que le son propias como, por ejemplo, el número de jugadores o el tipo de actividad que se desarrolla, ya sea grupal o individual. Al mismo tiempo, estas actividades contemplan sanciones específicas ante la infracción de dicho reglamento, como sería el caso de tomar el balón en un partido de fútbol con las manos, si es que fuera un jugador distinto al arquero, cuestión que sanciona el referee en ese mismo acto. Otro ejemplo sería, que un jugador agreda verbalmente a ese referee, diciéndole alguna grosería y eso le signifique ser sancionado por un comité disciplinario.

4 MARTÍNEZ, Rafael, Alonso, “La Justicia deportiva: Principios comunes y modelos nacionales e internacionales” Derecho Deportivo en Línea, Boletín número 11, Abril-Agosto 2011, disponibleen www.dd-el.com (Última visita: 13 de Septiembre de 2012).

5 Moción Parlamentaria número 6965-07 de 2011, cuestión que será tratada en el Capítulo V de esta investigación.

6 La cita ( ) pertenece al autor de esta investigación.

7 AYLWIN AZOCAR, Patricio, El juicio arbitral, Editorial Jurídica de Chile, Santiago de Chile, quinta edición,  2009,  página 17.

8 ROMERO SEGUEL, Alejandro. Artículo “Nociones generales sobre la justicia arbitral”, Revista Chilena de Derecho Vol. 26 N° 2, Santiago, 1999,  página 405.

9 VÁSQUEZ PALMA, María Fernanda, Arbitraje en Chile: análisis crítico de su normativa y jurisprudencia, Editorial Legal Publishing, Santiago de Chile, año 2009, primera edición, Página 13.

10 Sobre el particular, ROMERO SEGUEL, Alejandro, en su artículo denominado "La Reforma al Régimen Arbitral en Chile ", destaca que la primera iniciativa que tuvo por objeto producir reformas al sistema, fue aquella contenida en el Mensaje enviado al Senado con fecha 5 de noviembre de 1992 por el Gobierno del Presidente Aylwin (Mensaje N° 88-325). Citado en “La reforma al sistema civil”, Tesis de NAZAR PANGANI, Felipe, página 12.