POBREZA, DESARROLLO Y POLÍTICA SOCIAL EN MÉXICO

Hilario Barcelata Chávez

OTRA VEZ EL IVA

 
Desde 1995, cuando Salinas envió al Congreso la iniciativa para aumentar la tasa general del IVA de 10 a 15 por ciento, misma que fue aprobada y rubricada con la famosa roqueseñal, el tema del IVA ha sido asunto recurrente de la agenda nacional. Fox convirtió la homologación (o generalización) de la tasa de 15 por ciento del IVA a todos los bienes y servicios en el centro de su iniciativa de reforma fiscal en 2001. Ahora el gobierno y su aliada, Elba Esther Gordillo, han emprendido una ofensiva similar pero acotada, en la que se trata de bajar la tasa general del IVA a 10 por ciento y, al mismo tiempo, generalizarla a todos los bienes y servicios pero, en la versión de Gordillo, con una tasa en alimentos y medicinas entre 5 por ciento y 8 por ciento. Nuevamente, como en 2001, a la homologación del IVA se le suma la baja de la tasa más alta del ISR para personas físicas a 30 por ciento y, en algunas versiones, a 25 por ciento.
De inmediato surgen algunas observaciones: En primer lugar, o la imaginación gubernamental es nula y por ello no atina a proponer nada distinto, o sus compromisos son tan grandes que no se atreven a tocar los intereses de los empresarios y de la población de altos ingresos en general.
En segundo lugar, se vuelve a presentar la homologación del IVA como si sólo afectara a alimentos y medicinas, cuando en realidad afectaría también a la atención médica (excepto hospitalización que ya causa IVA); a la venta y alquiler de vivienda, así como a los servicios de mantenimiento y administración de ésta; a los servicios educativos (incluyendo transporte y libros de texto); a los libros, periódicos y revistas; y al transporte de pasajeros de superficie. Todos los rubros enumerados están exentos de la tasa general, mientras alimentos y medicinas tiene tasa cero.
La diferencia entre ambas situaciones estriba en que quienes realizan transacciones exentas del IVA no pueden recuperar el que pagaron en sus insumos, mientras que con la tasa cero sí pueden hacerlo. Es evidente que el daño a los ingresos de la población sería mucho mayor que el que se suele inferir del cambio en alimentos y medicinas solamente. El daño que el IVA en rubros como transporte y vivienda causaría es tan amplio que, incluso en la iniciativa de reforma a la Ley del IVA (LIVA) de 2001, el gobierno federal excluyó la vivienda de la homologación.
La propuesta actual, además de no tener efectos positivos en la recaudación total o en el mejor de los casos lograr efectos positivos muy pequeños, tendría un impacto severo en la pobreza. Considerando sólo alimentos, que son los únicos bienes cuyos precios influyen directamente en las líneas de pobreza oficiales, y que se verían incrementados en 10 por ciento al aplicarse el IVA a los alimentos con esa tasa, la consecuencia inmediata sería el aumento de lo que el gobierno llama la línea de pobreza alimentaria en 10 por ciento, lo que provoca el incremento de los niveles de pobreza en el país: el número de "pobres alimentarios" aumentaría en 4.4 millones (equivalente a 22 por ciento), pasando de 20.5 a 24.9 millones, distribuido casi por igual entre el medio urbano y el rural. Por su parte, la que el gobierno llama "pobres de patrimonio" aumentarían en 5.7 millones, desde 52.5 hasta 58.2 millones, un incremento porcentual de 11 por ciento concentrado casi totalmente en el medio urbano.
Las reducciones de la pobreza alimentaria y patrimonial que supuestamente logró el gobierno entre 2000 y 2002 (3.4 millones en pobreza alimentaria y sólo 20 mil pesos en pobreza patrimonial) y que he impugnado en este espacio (Economía Moral, 27 de junio y 4 de julio de 2003) se verían totalmente revertidas y rebasadas como resultado del IVA en alimentos. Estos cálculos subestiman el efecto en la pobreza de la homologación del IVA por varias razones. Una de ellas es que, como dijimos, sólo toma en cuenta el impacto en el precio de los alimentos, haciendo a un lado el que habría en medicinas, transporte, vivienda y los demás bienes que hoy no causan IVA. Además, como he argumentado en múltiples ocasiones, tanto la línea de pobreza alimentaria como la patrimonial del gobierno federal son inadecuadas y subestiman la pobreza. La primera porque está construida con un supuesto que el propio Comité Técnico para la Medición de la Pobreza reconoció como falso, que la población gasta (o puede gastar) 100 por ciento de su ingreso en alimentos crudos. La segunda porque implica la negación explícita de una parte importante de las necesidades de la población (Para una explicación de esta negación, véase Economía Moral, 27/09/02).
Ante este efecto indudable han empezado a surgir, como ocurrió en 2001, propuestas gubernamentales para compensar el efecto negativo en la población. En su momento argumenté, lo cual sigue siendo válido, que el gobierno no cuenta, a pesar de lo que dice, con un padrón de pobres que le permita hacer transferencias compensatorias del impuesto a todos los pobres. En particular, esto es más agudo en las áreas urbanas, justamente el lugar donde aumentaría más la pobreza patrimonial como efecto del IVA.
Conviene recordar que, como alternativa a la propuesta gubernamental de 2001 el PRD presentó entonces una propuesta integral de reforma fiscal que puso el énfasis en la acumulación de todas las fuentes del ISR y el manejo de tasas progresivas que acentuaban el carácter progresivo del impuesto (que significa que paga más, no sólo en términos absolutos sino relativos el que mayores ingresos recibe), y que en materia de IVA presentó una propuesta de tasas diferenciadas de cero, exentas, 10, 15 y 20 por ciento según la ubicación de los bienes en la escala que va de los bienes más básicos a los más lujosos, con la excepción de servicios educativos y de salud, libros, revistas y periódicos que se reputaron como valiosos en sí mismos que mantenían su estatus impositivo.
El intento de rebelión de una parte de los diputados del PRI ante el anuncio de su coordinadora de que apoyarían la aplicación de una tasa del IVA de 5 a 8 por ciento en alimentos, parece haber sepultado la iniciativa gubernamental en la materia. Es un momento ideal, por tanto, para volver a plantear la idea de tasas diferenciales de IVA que conviertan a este impuesto en un impuesto progresivo. La propuesta original que desarrollé al respecto (véase las entregas de Economía Moral de: 9 y 23 de febrero, 2 de marzo, 6 y 20 de abril, 29 de junio, 3, 10, 17 y 24 de agosto y 21 de septiembre, todas de 2001) tiene las siguientes características: 1) Se podría llamar base cero (parafraseando la expresión presupuestal base cero) ya que no da por hecho ninguna disposición de la ley vigente. 2) Propone eliminar todas las exenciones al IVA (obligando a todos los causantes a presentar declaraciones de IVA) y establece tasas de cero, cinco, 10, 15 y 20 por ciento. 3) Aplica un criterio único para definir qué tasa le debe corresponder a cada bien o servicio: el carácter del bien como superbásico (tasa cero), básico (tasa cinco), de consumo generalizado (tasa 10), lujo (tasa 15) y superlujo (tasa 20). La clasificación del bien en las cinco categorías (y tasas) se hizo con el siguiente criterio: son superbásicos y básicos los bienes y servicios en los cuales 50 por ciento más pobre de los hogares participa con el gasto total de los hogares con una proporción mayor que en el conjunto de los hogares. El 50 por ciento más pobre de los hogares participa con 21.9 por ciento del gasto total, pero en maíz en grano lleva a cabo 87 por ciento del gasto y realiza 53 por ciento del correspondiente a tortillas de maíz. Ambos caen en la categoría de superbásicos. En medicamentos participa con 27 por ciento, que queda clasificado como básico (por superar el 21.9 del gasto total). Cuando los valores de esta participación se acercan a la media de 21.9 por ciento, los bienes quedan clasificados como de consumo generalizado. Es el caso del vestido, donde el valor es 19.6 por ciento. Cuando los valores son mucho más bajos que 21.9 por ciento el rubro se clasifica como de lujo o de superlujo.
Esta propuesta es progresiva y permitiría un aumento moderado en la recaudación. Nótese que conlleva implícito el concepto de subsidios cruzados. Cuando un bien de lujo paga 20 por ciento, uno generalizado 10 por ciento y los básicos no pagan, el promedio (si suponemos que los tres bienes tienen el mismo valor) es de 10 por ciento, de tal manera que se puede interpretar que el rico que compra el bien de lujo subsidia al pobre que compra el bien básico y nadie subsidia al comprador del bien de consumo generalizado. Algunos bienes meritorios, como la educación privada o los libros y revistas, quedan clasificados como de lujo y superlujo con este procedimiento. Cuando esta propuesta fue sometida a discusión en el PRD en 2001, con criterio político se excluyeron del proceso de clasificación estos bienes meritorios (valiosos en sí mismos). Igualmente, en la discusión en el PRD se decidió eliminar la tasa cinco y mantener las exenciones. La propuesta del PRD, que en todo lo demás recogió mi propuesta, tiene un efecto menor en la recaudación y también un menor impacto redistributivo. Sin embargo, es políticamente menos conflictiva ya que evita gravar la educación superior, los libros, las consultas privadas, todos ellos bienes considerados valiosos por la sociedad.
Durante 2001 esta propuesta fue discutida intensamente entre la fracción del PRD en el Senado y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). De parte de ésta se recibieron dos tipos de comentarios contradictorios. Por un lado, el secretario Gil Díaz comentó que la propuesta venía a probar que los impuestos indirectos no son necesariamente regresivos. Por otra parte, el subsecretario Aguirre y sus colaboradores argumentaron que las tasas múltiples introducen una complejidad administrativa que favorece la evasión. Nunca escuché argumentos sólidos que respaldaran esta afirmación. En el PRD sostuvimos que los establecimientos formales, que cuentan con sistemas muy detallados (y rígidos) para controlar los robos de los empleados, no pueden evadir, por ello mismo, al fisco, ni con tasas múltiples ni con tasa única. Los establecimientos semiformales e informales, por su parte, evaden simultáneamente el impuesto sobre la renta (ISR) y el IVA, sobre todo por la vía de subdeclarar sus ventas y sus gastos. (Debe aquí notarse que quien evade el IVA, a diferencia del evasor del ISR, no sólo no lo paga sino que se embolsa el IVA implícitamente cobrado a los consumidores, cometiendo un doble delito). Por tanto, concluíamos, la evasión no aumentaría con las tasas múltiples.
La prevalescencia de la concepción administrativa de lo fiscal en el seno de la SHCP es la que explica, en parte, la obsesión de establecer una tasa única del IVA y la que lleva al rechazo del planteamiento del PRD de tasas múltiples para el IVA. No es consistente socialmente querer cobrar la misma tasa impositiva a los frijoles y las tortillas que a las joyas, los hoteles de lujo, los autos de lujo. Las condiciones están maduras para hacer prosperar una propuesta que permite aumentar la recaudación sin dañar a la población más vulnerable. Ojalá así lo entiendan las diversas fuerzas políticas del PRD y los diputados y senadores independientes del PRI.
El intento de rebelión de una parte de los diputados del PRI ante el anuncio de su coordinadora de que apoyarían la aplicación de una tasa del IVA de 5 a 8 por ciento en alimentos, parece haber sepultado la iniciativa gubernamental en la materia. Es un momento ideal, por tanto, para volver a plantear la idea de tasas diferenciales de IVA que conviertan a este impuesto en un impuesto progresivo.
La propuesta original que desarrollé al respecto (véase las entregas de Economía Moral de: 9 y 23 de febrero, 2 de marzo, 6 y 20 de abril, 29 de junio, 3, 10, 17 y 24 de agosto y 21 de septiembre, todas de 2001) tiene las siguientes características:
Se podría llamar base cero (parafraseando la expresión presupuestal base cero) ya que no da por hecho ninguna disposición de la ley vigente.
Propone eliminar todas las exenciones al IVA (obligando a todos los causantes a presentar declaraciones de IVA) y establece tasas de cero, cinco, 10, 15 y 20 por ciento.
Aplica un criterio único para definir qué tasa le debe corresponder a cada bien o servicio:

La clasificación del bien en las cinco categorías (y tasas) se hizo con el siguiente criterio:

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