BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

ACUSADOS Y VÍCTIMAS ANTE LA ADMINISTRATIVIZACIÓN DEL DERECHO PENAL

Ángela Gómez Pérez




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BASES PARA PROPUESTA DE PERFECCIONAMIENTO LEGISLATIVO EN EL MARCO SUSTANTIVO Y PROCESAL EN CUANTO A LA APLICACIÓN DE LA ALTERNATIVA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 8-3 DEL CÓDIGO PENAL.

EN EL MARCO SUSTANTIVO

Partiendo de la imposibilidad de destipificar todas las figuras de delitos leves, considero de utilidad una variante como esta en nuestro sistema de justicia, no obstante no estoy de acuerdo con su ubicación actual dentro de la sistemática del Código Penal, que estimo debiera contemplarse dentro del capítulo V del Título VI relativo a “La adecuación de sanciones”, haciendo especial definición de lo que se considera escasa peligrosidad del autor y del hecho para su aplicación; de este modo el juez conocedor del caso tomaría la decisión de aplicarla, aunque ésta pudiera ejecutarse por una autoridad administrativa.

Por otra parte no debiera perderse de vista que algunos aspectos de la teoría de la culpabilidad no pueden desecharse totalmente al valorar la conducta del comisor del hecho, puesto que el elemento subjetivo es un peldaño necesario en la delimitación del grado de responsabilidad del autor y la adecuación de la sanción, máxime teniendo en cuenta que la mayoría de los tipos en los que procede su aplicación son de carácter intencional.

EN EL MARCO PROCESAL.

Si el objetivo del Legislador es la inclusión de una alternativa más justa y con un menor costo social y procesal, pudiera lograrse éste de la misma forma pero con mayores garantías para los derechos de las partes si se designa a alguna autoridad judicial para esta decisión, de modo que aunque se obvien formalidades, se garantice profesionalidad en el conocimiento del hecho y la resolución del conflicto.

El procedimiento para la aplicación de esta alternativa debe recogerse en la Ley adjetiva para uniformarlo, incluyendo los siguientes aspectos que han sido vulnerados por falta de regulación en la actualidad:

- Caracterización del autor del hecho y de la víctima.

- Determinación de la situación legal del acusado dentro de las 24 horas de que dispone la policía para ello.

- Prever medidas cautelares, excepto la de la privación de libertad, para los casos en que éstas se justifiquen.

- Establecer la consulta a la víctima acerca de la decisión de aplicar esta variante y tomar en cuenta su parecer.

- Regular el modo de hacer efectivas las obligaciones derivadas de la responsabilidad civil antes de su ejecución.

- Disponer que una vez aplicada esta medida, no se incrimine al autor nuevamente por los mismos hechos.

- Ampliar los términos para el cumplimiento de las obligaciones.

- Regular el modo de hacer efectivo el pago de la multa, y como proceder ante su incumplimiento


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