BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

LA REVOLUCIÓN INTEGRAL DE LA SALUD Y SU IMPACTO EN LA LEGISLACIÓN LABORAL CUBANA

Juan Guillermo Quesada Santisteban




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Conclusiones

Primero: La realización de la valoración teórica en que se sustentaron el criterio científico ha demostrado la necesidad vital para la sociedad de la implementación de la Legislación referida al Derecho de la Salud Pública y sus ramas del Derecho Medico y el Derecho Sanitario.

Segundo: Al realizarse el análisis de los fundamentos teóricos, basado en le derecho Constitucional- Administrativo ha quedado demostrado que la aplicación de las funciones Ejecutivas, Administrativas y Políticas de los Organismos de la Administración Central del Estado son valederos `para todos sus integrantes, unido a su Competencia y Jurisdicción

Tercero Del análisis pormenorizado de los aspectos concernientes a la Legislación Laboral, ha sido demostrada la contradicción fundamental existente entre la Legislación Especial de la Salud Publica sustentada en los preceptos legales efectuados por el Ministerio de la Salud en Ley, no acorde a las normas que corresponden a la legislación Laboral vigente por el órgano con competencia, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Cuarto La aplicación de la legislación especial de la Salud Pública, tiene sus efectos generales y particulares, al tener una influencia notable en la legislación laboral, en la política migratoria, en las relaciones medico-paciente, unido a las valoraciones económicas.

Quinto La interrelación de la legislación especial de la salud, tiene incoherencia en su aplicación con el Código Civil cubano en las relaciones medico-paciente y su valoración legal, ante las incongruencias de los servicios asistenciales realizadas al individuo en la sociedad

Sexto Que la aplicación de la Revolución dentro de la Salud Publica a escala nacional e internacional ha estado delante de los preceptos legales establecidos tanto en los aspectos laborales, administrativos, económicos, financieros, civiles y penales lo que implica la necesidad de las valoraciones de inmediato para su solución.

Recomendaciones

Primera: A la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular, le sugerimos que realice una valoración objetiva del Derecho de la Salud Publica y las ramas del Derecho Medico y Derecho Sanitario para su aplicación general..

Segundo: A la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social sugerimos que procedan a la realización de una investigación cientifica referido a la Legislación Especial de la Salud Publica .para poder valorar su utilización y legalidad

Tercero: A la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular y al Ministerio de Justicia le sugerimos que realicen la valoración de lo Constitucional Administrativo en cuanto a la Legislación especifica de la Salud Pública mediante el análisis de su comportamiento dentro del Ordenamiento Jurídico Cubano.

Cuarto: A la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular y el Ministerio de Salud Publica le sugerimos que se realice una exposición pormenorizada para que se valoren los efectos particulares y generales que tiene para la sociedad cubana la aplicación de la legislación laboral especial de la Salud como sistema.

Quinto A la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular y al Ministerio de Educación Superior le sugerimos que realicen las valoraciones y estudios profundas de los efectos individuales y generales en la educación integral efectuados al amparo de la Legislación Especial de la Salud Publica y su posible implementación dentro del pensum universitario al personal propio del sistema en su formación académica de pre y postgrado..

Sexto Al Consejo de Ministros le sugerimos se valore la competencia y jurisdicción del Ministerio de la Salud Publica como Organismo de la Administración Central del Estado, en relación con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Educación Superior sobre la implementación de la Legislación Especial de la Salud Publica.


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