BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

REFORMAS CONSTITUCIONALES Y REVOLUCIÓN BOLIVIANA

Ricardo Tito Atahuichi Salvatierra




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LA CONSTITUYENTE Y LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

La burguesía, como clase social, tiene sus antecedentes históricos en los comerciantes. Su proceso de formación se produjo en distintas etapas de la historia. Se fue estructurando a partir del siglo XI hasta constituirse, sustentada por medio de la ideología liberal contenida en la Enciclopedia escrita y publicada por varios de sus representantes (1751), en una clase social que demostró su capacidad y audacia al tomar el poder en Francia recurriendo a una revolución violenta (1789). A través de la aplicación de los principios de su ideología, en la ciencia, dio origen al derecho y al Estado liberal que se encuentra sustentado por una Constitución Política que define la organización, funcionamiento y estructura de la República, como nuevo tipo de Estado, que se expandió y generalizó constituyendo el sistema capitalista y su fase superior que se expresa en el imperialismo.

El derecho liberal dio origen a la revolución democrática al considerar: al hombre como el factor que define la existencia del Estado, la ley, el derecho, los órganos de poder, el modo de producción, la propiedad, la familia, y las normas (orden natural), y no así el poder de Dios (orden divino): al pueblo como el poder supremo que da origen a los órganos de poder, ostenta la soberanía, elige a sus gobernantes y que su voluntad y decisión se expresa a través del voto universal y secreto que es la base de la democracia; y finalmente establecer que la esencia del derecho radica en considerar a los hombres iguales ante la ley, libres para el ejercicio de sus derechos y solidarios en la defensa de sus intereses.

El pueblo está conformado por clases sociales, que son la burguesía, la pequeña burguesía y el proletariado (Adam Smith 1723 –1790), que se encuentran en permanente pugna situación que determina que su voluntad y decisión pueda ser homogénea o diversa razón por la que el derecho liberal establece el requisito mínimo de los 2/3 de votos, correspondientes al total de la población electoral, que debe obtener una fuerza política que representa a una clase o estrato social para ser considerada homogénea y merecer la delegación del poder constituyente pleno o fundante a favor de la fuerza política que aglutinó los 2/3 de votos (caso Venezuela) y si no su voluntad es diversa y el poder que se delega en favor de los constituyentes es limitado y parcial dirigido a introducir reformas en la Constitución y el Estado (caso Bolivia y Ecuador).

Es el titular del poder constituyente originario y absoluto que da origen a un Estado, aprueba una ideología que define la elaboración de una Constitución Política que establece la existencia de un tipo de Estado en conformidad con la correlación de las fuerzas sociales determinadas por la lucha de clases. Puede definir la existencia de una Asamblea Constituyente o no por que la Asamblea sea originaria o derivada no es ineludiblemente necesaria en el desarrollo de la historia (revolución rusa, cubana y otras).

Concluyendo: el poder que delega el pueblo a favor de los representantes elegidos a una Constituyente puede ser: a) de carácter originario con poder para crear un Estado y elaborar y aprobar una Constitución Política que lo sustente, y defina el ordenamiento jurídico; b) de carácter relativo o parcial con potestad limitada a producir reformas en la Constitución y el Estado. Previa aclaración de que el grado de radicalización de las clases sociales que produce la lucha de clases, que se expresa en la correlación de fuerzas sociales, determina que el poder constituyente que delega el pueblo a favor de una Asamblea se encuentre supeditada a la lucha de clases.

Y finalmente que La revolución democrática estableció sus límites señalando que todo acto que realizan las personas en una sociedad tienen que estar sujetos a la Constitución, respeto a la ley, y al orden legalmente constituido.

El gobierno y los constituyentes, al insistir que la Asamblea tiene un carácter originario, continúan creando expectativas erróneas en sentido de que el pueblo crea que el atraso, pobreza, exclusión social etc. serán resueltos con las reformas a la Constitución y al Estado sin considerar la revolución de 1952 que constituyó el Estado revolucionario como fuente generadora de empleo (COMIBOL, ENTEL, etc.), de inclusión de las mayorías nacionales y grupos étnicos; de ser propietaria de nuestros recursos naturales y el representante de la dignidad y soberanía nacional.


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