BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

DETERMINANTES DEL ANÁLISIS Y DISEÑO ORGANIZACIONAL

Grupo de Investigación AdGeO




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6.3.3. Año 1980

Los ochenta trajeron para el Instituto transformaciones significativas en la mejora de los servicios ofrecidos a los usuarios ya que se obtuvo como factor determinante iniciar un cambio de política al pasar del servicio médico tradicional a un principio de atención integral en salud.

A finales de 1985 durante la administración de Belisario Betancur se introdujeron correctivos, para solucionar una serie de irregularidades que, según pronunciamiento de la procuraduría y la contraloría incidieron negativamente en la situación financiera, en el manejo administrativo, y por supuesto, en la prestación de los servicios.

Entre las medidas del gobierno se destacan las siguientes:

- Tecnificación en los procesos de vinculación y de remuneración del personal.

- Incremento en las tarifas sobre riesgos profesionales y de pensiones.

- Estudios evaluativos y descriptivos de la situación general existente en la prestación de los servicios.

- Planeación de un sistema de control para facilitar un análisis permanente en torno a la marcha del instituto.

- Evaluación de la calidad de los servicios con el control interno de la entidad.

6.3.4. Año 1990

Esta se puede considerar como la década más crucial de la seguridad social en Colombia y del Instituto con la reforma a la constitución política (1991), ya que le asigna al Estado una fuerte responsabilidad en la gestión del desarrollo social y en el mejoramiento de las condiciones materiales e intelectuales de todos los ciudadanos.

En forma explícita, el artículo 48 de la Carta establece “ La seguridad social es un derecho público de carácter obligatorio que presentará bajo la dirección, coordinación y control del estado, en su ejecución a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la ley. Se garantizará a todos los habitantes derecho irrenunciable de la seguridad social”.

La constitución Política expresa de igual manera en su artículo 49 que “ la atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud”.

Con la formulación contenida en los artículos citados quedó superado el antiguo concepto de la asistencia pública, según el cual la acción estatal se entendía como una práctica de atención paliativa y no integral.

De igual manera, la nueva Constitución contempla que la seguridad social podrá ser prestada por entidades públicas y privadas, pero advierte que el Estado mantendrá la regulación, el control y la vigilancia en la prestación de los servicios; esto muestra la trascendental transformación que la institución debe tener a partir de este momento, en virtud de una competencia inesperada, dicha trasformación no solo se dará en los servicios que presta la institución, sino en la modificación de los comportamientos de sus empleados. ¡ el cambio es una realidad!.


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