EL CONTRATO DE FIDEICOMISO: REGULACIÓN Y PERSPECTIVAS DE DESARROLLO EN EL PERÚ
Charles Alexander Sablich Huamani
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El fideicomiso inmobiliario es aquél que se constituye para otorgar transparencia y seguridad en el desarrollo de un proyecto inmobiliario. El patrimonio autónomo estaría conformado por todo aquello que forma parte del proyecto tal como terreno, licencias, permisos y derechos de cobro (cuotas iníciales y créditos hipotecarios) y el fiduciario se encarga de “gestionar” el proyecto hasta la transferencia de la propiedad a los compradores del proyecto. Lo podemos considerar dentro del Artículo 22° de la Resolución de la Superintendencia de Bancos y Seguros N° 1010-99, conformado así:
Fideicomiso Inmobiliario
2. Cuotas
1. Derechos de 4. Entrega
Cobro (cuota vivienda
inicial, crédito
hipotecario),
proyecto, planos
licencia.
3. Pago de planillas, etc.
4. Utilidades
Leyenda
• El cliente promotor/constructor transfiere a la Fiduciaria S.A. derechos de cobro, planos, licencias y otros.
• Los adquirientes entregan el dinero a la Fiduciaria.
• Con el dinero, la fiduciaria cancela gastos y costos destinados exclusivamente al proyecto. La Fiduciaria S.A. entrega la vivienda a los adquirientes.
• La Fiduciaria luego de transferir propiedad y constituir las hipotecas que correspondan, reparten los excedentes de la forma establecida en el contrato.
• La Fiduciaria S.A. luego de transferir propiedad y constituir las hipotecas que correspondan, reparte los excedentes de la forma establecida en el contrato.