BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

INTEGRACIÓN. TEORÍA Y PROCESOS. BOLIVIA Y LA INTEGRACIÓN

Alberto Solares Gaite




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7. PARTICIPACIÓN EN EL MERCOSUR

7.1. Exclusión de Bolivia en el Tratado de Asunción

El Tratado de Asunción, que creó el MERCOSUR en marzo de 1991, estableció en su Artículo 20 un sugestivo método de adhesión para el resto de los países de la región. Si bien se declaraba que el Tratado estaría abierto a la adhesión, mediante negociación, a los países de la ALADI, esta posibilidad se podría concretar sólo después de los cinco años de su vigencia. No obstante, dejaba abierta la posibilidad de considerar solicitudes de países de la ALADI que no formaran parte de esquemas de integración subregional o de asociaciones extrarregionales.

En otras palabras, era un tratado cerrado por cinco años para Bolivia por cuanto el país era miembro del proceso subregional andino, pero implicaba una invitación directa para la incorporación de Chile dentro de los cinco años iniciales, por cuanto éste país no participaba de ningún esquema de integración subregional ni de asociación extrarregional. No obstante, Chile no acogió esta insinuación directa y se abstuvo de una incorporación plena.

En Bolivia, esta exclusión deliberada causó mucha frustración, puesto que no sólo se desvirtuaba su vocación integracionista y su política de no quedar fuera de ningún proceso integrador en la región, sino que el nuevo proceso que surgía en el cono sur desconocía su ubicación y participación geográfica en esa región, no consideraba además que los cuatro países integrantes del MERCOSUR eran simultáneamente miembros del Tratado de la Cuenca del Plata, conjuntamente Bolivia, así como las importantes relaciones comerciales que existían entre nuestro país y el Brasil y la Argentina.

Las razones de esta exclusión quizá fueron el evitar la desaceleración del proceso en su fase inicial, con la participación de un país de menor desarrollo que hubiera demandado sin duda un tratamiento y consideraciones especiales que le permitieran ponerse a tono con el ritmo que se pretendía imprimir al proceso. Sin embargo, la situación de Bolivia no difería de la situación del Paraguay, país con el cual se compartió un tratamiento preferencial en el marco de la ALALC y se comparte también un régimen de apoyo especial en el marco de la ALADI, como países de menor desarrollo económico relativo.

Otra de las razones, que tal véz primaron, era la incompatibilidad de la participación de un país en dos procesos que a la véz buscaban la conformación de uniones aduaneras.

En todo caso, en Bolivia hizo una cuestión, hasta de honor nacional, el lograr su incorporación al MERCOSUR, y los sucesivos gobiernos trabajaron obsesivamente para concretar este objetivo. De todas maneras, se mantuvo en el marco de la ALADI la continuidad de los acuerdos comerciales bilaterales con los cuatro países del MERCOSUR.

7.2. Negociaciones Bolivia-Mercosur

En octubre de 1992, Bolivia formuló ante el Grupo del Mercado Común del MERCOSUR una presentación relativa a su posible incorporación a este proceso. Durante su reunión de enero de 1994, el Consejo del Mercado Común del MERCOSUR emitió un Comunicado destacando la prioridad de un acuerdo comercial con Bolivia e invitándola a participar en calidad de observador en algunos de los grupos de trabajo del MERCOSUR.

En 1995, el MERCOSUR emitió el Memorándum de Entendimiento para el Relacionamiento de Bolivia con el MERCOSUR, en el cual se establecieron las bases para un acuerdo comercial con Bolivia, con vistas a la conformación de una zona de libre comercio en un plazo máximo de 10 años.

En diciembre de 1995, las Partes firmaron el acuerdo que fue registrado en la ALADI como Acuerdo de Complementación Económica, ACE 34, con una duración de un año a partir del 1º de enero de 1996, dejando establecido el propósito de continuar posteriormente las negociaciones de un tratado de libre comercio más amplio.

En diciembre de 1996, los Estados Parte del MERCOSUR y Bolivia suscribieron el Acuerdo de Complementación Económica, ACE 36, sustitutivo del ACE 34 y que entró en vigencia en febrero de 1997, con el objetivo de formar un área de libre comercio en un plazo máximo de 10 años a partir de la entrada en vigencia del Acuerdo.

Este hecho creó para Bolivia una situación ambigua dentro del proceso andino, pués no actúo en forma comunitaria junto a sus países miembros y fue objeto de un periodo de difícil relación con éstos. Más aún si a partir de la firma del Acuerdo (ACE 36), el tratamiento formal que se les otorgó a Bolivia y Chile, país que también había suscrito un acuerdo similar, fue de países asociados al MERCOSUR y cuyos Presidentes asistían en tal calidad a todas las reuniones cumbres y eventos importantes. Sin embargo, a la postre, el resto de los países de la Comunidad Andina siguió el mismo camino, entablando procesos específicos de negociación de acuerdos de libre comercio dentro del marco de un proceso de convergencia entre Comunidad Andina y MERCOSUR. Estas negociaciones derivaron en la conclusión del ACE 58 entre Perú y MERCOSUR y del ACE 59 entre Colombia, Ecuador y Venezuela con el MERCOSUR.

En el caso de Bolivia, el ACE 36 tuvo una amplia ejecutoria mediante más de veinte protocolos adicionales a través de los cuales se amplió la normativa que rige, hasta ahora, las relaciones comerciales con el MERCOSUR.


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