BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

EVALUACIÓN TÉCNICA Y JURÍDICA DE LA APERTURA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL CARIBE

Julio Mario Orozco Africano




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5.5. Evaluación de la sostenibilidad financiera del nuevo Hospital Universitario del Caribe

De acuerdo con el actual sistema de aseguramiento que rige el modelo de salud en Colombia, se plantea un esquema de contratación con los responsables de los diferentes tipos de población de usuarios potenciales. Así, la responsabilidad de la garantía de la salud de la población pobre no asegurada recae en las Direcciones departamentales y Distritales de Salud. Por otro lado el aseguramiento está a cargo de las EPS y ARS, mientras que otra parte de los riesgos se encuentran amparados por seguros obligatorios de accidentes de tránsito y por la subcuenta de eventos catastróficos y accidentes de tránsito del Fondo de Solidaridad y Garantía.

Al Inicio de su operación el Hospital prestará servicios principalmente a la población conformada por las personas pobres no aseguradas del Departamento de Bolívar y del Distrito de Cartagena. De acuerdo con datos históricos del Hospital Universitario de Cartagena y las proyecciones de la Secretaría de Salud Departamental, se estima que la nueva institución estará recibiendo anualmente, por este concepto, unos recursos del orden de los dieciséis mil millones de pesos.

Igualmente, se espera que los servicios de urgencia presenten una alta demanda desde un principio, al igual que otros servicios que presentan déficit de oferta en el Departamento de Bolívar. Aunque es difícil conocer a ciencia cierta el volumen de venta de estos servicios, se cuenta con una buena referencia del comportamiento del Hospital Universitario de Cartagena en Liquidación al durante el año 2001 cuando se le reconocieron por parte de diferentes entidades 3.108 millones de pesos durante 12 meses.

Después de las Direcciones de Salud, los principales clientes serían las Administradoras del Régimen Subsidiado. Parte de la demanda de afiliados ha sido redireccionada a otras ciudades ya que la red de servicios del departamento de Bolívar, ha disminuido su capacidad significativamente en los últimos años. Sin embargo, la demanda no atendida persiste y con la apertura de una nueva institución que satisfaga las necesidades de la región, se espera que se reoriente la contratación hacia la institución local con el fin de disminuir costos.

En estas entidades, los costos de los servicios de tercer nivel rondan el 9% del valor de la UPC, mientras que los de alto costo están alrededor del 12%. Aunque el Nuevo Hospital no prestará inicialmente todos los servicios de tercer nivel y los de alto costo, brindará algunos de mediana complejidad y otros de apoyo diagnóstico y terapéutico por lo que el monto estimado de este tipo de contratación sería cercano al 20% de la UPC-S. Teniendo en cuenta la población objeto, los recursos con que cuentan las ARS del departamento, para este tipo de servicio superan los veinticinco mil millones de pesos anuales, por lo que si se realiza una buena labor de mercadeo, los afiliados al régimen subsidiado podrían convertirse en la principal fuente de recursos del Hospital.

Aunque inicialmente se espera establecer contrataciones de servicios prioritarios con estas entidades, a mediano plazo y en la medida en que se gane confianza en la institución, se ampliarán las contrataciones a todo el portafolio, y podrán abrirse nuevos servicios de acuerdo con las necesidades de los clientes.

Para el régimen contributivo los servicios de alta complejidad y de alto costo, representan cerca del 15% de la UPC. Esto representa un monto de más de veinticuatro mil millones de pesos, si se toma en cuenta toda la población. En este caso, lograr un buen volumen de contratación es más difícil pues muchas de las EPS, cuentan con su propia red de servicios, sin embargo, como se afirmó anteriormente, muchos servicios deficitarios en el departamento serán brindados por el Hospital, al encontrarse saturada la red de prestadores de que disponen actualmente las EPS. Igualmente vale la pena realizar una importante labor de mercadeo en este sector.

Aunque el Nuevo Hospital Universitario cuenta con interesantes perspectivas, es razonable iniciar las labores pensando en unos ingresos anuales cercanos a los veinte mil millones de pesos anuales a partir del 2007.

5.6. Evaluación del proceso de adecuaciones locativas para el funcionamiento

5.6.1. Estudio técnico previo

Para las adecuaciones locativas se realizó una evaluación por ingenieros y arquitectos que arrojó los siguientes resultados:

Estos valores por ser calculados con factores numéricos, pueden llegar a tener una variabilidad estimada de ±15% (mas o menos el quince por ciento), la cuantificación definitiva de los recursos necesarios para las adecuaciones locativas, requerirían de un estudio más profundo

5.6.2. Proceso de contratación de obras civiles

Sobre la base de estas estimaciones se realizó la convocatoria 001 para la adjudicación del contrato de obras civiles de adecuación del edificio, por valor de $3.279.719.890. Tal adjudicación se realizó atendiendo todos los parámetros de la contratación privada, aunque con la solemnidad del régimen público de contratación, lo cual le dio más transparencia al proceso que fue acompañado por la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Cartagena y la audiencia de adjudicación tuvo el acompañamiento de la personería distrital.

El día 27 de Abril de 2006, a través de la Resolución No. 002 se ordenó la apertura de un proceso contractual, autorizado por la Junta Directiva de la ESE hospital Universitario mediante acta No 02 de fecha 16 de marzo de 2006 a fin de contratar las obras civiles de reparación, adecuación y mantenimiento de las instalaciones físicas del Hospital Universitario del Caribe, así como la ejecución de obras hidráulicas-sanitarias, eléctricas, y el suministro e instalación de un sistema de aire acondicionado, conforme a los diseños, especificaciones y cantidades de obras definidas en los términos de referencia.

En la etapa previa a la convocatoria se elaboraron los Términos de Referencia donde se consagraron los requisitos, condiciones, términos, especificaciones y demás reglas para regular la relación entre proponentes y la Empresa, así como los estudios y diseños de las obras.

Cumpliendo con lo establecido en el Estatuto Contractual de la Empresa, se realizó la publicación de la convocatoria a contratar, abundando en este requisito toda vez que mediante el Diario El Universal, y El Diario la Verdad, se efectuaron dos publicaciones en la misma fecha, la cual correspondió al día 28 de abril de 2006.

De igual manera los Términos de Referencia fueron publicados en la página Web de la Gobernación de Bolívar desde la misma fecha arriba indicada, tal como lo dispusieron los Términos de Referencia establecidos como las condiciones básicas del proceso contractual que se adelantó.

Todas las etapas de este proceso contractual se cumplieron en la forma que venían establecidas tanto en los Términos de Referencia, como en la convocatoria publicada en los medios de comunicación antes citado, tales como la visita al sitio de la obra, la audiencia de aclaración de términos de referencia, evaluación de propuestas y traslado de la evaluación .

El día 11 de mayo de 2006, se cerró la convocatoria pública No 001 de 2006, y se presentaron dos propuestas, una de la persona natural JORGE ALBERTO ISAAC CURE y la otra por el CONSORCIO REGIONAL DEL CARIBE, representado por EDUARDO HERNANDEZ PEÑA, y conformado por esta persona y CONSTRUCTORA PROMOTORA EL CAMPIN.

Para efectos de evaluar las propuestas presentadas se designó mediante resolución No 006 de fecha 3 de mayo de 2006 a un comité evaluador integrado por un grupo interdisciplinario de personas para realizar los estudios de los aspectos, técnico, económicos y jurídicos, conforme a los parámetros y factores objetivos que se establecieron en los términos de referencia y de esta manera seleccionar la propuesta mas conveniente para la entidad.

Una vez realizada la evaluación de ambas propuestas, según lo indican los términos de referencia se dieron los resultados en un documento de 26 folios.

La verificación de los aspectos jurídicos de la propuesta presentada por JORGE ALBERTO ISAAC CURE se resume así: “La propuesta desde el punto de vista jurídico se ajusta y cumple con los requisitos establecidos en los Términos Referencia de la Convocatoria Pública 001, por lo que se cumplen con los criterios y factores de Evaluación y calificación señalados en los términos, de esta manera la propuesta es admisible; la verificación de los aspectos financieros de esta propuesta en resumen señala: “La propuesta de JORGE ISAAC CURE presentó el Balance General a 31 de diciembre de 2005, estado de Resultados a 31 de diciembre de 2005 debidamente firmados, copia de la tarjeta profesional, certificado de antecedentes disciplinarios del contador, Notas a los Estados Financieros, esto último conforme a lo establecido en los términos de referencia de la convocatoria pública. Por lo tanto la propuesta cumple con lo establecido en los términos de referencia y es admisible”. En el examen de verificación sobre los aspectos técnicos de esta propuesta, se encuentra que cumple todos los requisitos exigidos.

La verificación de los aspectos jurídicos de la propuesta CONSORCIO REGIONAL DEL CARIBE concluye: “ La propuesta desde el punto de vista jurídico no se ajusta a los requisitos establecidos en los Términos Referencia de la Convocatoria Pública 001, puesto que se presentó el formulario de Resumen de la propuesta dentro del sobre 1 expresando el valor de la propuesta lo que constituye un incumplimiento de las exigencias de los términos en: Nota inserta formato A-2 que dice que este formulario debe incluirse en el sobre No 2; el numeral 4.3 literal c y Numeral 3.9 literal K nota final que en igual sentido se estipula que el valor de la propuesta no puede incluirse en el sobre No 1, y que hacerlo de esa manera, constituye causal de rechazo. Por lo tanto dicha propuesta no es admisible. De igual forma la póliza de seriedad de la propuesta fue tomada a nombre del consorcio y es suscrita por el representante legal del mismo, incumpliendo lo establecido en los términos de referencia donde especifica que cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la póliza deberá tomarse a nombre de sus integrantes, y no a nombre de los representantes legales. Numeral 3.9 literal e.; sobre lo que vale precisar que este aspecto no se contemplo como subsanable”.

La verificación de los aspectos financieros de esta propuesta consigna: “Dentro de la propuesta de CONSORCIO REGIONAL CARIBE cada uno de los integrantes del mismo presentó Balance General, el Estado de Resultados a 31 de diciembre de 2005 debidamente firmados, presentaron copia de la tarjeta profesional, certificado de antecedentes disciplinarios del contador y revisor fiscal (cuando hubo lugar), Notas a los Estados Financieros, conforme a lo establecido en los términos de referencia de la convocatoria pública, por lo tanto la propuesta cumple con lo establecido en los “términos de referencia. La verificación técnica de esta propuesta presenta las siguientes observaciones: “Esta propuesta no cumple con el examen técnico, toda vez que lo relacionado con la experiencia especifica no se ajusta a lo pedido en los términos de referencia, así como en cuanto a las hojas de vida aportadas no especifica que cargo desempeñaran dentro del proyecto los ingenieros; tampoco estos profesionales cumplen con la experiencia específica solicitada, no acreditan la experiencia que dicen tener y no presentan carta de compromiso para los cargos específicos que se exigen (Residente de obra y Director de proyecto), lo cual según los términos de referencia, la falta de estos requisitos conduce a que no se evalué la propuesta en la fase dos.

Cumplida la primera fase de evaluación se citó a los proponentes para la apertura del sobre No 2 correspondiente a la evaluación económica, la cual se produce siempre que la propuesta haya cumplido con la evaluación jurídica, técnica y financiera, que para el caso solo cumplió la propuesta presentada por JORGE ASAAC CURE.

La evaluación económica presento el siguiente resultado: “La propuesta económica del Ingeniero Jorge Isaac Cure consta de 413 ítems (en el formulario A-8), los mismos que forman parte del pliego de condiciones; A la vez se anexan 413 análisis de precios unitarios (formulario A-9); Todos los precios unitarios consignados en los formularios A-9, corresponden a los que se utilizan en el formulario A-8, con el fin de obtener los valores totales de cada ítem de la propuesta; Los análisis de precios unitarios están ajustados debidamente al peso por exceso y por defecto; El proponente adjunta la inscripción en el Régimen Común, mediante copia del RUT del departamento de impuestos nacionales, para tal efecto el valor del impuesto agregado es del 16%, sobre las utilidades del costo directo de la oferta: El valor total de la propuesta es de TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL MILLONES NOVESCIENTOS VEINTIUN MIL SETESCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS CON DIECIOCHO CENTAVOS ML ( $3.271.921.732.18); El valor del presupuesto oficial es de 3.279.719.890.oo; E l valor de la propuesta corresponde al 99.762% del Presupuesto oficial., valor que se encuentra entre el rango del 95% al 100%. Por lo tanto se considera ADMISIBLE y será el valor tomado para la aplicación de la media geométrica y su asignación de puntos; lo que significa que obtiene el máximo puntaje es decir 1000 puntos.

Dentro del término fijado en los términos de referencia se puso a consideración de los proponentes los resultados de evaluación, para que los proponentes puedan presentar las observaciones del caso; termino dentro del cual no se presentó observación alguna.

Como consecuencia de lo anterior se procedió a adjudicar la Convocatoria Publica No. 01 de 2006, cuyo objeto es contratar las obras civiles de reparación, adecuación, y mantenimiento de las instalaciones físicas del Hospital Universitario del caribe, así como la ejecución las obras Hidráulicas. Sanitarias, eléctricas, y el suministro e instalación de un sistema de aire acondicionado, conforme a los diseños, especificaciones y cantidades de obras definidas en los términos de referencia, al proponente JORGE ISAAC CURE, identificado con la cedula de ciudadanía No 9.138.843.

Todo este proceso se ajustó de jurídicamente al proceso delineado en el estatuto de contratación de la Empresa Social del Estado Hospital Universitario del Caribe.


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