BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

EXPERIENCIAS CUBANAS EN EL TRATAMIENTO AL RECLUSO (Compilación)

Dager Aguilar Avilés




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Intervención Social en la Reinserción.

El delito es un problema social y comunitario porque nace en la comunidad y en ella debe encontrar fórmulas de sanciones positivas.

Por eso es importante para determinar el análisis del fenómeno delictivo, su erradicación, formas de prevención, que la consideración del mismo no mantiene con otros procesos de la vida social una relación aislada del contexto comunitario donde se origina, sino que por el contrario está orgánicamente vinculado por su origen, esencia y dinámica a diferentes aspectos materiales, sociales e ideológicos de la vida social. Siendo entonces un fenómeno social complejo, el análisis de sus causas, formas de coerción y prevención están condicionadas a sus propias raíces materiales y sociales.

La propia sociedad dispone de todas las vías pertinentes para el combate frontal contra el delito, establece bajo qué condiciones se viabiliza la investigación de tales conductas, posibilitándose la elaboración y planificación de una red de indicadores jurídicos, sociológicos, educativos, culturales y económicos que coadyuven a la erradicación de las nefastas consecuencias que engendra el mismo.

En el contexto cubano algunos autores consideran la reinserción como una actividad preventiva mediadora que es necesaria cuando no se aplicó, no pudo aplicarse o no fue efectiva la prevención primaria de la familia, la escuela y la comunidad en sentido general para evitar la aparición de las conductas antisociales y hubo necesidad de enfrentar al comisor y sancionarlo.

Fue a partir del triunfo revolucionario, donde desde los primeros momentos se crearon los mecanismos institucionales dirigidos atender la problemática social y se asignaron tareas a las organizaciones de masas a fin de dar respuesta rápida y masiva a las situaciones más urgentes.

La prevención a partir de este momento constituye el medio más humano de lucha contra la delincuencia, que no requiere el castigo, sino la educación de los miembros de la sociedad contra la comisión de delitos.Teniendo como objetivo y acciones de los organismos, organizaciones y órganos que intervienen en la actividad de reinserción social, de los controlados por el Juez de ejecución los siguientes:

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

• Participa de conjunto con la dirección de los establecimientos penitenciarios y los trabajadores sociales en las entrevistas a las personas que recibirán los beneficios de libertad anticipada asegurando la calidad de las mismas.

• Garantiza que los controlados aptos para el trabajo sean ubicados laboralmente.

• De conjunto con el juez de ejecución y los trabajadores sociales dan seguimiento a los insertados laboralmente para lograr la permanencia.

• Solucionar de conjunto con los trabajadores sociales las situaciones sociales críticas a partir de la caracterización socio-económica del controlado y su núcleo familiar.

• Participar en las reuniones trimestrales con los jueces de ejecución y los demás factores para evaluar el cumplimiento de las medidas que aseguran la ubicación laboral efectiva de los controlados.

Ministerio del Interior:

• Los establecimientos penitenciarios asegurarán que los reportes previos contengan todos los aspectos que caractericen correctamente a los controlados y garantizarán de conjunto con las direcciones de trabajo y los trabajadores sociales las entrevistas previas a los sancionados que serán beneficiados como medida de excarcelación anticipada.

• Lograr la participación de los Jefes de Sectores en todas las presentaciones en los lugares de residencia de los sancionados.

• Mantener un control sistemático por los Jefes de Sectores a los controlados e informar sus resultados a los jueces de ejecución.

• Los Jefes de Sectores informarán a los Jueces de Ejecución las acciones de prevención que desarrollan con los controlados y sus familiares para lograr eficacia en la reinserción social.

Central de Trabajadores de Cuba:

• Participar en las presentaciones en los centros de trabajos asegurando que esto constituya actos de recibimientos a los controlados en cada colectivo.

• Informar a los Jueces de ejecución sobre la conducta de los controlados en las visitas de seguimiento que se realicen en los centros de trabajo.

• Elaborar programas de atención y seguimiento a los controlados que posibiliten la permanencia laboral y reinserción de estos teniendo en cuenta su núcleo familiar.

• Participar en las reuniones conjunta trimestrales con los jueces de ejecución y demás factores para el control y seguimiento de los controlados.

Federación de Mujeres de Cuba:

• Participar en las presentaciones en los lugares de residencia.

• Informar sobre la conducta de los controlados en las visitas de seguimiento que sistemáticamente realizan los jueces de ejecución en la comunidad.

• Lograr que las mujeres controladas por el juez de ejecución estén caracterizadas y desarrollar las acciones en coordinación con los trabajadores sociales de acuerdo al nivel cultural social y económico de los mismos.

• De conjunto con los trabajadores sociales desarrollar acciones con las mujeres y menores que forman parte del núcleo familiar de los controlados.

• Participar en las reuniones trimestrales que realiza el Juez de Ejecución, donde se evaluará el resultado de las tareas relacionadas tanto de las mujeres controladas como las que forman parte de los núcleos familiares de los hombres controlados.

Asociación Nacional de Agricultores Pequeños:

• Ubicar a los controlados en las Cooperativas de Producción Agropecuaria(CPA)

• Participar en la presentación de los controlados.

• Los presidentes de las CPA de conjunto con los trabajadores sociales, deben tener identificadas las dificultades presentes en el seno familiar de los controlados y contribuir a las soluciones posibles.

• Participar en las reuniones trimestrales que realiza el Juez de Ejecución donde se evalúa la conducta y permanencia de los controlados.

Comité de Defensa de la Revolución:

• Organizar los actos de presentación de los sancionados por los jueces de ejecución en los lugares de residencia.

• La Dirección de los CDR de base se reunirá con los controlados y sus familiares periódicamente, con el objetivo de lograr que estos se sientan comprometidos con la organización y los vecinos.

• Lograr que los controlados y su familia participen en las tareas de la organización.

• Desarrollar acciones de conjunto con las restantes organizaciones y organismos que intervienen en las tareas de prevención en la comunidad y los trabajadores sociales para darle atención diferenciada e incidir positivamente en la conducta de los controlados.

• Participar en las evaluaciones sobre la conducta de los controlados con los jueces de ejecución en la comunidad.

• Participar en las reuniones de coordinación de los Comité de Zona para evaluar el comportamiento de los controlados, que residen en cada CDR y cuando quede determinado que alguno presenta problema de conducta deberá ser visitado por la dirección de la zona y los trabajadores sociales.

• Participar en las reuniones trimestrales que realiza el Juez de Ejecución donde se evalúa la conducta de los controlados.


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