BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

DIVERSOS MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD

Emiliano Mansilla Pizá


 


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C. Características

Podemos afirmar que la ocupación contiene las características del acto jurídico unilateral, toda vez que implica la creación, modificación, extinción y transmisión de derechos y obligaciones con la voluntad de la persona que realiza el acto, de la siguiente manera:

1. La creación de derechos y obligaciones se da a partir del momento en que el ocupante detenta el dominio sobre el bien objeto de la ocupación y se formaliza con el reconocimiento jurídico de este dominio. Como ejemplo de obligaciones en este sentido podemos mencionar el pago de los impuestos correspondientes al uso, goce y disfrute de los mismos (predial tratándose de inmuebles o tenencia tratándose de automotores) y como ejemplo de obligaciones, el responder por los daños que con los mismos se pudieren originar.

2. La modificación de derechos y obligaciones se presenta desde dos puntos de vista:

a. En el sujeto activo (quien realiza la ocupación) de tal forma que su universo de obligaciones y derechos se ve alterado al incrementarse su patrimonio con un nuevo bien respecto del que podrá libremente usar, gozar y disfrutar, situación que no sucedería si no fuera e legítimo propietario del mismo. Como ejemplo de ello podemos hablar del uso goce y disfrute de los bienes objeto de ocupación que se ven limitados y guardan profundas diferencias de aquellos sobre los que se ejerce el uso goce y disfrute por su legítimo propietario.

b. Para el caso de que existiere un propietario anterior, en el sujeto pasivo (quien manifiesta su voluntad de deshacerse del bien o abandonarlo), se modifican sus derechos y obligaciones al dejar de detentar la propiedad del bien que ha venido a ser ocupado por una tercera persona (sujeto activo)

3. Extinción de derechos y obligaciones. De igual forma, se dan en:

a. En el sujeto activo (quien realiza la ocupación), toda vez que sus derechos y obligaciones como ocupante del bien, se extinguen al convertirse en legítimo propietario del mismo.

b. Para el caso de que existiere un propietario anterior, en el sujeto pasivo (quien manifiesta su voluntad de deshacerse del bien o abandonarlo), los derechos y obligaciones que corresponden al legítimo propietario se extinguen respecto de este sujeto pasivo.

4. La transmisión de derechos y obligaciones se da en el caso de que el bien objeto de la ocupación haya pertenecido a alguna persona y esta ha decidido abandonarlo o dejar de ser su propietario, transmitiéndose así los derechos de propiedad a quien ocupe dicho bien o cosa.

5. En este acto interviene la voluntad del hombre, ya que si no existe la exteriorización de la voluntad del ocupante por convertirse en propietario (el animus de dominio), éste jamás será declarado propietario del mismo.


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