BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

INTRODUCCIÓN A LAS FINANZAS PÚBLICAS

Alberto Ibarra Mares


 

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1.1. EL PRESUPUESTO DE EGRESOS

Las diversas partidas que integran el gasto público deben estar contenidas jurídicamente en el Presupuesto de Egresos de cada país, para el cual existe la obligación de publicarlo anualmente en el Diario Oficial del gobierno en turno. Primeramente el Jefe del ejecutivo debe elaborar y presentar un proyecto del presupuesto para enviarlo a las cámaras u organismos que legislan, por ejemplo la cámara de representantes (diputados y senadores) para que sea aprobado o modificado. Dicho proyecto de egresos suele conocerse como una iniciativa del Presupuesto de Egresos de un Estado. Aquí el jefe del ejecutivo debe someter a la consideración de dichas cámaras la iniciativa para su examen, discusión y en su caso aprobación.

En el Presupuesto anual de gastos, también se discuten las contribuciones o ingresos que a juicio de los gobernantes deben decretarse para cubrir el gasto público, por ello la contestación a la iniciativa del proyecto de egresos o gasto público, cuando es respondida afirmativamente mediante decreto por los poderes legislativos se convierte en ley. Este procedimiento jurídico consagrado en la máxima ley de cada Nación (la constitución) se repite año con año y es el fundamento principal que norma el gasto público. De ahí que todas las erogaciones previstas por el Estado deben de estar contenidas en el presupuesto de egresos.

Entre las erogaciones o gastos más importantes del Estado están las del poder ejecutivo del país. Es decir, el gasto de la administración púbica a nivel federal o nacional, provincial, departamental o estatal, y municipal o distrital. Es decir, se incluye el gasto de los ministerios o secretarias de Estado, los ramos que comprenden las aportaciones a seguridad social, las erogaciones para el desarrollo regional y participaciones a Estados o Departamentos, y Municipios o Distritos, los egresos del poder legislativo y del poder judicial, las erogaciones correspondientes a las entidades paraestatales (participación del gobierno) y el gasto asignado a la deuda pública del gobierno federal y de las entidades paraestatales.

El gasto público va dirigido sobre todo a dos grandes rubros: gasto corriente y gasto de capital. Ambos presentados y contabilizados en un documento estadístico que se explicò anteriormente denominado Balanza de Pagos. El gasto corriente representa el costo directo de la administración pública y las transferencias que efectúa entre sí el sector público. Suele estar regulado jurídicamente por el Presupuesto de Egresos. El gasto de capital, que son erogaciones efectuadas en obras públicas, construcciones directas y transferencias para inversión está regulado en sus montos por leyes muy específicas sobre obras o construcciones públicas así como adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes inmuebles.

En general en las economías occidentales, el gobierno ha utilizado el gasto público como un instrumento de política económica para lograr determinados fines y planes nacionales de desarrollo y crecimiento que representan sus criterios generales de política económica. Estos criterios pueden ser de tipo extremadamente intervencionista como no intervencionista en la economía por parte del Estado.

Son los ministerios de Hacienda, de programación y presupuesto o la contraloría general de la republica de un país los encargados de establecer los controles presupuestales sobre las erogaciones de las dependencias, entidades u órganos del gobierno de la administración pública federal a cargo de los titulares, directores o sus equivalentes en el sector público, quienes deben de apegarse a sus presupuestos aprobados. Estos son uno de los elementos más importantes para el éxito o fracaso de los planes nacionales de desarrollo y crecimiento de un país. Los programas sectoriales de mediano plazo así como los demás programas formulados con base a las leyes de planeación estatal y orientados hacia la realización de las prioridades definidas en los criterios generales de política económica de cada país también son dirigidos y evaluados a través de los presupuestos públicos.

Al poder ejecutivo o presidente de un país le compete inspeccionar el ejercicio del gasto público federal y su congruencia con los presupuestos de egresos. En el caso de las entidades que no estén sujetas a control presupuestal se deben sujetar a los calendarios del gasto que aprueben sus respectivos órganos de gobierno, con base también en los lineamientos emitidos por sus respectivos ministerios. Así los lineamientos para ejercer el gasto público son emitidos por el mismo ministerio de hacienda o del tesoro encargado de autorizar los fondos para los programas aprobados y controla los componentes del sector público mediante el envío de información que estos están obligados a proporcionar sobre sus actividades económicas y financieras.

En lo referente a los créditos externos que se le conceden al sector público y para que las entidades y dependencias los puedan ejercer como gasto, se establecen criterios generales variando de país a país. Por ejemplo, en el caso de países que no tienen problemas extraordinarios de seguridad nacional, hambrunas, desastres naturales, etc. el tipo de gastos sólo pueden ser destinadas a gastos de capital o a financiamiento de proyectos o programas específicos que formen una infraestructura productiva y eficiente para la economía. En el caso de otros países, gran parte de su gasto se aplica a la par del criterio anterior para armamento o programas de ayuda social para evitar un “Estado Fallido”. En ambos casos es necesario que la totalidad de dichos recursos a ejercer se encuentren incluidos en los respectivos presupuestos autorizados y se cuente con la autorización previa y expresa del presidente y el poder legislativo.

En general la tendencia es que el gasto público del Estado se procure aplicarlo en su mayor parte a proyectos de inversión con fines sociales o proyectos prioritarios y estratégicos que beneficien a los grandes núcleos de la población. Para eso cada año las leyes nacionales exigen al jefe del ejecutivo explicar mediante un informe el fin y estrategia seguida en la aplicación del gasto público.


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