BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA VIVIENDA Y DEMÁS BIENES INMUEBLES EN CUBA

Gustavo Enrique Rodríguez Montero


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8.6 La Propiedad Horizontal instaurada en el régimen de Inversión Extranjera.

La apertura de la Inversión Extranjera en la esfera inmobiliaria obliga a realizar una oportuna revisión de la legislación respecto a la llamada Propiedad Horizontal. Si se valora la vigencia de la Ley-Decreto Número 407 de 1952, “Ley de Propiedad Horizontal de Cuba”, respecto a las disposiciones de la Ley General de la Vivienda referidas al régimen de Edificios Multifamiliares, así como la Resolución No.4/91 del Instituto Nacional de la Vivienda, que establece regulaciones de la propiedad por pisos en el país, se puede concluir que la citada Ley-Decreto está vigente en parte ya que sus normas en materia registral no fueron modificadas y complementan la Ley Hipotecaria y su Reglamento.

En la actualidad, los reglamentos que existen regulando la Propiedad Horizontal en la Inversión Extranjera presentan contradicciones con la Ley-Decreto No.407 de 1952 ya que están influidos por las leyes nacionales de cada uno de los inversionistas.

Según FERNÁNDEZ MARTÍN-GRANIZO los supuestos más comunes para la adquisición de este tipo de propiedad suelen ser los de adquisición derivativa, que se produce cuando, comenzada la construcción del edificio y nacida la Propiedad Horizontal por concurrir todos los requisitos legales necesarios para ello, los distintos pisos y locales son objeto de transmisión separada.

La constitución admitida en nuestro país para el sector de la Inversión Extranjera tiene que ver con la posibilidad del titular único que declare expresamente su voluntad de someterlo al régimen de la Propiedad Horizontal, haciéndolo constar por escritura pública e inscribiéndolo en el Registro de la Propiedad. Para la Inversión Extranjera es la Inmobiliaria quien posee la legitimación, por ser ella la única titular del edificio. En Cuba se acepta la constitución de este régimen sin estar completamente terminado el edificio incluso cuando está meramente proyectado .


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