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LA EVALUACIÓN CURRICULAR. EL CASO DE LA LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO

Alejandra López Salazar y otros



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PLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL 2002-2010 DE LA UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO (PLADI)

La Universidad de Guanajuato en el ejercicio de sus funciones esenciales, consciente y sabedora de los cambios que acontecen en la organización de las sociedades y cómo éstas influyen de manera determinante en una de las actividades más importantes de la formación humana, la educación, analiza constantemente los cambios que ocurren en sus diferentes contextos con la finalidad de establecer acciones que conduzcan a su actualización (Guía Noviembre 2008) bajo el principio rector de la mejora continua, a través de las evaluaciones en sus programas educativos, por lo que asume la responsabilidad de preparar a profesionistas a lo largo y durante toda su vida mediante la sistematización de sus procesos, con esfuerzo y compromiso para cumplir las metas integrales del PlaDI y demás programas institucionales, con apoyo en la normatividad institucional .

Uno de los Ejes del PlaDI hace referencia al Desarrollo y Diversificación Académica, el cual comprende el impulso a la evaluación permanente de los currículos como un punto clave o de partida para mejorar la calidad, pertinencia y equidad de los programas académicos, actualizar, ampliar y desarrollar oferta educativa, impulsar la vinculación de la docencia y la investigación, certificar habilidades y conocimientos, acreditar programas académicos e impulsar la internacionalización y cooperación interinstitucional (Universidad de Guanajuato, 2002-2010: 86-96).

Para lograr la visión de la Universidad de Guanajuato al año 2010, es necesario que las actividades que se desarrollen se lleven con calidad, logrando que los programas académicos estén reconocidos por órganos acreditadores, vinculados con los sectores de la sociedad, para proveer a los profesionistas de herramientas necesarias y suficientes para atender sus necesidades. La evaluación curricular, entre otros elementos, es como se aseguran los ideales planteados por la Universidad enmarcados en su misión: “Construir, preservar y compartir el conocimiento con el fin de contribuir a la formación integral del ser humano, la preservación de su entorno y la construcción y consolidación de una sociedad democrática, justa y libre” (Universidad de Guanajuato, 2002-2010: 69).

La evaluación permanente de sus programas académicos propone una doble aportación, la planificación , como elemento primordial de actuación que se elabora anticipadamente para dirigir y encauzar la evaluación y obtener juicios cuantitativos y cualitativos para la toma de las decisiones de mejora, siempre sujeto a la información derivada de una serie de estudios sistémicos. Y, como segundo argumento, se confirme el compromiso de los actores principales en el proceso educativo, estudiantes y maestros basados en el diálogo; educación dialogal, opuesto a los esquemas del liberalismo-educación monogal, para el impulso permanente de la calidad educativa.

ESTATUTO ACADÉMICO

En su artículo tercero determina que esta disposición normativa regula las funciones sustantivas de la institución, con parámetros de calidad, equidad y pertinencia. Los artículos 27 y 28 determinan que la estructura curricular examina los principios, criterios, planes, programas, contenidos, procedimientos que el alumno debe satisfacer; el artículo 28 se refiere entre otros aspectos, a la actualización y evaluación continua de los programas académicos.

REGLAMENTO DE MODALIDADES DE LOS PLANES DE ESTUDIO

El título tercero de esta ley se refiere a la evaluación curricular y determina que es un proceso permanente y sistemático de investigación que permite analizar y actualizar los contenidos curriculares. El artículo 22 hace referencia a los criterios para la evaluación de los currículos, entre otros: avance y dinámica de los conocimientos, su pertinencia y operación, el seguimiento de egresados, su consistencia interna. Por último el artículo 23 de la misma ley, apunta que el resultado de la evaluación determinará la actualización, modificación, suspensión, supresión o creación de programas curriculares.


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