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DESARROLLO REGIONAL DE LOS INGRESOS FISCALES EN MÉXICO: 1980-2006. SU INCIDENCIA EN LA CAPACIDAD INSTITUCIONAL PARA REACTIVAR LA ECONOMÍA EN LA CRISIS ACTUAL

Genaro Sánchez Barajas


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MICHOACÁN

Estructura Porcentual

Michoacán no es la excepción a la dependencia económica que tienen las entidades federativas tanto de las participaciones como de las transferencias federales, este claro ejemplo lo vemos desde el año de 1980, que la entidad federativa dependía en un 54.30% de las participaciones, y que obtuvo ingresos propios del 26.30% (integrados por 13.20% de Impuestos, 5.80% de Derechos, 0.50% de Productos, 3.70% de Aprovechamientos y 3.10 de Otros Ingresos).

Para el año de 1991, con el criterio redistributivo demográfico la entidad federativa trajo como consecuencia el incremento de las Participaciones a la cantidad de 78.50% y la disminución de los ingresos propios a un 11.10% (1.90% de Impuestos, 4.00% de Derechos, 2.80% de Productos y 2.50% de Aprovechamientos).

El año de 1995 fue relevante para la economía del Entidad debido que a partir de este año la entidad recibe Transferencias Federales del Ramo 26 SEDESOL y por primera vez desde el año de 1980 obtiene ingresos por el concepto de Contribuciones de Mejoras, y que trae consigo que la dependencia a este tipo de ingresos por parte del Entidad aumente y llegue a ser del 92.20% (integrado por 54.00% de Transferencias y 38.20% de Participaciones) y los ingresos propios llegan a representar la cantidad de 7.70% (0.70% de Impuestos, 1.80% de Derechos, 2.40% de Productos, 2.70% de Aprovechamientos y 0.10% de Contribuciones de Mejoras).

En el año de 1996 con el aumento de las potestades tributarias los ingresos propios de la entidad se mantuvieron en el 7.70% igual al año anterior (compuesto por 0.70% de Impuestos, 1.70% de Derechos, 2.40% de Productos y 3.00% de Aprovechamientos) y de la misma manera se mantiene los ingresos provenientes de la Federación en el 92.30% (42.50% de Participaciones y 49.70% de Transferencias).

En el año de 1998 los ingresos propios decrecieron hasta la cantidad irrisoria del 3.80% (0.50% de Impuestos, 1.20 0% de Derechos, 1.60% de Productos y 0.50% de Aprovechamientos) y los ingresos provenientes de las Transferencias y Participaciones aumentaron al incluir un nuevo resarcimiento económico a través de la SHCP con la incorporación en la Ley de Coordinación Fiscal del Ramo 33, y que llego a hacer más dependiente los ingresos hasta la cantidad de 96.20% (38.40% de Participaciones y 61.40% de Transferencias).

Para el año 2006 la situación de dependencia económica varia ligeramente en un 6.10 a la baja y quedando sus ingresos por Transferencias y Participaciones en un 90.20% (31.40% de participaciones y 58.70% de trasferencias) y los ingresos aumentan un 5.00% haciendo un total de 8.80% (1.80% de Impuestos, 2.10% de Derechos, 0.40% de productos y 0.80% de aprovechamientos).

Con toda esta información podemos tener en cuenta que para la entidad federativa de Michoacán si no llegara a aumentar su facultad de recaudación tributaria para los siguientes ejercicios fiscales el desarrollo regional disminuiría, y tendría serios problemás para mantener sus actividades.

De igual forma se tendría que ver la fiscalización de los contribuyentes no registrados o evasores de impuestos y concederles ciertos beneficios para que se regularizaran, al igual que encasillarlos en un régimen fiscal diferente a los ya existentes para que su aportación a través de los impuestos sea perteneciente al Entidad como propios.

Variación Porcentual Real Anual

Para el año de 1981, los impuestos cobrados por la Entidad Federativa de Michoacán obtuvieron una variación porcentual de 8.50% con respecto a 1980, debido en parte a la entrada en vigor de la Ley de de Coordinación Fiscal, igualmente, los Derechos variaron en –43.50%, como consecuencia del raquítico esfuerzo recaudatorio para el cobro de dichos conceptos, caso contrario con el cobro de aprovechamientos que aumento la recaudación de estos en un 56.70% y los productos en 295.00%; llegando a representar la variaron total anual del 38.80%.

En el año de 1991, con la inclusión en Ley de Coordinación Fiscal del criterio redistributivo demográfico, encontramos que aumenta el cobro de impuestos en un 9.10% con respecto al año anterior, de Derechos en un 26.90% y Productos en un 25.30%, disminuyendo el cobro de Aprovechamientos en -52.90%. Así como se ve el aumento en la variación de las Participaciones de un 5.20% a un 20.50% en los años de 1980 y 1991.

En el año de 1996 debido quizás a la mayor presencia fiscal originada por el aumento en las potestades Tributarias de las Entidades, encontramos un incremento en el cobro de impuestos de un 5.40% con respecto al año anterior, caída del cobro de Derechos del -5.90%, Productos en un -1.60%, disminuyendo así, la dependencia de las subsidios Federales de un 17.90% a un 13.00% con respecto al año anterior.

Para el año de 1998 con la nueva distribución de ingresos Federales con la creación del Ramo 33 por parte de la SHCP la entidad incremento sus facultades recaudativas en un 23.50%, conformado por el -2.30% de Impuestos, 2.20 de Derechos, 30.10% de Productos, -80.500 de Aprovechamientos. Y un 8.30% de aumento en las Participaciones.

Para 2006, la administración local aumenta el cobro de sus impuestos en un 27.40% con respecto al 2005, siendo relevante la variación porcentual de 122.40% en el cobro de Productos y de un 34.20.50% en el cobro de Derechos, lo que provoca que para este año la captación de recursos propios fuera de 5.80%.

Porcentajes del PIB

En 1980, la Entidad de Michoacán exhibía un 3.20% de recaudación interna con relación al PIB, conformado por: 1.80% procedía de las Participaciones Federales, el 0.80% era resultado del cobro de recursos propios (Impuestos, Derechos, Productos y Aprovechamientos) y un 0.70% correspondió a la Deuda Pública, por Cuenta de Terceros y Otros Ingresos.

En el año 1991 sus ingresos estatales representaban un 4.30% con respecto al PIB de la entidad; el cual estaba representado por recursos propios del 0.50% del total, las Participaciones el 3.40% y el 0.40% restante estaba conformado por Cuenta de Terceros y la Deuda Pública.

En el periodo comprendido de 1995 a 1996, la entidad tuvo un incremento de recaudación en promedio del 8.90% representable del 100% del PIB de la Entidad. Pero el porcentaje de participación de los recursos propios cobrados decayeron al 0.10%, aumentando el porcentaje de las Participaciones al 3.60% y aparecieron las Transferencias Federales con un 4.60%.

Para el año de 1998 la Entidad Federativa aumento con relación a 1997 al 11.80% de correspondencia entre los ingresos estatales y el PIB de la entidad, lo anterior probablemente por el aumento de los recursos proveniente de las Transferencias y las Participaciones, que representaban el 7.20% y 4.10% respectivamente, y los ingresos propios de la de la Entidad disminuyeron al 0.04%.

Finalmente para el año 2006, se obtuvo un 17.30% de recaudación estatal con respecto al PIB, conformado de la forma siguiente: el 0.90% de recaudación de ingresos propios, 5.50% de Participaciones, 10.20% de Transferencias Federales y el 0.80% restante fue por Cuenta de Terceros y disponibilidades de ejercicios anteriores.

Esto nos apunta que es meritorio gravar más las actividades económicas en estos campos (Impuestos, Derechos, Productos y Aprovechamientos), ya que hay una escasez de cobro de los mismos.


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