BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales


LECCIONES DE HACIENDA PÚBLICA MUNICIPAL

Marco A. Crespo A.



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Medidas para mejorar la administración tributaria municipal.

Una de las preocupaciones de todo gobierno es disponer de un servicio moderno y eficiente de administración tributaria, que le permita determinar, liquidar y recaudar los tributos establecidos por la ley, al menor costo posible y con el menor grado de evasión y elusión por parte de los contribuyentes. Venezuela no ha escapado de esa tendencia, producto de lo cual fue la creación del Servicio Nacional de Administración Tributaria y Aduanera –SENIAT-, en el año 1994, con lo cual se daba cumplimiento a las previsiones del Código Orgánico Tributario de ese mismo año, que otorgaban un rango legal superior al ente tributario y le reconocían una autonomía funcional y financiera que hasta ese m omento no tenía.

Siguiendo el ejemplo del Poder Nacional, algunos Municipios han creado organizaciones para la administración de sus tributos, dependientes de la Alcaldía, pero con un relativo grado de autonomía, que le permite llevar a cabo sus funciones, con mayor eficiencia y eficacia, pero siempre dentro del marco legal establecido y sometido a los mecanismos de control externo que son imprescindibles en todo Estado de Derecho. Ejemplo de estas organizaciones son, como hemos visto, el SEMAT en el Municipio Baruta del Estado Miranda y el SUMAT en el Municipio Libertador.

Misión de la Administración Tributaria Municipal.

Uno de los aspectos más importantes que se relacionan con la Administración Tributaria, es la misión que debe cumplir. Ello se explica, por el hecho de que se pudiese pensar que el órgano responsable de dicha administración, sea una Superintendencia o cualquier tipo de unidad dentro de la organización administrativa de la Alcaldía, sólo debe cumplir una función recaudatoria, sin tomar en cuenta la forma cómo se realiza la recaudación y la manera de reducir el incumplimiento de la obligación tributaria por los contribuyentes o responsables. Sobre este particular, el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT), sostiene que las modernas concepciones sobre la misión de la administración tributaria, han superado aquellas que veían a ésta como un organismo meramente recaudador que debería evaluarse en términos de eficiencia a través de la óptica de un sistema cerrado, sin cualquier referencia al entorno en que se desenvolviese. Es así como en los últimos años se considera que la finalidad recaudatoria continúa siendo importante, pero incorpora también la preocupación del “cómo” recaudar, atendiendo al entorno en que se desempeña el organismo administrativo, y preocupándose en preservar los legítimos intereses de los contribuyentes y de la sociedad como un todo.

Una definición general de la misión de la Administración Tributaria, incluyendo la municipal, que se encuadre en las concepciones hoy prevalecientes, según el CIAT, sería la siguiente:

Aplicar eficazmente el sistema tributario, con equidad y eficiencia, logrando la confianza pública en su actuación y promoviendo el cumplimiento espontáneo y oportuno de la obligación tributaria, para contribuir al bienestar de la comunidad.

Veamos cuales son los elementos de esa definición, con especial referencia a la administración tributaria municipal:

1. Objeto: APLICAR EFICAZMENTE EL SISTEMA TRIBUTARIO.

Implica: ejecución de la legislación tributaria, logrando los efectos fiscales y extra-fiscales perseguidos por el sistema tributario.

La doctrina ha definido al Sistema Tributario como la organización legal, administrativa y técnica creada por el Estado, con el fin de ejercer de forma eficaz y objetiva el poder tributario que le corresponde, conforme a la Constitución . Sin embargo, el sistema tributario no sólo es considerado como un mecanismo que permite el ejercicio eficiente del poder tributario por parte del Estado, sino que también sirve de instrumento, a través de la norma jurídica, para el logro de objetivos precisos, tales como, la obtención de los ingresos necesarios para solventar el gasto público.

En el sistema tributario está conformado tanto por los tributos que son de la competencia del Municipio, como por las normas legales y administrativas que rigen la creación, recaudación y administración de esos tributos. Al Alcalde o Alcaldesa le corresponde la administración de los tributos municipales, como jefe de la rama ejecutiva local; sin embargo, puede éste delegar esas funciones en unidades administrativas específicas, garantizando siempre los derechos del contribuyente, sin menoscabo de la legítima autoridad y poder de la Administración en su importante papel de agente recaudador el Municipio.

Principios.

a) Equidad.

Implica: igualdad de tratamiento en la ejecución de las leyes tributarias a todas las personas en igual situación y trato desigual en situaciones desiguales. Así se da cumplimiento al principio de igualdad ante la ley que consagra nuestra Constitución en el Artículo 21, y al principio de generalidad del tributo - toda persona de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley- consagrado en el Art. 133 de la Constitución.

b) Eficiencia.

Implica: minimizar los costos de la administración y de los contribuyentes para el cumplimiento de la obligación tributaria.

2. Estrategia: LOGRAR LA CONFIANZA PÚBLICA Y PROMOVER EL CUMPLIMIENTO ESPONTÁNEO y OPORTUNO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS.

Implica: actuar con transparencia e integridad y brindar un servicio de calidad.

Facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias asistiendo al contribuyente, reduciendo sus costos de cumplimiento y simplificando procedimientos.

Generar una percepción de riesgo en los contribuyentes de que en caso de incumplimiento, estarán sujetos a un costo significativamente más oneroso, por sanciones, multas, recargos, etc.

3. Finalidad: CONTRIBUIR AL BIENESTAR DE LA COMUNIDAD.

Implica: tener presente al bienestar general como finalidad trascendente de la actuación de la administración tributaria, con lo cual se promueve la vocación de servicio de sus funcionarios y de la organización como un todo.


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