BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales


RELACIONES COMERCIALES POR MEDIOS ELECTRÓNICOS

Arantxa Alcaide de la Fuente



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10. FORMAS DE PAGO EN LA RED

El pago electrónico es el mecanismo mediante el cual se ejecuta la contraprestación de una obligación asumida mediante la contratación (normalmente) electrónica.

El desarrollo de la “Banca electrónica” y otras formas de pago on line, resulta primordial en el crecimiento del comercio electrónico, puesto que, garantizar la seguridad del pago en la red, es el primer paso para hacer desaparecer la percepción de inseguridad que existe entre los usuarios de Internet.

Los operadores económicos participan en los mercados en la medida en que detectan que éstos ofrecen buenas oportunidades de negocio en las que los beneficios potenciales superan a los costes. Ningún mercado ofrece unas condiciones de seguridad total en las transacciones económicas entre sus operadores, pero unas condiciones mínimas de seguridad son imprescindibles a fin de que empresas y consumidores se vean incentivados a acudir a ellos.

Este ha sido uno de los objetivos perseguidos por las Autoridades Comunitarias, que ya en el año 1996 presentaron los resultados de las consultas realizadas en relación con el Libro Verde de la Comisión titulado "Servicios financieros: cómo satisfacer las expectativas de los consumidores", y presenta la respuesta de la Comisión a tales consultas.

El principal objetivo del Libro Verde consistía en estimular a todos los interesados a opinar sobre la adecuación del grado de protección del consumidor establecido por la legislación de aquel momento en materia de servicios financieros y sobre la posible conveniencia de adoptar otras medidas.

El Libro Verde se dividía en tres partes. En la primera, la Comisión ponía de manifiesto la atención prestada a los intereses del consumidor dentro de la legislación comunitaria. En la segunda parte, se señalaban una serie de problemas que habían sido ya detectados. La tercera parte estudiaba brevemente las futuras tendencias de la comercialización de servicios financieros, incluida la venta a distancia.

Como cabía esperar, las respuestas a la consulta mostraron divergencia de opiniones entre los principales interesados en cuanto a las implicaciones para los consumidores y las actuaciones oportunas de cara al futuro.

El sector de servicios financieros hacía hincapié en la necesidad de garantizar el pleno funcionamiento del mercado único. Se destacaba, asimismo, la importancia de fomentar el desarrollo de productos y servicios innovadores y de nuevos canales de distribución (electrónicos), la unión económica y monetaria y la sociedad de la información figuraban entre los principales retos a los que el sector debía hacer frente.

Las agrupaciones de consumidores y usuarios reconocían, en general, que la estabilidad y la credibilidad del sistema financiero y monetario de la UE que se había logrado gracias a la legislación sobre servicios financieros. No obstante, formularon algunas críticas en relación con las disposiciones destinadas específicamente a proteger al consumidor, y propugnando un papel más destacado para éstos.

El Parlamento Europeo aprobó su informe sobre el Libro Verde el 19 de febrero de 1997; el Comité Económico y Social (CES) había emitido su dictamen el 30 de octubre de 1996. En él, el Comité solicitaba la adopción de un Libro Blanco sobre la política de protección del consumidor en el sector de los servicios financieros, subrayando las principales necesidades del consumidor (tales como el derecho a la información y la protección jurídica y las posibilidades de recurso), así como las medidas que debían adoptarse.

El planteamiento era el de obtener la estabilidad y la credibilidad del sector de servicios financieros como aspectos primordiales para lograr la confianza del consumidor, puesto que el mercado único se basa en la confianza. Cualquier nuevo medio de pago exige, para poder prosperar, la aceptación y total confianza de los consumidores. Este objetivo sólo podía lograrse mediante una adecuada aplicación de las normas comunes, la implantación del Euro, o la eliminación de las diferencias de estructura fiscal y régimen impositivo.

Los servicios bancarios se liberalizaron, en general, en 1993, y el proceso de transformación ha seguido su curso incorporando progresivamente los aspectos mencionados. Así, muchos de los obstáculos comerciales han sido eliminados, y el objetivo de la libre competencia en el mercado único como estímulo para la competitividad y una economía pujante continúa progresando.

Consecuencia de todo lo anterior y teniendo en cuenta la Resolución del Parlamento de 17 de febrero de 1997, la Comisión presentó una propuesta específica de directiva en relación con los servicios financieros. En cuanto a la falta de información al consumidor y las vías de recurso, la Comisión propuso otras medidas, como, por ejemplo, la referente a las transferencias transfronterizas.


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