BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales


REGULACIÓN AMBIENTAL: LOS BOSQUES NATIVOS

Marco E. Salusso



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CAPÍTULO IV. Comentarios y Bases para la Regulación de los Bosques Nativos

La sociedad veía como tierras improductivas los Bosques Nativos, por esta razón, se fomentó su desmonte para expandir la frontera agropecuaria.

Ante este contexto, muchas provincias, al tener el derecho de propiedad de los recursos naturales , según el articulo 124 de la Constitución Nacional, llevaron al extremo de castigar con una mayor carga impositiva a los propietarios de estas tierras. Además, muchas Constituciones Provinciales contenían previsiones en el sentido de promover el desarrollo agropecuario a través de incentivos para avanzar sobre los bosques.

En la actualidad existen normas jurídicas en el ámbito nacional como en el provincial, donde se otorgan subsidios y créditos a tasas preferenciales orientados a la incorporación de tierras a la actividad agropecuaria, con el fundamento de lograr una mayor generación de empleo y riqueza.

A pesar de encontrarse vigente mecanismos de promoción a la actividad forestal, no existen normas ni un mecanismo eficaz tendiente a premiar el desarrollo de técnicas, prácticas de manejo forestal sostenibles y conservación del Bosques Nativos.

Si bien Argentina tiene normas sobre la temática forestal, como la Ley N° 13.273/ 48 (Texto Ordenado 1995) la cual prohíbe “la devastación de bosques y tierras forestales y la utilización irracional de productos forestales”, diversas provincias han realizado avances significativos en cuanto a legislación protectora y planes de manejo; sin embargo Argentina no logró frenar la deforestación en amplias regiones de su territorio.

En junio de 2006 la Comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano de la Honorable Cámara de Diputados comenzó el tratamiento del Proyecto de Ley del Diputado Miguel Luis Bonasso sobre “Presupuestos Mínimos para la Protección Ambiental de los Bosques Nativos”. Y el 14 de Marzo de 2007 logró la media sanción, acompañada por una fuerte presión de organizaciones ambientalistas como Greenpeace, el 16 de Marzo ingresó a Mesa de Entrada del Senado y se la derivó a las Comisiones de: Ambiente y Desarrollo Sustentable, Legislación General, Presupuesto y Hacienda, Agricultura, Ganadería y Pesca, de Justicia y Asuntos Penales, y de Industria y Comercio; y finalmente el Miércoles 21 de Noviembre el Senado de la Nación aprobó el proyecto de ley.

El proyecto de Ley del diputado Bonasso, no era el único en el Congreso, sino que existían otros como los proyectos de ley del Senador Giustiniani (S-39/06), del Senador Falcó (S-1923/06), de la Senadora Leguizamón (S-2722/06), de la Senadora Bortolozzi (S-4013/06), de la Senadora Vigo y otros (S-620/07), del Senador López Arias y otros (S-716/07) y del Senador Capitanich (S-1417/07) que trataban, también, la temática de los Bosques Nativos.

Seguidamente se hará referencia al principio de “Desarrollo Sostenible” , elemento clave en la formulación de toda norma y regulación ambiental; luego se realizará un comentario general al Proyecto de Ley aprobado por Diputados, seguidamente, teniendo en cuenta los proyectos presentados por los distintos Senadores y el proyecto aprobado por el Senado, se tratará de sentar las bases y justificación, de posibles instrumentos de política que se podrían implementar, haciéndose hincapié en el Sistema de Pago de Servicios Ambientales.


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